Acuerdo No. SEDECOAS-007-2025 — Delegación de firma como Director de Adjudicaciones y Contrataciones de Infraestructura Comunitaria
Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento
- Decreto: SEDECOAS-007-2025
- Publicación: 9 de septiembre de 2025
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento
- Gaceta: 36,938
Considerandos
Que mediante Decreto Legislativo No. 12-90 de fecha 28 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 26,075 en fecha 02 de marzo de 1990, se crea el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), como órgano responsable de promover el desarrollo comunitario por medio de la coordinación, diseño y ejecución de programas y proyectos participativos, incluyentes y equitativos.
Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 13-2024 de fecha tres (03) de enero del año dos mil veinticuatro (2024), se nombra al ciudadano WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA, en el cargo de Director del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS), con rango de Secretario de Estado, quien de manera interina también asumirá la titularidad de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS).
Que de conformidad al artículo 36 numeral 8 de la Ley General de Administración Pública, es atribución del SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), emitir los acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue el Presidente de la República.
Que de conformidad a los artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración del que forman parte el superior y el inferior. El acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado, podrá contener instrucciones obligatorias para este en materia procedimental y en los actos dictados por delegación se expresará esta circunstancia y se entenderán adoptados por el órgano delegante.
Que, para dar cumplimiento a las diversas ocupaciones y obligaciones con base a ley y con la finalidad hacer más eficiente la gestión y los procesos de la Secretaría Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS), así como dar continuidad en la prestación de los servicios y administración de la institución, se requiere delegar funciones en personal capacitado.
Que mediante ACUERDO NÚMERO RH-026-SEDECOAS se nombra al ciudadano OSCAR LUIS PAZ PERDOMO como Director de Adjudicaciones y Contrataciones de Infraestructura Comunitaria de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS)
Articulos
DELEGAR FIRMA, como Director de Adjudicaciones y Contrataciones de Infraestructura Comunitaria de la SECRETARÍA DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS), al ciudadano OSCAR LUIS PAZ PERDOMO, estableciendo las facultades siguientes:
- 1)
Asistir al Comité de Operaciones para aprobación de Proyectos;
- 2)
Plantar ante los organismos de financiamiento y negociar a nivel técnico propuesta y metodología en los procesos de adjudicación y contratación de acuerdo a las lecciones aprendidas en los convenios de préstamo o crédito;
- 3)
Analizar las distintas adjudicaciones y contrataciones pendientes del periodo de modalidades y montos;
- 4)
Revisar planes de adquisición y contrataciones PAC de los diferentes programas y remitirlos a los de ONCAE, como requisito previo a la aprobación de los convenios del préstamo o créditos;
- 5)
Apoyar en la preparación de convenios interinstitucionales y municipales;
- 6)
Revisar la metodología de adquisiciones y contrataciones propuestas en los PAC de los programas y proyectos de acuerdo a lo aprobado en el convenio del préstamo en materia de adjudicaciones y contrataciones para el envío de no objeción de las fuentes de financiamiento;
- 7)
Preparar con el equipo de trabajo la programación de procesos de adjudicación y contratación modalidad centralizada y descentralizada;
- 8)
Preparar los diferentes contratos con todos los componentes con fuentes de financiamiento externo y fondos nacionales;
- 9)
Dar el visto bueno a los dictámenes emitidos por las comisiones evaluadoras;
- 10)
Firmar notificaciones de agradecimientos a los oferentes no seleccionados y a las constancias para trámite de garantías a participantes en los diferentes procesos que lleva a cabo la institución;
- 11)
Nombrar las diferentes comisiones evaluadoras encargadas de dictaminar en los diferentes procesos;
- 12)
Asistir a las reuniones de trabajo convocadas en tiempo y forma;
- 13)
Delegar funciones al Sub- director y Jefe de Licitaciones que consideren oportunas;
- 14)
Exigir al recurso humano de la Dirección el cumplimiento del trabajo asignado, así como normas de comportamiento, de las buenas costumbres, ética y valores morales;
- 15)
Participar en capacitaciones que sea invitada la institución;
- 16)
Manejar el sistema aleatorio para realizar invitaciones a licitar o concursar en procesos aprobados por el Comité de Operaciones;
- 17)
Apoyar a los diferentes programas en el refrendado de sus procesos de contratación;
- 18)
Emitir las notas aclaratorias que surjan de los diferentes procesos de contratación;
- 19)
Emitir las notas de subsanación que se requieran por la Comisión Evaluadora;
- 20)
Firmar los avisos de publicación y adjudicación que se publican en el Diario Oficial La Gaceta;
- 21)
Revisión de Asistencia y Auditoría;
- 22)
La facultad de firmar las Autorizaciones de la Invitaciones de los Procesos de Licitaciones Privadas (LPR), Licitación Pública Nacional (LPN), Cotizaciones (COT), Aclaratorias a Procesos de Licitaciones Privadas (LPR), Licitaciones Público Nacional (LPN), Cotizaciones (COT), Enmiendas a Procesos de Licitaciones Privadas (LPR), Licitación Pública Nacional (LPN), Cotizaciones (COT);
- 23)
Firmar todos los contratos relacionados a la Contratación Administrativa las demás funciones inherentes al cargo.
El ciudadano en mención, tal como lo establece el párrafo tercero del Artículo 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, será responsable de todas y cada una de sus actuaciones en las cuales intervenga debiendo ceñirse estrictamente según lo dispuesto en la Constitución de la República, Código del Trabajo, Reglamento del Personal, Código de Conducta de Ética del Servidor Público del Estado y demás normas aplicables.
El presente Acuerdo de Delegación es efectiva a partir del uno (1) de abril del año dos mil veinticinco (2025), el cual corresponde a la instrucción de su nombramiento, debiéndose de publicar en el Diario Oficial “La Gaceta” y deberá transcribirse al Ingeniero OSCAR LUIS PAZ PERDOMO.- NOTIFÍQUESE. ING. WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). MINISTRO DIRECTOR DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). ABG. GU ALBERTO ESPINAL MONTEILH SECRETARIO GENERAL DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS). Fondo Hondureño de Inversión Social