Acuerdo No. IHTT-00013-2025 — Modificación de vigencia de Acuerdos de Delegación IHTT-00003-2025 a IHTT-00011-2025
Instituto Hondureño del Transporte Terrestre (IHTT)
- Decreto: IHTT-00013-2025
- Publicación: 21 de febrero de 2025
- Órgano emisor: Instituto Hondureño del Transporte Terrestre (IHTT)
- Gaceta: 36,772
Considerandos
Que mediante Decreto Legislativo No. 155-2015 de fecha 17 de diciembre del 2015, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 33,995 en fecha 30 de marzo del 2016, se crea el INSTITUTO HONDUREÑO DEL TRANSPORTE TERRESTRE (IHTT), como órgano responsable de rectorar el servicio de transporte terrestre, cuya competencia se extiende a todo el territorio del Estado.
Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 121-2022 de fecha veintitrés (23) de febrero del año dos mil veintidós (2022), se nombra al ciudadano RAFAEL EDGARDO BARAHONA OSORIO en el cargo de Comisionado Presidente del INSTITUTO HONDUREÑO DEL TRANSPORTE TERRESTRE (IHTT), ratificado como Comisionado Presidente del IHTT mediante Acta de Comisión Directiva número CD-IHTT-002-2023, de fecha veintitrés (23) de marzo del año dos mil veintitrés (2023), en aplicación del Decreto Ejecutivo número PCM 12-2023, publicado en el Diario Oficial de Honduras, La Gaceta, en fecha dieciséis (16) de marzo del año dos mil veintitrés (2023), en su edición número 36,181.
Que de conformidad a los artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración del que forman parte el superior y el inferior. El acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado podrá contener instrucciones obligatorias para este en materia procedimental y en los actos dictados por delegación se expresará esta circunstancia y se entenderán adoptados por el órgano delegante.
Que de conformidad al artículo 10 numeral 3) de la Ley de Transporte Terrestre de Honduras, es atribución del COMISIONADO PRESIDENTE del Instituto Hondureño del Transporte Terrestre (IHTT), nombrar y remover de su cargo a los Gerentes, Jefes de División, Jefes de Departamento y demás funcionarios y empleados del Instituto, que se consideren necesarios para el eficaz funcionamiento del mismo y la aplicabilidad de la presente Ley.
Que de conformidad al artículo 10 numeral 5) de la Ley de Transporte Terrestre de Honduras, es atribución del COMISIONADO PRESIDENTE del Instituto Hondureño del Transporte Terrestre (IHTT), firmar las Resoluciones referidas a toda la tramitología en el otorgamiento de concesiones y permisos especiales.
Que todas las actuaciones frente a los particulares deben caracterizarse por los principios de economía, celeridad y eficacia, procurando un clima propicio y competitivo para la inversión, lo que conlleva crear mecanismos para la simplificación y racionalizar los procedimientos a que se deben sujetar los particulares para obtener una respuesta del Estado a sus peticiones.
Que para garantizar la eficacia y eficiencia del Sistema de Transporte Terrestre, el IHTT, deviene obligado a coordinar sus actuaciones bajo los principios de unidad de criterios, celeridad y simplificación de sus procedimientos, en observancia a la Ley de Procedimientos Administrativo y Ley de simplificación Administrativa, para lo cual se requiere dictar medidas necesarias para garantizar la continuidad y eficiencia del servicio público y atender las demandas de los usuarios en las políticas de mejoramiento de la calidad del servicio regulado.
Articulos
Modificar la vigencia de los Acuerdos de Delegación siguientes: 1. IHTT-00003-2025 a favor del ciudadano ALFREDO CERROS RIVERA. 2. IHTT-00004-2025 a favor del ciudadano GEOVANNY LOPEZ NIETO. 3. IHTT-00005-2025a favor de la ciudadana MARIBEL ARACELY SUBILLAGA GUERRA. 4. IHTT-00006-2025 a favor de la ciudadana KATIA SUSANA LOZANO SINCLAIR. 5. IHTT-00007-2025 a favor del ciudadano MARCO ANTONIO CONTRERAS HERNANDEZ. 6. IHTT-00008-2025 a favor de la ciudadana MARTHA ISABEL ACUÑA BONILLA. 7. IHTT-00009-2025 a favor de la ciudadana DE YANIRA AZUCENA OSORIO VALLEJO. 8. IHTT-00010-2025 a favor del ciudadano JAIRO ANTONIO LÓPEZ. 9. IHTT-00011-2025a favor de la ciudadana MILAGRO SUYAPA MEJÍA FLORES. Entendiéndose que los mismos tendrán una vigencia a partir del dos (2) de enero de año dos mil veinticinco (2025), hasta el treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil veinticinco (2025).
El presente acuerdo no modifica las demás condiciones establecidas en los Acuerdos de Delegación antes relacionados. Modificándose únicamente la vigencia de los mismos.
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata. Debiéndose publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintinueve (29) días del mes de enero del año dos mil veinticinco (2025) LIC. RAFAEL EDGARDO BARAHONA OSORIO COMISIONADO PRESIDENTE INSTITUTO HONDUREÑO DEL TRANSPORTE TERRESTRE (IHTT). ABG. GLADYS ADASSA DONALD SON QUINTERO SECRETARIA GENERAL POR DELEGACIÓN INSTITUTO HONDUREÑO DEL TRANSPORTE TERRESTRE (IHTT) Sección “B” PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SANTA ROSA DE COPÁN