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6 de junio de 2025Vigente

Acuerdo Ministerial No. SAG-061-2025 — Delegación de facultad de Firma y Administración del Programa Bono Ganadero 2025

Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería

  • Decreto: SAG-061-2025
  • Publicación: 6 de junio de 2025
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería
  • Gaceta: 36,857

Considerandos

Que la Constitución de la República de Honduras, establece que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.

Que según Acuerdo Ejecutivo Número 11-2022 de fecha 27 de enero del 2022, se nombró a la ciudadana Laura Elena Suazo Torres, en el cargo de Secretaria de Estado en los Despachos de la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

Que según el Artículo No. 24 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo, en relación con el Artículo 19 del Reglamento de Organización Interna de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, le corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley. Asimismo, el conocimiento y

Que mediante Decreto No. 04-2025 se aprobó el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y sus Disposiciones Generales, Ejecución Fiscal 2025, en el cual se incorporaron dentro del Programa 23y Actividad/Obra No.005,CIEN MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L. 100,000,000.00) destinados a la ejecución del Programa “Bono Ganadero 2025”.

Que el Programa “Bono Ganadero 2025”, está dirigido a fomentar un incremento sostenible y significativo en la producción de diferentes especies orientado a la producción de leche y carne, por parte de los pequeños y medianos ganaderos a nivel nacional durante el año 2025, mediante la implementación efectiva del Programa “Bono Ganadero 2025”.

Que el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), Organismo especializado en Agricultura del Sistema Interamericano, ha apoyado a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), como Asesor, Administrador y Garante de la Transparencia en el manejo de los recursos financieros, tanto nacionales como internacionales, incluyendo los fondos del Bono Ganadero entre otros, demostrando un manejo transparente y un desempeño eficiente de los recursos administrados.

Que la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería fue facultada para la implementación y ejecución del Programa “Bono resolución de los asuntos del Ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios, Secretario General y Directores Generales el ejercicio de atribuciones específicas.

Que el Plan de Gobierno 2022-2026, marca como prioridad, el mejoramiento de la ganadería bovina, mediante acciones que incluyan, alimentación, mejoramiento genético, asistencia técnica, visualizando la ganadería como un rubro que puede contribuir a la disminución de la pobreza rural.

Que la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG), es la institución legalmente responsable de formular, coordinar, ejecutar y evaluar las políticas del sector agroalimentario hondureño para promover el desarrollo en beneficio de los actores del sector, mediante la prestación de servicios de asistencia técnica y capacitación, que contribuyan a mejorar la seguridad alimentaria, la producción agrícola y la reducción de la pobreza rural, propiciando el desarrollo sustentable y equitativo del país.

Que el objeto general de la Ley de Simplificación Administrativa consiste en establecer las bases para simplificar y racionalizar los procedimientos administrativos a fin de garantizar que todos los órganos del Estado actúen con apego a las normas de economía, celeridad, eficacia y espíritu de servicio, logrando la pronta y efectiva satisfacción de los interesados. Ganadero” que se ejecutará durante el ejercicio fiscal 2025, apoyándose en el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), para la administración de los fondos, por un monto de hasta CIEN MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L.100,000,000.00), el cual incluye el equivalente al 5% (cinco por ciento) que se otorgará al IICA por concepto de Recuperación de Costos Indirectos (RCI).- Dichos fondos serán destinados para proporcionar asistencia técnica integral, capacitaciones especializadas e incentivos para la generación de alimento, manejo de pasturas y mejoramiento genético.

Que en fecha veinte (20) de marzo del dos mil veinticinco (2025) fue firmada la Carta de Entendimiento de Cooperación Técnica y Administración de Fondos para Apoyar El Programa “Bono Ganadero año 2025”, celebrado entre la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), por un monto de CIEN MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L.100,000,000.00), que se transferirán al IICA en un único desembolso a más tardar el treinta (30) de marzo del dos mil veinticinco (2025) para poder cumplir con los compromisos del Programa.

Articulos

Articulo 1.-

Delegar la facultad de Firma y Administración en el Subsecretario de Estado en el Despacho de Ganadería, Ciudadano JOSE ANGEL ACOSTA ZAVALA, nombrado mediante Acuerdo Ejecutivo No. 55-2022, de fecha 01 de febrero del año 2022, para la suscripción de solicitudes de contratación de personal bajo procesos de evaluación; pagos de planillas contra entrega de productos de los consultores; autorizar desde el inicio del proceso la compra de insumos para bonos, bienes, obras, servicios y trámites derivados de éstos hasta su ejecución; autorizar viáticos de todo el personal bajo su cargo y lineamientos de conformidad a la ley, en el marco del Programa “Bono Ganadero Año 2025” y demás actividades que se encuentran detalladas en la Cláusula

Articulo 4.-

Responsabilidades de las Partes; Literal a) de la Carta de Entendimiento de Cooperación Técnica y Administración de Fondos para Apoyar el Programa “Bono Ganadero Año 2025”, con vigencia del veinte (20) de marzo hasta el treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil veinticinco (2025); debiendo rendir a este Despacho, informes mensuales sobre las actividades desarrolladas y los gastos efectuados en la ejecución de los fondos apoyándose en el IICA por un monto de hasta CIEN MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L. 100,000,000.00), los cuales deben estar aprobados en el Plan Operativo del Programa sin salir se de ellos, a fin de garantizar la transparencia y con ello el logro de los objetivos del Programa “Bono Ganadero Año 2025”, así como la rendición de cuentas para un mejor desempeño institucional y del gobierno en general, quedando entendidos de manera expresa que todo lo firmado mediante esta delegación será única y exclusivamente responsabilidad del delegado.