Acuerdo Ministerial No. 573-2024 — Nombramientos para integrar Comisión Técnica Liquidadora del Programa Presidencial de Empleo Con Chamba Vivís Mejor
Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social
- Decreto: 573-2024
- Publicación: 21 de enero de 2025
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social
- Gaceta: 36,745
Considerandos
Que constitucionalmente las Secretarías de Estado son órganos de la administración general del país y dependen directamente de la Presidenta de República.
Que los Secretarios de Estado son colaboradores de la Presidenta de la República en el Despacho de los asuntos públicos y en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos de la Administración Pública
Que es atribución y deber común de los Secretarios de Estado, emitir acuerdos y resoluciones en los asuntos de su competencia y aquellos que le delegue la Presidenta de la República, así como cuidar de su ejecución, de acuerdo con lo establecido por el artículo 36 numeral 8) de la Ley General de la Administración Pública.
Que en el Artículo 5 numeral 6 del Reglamento de la Ley de Servicio Civil establece; que la autoridad nominadora es el funcionario con facultad legal para hacer toda acción de transacción de personal.
Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM 22-2024, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta el seis (6) de agosto de dos mil veinticuatro (2024), la Presidenta Constitucional de la República en Consejo de Secretarios de Estado se acordó suprimir el Programa Presidencial de Empleo “Con Chamba Vivis Mejor” adscrito a la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social y los proyectos de empleo que lo conformaron, procediendo de manera inmediata su terminación, liquidación operativa, administrativa, financiera y presupuestaria al igual que de los activos y pasivos, debiendo realizar todas las operaciones necesarias a fin de dar cumplimiento a los establecido en el Decreto de manera ordenada,eficaz y eficiente.
Que en el Artículo 5 del Decreto Ejecutivo Número PCM 22-2024 se autoriza e instruye a la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social (SETRASS), para proceder en calidad de Comisión Liquidadora del Programa Presidencial de Empleo “Con Chamba Vivís Mejor” y los proyectos de empleo que lo conformaron, con atribuciones plenas en lo conducente a la liquidación del personal, pago de pasivo y deudas, disposición de los bienes y activos, quedando dicha comisión expresamente facultada para asumir todas las competencias y atribuciones que correspondían al Programa Presidencial de Empleo “Con Chamba Vivís Mejor” y los proyectos de empleo que lo conformaron, a efecto exclusivo de su liquidación, para lo cual puede requerir el auxilio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), así como de otras instituciones del Estado si fuere necesario, de acuerdo a la Ley. Al concluir la liquidación, se deberá presentar un informe a la Presidencia de la República sobre las operaciones realizadas y hallazgos encontrados.
Articulos
NOMBRAR a LAUREN PAOLA VELÁSQUEZ RODRÍGUEZ, Asistente Técnico Legal; JUAN JOSÉ NAVARRO TABORA, Asesor Legal; RUBÉN ANDRÉS ZELAYA ESPINAL, Preinterventor; JENNIFER ELIZABETH BARRIENTOS, Inspectora de Bienes Nacionales; EDILBERTO PORTILLO, Inspector de Bienes, para integrar una Comisión Técnica Liquidadora, quienes podrán formar equipos de trabajo para efectuar los procesos con la mayor inmediatez.
La Comisión Técnica Liquidadora está facultada para ejecutar todas las acciones necesarias y emitir los actos administrativos requeridos para dar cumplimiento al mandato consignado en el Decreto Ejecutivos PCM-22-2024, dictado por la Presidenta de la República en Consejo de Secretarios de Estado, en el sentido de la liquidación operativa, administrativa, financiera y presupuestaria al igual que de los activos y pasivos, debiendo realizar todas las operaciones necesarias a fin de dar cumplimiento a los establecido en el Decreto de manera ordenada, eficaz y eficiente.
La Comisión Liquidadora al concluir las liquidaciones deberán rendir un informe detallado de todas las operaciones realizadas y hallazgos encontrados al Secretario de Estado.
El presente Acuerdo no causa efecto presupuestario y está sujeto a revocación por la autoridad nominadora en cualquier momento.
El Presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá ser pública en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., dieciocho (18) de octubre del año dos mil veinticuatro (2024). NOTIFÍQUESE Y PUBLÍQUESE. WILMER JAVIER FERNÁNDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MARIA UBALDINA MARTINEZ SECRETARIA GENERAL Sección “B” INSTITUTO DE LA PROPIEDAD CERTIFICACIÓN El infrascrito, Asesor de la Dirección General de Propiedad Intelectual, Oficina Administrativa del Derecho de Autor y de los Derechos Conexos, Certifica la Resolución No. 1980/2024 que literalmente dice: