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3 de septiembre de 2026Vigente

Acuerdo No. DM-DIGER-023-2026 — Delegación de funciones inherentes al cargo de Coordinador de Planeamiento y Evaluación de Gestión Ad Honorem

Dirección de Gestión por Resultados (DIGER)

  • Decreto: DM-DIGER-023-2026
  • Publicación: 3 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Dirección de Gestión por Resultados (DIGER)
  • Gaceta: 37,237
  • Categoria: Administrativo

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Este acuerdo delega funciones del cargo de Coordinador de Planeamiento y Evaluación en la Dirección de Gestión por Resultados (DIGER) a partir del 4 de mayo de 2026. Permite que el funcionario designado ejerza las responsabilidades administrativas necesarias para gestionar esta dirección, que depende de la Presidencia de la República.

Considerandos

Que mediante el artículo 13 del Decreto Ejecutivo número PCM 05-2022 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de fecha 6 de abril de 2022, se crea la Dirección de Gestión por Resultados (DIGER).

Que la Dirección de Gestión por Resultados (DIGER), funciona como Ente Desconcentrado de la Presidencia de la República y está dirigida por un funcionario con rango de Secretario de Estado.

Que el artículo 31 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo establece, con relación a los órganos desconcentrados, que se entiende por autonomía técnica- administrativa la gestión directa de los asuntos que por Ley les están encomendados.

Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 127-2026 se nombró al ciudadano ELMER MANUEL funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior; y, que el acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación podrá contener instrucciones obligatorias para este en materia procedimental. En los actos dictados por delegación, se expresará esta circunstancia y se entenderán adoptados por el órgano delegante. No obstante, la responsabilidad de que se derivare de la emisión de los actos será imputable al órgano delegado”.

Que los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones y Providencias, según lo establecido en el artículo 116 de la Ley General de la Administración Pública.

Que los Órganos de la Administración Pública desarrollarán sus actividades sujetándose a la jerarquía normativa establecida en el artículo 7 de la Ley General de la Administración Pública y en arreglo de las normas de la economía, celeridad y eficacia a fin de lograr una pronta y efectiva satisfacción del interés general.

Que el Artículo 116 de la Ley General de Administración Pública señala que: “Los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias.

Que el Artículo 122 de la Ley General de Administración Pública señala que: “Los Acuerdos, Resoluciones y Providencias serán firmadas por el titular del órgano que los emite y autorizados por el funcionario que indiquen las disposiciones legales”.

Que el Artículo 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, establecen expresamente que “El órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus Dirección de Gestión por Resultados DIGER

Articulos

Articulo 1.-

Delegar, a partir del cuatro (4) de mayo de dos mil veintiséis (2026), las funciones inherentes al cargo de FERRERA PADILLA, en el cargo de DIRECTOR DE GESTIÓN POR RESULTADOS elevando su cargo con Rango de SECRETARIO DE ESTADO mediante Acuerdo Ejecutivo No. 230-2026, con facultades emitir y ejecutar los actos administrativos necesarios y pertinentes para el ejercicio de las funciones. CONSIDERANDO: Que los Órganos de la Administración Pública desarrollarán sus actividades sujetándose a la jerarquía normativa establecida en el artículo 7 de la Ley General de la Administración Pública y en arreglo de las normas de la economía, celeridad y eficacia a fin de lograr una pronta y efectiva satisfacción del interés general. CONSIDERANDO: Que el Artículo 116 de la Ley General de Administración Pública señala que: “Los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias. CONSIDERANDO: Que el Artículo 122 de la Ley General de Administración Pública señala que: “Los Acuerdos, Resoluciones y Providencias serán firmadas por el titular del órgano que los emite y autorizados por el funcionario que indiquen las disposiciones legales”. CONSIDERANDO: Que el Artículo 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, establecen expresamente que “El órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus

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