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20 de junio de 2025Vigente

Acuerdo Ministerial No. SETRASS-044-2025 — Encargo funcional de la Dirección General de Salarios a Jackelyne Servellon Molina

Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social

  • Decreto: SETRASS-044-2025
  • Publicación: 20 de junio de 2025
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social
  • Gaceta: 36,869

Considerandos

Que los Funcionarios Públicos tienen la facultad de delegar el ejercicio de sus funciones en el (la) Servidor(a) Público(a) que estimen pertinente, en quien, en ausencia de aquella ejerza sus funciones por disposición de la Ley o de autoridad superior.

Que la delegación de funciones se ha concebido con el propósito de hacer ágil la toma de decisiones y favorecer la tramitación de las peticiones de los interesados.

Que el Artículo 4, párrafo segundo, de la Ley de Procedimiento Administrativo establece que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la Administración de que forman parte el superior y el inferior.

Que el Artículo 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo establece que el acto de delegación podrá contener instrucciones obligatorias para el órgano delegado en materia procedimental expresándose y se entenderán adoptados por el órgano delegante. No obstante, la responsabilidad que se derivare de la emisión de los actos, será imputable al órgano delegado.

Que en el Artículo 5 numeral 6 del Reglamento de la Ley de Servicio Civil establece; que la autoridad nominadora es el funcionario con facultad legal para hacer toda acción de transacción de personal.

Que mediante Acuerdo N°. SETRASS No. 213-2024, de fecha cuatro (4) de julio del año dos mil veinticuatro (2024), se encargó funcionalmente la DIRECCIÓN GENERAL DE SALARIOS a la ciudadana LOURDES SUYAPA SALINAS OLIVA, quien tendría bajo su responsabilidad la tramitación de todos los asuntos que competen a la DIRECCIÓN GENERAL DE SALARIOS, y que sean necesarios para impulsar los procedimientos que se ventilen siendo efectivo a partir del cuatro (4) de julio del año dos mil veinticuatro (2024), hasta que se realice el nombramiento del titular de la referida unidad.

Articulos

Articulo 1.-

Encargar funcionalmente a la ciudadana JACKELYNE SERVELLON MOLINA la DIRECCIÓN GENERAL DE SALARIOS, quien tendrá las funciones siguientes:

  • 1)

    Definir y coordinar la elaboración del Plan Operativo Anual y el anteproyecto de gastos de la Dirección General de Salarios, de acuerdo a estrategias, políticas y programas en materia salarial, con el fin de cumplir con objetivos de la dirección;

  • 2)

    Organizar, planificar, coordinar, dirigir y evaluar las actividades realizadas por las dependencias de la Dirección General de Salarios para garantizar el cumplimiento de los objetivos, políticas y programas de la Dirección;

  • 3)

    Coordinar y supervisar investigaciones sobre salarios, horas de trabajo, prácticas de empleo, planillas y estados financieros de las empresas del sector privado, con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley del Salario Mínimo;

  • 4)

    Asesorar a la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social en el establecimiento de los criterios para la fijación del salario mínimo para cada actividad económica, de acuerdo a indicadores económicos como base o referencia, para establecer la Política General de Salario Mínimo y Redistribución de Ingreso;

  • 5)

    Dirigir las reuniones de la comisión de salario mínimo, de acuerdo a estudios sobre la situación financiera de las empresas del sector privado, para lograr un acuerdo conciliatorio entre los representantes de los trabajadores y empresarios en el establecimiento de la cuantía de salario mínimo y su implantación;

  • 6)

    Elaborar el Anteproyecto de Ley sobre el salario mínimo en el sector privado, según los acuerdos pactados en la Comisión de Salario Mínimo y presentar ía a la consideración del Secretario de Estado para su aprobación y firma;

  • 7)

    Participar en negociaciones de convenios y contrataciones colectivas, con el fin de asesorar técnicamente en las cláusulas salariales;

  • 8)

    Proporcionar a la Comisión de Salario Mínimo y al Consejo Económico Social informes, datos y elementos de juicio en materia salarial, para revisar las políticas salariales vigentes;

  • 9)

    Firmar resoluciones de sanción a los representantes de empresas u organismos que se hallan rehusado a proporcionar la información requerida por la Dirección General de Salarios;

  • 10)

    Representar a la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social en reuniones con Organismos Públicos y Privados, Nacionales e Internacionales para establecer acuerdos de colaboración, asesoría y apoyo en procura de mejorar los sistemas de dirección y control en materia salarial;

  • 11)

    Velar por la ejecución de Plan Operativo Anual y del presupuesto asignado a la Dirección General de Salarios para garantizar el cumplimiento de lo establecido en tales documentos;

  • 12)

    Elaborar el informe mensual y anual de las actividades realizadas por la Dirección General de Salarios y sus dependencias, con el fin de comprobar el cumplimiento de los objetivos programados;

  • 13)

    Participar y colaborar en la traducción de documentos técnicos de trabajo, que se remiten a la Secretaría, con el propósito de agilizar la gestión gubernamental de la institución; y,

  • 14)

    Realizar actividades afines al puesto, giradas por el superior inmediato.

Articulo 2.-

DEJAR SIN VALOR NI EFECTO Acuerdo N°. SETRASS No. 213-2024, de fecha cuatro (4) de julio del año dos mil veinticuatro (2024), en el que se encargó funcionalmente la DIRECCIÓN GENERAL DE SALARIOS a la ciudadana LOURDES SUYAPA SALINAS OLIVA.

Articulo 3.-

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata. Se deberá transcribir a la parte interesada y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., once (11) de marzo del año dos mil veinticinco (2025). WILMER JAVIER FERNÁNDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MARÍA UBALDINA MARTÍNEZ SECRETARIA GENERAL Sección “B” PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO