Acuerdo — Incorporación de remanentes de saldos financieros del ejercicio anterior - Fuente 14
Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas
- Publicación: 19 de marzo de 2025
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas
- Gaceta: 36,794
Articulos
Articulo 8.-
Los remanentes de saldos financieros del ejercicio fiscal anterior y que corresponden a la fuente 14 Donaciones Internas, referidos en el artículo 20 del Decreto Legislativo No.4-2025, podrán ser incorporados al Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República del presente ejercicio fiscal, únicamente si la institución demuestra que cuenta con la disponibilidad financiera.