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18 de agosto de 2025Vigente

Acuerdo — Procedimiento para la Comercialización de la Madera del Bosque de Pino en Áreas de Tenencia Nacional

Instituto de Conservación Forestal (ICF)

  • Publicación: 18 de agosto de 2025
  • Órgano emisor: Instituto de Conservación Forestal (ICF)
  • Gaceta: 36,919

Considerandos

Derogar los incisos d), e), f) g) y h) del numeral 8 del Acuerdo 009-2011 que contiene los mecanismos de transparencia en el proceso de comercialización de productos forestales, en el aspecto relacionado con los requisitos que deben de cumplir las Organizaciones Comunitarias y que se encuentran actualizados y contenidos en el presente acuerdo.

El presente acuerdo, valida todas las actuaciones administrativas emitidas y fundamentadas en el Acuerdo 09-2023; entendiéndose que todos aquellos procesos que a la fecha cuentan con resolución de orden de inicio para el proceso de comercialización de la madera, mediante subasta pública o venta directa, serán finalizados con las disposiciones establecidas en el Acuerdo No. 009- 2023.

Aprobar y oficializar en todas y cada una de sus partes, el “PROCEDIMIENTO PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE LA MADERA DEL BOSQUE DE PINO EN ÁREAS DE TENENCIA NACIONAL, ASIGNADO A LAS ORGANIZACIONES COMUNITARIAS, BENEFICIARIAS DE LA FOREST E RIA COMUNITARIA”, mediante el cual se promueve el desarrollo rural y el manejo forestal sostenible con intervenciones en las áreas del Sistema Social Forestal (SSF), en términos de inclusión social y en las dinámicas económicas; por lo que se establece que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios que implementan la Estrategia Nacional de la Forestería Comunitaria (ENFC) y que poseen Contrato de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) y/o Convenio de Usufructo (CU), Planes de Manejo Forestal (PMF) y Planes Operativos Anuales (POA), debidamente aprobados y vigentes, que literalmente dice: PROCEDIMIENTO PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE LA MADERA DEL BOSQUE DE PINO EN ÁREAS DE TENENCIA NACIONAL, ASIGNADO A LAS ORGANIZACIONES COMUNITARIAS, BENEFICIARIAS DE LA FOREST E RIA COMUNITARIA ARTÍCULO 1. GLOSARIO DE TÉRMINOS Y DEFINICIONES: Para los efectos de aplicación del presente procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cuales tendrán el significado que se expresa a continuación: Social Forestal (S SS SF F), en términos de inclusión social y en las dinámicas econó que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios Nacional de la Forestería Comunitaria ( (E EN NF FC C) ) y que poseen Contrato de Mane y/o Convenio de Usufructo ( (C CU U) ), Planes de Manejo Forestal (P PM MF F) y Plan debidamente aprobados y vigentes, que literalmente dice: PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAADDEELLB BOOSSQQTTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAA NNIIZZAACCIIOONNEESSCCOO MMUUNNIITTAARRFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efecto procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cual expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subast de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Es Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Fo Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizacion e registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Depar Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departam e del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Té Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Depart Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Org necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es res dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo.  C CO ON NT TR RA AT TI IS ST TA A: : Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Ins (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones aprovechamiento y la comercialización de productos maderables.  CCOONNTTRRAATTOOD DE ECCOOMMPPRRAAVVEENNTTAAD DE EMMAADDEERRAA:: Instrumento legal sus Agroforestal, que cuenta con un Contrato de Manejo Forestal Comunitario natural o jurídica a la que se le ha adjudicado la madera proveniente del b ADJUDICATARIO: Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subasta pública, se le otorga el derecho de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos puestos en la bacadilla, que se encuentran dentro del área nacional forestal asignada. T TE ER RC CE ER RO O: : El presente acuerdo, valida todas las actuaciones administra�vas e Acuerdo 09-2023; entendiéndose que todos aquellos procesos que a la fecha c de inicio para el proceso de comercialización de la madera, mediante subast finalizados con las disposiciones establecidas en el Acuerdo No. 009-2023. C CU UA AR RT TO O: : Aprobar y oficializar en todas y cada una de sus partes, eCCOOMMEERRCCIIAALLIIZ ZAACCIIÓÓNNDDEELLAAMMAAD DE ERRAADDEELLBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNLLAASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESSTTEERRIIAACC OO se promueve el desarrollo rural y el manejo forestal sostenible con interven Social Forestal (S SS SF F), en términos de inclusión social y en las dinámicas econó que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios Nacional de la Forestería Comunitaria ( (E EN NF FC C) ) y que poseen Contrato de Mane y/o Convenio de Usufructo ( (C CU U) ), Planes de Manejo Forestal (P PM MF F) y Plan debidamente aprobados y vigentes, que literalmente dice: PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAADDEELLB BOOSSQQTTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAA NNIIZZAACCIIOONNEESSCCOO MMUUNNIITTAARRFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efecto procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cual expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subast de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Es Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Fo Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizacion e registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Depar Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departam e del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Té Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Depart Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Org necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es res dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo.  C CO ON NT TR RA AT TI IS ST TA A: : Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Ins (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones aprovechamiento y la comercialización de productos maderables.  CCOONNTTRRAATTOOD DE ECCOOMMPPRRAAVVEENNTTAAD DE EMMAADDEERRAA:: Instrumento legal sus Agroforestal, que cuenta con un Contrato de Manejo Forestal Comunitario natural o jurídica a la que se le ha adjudicado la madera proveniente del b BOSQUE NACIONAL: Área forestal de propiedad y administración del Estado, en la cual el Instituto de Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) y/o Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizaciones Agroforestales debidamente registradas en el Sistema Social Forestal. T TE ER RC CE ER RO O: : El presente acuerdo, valida todas las actuaciones administra�vas e Acuerdo 09-2023; entendiéndose que todos aquellos procesos que a la fecha c de inicio para el proceso de comercialización de la madera, mediante subast finalizados con las disposiciones establecidas en el Acuerdo No. 009-2023. C CU UA AR RT TO O: : Aprobar y oficializar en todas y cada una de sus partes, eCCOOMMEERRCCIIAALLIIZ ZAACCIIÓÓNNDDEELLAAMMAAD DE ERRAADDEELLBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNLLAASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESSTTEERRIIAACC OO se promueve el desarrollo rural y el manejo forestal sostenible con interven Social Forestal (S SS SF F), en términos de inclusión social y en las dinámicas econó que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios Nacional de la Forestería Comunitaria ( (E EN NF FC C) ) y que poseen Contrato de Mane y/o Convenio de Usufructo ( (C CU U) ), Planes de Manejo Forestal (P PM MF F) y Plan debidamente aprobados y vigentes, que literalmente dice: PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAADDEELLB BOOSSQQTTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAA NNIIZZAACCIIOONNEESSCCOO MMUUNNIITTAARRFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efecto procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cual expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subast de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Es Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Fo Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizacion e registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Depar Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departam e del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Té Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Depart Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Org necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es res dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo.  C CO ON NT TR RA AT TI IS ST TA A: : Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Ins (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones aprovechamiento y la comercialización de productos maderables.  CCOONNTTRRAATTOOD DE ECCOOMMPPRRAAVVEENNTTAAD DE EMMAADDEERRAA:: Instrumento legal sus Agroforestal, que cuenta con un Contrato de Manejo Forestal Comunitario natural o jurídica a la que se le ha adjudicado la madera proveniente del b COMITÉ TÉCNICO-LEGAL. Estructura conformada por personal del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departamento Legal y Secretaría General del Instituto de Conservación Forestal (ICF). T TE ER RC CE ER RO O: : El presente acuerdo, valida todas las actuaciones administra�vas e Acuerdo 09-2023; entendiéndose que todos aquellos procesos que a la fecha c de inicio para el proceso de comercialización de la madera, mediante subast finalizados con las disposiciones establecidas en el Acuerdo No. 009-2023. C CU UA AR RT TO O: : Aprobar y oficializar en todas y cada una de sus partes, eCCOOMMEERRCCIIAALLIIZ ZAACCIIÓÓNNDDEELLAAMMAAD DE ERRAADDEELLBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNLLAASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESSTTEERRIIAACC OO se promueve el desarrollo rural y el manejo forestal sostenible con interven Social Forestal (S SS SF F), en términos de inclusión social y en las dinámicas econó que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios Nacional de la Forestería Comunitaria ( (E EN NF FC C) ) y que poseen Contrato de Mane y/o Convenio de Usufructo ( (C CU U) ), Planes de Manejo Forestal (P PM MF F) y Plan debidamente aprobados y vigentes, que literalmente dice: PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAADDEELLB BOOSSQQTTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAA NNIIZZAACCIIOONNEESSCCOO MMUUNNIITTAARRFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efecto procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cual expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subast de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Es Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Fo Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizacion e registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Depar Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departam e del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Té Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Depart Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Org necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es res COMITÉ DE COMERCIALIZACIÓN: Equipo conformado por el Comité Técnico-Legal, Jefe de la Oficina Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Organización Comunitaria de ser necesario y cualquier otro que determine la Dirección REP cutiva. Es responsable de analizar, asesorar, dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, asegurando que este se lleve a cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo. 1S3 LLAASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESSTTEERRI IAACCOOMMUUNNIITTAARRIIA A” ”, mediante el cual se promueve el desarrollo rural y el manejo forestal sostenible con intervenciones en las áreas del Sistema Social Forestal (S SS SF F), en términos de inclusión social y en las dinámicas económicas; por lo que se establece que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios que implementan la Estrategia Nacional de la Forestería Comunitaria ( (E EN NF FC C) ) y que poseen Contrato de Manejo Forestal Comunitario ( (C CM MF FC C) ) y/o Convenio de Usufructo ( (C CU U) ), Planes de Manejo Forestal (P PM MF F) y Planes Operativos Anuales (P PO OA A), debidamente aprobados y vigentes, que literalmente dice: PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAAD DE EL LBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efectos de aplicación del presente procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cuales tendrán el significado que se expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subasta pública, se le otorga el derecho de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos puestos en la bacadilla, que se encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Estado, en la cual el Instituto de Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) y/o Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizaciones Agroforestales debidamente registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departamento Legal y Secretaría General del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Técnico-Legal, Jefe de la Oficina Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Organización Comunitaria de ser necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es responsable de analizar, asesorar, dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, asegurando que este se lleve a cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo.  C CO ON NT TR RA AT TI IS ST TA A: : Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Instituto de Conservación Forestal (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones forestales relacionadas con el aprovechamiento y la comercialización de productos maderables.  CCOONNTTRRAATTOOD DE ECCOOMMPPRRAAVVEENNTTAAD DE EMMAADDEERRAA:: Instrumento legal suscrito entre una Organización Agroforestal, que cuenta con un Contrato de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) vigente, y una persona natural o jurídica a la que se le ha adjudicado la madera proveniente del bosque de pino, al menos puesta CONTRATISTA: Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Instituto de Conservación Forestal (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones forestales relacionadas con el aprovechamiento y la comercialización de productos maderables. 1S3 T TE ER RC CE ER RO O: : El presente acuerdo, valida todas las actuaciones administra�vas emi�das y fundamentadas en el Acuerdo 09-2023; entendiéndose que todos aquellos procesos que a la fecha cuentan con resolución de orden de inicio para el proceso de comercialización de la madera, mediante subasta pública o venta directa, serán finalizados con las disposiciones establecidas en el Acuerdo No. 009-2023. C CU UA AR RT TO O: : Aprobar y oficializar en todas y cada una de sus partes, el “ “P PRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAAD DE EL LBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESSTTEERRI IAACCOOMMUUNNIITTAARRIIA A” ”, mediante el cual se promueve el desarrollo rural y el manejo forestal sostenible con intervenciones en las áreas del Sistema Social Forestal (S SS SF F), en términos de inclusión social y en las dinámicas económicas; por lo que se establece que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios que implementan la Estrategia Nacional de la Forestería Comunitaria ( (E EN NF FC C) ) y que poseen Contrato de Manejo Forestal Comunitario ( (C CM MF FC C) ) y/o Convenio de Usufructo ( (C CU U) ), Planes de Manejo Forestal (P PM MF F) y Planes Operativos Anuales (P PO OA A), debidamente aprobados y vigentes, que literalmente dice: PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAAD DE EL LBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efectos de aplicación del presente procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cuales tendrán el significado que se expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subasta pública, se le otorga el derecho de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos puestos en la bacadilla, que se encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Estado, en la cual el Instituto de Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) y/o Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizaciones Agroforestales debidamente registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departamento Legal y Secretaría General del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Técnico-Legal, Jefe de la Oficina Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Organización Comunitaria de ser necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es responsable de analizar, asesorar, dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, asegurando que este se lleve a cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo.  C CO ON NT TR RA AT TI IS ST TA A: : Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Instituto de Conservación Forestal (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones forestales relacionadas con el aprovechamiento y la comercialización de productos maderables.  CCOONNTTRRAATTOOD DE ECCOOMMPPRRAAVVEENNTTAAD DE EMMAADDEERRAA:: Instrumento legal suscrito entre una Organización Agroforestal, que cuenta con un Contrato de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) vigente, y una persona natural o jurídica a la que se le ha adjudicado la madera proveniente del bosque de pino, al menos puesta CONTRATO DE COMPRAVENTA DE MADERA: Instrumento legal suscrito entre una Organización Agroforestal, que cuenta con un Contrato de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) vigente y una persona natural o jurídica a la que se le ha adjudicado la madera proveniente del bosque de pino, al menos puesta en bacadilla del Plan Operativo Anual (POA), ubicada dentro de un área forestal nacional. T TE ER RC CE ER RO O: : El presente acuerdo, valida todas las actuaciones administra�vas emi�das y fundamentadas en el Acuerdo 09-2023; entendiéndose que todos aquellos procesos que a la fecha cuentan con resolución de orden de inicio para el proceso de comercialización de la madera, mediante subasta pública o venta directa, serán finalizados con las disposiciones establecidas en el Acuerdo No. 009-2023. C CU UA AR RT TO O: : Aprobar y oficializar en todas y cada una de sus partes, el “ “P PRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAAD DE EL LBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESSTTEERRI IAACCOOMMUUNNIITTAARRIIA A” ”, mediante el cual se promueve el desarrollo rural y el manejo forestal sostenible con intervenciones en las áreas del Sistema Social Forestal (S SS SF F), en términos de inclusión social y en las dinámicas económicas; por lo que se establece que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios que implementan la Estrategia Nacional de la Forestería Comunitaria ( (E EN NF FC C) ) y que poseen Contrato de Manejo Forestal Comunitario ( (C CM MF FC C) ) y/o Convenio de Usufructo ( (C CU U) ), Planes de Manejo Forestal (P PM MF F) y Planes Operativos Anuales (P PO OA A), debidamente aprobados y vigentes, que literalmente dice: PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAAD DE EL LBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efectos de aplicación del presente procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cuales tendrán el significado que se expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subasta pública, se le otorga el derecho de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos puestos en la bacadilla, que se encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Estado, en la cual el Instituto de Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) y/o Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizaciones Agroforestales debidamente registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departamento Legal y Secretaría General del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Técnico-Legal, Jefe de la Oficina Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Organización Comunitaria de ser necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es responsable de analizar, asesorar, dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, asegurando que este se lleve a cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo.  C CO ON NT TR RA AT TI IS ST TA A: : Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Instituto de Conservación Forestal (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones forestales relacionadas con el aprovechamiento y la comercialización de productos maderables. ORGANIZACIÓN AGROFORESTAL: Estructura autorizada por la comunidad, que cuenta con estatutos legales para dedicarse al manejo forestal, así como a la producción, transformación, comercialización, generación de ingresos y distribución de excedentes para la comunidad y sus afiliados. Está debidamente registrada en el Sistema Social Forestal (SSF) y mantiene derechos y obligaciones mediante la suscripción de un Contrato de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) con el Instituto de Conservación Forestal (ICF) y las comunidades. PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAADDEELLB BOOSSQQTTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAA NNIIZZAACCIIOONNEESSCCOO MMUUNNIITTAARRFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efecto procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cual expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subast de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Es Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Fo Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizacion e registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Depar Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departam e del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Té Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Depart Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Org necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es res dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo.  C CO ON NT TR RA AT TI IS ST TA A: : Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Ins (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones aprovechamiento y la comercialización de productos maderables.  CCOONNTTRRAATTOOD DE ECCOOMMPPRRAAVVEENNTTAAD DE EMMAADDEERRAA:: Instrumento legal sus Agroforestal, que cuenta con un Contrato de Manejo Forestal Comunitario natural o jurídica a la que se le ha adjudicado la madera proveniente del b OFERTA: Valor económico en moneda nacional que el oferente o proponente se compromete a pagar por los productos forestales a comercializar. Social Forestal (S SS SF F), en términos de inclusión social y en las dinámicas econó que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios Nacional de la Forestería Comunitaria ( (E EN NF FC C) ) y que poseen Contrato de Mane y/o Convenio de Usufructo ( (C CU U) ), Planes de Manejo Forestal (P PM MF F) y Plan debidamente aprobados y vigentes, que literalmente dice: PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAADDEELLB BOOSSQQTTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAA NNIIZZAACCIIOONNEESSCCOO MMUUNNIITTAARRFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efecto procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cual expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subast de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Es Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Fo Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizacion e registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Depar Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departam e del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Té Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Depart Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Org necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es res dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo.  C CO ON NT TR RA AT TI IS ST TA A: : Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Ins (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones aprovechamiento y la comercialización de productos maderables.  CCOONNTTRRAATTOOD DE ECCOOMMPPRRAAVVEENNTTAAD DE EMMAADDEERRAA:: Instrumento legal sus Agroforestal, que cuenta con un Contrato de Manejo Forestal Comunitario natural o jurídica a la que se le ha adjudicado la madera proveniente del b OFERTANTE O VENDEDOR: Persona natural o jurídica que, cumpliendo con los requisitos legales y reglamentarios, ofrece o pone a disposición productos mediante subasta pública o venta directa, con el debido acompañamiento de la autoridad competente. Entre ellos se incluyen las Organizaciones Comunitarias registradas en el Sistema Social Forestal (SSF); beneficiarios de la regularización de la posesión en áreas forestales nacionales; el Instituto de Conservación Forestal (ICF); y otras instituciones del Estado propietarias de terrenos forestales fiscales. T TE ER RC CE ER RO O: : El presente acuerdo, valida todas las actuaciones administra�vas e Acuerdo 09-2023; entendiéndose que todos aquellos procesos que a la fecha c de inicio para el proceso de comercialización de la madera, mediante subast finalizados con las disposiciones establecidas en el Acuerdo No. 009-2023. C CU UA AR RT TO O: : Aprobar y oficializar en todas y cada una de sus partes, eCCOOMMEERRCCIIAALLIIZ ZAACCIIÓÓNNDDEELLAAMMAAD DE ERRAADDEELLBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNLLAASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESSTTEERRIIAACC OO se promueve el desarrollo rural y el manejo forestal sostenible con interven Social Forestal (S SS SF F), en términos de inclusión social y en las dinámicas econó que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios Nacional de la Forestería Comunitaria ( (E EN NF FC C) ) y que poseen Contrato de Mane y/o Convenio de Usufructo ( (C CU U) ), Planes de Manejo Forestal (P PM MF F) y Plan debidamente aprobados y vigentes, que literalmente dice: PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAADDEELLB BOOSSQQTTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAA NNIIZZAACCIIOONNEESSCCOO MMUUNNIITTAARRFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efecto procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cual expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subast de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Es Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Fo Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizacion e registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Depar Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departam e del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Té Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Depart Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Org necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es res dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo.  C CO ON NT TR RA AT TI IS ST TA A: : Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Ins (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones aprovechamiento y la comercialización de productos maderables.  CCOONNTTRRAATTOOD DE ECCOOMMPPRRAAVVEENNTTAAD DE EMMAADDEERRAA:: Instrumento legal sus Agroforestal, que cuenta con un Contrato de Manejo Forestal Comunitario natural o jurídica a la que se le ha adjudicado la madera proveniente del b OFERENTE/PROPONENTE O COMPRADOR: Persona natural o jurídica que presenta y/o propone una oferta económica para la compra de productos forestales. Entre estos se incluyen los contratistas para ventas directas y las industrias forestales para subastas públicas. T TE ER RC CE ER RO O: : El presente acuerdo, valida todas las actuaciones administra�vas e Acuerdo 09-2023; entendiéndose que todos aquellos procesos que a la fecha c de inicio para el proceso de comercialización de la madera, mediante subast finalizados con las disposiciones establecidas en el Acuerdo No. 009-2023. C CU UA AR RT TO O: : Aprobar y oficializar en todas y cada una de sus partes, eCCOOMMEERRCCIIAALLIIZ ZAACCIIÓÓNNDDEELLAAMMAAD DE ERRAADDEELLBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNLLAASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESSTTEERRIIAACC OO se promueve el desarrollo rural y el manejo forestal sostenible con interven Social Forestal (S SS SF F), en términos de inclusión social y en las dinámicas econó que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios Nacional de la Forestería Comunitaria ( (E EN NF FC C) ) y que poseen Contrato de Mane y/o Convenio de Usufructo ( (C CU U) ), Planes de Manejo Forestal (P PM MF F) y Plan debidamente aprobados y vigentes, que literalmente dice: PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAADDEELLB BOOSSQQTTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAA NNIIZZAACCIIOONNEESSCCOO MMUUNNIITTAARRFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efecto procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cual expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subast de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Es Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Fo Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizacion e registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Depar Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departam e del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Té Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Depart Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Org necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es res dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo. ORGANIZACIÓN COMUNITARIA: Estructura principal reconocida por el Sistema Social Forestal (SSF), en la cual se identifican las partes firmantes de los Contratos de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) y/o Contratos de Uso (CU). Representa a las poblaciones que habitan en las comunidades aledañas o dentro de las áreas forestales nacionales y/o a la Organización Agroforestal. REPÚBLI OOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAAD DE EL LBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efectos de aplicación del presente procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cuales tendrán el significado que se expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subasta pública, se le otorga el derecho de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos puestos en la bacadilla, que se encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Estado, en la cual el Instituto de Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) y/o Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizaciones Agroforestales debidamente registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departamento Legal y Secretaría General del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Técnico-Legal, Jefe de la Oficina Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Organización Comunitaria de ser necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es responsable de analizar, asesorar, dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, asegurando que este se lleve a cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo.  C CO ON NT TR RA AT TI IS ST TA A: : Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Instituto de Conservación Forestal (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones forestales relacionadas con el aprovechamiento y la comercialización de productos maderables.  CCOONNTTRRAATTOOD DE ECCOOMMPPRRAAVVEENNTTAAD DE EMMAADDEERRAA:: Instrumento legal suscrito entre una Organización Agroforestal, que cuenta con un Contrato de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) vigente, y una persona natural o jurídica a la que se le ha adjudicado la madera proveniente del bosque de pino, al menos puesta PRECIO BASE: Precio inicial establecido para tasar el valor del metro cúbico de madera de pino, al menos puesta en bacadilla, y que está sujeto a la venta. 1S3 Social Forestal (S SS SF F), en términos de inclusión social y en las dinámicas económicas; por lo que se establece que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios que implementan la Estrategia Nacional de la Forestería Comunitaria ( (E EN NF FC C) ) y que poseen Contrato de Manejo Forestal Comunitario ( (C CM MF FC C) ) y/o Convenio de Usufructo ( (C CU U) ), Planes de Manejo Forestal (P PM MF F) y Planes Operativos Anuales (P PO OA A), debidamente aprobados y vigentes, que literalmente dice: PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAAD DE EL LBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efectos de aplicación del presente procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cuales tendrán el significado que se expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subasta pública, se le otorga el derecho de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos puestos en la bacadilla, que se encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Estado, en la cual el Instituto de Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) y/o Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizaciones Agroforestales debidamente registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departamento Legal y Secretaría General del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Técnico-Legal, Jefe de la Oficina Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Organización Comunitaria de ser necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es responsable de analizar, asesorar, dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, asegurando que este se lleve a cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo.  C CO ON NT TR RA AT TI IS ST TA A: : Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Instituto de Conservación Forestal (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones forestales relacionadas con el aprovechamiento y la comercialización de productos maderables.  CCOONNTTRRAATTOOD DE ECCOOMMPPRRAAVVEENNTTAAD DE EMMAADDEERRAA:: Instrumento legal suscrito entre una Organización Agroforestal, que cuenta con un Contrato de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) vigente, y una persona natural o jurídica a la que se le ha adjudicado la madera proveniente del bosque de pino, al menos puesta SUBASTA PÚBLICA DE MADERA: Procedimiento formal, público y transparente mediante el cual se adjudica el derecho de comercialización de la madera de pino proveniente del bosque nacional, destinada a beneficiarios inscritos en el Sistema Social Forestal y adheridos a la Estrategia Nacional de la Forestería Comunitaria. Este proceso consiste en la selección del oferente o comprador que presente la propuesta más favorable para la adquisición del volumen de madera establecido en el Plan Operativo Anual (POA). 1S3 T TE ER RC CE ER RO O: : El presente acuerdo, valida todas las actuaciones administra�vas emi�das y fundamentadas en el Acuerdo 09-2023; entendiéndose que todos aquellos procesos que a la fecha cuentan con resolución de orden de inicio para el proceso de comercialización de la madera, mediante suba

Articulos

Articulo 1.-

GLOSARIO DE TÉRMINOS Y DEFINICIONES: Para los efectos de aplicación del presente procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cuales tendrán el significado que se expresa a continuación: Social Forestal (S SS SF F), en términos de inclusión social y en las dinámicas econó que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios Nacional de la Forestería Comunitaria ( (E EN NF FC C) ) y que poseen Contrato de Mane y/o Convenio de Usufructo ( (C CU U) ), Planes de Manejo Forestal (P PM MF F) y Plan debidamente aprobados y vigentes, que literalmente dice: PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAADDEELLB BOOSSQQTTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAA NNIIZZAACCIIOONNEESSCCOO MMUUNNIITTAARRFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efecto procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cual expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subast de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Es Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Fo Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizacion e registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Depar Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departam e del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Té Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Depart Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Org necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es res dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo.  C CO ON NT TR RA AT TI IS ST TA A: : Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Ins (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones aprovechamiento y la comercialización de productos maderables.  CCOONNTTRRAATTOOD DE ECCOOMMPPRRAAVVEENNTTAAD DE EMMAADDEERRAA:: Instrumento legal sus Agroforestal, que cuenta con un Contrato de Manejo Forestal Comunitario natural o jurídica a la que se le ha adjudicado la madera proveniente del b ADJUDICATARIO: Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subasta pública, se le otorga el derecho de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos puestos en la bacadilla, que se encuentran dentro del área nacional forestal asignada. T TE ER RC CE ER RO O: : El presente acuerdo, valida todas las actuaciones administra�vas e Acuerdo 09-2023; entendiéndose que todos aquellos procesos que a la fecha c de inicio para el proceso de comercialización de la madera, mediante subast finalizados con las disposiciones establecidas en el Acuerdo No. 009-2023. C CU UA AR RT TO O: : Aprobar y oficializar en todas y cada una de sus partes, eCCOOMMEERRCCIIAALLIIZ ZAACCIIÓÓNNDDEELLAAMMAAD DE ERRAADDEELLBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNLLAASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESSTTEERRIIAACC OO se promueve el desarrollo rural y el manejo forestal sostenible con interven Social Forestal (S SS SF F), en términos de inclusión social y en las dinámicas econó que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios Nacional de la Forestería Comunitaria ( (E EN NF FC C) ) y que poseen Contrato de Mane y/o Convenio de Usufructo ( (C CU U) ), Planes de Manejo Forestal (P PM MF F) y Plan debidamente aprobados y vigentes, que literalmente dice: PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAADDEELLB BOOSSQQTTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAA NNIIZZAACCIIOONNEESSCCOO MMUUNNIITTAARRFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efecto procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cual expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subast de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Es Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Fo Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizacion e registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Depar Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departam e del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Té Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Depart Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Org necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es res dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo.  C CO ON NT TR RA AT TI IS ST TA A: : Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Ins (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones aprovechamiento y la comercialización de productos maderables.  CCOONNTTRRAATTOOD DE ECCOOMMPPRRAAVVEENNTTAAD DE EMMAADDEERRAA:: Instrumento legal sus Agroforestal, que cuenta con un Contrato de Manejo Forestal Comunitario natural o jurídica a la que se le ha adjudicado la madera proveniente del b BOSQUE NACIONAL: Área forestal de propiedad y administración del Estado, en la cual el Instituto de Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) y/o Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizaciones Agroforestales debidamente registradas en el Sistema Social Forestal. T TE ER RC CE ER RO O: : El presente acuerdo, valida todas las actuaciones administra�vas e Acuerdo 09-2023; entendiéndose que todos aquellos procesos que a la fecha c de inicio para el proceso de comercialización de la madera, mediante subast finalizados con las disposiciones establecidas en el Acuerdo No. 009-2023. C CU UA AR RT TO O: : Aprobar y oficializar en todas y cada una de sus partes, eCCOOMMEERRCCIIAALLIIZ ZAACCIIÓÓNNDDEELLAAMMAAD DE ERRAADDEELLBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNLLAASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESSTTEERRIIAACC OO se promueve el desarrollo rural y el manejo forestal sostenible con interven Social Forestal (S SS SF F), en términos de inclusión social y en las dinámicas econó que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios Nacional de la Forestería Comunitaria ( (E EN NF FC C) ) y que poseen Contrato de Mane y/o Convenio de Usufructo ( (C CU U) ), Planes de Manejo Forestal (P PM MF F) y Plan debidamente aprobados y vigentes, que literalmente dice: PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAADDEELLB BOOSSQQTTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAA NNIIZZAACCIIOONNEESSCCOO MMUUNNIITTAARRFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efecto procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cual expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subast de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Es Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Fo Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizacion e registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Depar Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departam e del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Té Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Depart Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Org necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es res dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo.  C CO ON NT TR RA AT TI IS ST TA A: : Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Ins (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones aprovechamiento y la comercialización de productos maderables.  CCOONNTTRRAATTOOD DE ECCOOMMPPRRAAVVEENNTTAAD DE EMMAADDEERRAA:: Instrumento legal sus Agroforestal, que cuenta con un Contrato de Manejo Forestal Comunitario natural o jurídica a la que se le ha adjudicado la madera proveniente del b COMITÉ TÉCNICO-LEGAL. Estructura conformada por personal del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departamento Legal y Secretaría General del Instituto de Conservación Forestal (ICF). T TE ER RC CE ER RO O: : El presente acuerdo, valida todas las actuaciones administra�vas e Acuerdo 09-2023; entendiéndose que todos aquellos procesos que a la fecha c de inicio para el proceso de comercialización de la madera, mediante subast finalizados con las disposiciones establecidas en el Acuerdo No. 009-2023. C CU UA AR RT TO O: : Aprobar y oficializar en todas y cada una de sus partes, eCCOOMMEERRCCIIAALLIIZ ZAACCIIÓÓNNDDEELLAAMMAAD DE ERRAADDEELLBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNLLAASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESSTTEERRIIAACC OO se promueve el desarrollo rural y el manejo forestal sostenible con interven Social Forestal (S SS SF F), en términos de inclusión social y en las dinámicas econó que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios Nacional de la Forestería Comunitaria ( (E EN NF FC C) ) y que poseen Contrato de Mane y/o Convenio de Usufructo ( (C CU U) ), Planes de Manejo Forestal (P PM MF F) y Plan debidamente aprobados y vigentes, que literalmente dice: PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAADDEELLB BOOSSQQTTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAA NNIIZZAACCIIOONNEESSCCOO MMUUNNIITTAARRFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efecto procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cual expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subast de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Es Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Fo Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizacion e registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Depar Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departam e del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Té Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Depart Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Org necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es res COMITÉ DE COMERCIALIZACIÓN: Equipo conformado por el Comité Técnico-Legal, Jefe de la Oficina Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Organización Comunitaria de ser necesario y cualquier otro que determine la Dirección REP cutiva. Es responsable de analizar, asesorar, dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, asegurando que este se lleve a cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo. 1S3 LLAASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESSTTEERRI IAACCOOMMUUNNIITTAARRIIA A” ”, mediante el cual se promueve el desarrollo rural y el manejo forestal sostenible con intervenciones en las áreas del Sistema Social Forestal (S SS SF F), en términos de inclusión social y en las dinámicas económicas; por lo que se establece que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios que implementan la Estrategia Nacional de la Forestería Comunitaria ( (E EN NF FC C) ) y que poseen Contrato de Manejo Forestal Comunitario ( (C CM MF FC C) ) y/o Convenio de Usufructo ( (C CU U) ), Planes de Manejo Forestal (P PM MF F) y Planes Operativos Anuales (P PO OA A), debidamente aprobados y vigentes, que literalmente dice: PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAAD DE EL LBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efectos de aplicación del presente procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cuales tendrán el significado que se expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subasta pública, se le otorga el derecho de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos puestos en la bacadilla, que se encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Estado, en la cual el Instituto de Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) y/o Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizaciones Agroforestales debidamente registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departamento Legal y Secretaría General del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Técnico-Legal, Jefe de la Oficina Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Organización Comunitaria de ser necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es responsable de analizar, asesorar, dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, asegurando que este se lleve a cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo.  C CO ON NT TR RA AT TI IS ST TA A: : Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Instituto de Conservación Forestal (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones forestales relacionadas con el aprovechamiento y la comercialización de productos maderables.  CCOONNTTRRAATTOOD DE ECCOOMMPPRRAAVVEENNTTAAD DE EMMAADDEERRAA:: Instrumento legal suscrito entre una Organización Agroforestal, que cuenta con un Contrato de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) vigente, y una persona natural o jurídica a la que se le ha adjudicado la madera proveniente del bosque de pino, al menos puesta CONTRATISTA: Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Instituto de Conservación Forestal (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones forestales relacionadas con el aprovechamiento y la comercialización de productos maderables. 1S3 T TE ER RC CE ER RO O: : El presente acuerdo, valida todas las actuaciones administra�vas emi�das y fundamentadas en el Acuerdo 09-2023; entendiéndose que todos aquellos procesos que a la fecha cuentan con resolución de orden de inicio para el proceso de comercialización de la madera, mediante subasta pública o venta directa, serán finalizados con las disposiciones establecidas en el Acuerdo No. 009-2023. C CU UA AR RT TO O: : Aprobar y oficializar en todas y cada una de sus partes, el “ “P PRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAAD DE EL LBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESSTTEERRI IAACCOOMMUUNNIITTAARRIIA A” ”, mediante el cual se promueve el desarrollo rural y el manejo forestal sostenible con intervenciones en las áreas del Sistema Social Forestal (S SS SF F), en términos de inclusión social y en las dinámicas económicas; por lo que se establece que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios que implementan la Estrategia Nacional de la Forestería Comunitaria ( (E EN NF FC C) ) y que poseen Contrato de Manejo Forestal Comunitario ( (C CM MF FC C) ) y/o Convenio de Usufructo ( (C CU U) ), Planes de Manejo Forestal (P PM MF F) y Planes Operativos Anuales (P PO OA A), debidamente aprobados y vigentes, que literalmente dice: PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAAD DE EL LBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efectos de aplicación del presente procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cuales tendrán el significado que se expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subasta pública, se le otorga el derecho de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos puestos en la bacadilla, que se encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Estado, en la cual el Instituto de Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) y/o Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizaciones Agroforestales debidamente registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departamento Legal y Secretaría General del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Técnico-Legal, Jefe de la Oficina Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Organización Comunitaria de ser necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es responsable de analizar, asesorar, dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, asegurando que este se lleve a cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo.  C CO ON NT TR RA AT TI IS ST TA A: : Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Instituto de Conservación Forestal (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones forestales relacionadas con el aprovechamiento y la comercialización de productos maderables.  CCOONNTTRRAATTOOD DE ECCOOMMPPRRAAVVEENNTTAAD DE EMMAADDEERRAA:: Instrumento legal suscrito entre una Organización Agroforestal, que cuenta con un Contrato de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) vigente, y una persona natural o jurídica a la que se le ha adjudicado la madera proveniente del bosque de pino, al menos puesta CONTRATO DE COMPRAVENTA DE MADERA: Instrumento legal suscrito entre una Organización Agroforestal, que cuenta con un Contrato de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) vigente y una persona natural o jurídica a la que se le ha adjudicado la madera proveniente del bosque de pino, al menos puesta en bacadilla del Plan Operativo Anual (POA), ubicada dentro de un área forestal nacional. T TE ER RC CE ER RO O: : El presente acuerdo, valida todas las actuaciones administra�vas emi�das y fundamentadas en el Acuerdo 09-2023; entendiéndose que todos aquellos procesos que a la fecha cuentan con resolución de orden de inicio para el proceso de comercialización de la madera, mediante subasta pública o venta directa, serán finalizados con las disposiciones establecidas en el Acuerdo No. 009-2023. C CU UA AR RT TO O: : Aprobar y oficializar en todas y cada una de sus partes, el “ “P PRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAAD DE EL LBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESSTTEERRI IAACCOOMMUUNNIITTAARRIIA A” ”, mediante el cual se promueve el desarrollo rural y el manejo forestal sostenible con intervenciones en las áreas del Sistema Social Forestal (S SS SF F), en términos de inclusión social y en las dinámicas económicas; por lo que se establece que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios que implementan la Estrategia Nacional de la Forestería Comunitaria ( (E EN NF FC C) ) y que poseen Contrato de Manejo Forestal Comunitario ( (C CM MF FC C) ) y/o Convenio de Usufructo ( (C CU U) ), Planes de Manejo Forestal (P PM MF F) y Planes Operativos Anuales (P PO OA A), debidamente aprobados y vigentes, que literalmente dice: PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAAD DE EL LBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efectos de aplicación del presente procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cuales tendrán el significado que se expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subasta pública, se le otorga el derecho de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos puestos en la bacadilla, que se encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Estado, en la cual el Instituto de Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) y/o Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizaciones Agroforestales debidamente registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departamento Legal y Secretaría General del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Técnico-Legal, Jefe de la Oficina Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Organización Comunitaria de ser necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es responsable de analizar, asesorar, dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, asegurando que este se lleve a cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo.  C CO ON NT TR RA AT TI IS ST TA A: : Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Instituto de Conservación Forestal (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones forestales relacionadas con el aprovechamiento y la comercialización de productos maderables. ORGANIZACIÓN AGROFORESTAL: Estructura autorizada por la comunidad, que cuenta con estatutos legales para dedicarse al manejo forestal, así como a la producción, transformación, comercialización, generación de ingresos y distribución de excedentes para la comunidad y sus afiliados. Está debidamente registrada en el Sistema Social Forestal (SSF) y mantiene derechos y obligaciones mediante la suscripción de un Contrato de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) con el Instituto de Conservación Forestal (ICF) y las comunidades. PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAADDEELLB BOOSSQQTTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAA NNIIZZAACCIIOONNEESSCCOO MMUUNNIITTAARRFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efecto procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cual expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subast de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Es Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Fo Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizacion e registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Depar Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departam e del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Té Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Depart Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Org necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es res dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo.  C CO ON NT TR RA AT TI IS ST TA A: : Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Ins (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones aprovechamiento y la comercialización de productos maderables.  CCOONNTTRRAATTOOD DE ECCOOMMPPRRAAVVEENNTTAAD DE EMMAADDEERRAA:: Instrumento legal sus Agroforestal, que cuenta con un Contrato de Manejo Forestal Comunitario natural o jurídica a la que se le ha adjudicado la madera proveniente del b OFERTA: Valor económico en moneda nacional que el oferente o proponente se compromete a pagar por los productos forestales a comercializar. Social Forestal (S SS SF F), en términos de inclusión social y en las dinámicas econó que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios Nacional de la Forestería Comunitaria ( (E EN NF FC C) ) y que poseen Contrato de Mane y/o Convenio de Usufructo ( (C CU U) ), Planes de Manejo Forestal (P PM MF F) y Plan debidamente aprobados y vigentes, que literalmente dice: PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAADDEELLB BOOSSQQTTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAA NNIIZZAACCIIOONNEESSCCOO MMUUNNIITTAARRFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efecto procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cual expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subast de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Es Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Fo Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizacion e registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Depar Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departam e del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Té Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Depart Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Org necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es res dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo.  C CO ON NT TR RA AT TI IS ST TA A: : Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Ins (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones aprovechamiento y la comercialización de productos maderables.  CCOONNTTRRAATTOOD DE ECCOOMMPPRRAAVVEENNTTAAD DE EMMAADDEERRAA:: Instrumento legal sus Agroforestal, que cuenta con un Contrato de Manejo Forestal Comunitario natural o jurídica a la que se le ha adjudicado la madera proveniente del b OFERTANTE O VENDEDOR: Persona natural o jurídica que, cumpliendo con los requisitos legales y reglamentarios, ofrece o pone a disposición productos mediante subasta pública o venta directa, con el debido acompañamiento de la autoridad competente. Entre ellos se incluyen las Organizaciones Comunitarias registradas en el Sistema Social Forestal (SSF); beneficiarios de la regularización de la posesión en áreas forestales nacionales; el Instituto de Conservación Forestal (ICF); y otras instituciones del Estado propietarias de terrenos forestales fiscales. T TE ER RC CE ER RO O: : El presente acuerdo, valida todas las actuaciones administra�vas e Acuerdo 09-2023; entendiéndose que todos aquellos procesos que a la fecha c de inicio para el proceso de comercialización de la madera, mediante subast finalizados con las disposiciones establecidas en el Acuerdo No. 009-2023. C CU UA AR RT TO O: : Aprobar y oficializar en todas y cada una de sus partes, eCCOOMMEERRCCIIAALLIIZ ZAACCIIÓÓNNDDEELLAAMMAAD DE ERRAADDEELLBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNLLAASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESSTTEERRIIAACC OO se promueve el desarrollo rural y el manejo forestal sostenible con interven Social Forestal (S SS SF F), en términos de inclusión social y en las dinámicas econó que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios Nacional de la Forestería Comunitaria ( (E EN NF FC C) ) y que poseen Contrato de Mane y/o Convenio de Usufructo ( (C CU U) ), Planes de Manejo Forestal (P PM MF F) y Plan debidamente aprobados y vigentes, que literalmente dice: PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAADDEELLB BOOSSQQTTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAA NNIIZZAACCIIOONNEESSCCOO MMUUNNIITTAARRFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efecto procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cual expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subast de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Es Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Fo Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizacion e registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Depar Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departam e del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Té Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Depart Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Org necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es res dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo.  C CO ON NT TR RA AT TI IS ST TA A: : Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Ins (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones aprovechamiento y la comercialización de productos maderables.  CCOONNTTRRAATTOOD DE ECCOOMMPPRRAAVVEENNTTAAD DE EMMAADDEERRAA:: Instrumento legal sus Agroforestal, que cuenta con un Contrato de Manejo Forestal Comunitario natural o jurídica a la que se le ha adjudicado la madera proveniente del b OFERENTE/PROPONENTE O COMPRADOR: Persona natural o jurídica que presenta y/o propone una oferta económica para la compra de productos forestales. Entre estos se incluyen los contratistas para ventas directas y las industrias forestales para subastas públicas. T TE ER RC CE ER RO O: : El presente acuerdo, valida todas las actuaciones administra�vas e Acuerdo 09-2023; entendiéndose que todos aquellos procesos que a la fecha c de inicio para el proceso de comercialización de la madera, mediante subast finalizados con las disposiciones establecidas en el Acuerdo No. 009-2023. C CU UA AR RT TO O: : Aprobar y oficializar en todas y cada una de sus partes, eCCOOMMEERRCCIIAALLIIZ ZAACCIIÓÓNNDDEELLAAMMAAD DE ERRAADDEELLBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNLLAASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESSTTEERRIIAACC OO se promueve el desarrollo rural y el manejo forestal sostenible con interven Social Forestal (S SS SF F), en términos de inclusión social y en las dinámicas econó que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios Nacional de la Forestería Comunitaria ( (E EN NF FC C) ) y que poseen Contrato de Mane y/o Convenio de Usufructo ( (C CU U) ), Planes de Manejo Forestal (P PM MF F) y Plan debidamente aprobados y vigentes, que literalmente dice: PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAADDEELLB BOOSSQQTTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAA NNIIZZAACCIIOONNEESSCCOO MMUUNNIITTAARRFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efecto procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cual expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subast de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Es Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Fo Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizacion e registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Depar Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departam e del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Té Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Depart Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Org necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es res dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo. ORGANIZACIÓN COMUNITARIA: Estructura principal reconocida por el Sistema Social Forestal (SSF), en la cual se identifican las partes firmantes de los Contratos de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) y/o Contratos de Uso (CU). Representa a las poblaciones que habitan en las comunidades aledañas o dentro de las áreas forestales nacionales y/o a la Organización Agroforestal. REPÚBLI OOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAAD DE EL LBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efectos de aplicación del presente procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cuales tendrán el significado que se expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subasta pública, se le otorga el derecho de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos puestos en la bacadilla, que se encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Estado, en la cual el Instituto de Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) y/o Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizaciones Agroforestales debidamente registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departamento Legal y Secretaría General del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Técnico-Legal, Jefe de la Oficina Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Organización Comunitaria de ser necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es responsable de analizar, asesorar, dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, asegurando que este se lleve a cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo.  C CO ON NT TR RA AT TI IS ST TA A: : Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Instituto de Conservación Forestal (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones forestales relacionadas con el aprovechamiento y la comercialización de productos maderables.  CCOONNTTRRAATTOOD DE ECCOOMMPPRRAAVVEENNTTAAD DE EMMAADDEERRAA:: Instrumento legal suscrito entre una Organización Agroforestal, que cuenta con un Contrato de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) vigente, y una persona natural o jurídica a la que se le ha adjudicado la madera proveniente del bosque de pino, al menos puesta PRECIO BASE: Precio inicial establecido para tasar el valor del metro cúbico de madera de pino, al menos puesta en bacadilla, y que está sujeto a la venta. 1S3 Social Forestal (S SS SF F), en términos de inclusión social y en las dinámicas económicas; por lo que se establece que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios que implementan la Estrategia Nacional de la Forestería Comunitaria ( (E EN NF FC C) ) y que poseen Contrato de Manejo Forestal Comunitario ( (C CM MF FC C) ) y/o Convenio de Usufructo ( (C CU U) ), Planes de Manejo Forestal (P PM MF F) y Planes Operativos Anuales (P PO OA A), debidamente aprobados y vigentes, que literalmente dice: PPRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAAD DE EL LBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESS TTEERRIIAACCOOMMUUNNIITT AARRIIAAAARRTTÍÍCCUULLOO 1 1. . GGLLOOSSAARRIIOOD DE ETTÉÉRRMMIINNOOSSYYD DE EFFIINNIICCIIOONNEESS:: Para los efectos de aplicación del presente procedimiento se establecen las abreviaturas y términos siguientes, los cuales tendrán el significado que se expresa a continuación:  A AD DJ JU UD DI IC CA AT TA AR RI IO O: : Persona jurídica a la que, mediante un proceso de subasta pública, se le otorga el derecho de aprovechamiento del o los productos forestales ofertados, al menos puestos en la bacadilla, que se encuentran dentro del área nacional forestal asignada.  B BO OS SQ QU UE E N NA AC CI IO ON NA AL L: : Área forestal de propiedad y administración del Estado, en la cual el Instituto de Conservación Forestal (ICF) mantiene vigentes Contratos de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) y/o Contratos de Uso (CU), suscritos con comunidades y Organizaciones Agroforestales debidamente registradas en el Sistema Social Forestal.  C CO OM MI IT TÉ É T TÉ ÉC CN NI IC CO O- -L LE EG GA AL L. . Estructura conformada por personal del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitario, Departamento de Manejo y Desarrollo Forestal, Departamento Legal y Secretaría General del Instituto de Conservación Forestal (ICF).  CC OOMMIITTÉÉDDEECCOOMMEERR CCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNN:: Equipo conformado por el Comité Técnico-Legal, Jefe de la Oficina Regional correspondiente, representante de la Coordinación del Departamento de Desarrollo Forestal Comunitaria de la Oficina Regional Forestal; representantes de la Organización Comunitaria de ser necesario y cualquier otro que determine la Dirección Ejecutiva. Es responsable de analizar, asesorar, dictaminar, acompañar, evaluar y dirigir el proceso de comercialización, asegurando que este se lleve a cabo conforme a lo estipulado en el presente acuerdo.  C CO ON NT TR RA AT TI IS ST TA A: : Persona natural o jurídica, debidamente inscrita en el Instituto de Conservación Forestal (ICF), con facultades legales para ejecutar actividades u operaciones forestales relacionadas con el aprovechamiento y la comercialización de productos maderables.  CCOONNTTRRAATTOOD DE ECCOOMMPPRRAAVVEENNTTAAD DE EMMAADDEERRAA:: Instrumento legal suscrito entre una Organización Agroforestal, que cuenta con un Contrato de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) vigente, y una persona natural o jurídica a la que se le ha adjudicado la madera proveniente del bosque de pino, al menos puesta SUBASTA PÚBLICA DE MADERA: Procedimiento formal, público y transparente mediante el cual se adjudica el derecho de comercialización de la madera de pino proveniente del bosque nacional, destinada a beneficiarios inscritos en el Sistema Social Forestal y adheridos a la Estrategia Nacional de la Forestería Comunitaria. Este proceso consiste en la selección del oferente o comprador que presente la propuesta más favorable para la adquisición del volumen de madera establecido en el Plan Operativo Anual (POA). 1S3 T TE ER RC CE ER RO O: : El presente acuerdo, valida todas las actuaciones administra�vas emi�das y fundamentadas en el Acuerdo 09-2023; entendiéndose que todos aquellos procesos que a la fecha cuentan con resolución de orden de inicio para el proceso de comercialización de la madera, mediante subasta pública o venta directa, serán finalizados con las disposiciones establecidas en el Acuerdo No. 009-2023. C CU UA AR RT TO O: : Aprobar y oficializar en todas y cada una de sus partes, el “ “P PRROOCCEEDDIIMMIIEENNT TOOPPAARRAALLAACCOOMMEER RCCIIAALLIIZZAACCIIÓÓNND DE EL LA AMMAADDEERRAAD DE EL LBBOOSSQQUUEED DE EPPIINNOOEENNAARREEAASSD DE ETTEENNEENNCCIIAAN NAACCIIOONNAALL,, AASSIIGGNNAADDOOAAL LA ASSOORRGGAAN NIIZZAACCIIOONNEESSCCOOM MUUNNIITTAARRIIAASS,, BBE EN NEEFFIICCIIAARRIIAASSD DE EL LA AFFOORREESSTTEERRI IAACCOOMMUUNNIITTAARRIIA A” ”, mediante el cual se promueve el desarrollo rural y el manejo forestal sostenible con intervenciones en las áreas del Sistema Social Forestal (S SS SF F), en términos de inclusión social y en las dinámicas económicas; por lo que se establece que es de obligatorio cumplimiento por parte de cada uno de los beneficiarios que implementan la Estrat

Articulo 2.-

REQUISITOS A PRESENTAR POR LAS ORGANIZACIONES AGROFORESTALES PARA COMERCIALIZAR LA MADERA A TRAVÉS DE SUBASTA PÚBLICA Y VENTA DIRECTA: Las Organizaciones Agroforestales interesadas en comercializar madera proveniente del bosque nacional, mediante los mecanismos de subasta pública o venta directa, deberán presentar ante el Instituto de Conservación Forestal (ICF) la documentación y requisitos que se detallan a continuación:

  • 1)

    Solicitud formal de aprobación del proceso de subasta pública de madera o venta directa,presentada ante la Oficina Regional correspondiente, por el presidente de la Organización Agroforestal, dirigida al Director Ejecutivo del ICF.

  • 2)

    Copia del acta de asamblea comunitaria, en la que conste el visto bueno para iniciar el proceso de comercialización de la madera mediante subasta pública o venta directa, refrendada por el secretario de la Organización Agroforestal.

  • 3)

    Copia del Contrato de Manejo Forestal Comunitario (CMFC) y/o Contrato de Usufructo (CU), vigente o en proceso de renovación, integrado a la Estrategia Nacional de la Forestería Comunitaria.

  • 4)

    Copia de la resolución de aprobación del Plan de Manejo Forestal (PMF), vigente o en trámite de prórroga. REPÚBLIC e la resolución del Plan Operativo Anual (POA),vigente o en proceso de solicitud de prórroga. No obstante, no se autorizará el aprovechamiento hasta que la Dirección Ejecutiva del ICF apruebe dicha prórroga. 6) Finiquito del penúltimo POA aprovechado y comercializado. En los casos donde dicho finiquito esté pendiente, podrá presentarse un informe emitido por la Oficina Local o Regional que describa el cumplimiento de las actividades realizadas para dicho fin. 7) Copia de la certificación de actualización del Registro de los Cuerpos Directivos, extendida por el ente supervisor correspondiente, como el Consejo Nacional Supervisor de Cooperativas (CONSUCOOP), el Servicio Nacional de Emprendimiento y Pequeños Negocios (SENPRENDE), el Instituto Nacional Agrario (INA) u otra autoridad competente. 8) Estados financieros y balance general actualizados de la Organización Agroforestal beneficiaria, debidamente firmados y sellados por un contador o perito colegiado. 9) Constancia de una entidad bancaria o financiera que certifique la existencia de una cuenta bancaria a nombre de la Organización Agroforestal, especificando los responsables de su administración. Esta cuenta deberá ser utilizada exclusivamente para los ingresos y egresos derivados de la comercialización de la madera, ya sea por subasta pública o venta directa. 10) Declaración jurada emitida por la Organización Agroforestal, en la que se hace constar que no ha suscrito ningún contrato de compraventa con terceros respecto al volumen de madera correspondiente al Plan Operativo Anual (POA) sujeto a subasta, y que, por tanto, exime expresamente al Instituto de Conservación Forestal (ICF) de toda responsabilidad presente o futura derivada de cualquier reclamo relacionado con dicho volumen. (CASO DE SUBASTA) 11) Declaración jurada emitida por la Organización Agroforestal, en la que se hace constar que no ha suscrito ningún contrato de compraventa con terceros respecto al volumen de madera correspondiente al Plan Operativo Anual (POA) sujeto a venta directa y que, por tanto, exime expresamente al Instituto de Conservación Forestal (ICF) de toda responsabilidad presente o futura derivada de cualquier reclamo relacionado con dicho volumen. 12) Nota aclaratoria: Los documentos señalados en los numerales 3, 4 y 5 corresponden a información oficial que custodian las Oficinas Regionales del ICF. Por tanto, deberán ser adjuntados por el ICF al expediente que se conforme para el respectivo proceso de subasta pública o venta directa.