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11 de enero de 2025Vigente

Resolución No. GEE-831-2024 — Aprobación de reformas a las Normas para el Fortalecimiento de la Educación Financiera en las Instituciones Supervisadas

Comisión Nacional de Bancos y Seguros

  • Decreto: GEE-831-2024
  • Publicación: 11 de enero de 2025
  • Órgano emisor: Comisión Nacional de Bancos y Seguros
  • Gaceta: 36,737

Considerandos

Que el Artículo 1 de la Ley de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, establece que corresponde a este Ente Supervisor vigilar que las Instituciones del Sistema Financiero y demás entidades supervisadas,desarrollen sus actividades en concordancia con las leyes de la República y el interés público, velando porque los marcos regulatorios promuevan la libre competencia, la equidad de participación, la eficiencia de las Instituciones Supervisadas y la protección de los derechos de los usuarios financieros, promoviendo el acceso al financiamiento y velando en todo momento por la estabilidad del sistema financiero supervisado.

Que el Artículo 13, numerales 1) y 2) de la Ley de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros establece que corresponde a este Ente Supervisor, dictar las normas que se requieran para la revisión, verificación, control, vigilancia y fiscalización de las Instituciones Supervisadas, lo mismo que las normas prudenciales que deberán cumplir las Instituciones Supervisadas, para lo cual se basará en la legislación vigente y en los acuerdos y prácticas internacionales.

Que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, mediante Resolución GEE No.473/13- 07-2023, aprobó las “Normas para el Fortalecimiento de la Educación Financiera en las Instituciones Supervisadas”, las cuales tienen por objeto establecer los requisitos mínimos que deben ser observados por las Instituciones Supervisadas para desarrollar y ejecutar Programas de Educación Financiera a favor del usuario financiero actual y/o potencial. Asimismo, definir los criterios que deben ser observados por las Instituciones Supervisadas en la contratación de los servicios profesionales ofrecidos por los proveedores que desarrollan Programas de Educación Financiera.

Que la Gerencia de Educación e Inclusión Financiera y Género determinó la necesidad de realizar modificaciones a las “Normas para el Fortalecimiento dela Educación Financiera en las Instituciones Supervisadas”, debido al tamaño, alcance y complejidad de las acciones de diferentes Instituciones Supervisadas para realizar Programas de Educación Financiera.

Que la Gerencia de Estudios Económicos, Regulación, Competencia e Innovación Financiera, mediante Dictamen GEERA-DT-99/2024, concluye que es procedente recomendar a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, aprobar las reformas a las “Normas para el Fortalecimiento de la Educación Financiera en las Instituciones Supervisadas”. Pag.1

Texto completo

RESOLUCIÓN GEE No.831/13-12-2024.- La Comisión Nacional de Bancos y Seguros, CONSIDERANDO (1): Que el Artículo 1 de la Ley de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, establece que corresponde a este Ente Supervisor vigilar que las Instituciones del Sistema Financiero y demás entidades supervisadas,desarrollen sus actividades en concordancia con las leyes de la República y el interés público, velando porque los marcos regulatorios promuevan la libre competencia, la equidad de participación, la eficiencia de las Instituciones Supervisadas y la protección de los derechos de los usuarios financieros, promoviendo el acceso al financiamiento y velando en todo momento por la estabilidad del sistema financiero supervisado. CONSIDERANDO (2): Que el Artículo 13, numerales 1) y 2) de la Ley de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros establece que corresponde a este Ente Supervisor, dictar las normas que se requieran para la revisión, verificación, control, vigilancia y fiscalización de las Instituciones Supervisadas, lo mismo que las normas prudenciales que deberán cumplir las Instituciones Supervisadas, para lo cual se basará en la legislación vigente y en los acuerdos y prácticas internacionales. CONSIDERANDO (3): Que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, mediante Resolución GEE No.473/13- 07-2023, aprobó las “Normas para el Fortalecimiento de la Educación Financiera en las Instituciones Supervisadas”, las cuales tienen por objeto establecer los requisitos mínimos que deben ser observados por las Instituciones Supervisadas para desarrollar y ejecutar Programas de Educación Financiera a favor del usuario financiero actual y/o potencial. Asimismo, definir los criterios que deben ser observados por las Instituciones Supervisadas en la contratación de los servicios profesionales ofrecidos por los proveedores que desarrollan Programas de Educación Financiera. CONSIDERANDO (4): Que la Gerencia de Educación e Inclusión Financiera y Género determinó la necesidad de realizar modificaciones a las “Normas para el Fortalecimiento dela Educación Financiera en las Instituciones Supervisadas”, debido al tamaño, alcance y complejidad de las acciones de diferentes Instituciones Supervisadas para realizar Programas de Educación Financiera. CONSIDERANDO (5): Que la Gerencia de Estudios Económicos, Regulación, Competencia e Innovación Financiera, mediante Dictamen GEERA-DT-99/2024, concluye que es procedente recomendar a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, aprobar las reformas a las “Normas para el Fortalecimiento de la Educación Financiera en las Instituciones Supervisadas”. Pag.1