Certificación No. 1230-2024 — Certificación de Licencia en Modalidad de Distribuidor - Droguería Médica Internacional
Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico
- Decreto: 1230-2024
- Publicación: 3 de febrero de 2025
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico
- Gaceta: 36,756
Texto completo
CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, CERTIFICA: La LICENCIA EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUIDOR, otorgada mediante Resolución Número 1230-2024 de fecha 03 de diciembre del año 2024, mediante carta de autorización de fecha 24 de mayo del año 2024, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia a la sociedad mercantil denominada DROGUERÍA MÉDICA INTERNACIONAL, S.A. DE C.V., como concesionaria de la empresa concedente ENERGIZER BRASIL INDÚSTRIA E COMÉRCIO DE BENS DE CONSUMO LTDA, de nacionalidad brasileña, de forma NO EXCLUSIVA; por tiempo DEFINIDO hasta el 31 de diciembre del año 2024; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS; para que venda y distribuya sus productos. Msc. CINTHYA SARAHÍ ARTEAGA PORTILLO, Subsecretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Empresarial y Comercio Interior. Delegado mediante Acuerdo No. 141-2022. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA, Secretario General. Y para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los nueve días del mes de enero del año dos mil veinticinco. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General 3 F. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha cuatro de septiembre del año dos mil veinticuatro, el señor Luis Alberto Guzmán Núñez; interpone demanda contra el Estado de Honduras, por actos de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales (COPECO); misma que se encuentra registrada bajo el número No. 135-2024, con correlativo No. 0501- 2024-00133-LAP, en este despacho, dicha demanda personal tiene como finalidad que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular contenido en el Acuerdo No. 247-C-2024, por no ser conforme a derecho, infracción del ordenamiento jurídico por estar dictado con quebrantamiento de forma y exceso de poder además de adolecer de notificación defectuosa, asimismo, solicita el compareciente que se reconozca una situación jurídica individualizada por haber sido separado ilegal e injustificadamente; que adopten las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas, reintegro en iguales o mejores condiciones, reconocimiento de aumentos salariales, bonificaciones y demás derechos que se produzcan posteriores a la ilegítima cesantía, a título de daños y perjuicios, los salarios dejados de percibir y demás derechos como ser: vacaciones, causadas y proporcionales, ajuste de salario, décimo tercer, décimo cuarto mes, a partir de la fecha de la entrega de acuerdo de cesantía con notificación defectuosa hasta que conforme a las normas procesales quede firme el fallo, reconocimiento de antigüedad laboral, que se ordenen e implementen medidas necesarias para el cumplimiento de la sentencia, nulidad de acto o actos por el cual se hubiere designado sustituto. San Pedro Sula, Cortés, 22 de enero del año 2025 Abogado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 3 F. 2025
PODER JUDICIAL AVISO TÍTULO SUPLETORIO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, al público en general y para los efectos de Ley, HACE SABER: Que el señor JOSE EVERARDO PEREZ CORTES, mayor de edad, unión libre, agricultor, hondureño, con domicilio en Azacualpa, municipio de La Unión, departamento de Copán y en tránsito por esta ciudad, con Identidad número 0412-1972-00122, ha presentado una solicitud de Título Supletorio de Dominio, del inmueble ubicado en: Un lote terreno ubicado en el lugar denominado aldea Las Pacayas, jurisdicción del municipio de La Unión, departamento de Copán, que consta de un área de CUATRO MANZANAS (4.00 MZS) de extensión superficial, con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con la propiedad de Norma Idalia Alvarado Escobar; AL SUR, colinda con la propiedad de Salvador Miranda; AL ESTE, colinda con calle y propiedad de Salvador Miranda; AL O ESTE, colinda con la propiedad de Mario Rene Cortés, el cual está cultiva ndo café y cercado con alambre de púas. En vista que el terreno que le fue dado en compra realizada MIGUEL ANGEL PEREZ RODRIGUEZ, en fecha tres (03) días del mes de agosto del año dos mil nueve (2009), mediante documento privado de compraventa. Dicho terreno lo ha poseído en forma quieta, pacífica e ininterrumpidamente por más de diez años y en la que los testigos SALVADOR MIRANDA ALVARADO, con Identidad número 0412- 1960-00172; JOSE MARIO PEREZ CORTEZ, con Identidad número 0412-1981-00119; y, NORMA IDALIA ALVARADO ESCOBAR, con Identidad número 0414- 1984-00141; quienes afirmarán ser cierto. Santa Rosa de Copán, 4 de noviembre del año dos mil 2024 ABG. GABRIELA JISSEL DUBON ALVARADO SECRETARIA 3 D. 2024, 3 E. y 3 F. 2025