Acuerdo — Regulaciones sobre multas por incumplimiento de normas presupuestarias
Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas
- Publicación: 19 de marzo de 2025
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas
- Gaceta: 36,794
Articulos
Articulo 3.-
Las multas por incumplimiento a las normas presupuestarias contenidas en el Decreto Legislativo No.4-2025 deben ser enteradas en el sistema bancario nacional a la orden de la Tesorería General de la República, debiéndose registrar las mismas en el rubro “Multas y Penas Varias”, utilizando el Recibo Oficial de Pago para la captación de ingresos gubernamentales (TGR-1) con base en lo dispuesto en el artículo 4 párrafos primero y segundo del Decreto Legislativo No.4-2025. CAPÍTULO III Ejecución Presupuestaria de los Ingresos