Acuerdo Ministerial No. 569-2024 — Autorización para implementación del Sistema de Servicio Online SOL para trámites de Reglamentos Internos de Trabajo y Certificaciones
Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social
- Decreto: 569-2024
- Publicación: 21 de enero de 2025
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social
- Gaceta: 36,745
Considerandos
Que la Constitución de la República de Honduras establece que, toda persona o asociación de personas tiene el derecho de presentar peticiones a las autoridades ya sea por motivos de interés particular o general y de obtener respuesta en el plazo legal, garantizando entre otros aspectos, el derecho al acceso de la información pública.
Que la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social es responsable de garantizar el cumplimiento de la Ley en vía administrativa dentro de sus competencias, por lo que, se ve en la obligación de participar en la aplicación de herramientas útiles para que los ciudadanos puedan ejercer el derecho de petición por medios digitales rápidos y eficaces.
Que para la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social es prioridad el Gobierno Digital, entendiéndose este, como el uso de las tecnologías digitales como parte integral de las estrategias de modernización de los gobiernos con el fin de crear valor público, impulsando el conocimiento, la inclusión equidad, la innovación y sobre todo permitiéndole a los ciudadanos usuarios obtener información confiable a través de recursos tecnológicos y plataformas habilitadas para tales fines.
Que mediante el Acuerdo Ejecutivo PCM-086-2020 contentivo del Reglamento sobre Gobierno Electrónico, publicado el 26 de septiembre de 2022 en el Diario Oficial “La Gaceta”, donde se reconoce el derecho de los ciudadanos a relacionarse con la Administración Pública en todos sus niveles por medios electrónicos y regula los aspectos básicos de la utilización de las tecnologías de la información y comunicaciones en la actividad administrativa y establece el marco legal, operativo procesal en el cual se sustanciará el procedimiento administrativo electrónico en cumplimiento del mandato establecido en el párrafo segundo del artículo primero de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Que la Secretaría de Desarrollo Económico (SDE) nos da la oportunidad de poder beneficiar a nuestros usuarios a través del proyecto Portal Digital de Inversiones (PDI) que desarrolla con el apoyo del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), en lo que respecta al trámite relacionado con la aprobación de los Reglamentos Internos de Trabajo, las solicitudes de Certificaciones y constancias de los diferentes trámites que resuelve la Dirección General del Trabajo.
Que el Gobierno de la República considera importante la interoperabilidad y el intercambio eficiente de información entre Secretarías de Estado, para optimizar la toma de decisiones y gestión pública, además de compartir y atender en tiempo real al usuario que utilizará esta herramienta, mejorando la transparencia, la eficiencia administrativa en beneficio del desarrollo social y económico del país.
Que los servidores del Estado no tienen más facultades que las que expresamente les confiere la Ley. Todo acto que ejecuten fuera de la Ley es nulo e implica responsabilidad.
Articulos
Autorizar a la DIRECCIÓN GENERAL DEL TRABAJO de esta SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, la implementación del SISTEMA DE SERVICIO ONLINE “SOL” mediante la dirección electrónica https://sol.trabajo. gob.hn/ciudadano/#/inicio, para la aprobación en línea de los trámites de Reglamentos Internos de Trabajo y de las solicitudes de Certificación y Constancias que se emitan en la Dirección General del Trabajo, simplificando de esta manera el procedimiento administrativo.
Las empresas que soliciten en línea la aprobación de un Reglamento Interno de Trabajo, deberán acreditar los requisitos que, de conformidad a la Constitución de la República de Honduras, el Código de Trabajo y demás leyes aplicables que señale la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social a través de la Dirección General del Trabajo, generándose de forma automática un número correlativo que identifique el expediente y el año de gestión. Las disposiciones del párrafo anterior, se aplicarán a las Certificaciones y Constancias solicitadas en línea por las y los interesados.
Las Resoluciones de aprobación o no, de un Reglamento Interno de Trabajo, así como las Certificaciones y Constancias emitidas por la Dirección General del Trabajo, contarán con el respectivo mecanismo de validación “QR” para la verificación de su autenticidad, el cual, estará contenido en el documento que emita la Dirección General del Trabajo.
Se instruye a la Unidad Institucional de Comunicaciones, para que comunique a la ciudadanía mediante los medios electrónicos disponibles la aprobación del presente Acuerdo Ministerial para los efectos legales correspondientes.
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los catorce (14) días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro (2024). ABG. WILMER JAVIER FERNANDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL ABG. MARIA UBALDINA MARTINEZ SECRETARIA GENERAL Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social