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19 de marzo de 2025Vigente

Acuerdo — Incorporación de recursos propios no ejecutados en el año anterior

Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas

  • Publicación: 19 de marzo de 2025
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas
  • Gaceta: 36,794

Articulos

Articulo 6.-

Para la incorporación de los recursos propios no ejecutados en el año anterior que establece el artículo 17 del Decreto Legislativo No.4-2025, se procederá aplicando el valor a incorporar al presupuesto vigente consignado en cada institución de la Administración Central que lo solicite. Habiendo alcanzado la meta de recaudación programada, se procederá a incorporar los recursos utilizando el procedimiento de incorporación de disponibilidades de caja y bancos establecido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) para el uso de recursos propios que cumplan con la condición establecida en el artículo del Decreto Legislativo No. 4-2025.