Certificación — Certificación de Acuerdo de la Asamblea General No. LXIII del Colegio Médico de Honduras - Reforma al Reglamento del Congreso Médico Nacional
Colegio Médico de Honduras
- Publicación: 24 de abril de 2025
- Órgano emisor: Colegio Médico de Honduras
- Gaceta: 36,821
Considerandos
Que la Ley Orgánica del Colegio Médico de Honduras, es el texto legal que desarrolla los preceptos constitucionales en materia de organización del gremio médico, así como, la defensa de los derechos e intereses de la salud de la población hondureña y los de las y los profesionales de la medicina.
Que es atribución de la Asamblea General del Colegio Médico de Honduras acordar los reglamentos incluyendo sus reformas de conformidad con el procedimiento interno que corresponde, para que dicho Colegio cumpla con sus fines legales.
Articulos
La sede del Congreso Médico Nacional podrá realizarse en cualquier ciudad del país. En caso de que se solicite una ciudad en particular, la Delegación junto a las Sociedades Médicas de la localidad deberán solicitarlo a la Junta Directiva de CENEMEC, por escrito con un (1) año de antelación a su realización. La Junta Directiva de CENEMEC deberá presentar a la Junta Directiva del Colegio Médico de Honduras, un análisis, en el que incluirá todos los aspectos relacionados con el transporte, logística, alojamiento y la dirección específica del lugar donde se llevará a cabo. Esta solicitud acompañada del análisis respectivo deberá ser incorporado por la Junta Directiva del Colegio Médico de Honduras a la agenda de la Asamblea General Ordinaria correspondiente para su debida discusión. Los requisitos para seleccionar la ciudad sede del Congreso Médico Nacional son los siguientes: A. ... B. ... C. ... D. ... E. ... F. ... G. ... y, H. .... Segundo: El presente punto de acta entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE. Firma y Sello. Xaviera Alexa Caballero Cáceres, SECRETARIA DE ACTAS Y CORRESPONDENCIA DEL COLEGIO MÉDICO DE HONDURAS. Y para los fines legales y su consiguiente publicación en el Diario Oficial La Gaceta, se extiende la presente CERTIFICACIÓN, en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., 26 de mes de marzo de dos mil veinticinco. Dra. Xaviera Alexa Caballero Cáceres Secretaria de Actas y Correspondencia Sección “B” REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT)