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3 de septiembre de 2026Vigente

Acuerdo No. DM-DIGER-002-2026 — Delegación de funciones de Subgerente de Recursos Humanos en DIGER

Dirección de Gestión por Resultados (DIGER)

  • Decreto: DM-DIGER-002-2026
  • Publicación: 3 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Dirección de Gestión por Resultados (DIGER)
  • Gaceta: 37,237
  • Categoria: Administrativo

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Este acuerdo autoriza a Antonio Sierra Pineda, Asesor Especialista en Talento Humano de DIGER, a ejercer las funciones de Subgerente de Recursos Humanos desde el 8 de abril de 2026. Él podrá tomar decisiones administrativas sobre personal y será responsable de sus actos. La delegación puede ser revocada en cualquier momento por el Director.

Considerandos

Que mediante el artículo 13 del Decreto Ejecutivo número PCM 05-2022 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de fecha 6 de abril de 2022 se crea la Dirección de Gestión por Resultados (DIGER).

Que la Dirección de Gestión por Resultados (DIGER), funciona como Ente Desconcentrado de la Presidencia de la República y está dirigida por un funcionario con rango de Secretario de Estado.

Que el artículo 31 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo establece, con relación a los órganos desconcentrados, que se entiende por autonomía técnica- administrativa la gestión directa de los asuntos que por Ley les están encomendados.

Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 127-2026 se nombró al ciudadano ELMER MANUEL FERRERA PADILLA en el cargo de DIRECTOR DE GESTIÓN POR RESULTADOS CON RANGO DE a la contratación de los servicios y equipos antes señalados, sin afectar las atribuciones que corresponden al Instituto Hondureño del Transporte Terrestre (IHTT) en la administración y pago del subsidio.”

Que los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones y Providencias, según lo establecido en el artículo 116 de la Ley General de la Administración Pública.

Que los Órganos de la Administración Pública desarrollarán sus actividades sujetándose a la jerarquía normativa establecida en el artículo 7 de la Ley General de la Administración Pública y en arreglo de las normas de la economía, celeridad y eficacia a fin de lograr una pronta y efectiva satisfacción del interés general.

Que el Artículo 116 de la Ley General de Administración Pública señala que: “Los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias.

Que el Artículo 122 de la Ley General de Administración Pública señala que: “Los Acuerdos, Resoluciones y Providencias serán firmadas por el titular del órgano que los emite y autorizados por el funcionario que indiquen las disposiciones legales”.

Que el Artículo 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, establecen expresamente que: “El órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior y, que el acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación podrá contener ANTONIO SIERRA PINEDA, ASESOR ESPECIALISTA EN TALENTO HUMANO de la Dirección de Gestión por Resultados (DIGER). SEGUNDO: La responsabilidad que se derive de las decisiones que se tomen en el desarrollo de las atribuciones asignadas, serán imputables al ciudadano delegado. TERCERO: El presente Acuerdo no causa efecto presupuestario y está sujeto a revocación por la autoridad nominadora en cualquier momento. CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. NOTÍFIQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los ocho (08) días del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026). ELMER MANUEL FERRERA PADILLA DIRECTOR DE GESTIÓN POR RESULTADOS CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO HUMBERTO EMILIO MILLER SOLORZANO SECRETARIO GENERAL Dirección de Gestión por Resultados DIGER

Articulos

Articulo 2.-

VIGENCIA. El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, el uno de septiembre de dos mil veintiséis. JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA PRESIDENTE CARLOS ROBERTO LEDEZMA CASCO SECRETARIO ARIANA MELISSA BANEGAS CÁRCAMO SECRETARIA Por Tanto: Publíquese

instrucciones obligatorias para este en materia procedimental. En los actos dictados por delegación, se expresará esta circunstancia y se entenderán adoptados por el órgano delegante. No obstante, la responsabilidad de que se derivare de la emisión de los actos será imputable al órgano delegado”. CONSIDERANDO: Que los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones y Providencias, según lo establecido en el artículo 116 de la Ley General de la Administración Pública. POR TANTO En uso de las facultades de que está investido y en aplicación de los Artículos 30 párrafo final, 35, 116, 118 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 27, 28 y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo; y, Acuerdo Ejecutivo No. 127-2026. ACUERDA: PRIMERO: Delegar, a partir del ocho (8) de abril de dos mil veintiséis (2026), las funciones inherentes al cargo de SUBGERENTE DE RECURSOS HUMANOS, así como la facultad de citar y celebrar audiencias de descargo en nombre de la autoridad nominadora, en el ciudadano JULIO MINISTRO ASESOR con facultades emitir y ejecutar los actos administrativos necesarios y pertinentes para el ejercicio de las funciones. CONSIDERANDO: Que los Órganos de la Administración Pública desarrollarán sus actividades sujetándose a la jerarquía normativa establecida en el artículo 7 de la Ley General de la Administración Pública y en arreglo de las normas de la economía, celeridad y eficacia a fin de lograr una pronta y efectiva satisfacción del interés general. CONSIDERANDO: Que el Artículo 116 de la Ley General de Administración Pública señala que: “Los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias. CONSIDERANDO: Que el Artículo 122 de la Ley General de Administración Pública señala que: “Los Acuerdos, Resoluciones y Providencias serán firmadas por el titular del órgano que los emite y autorizados por el funcionario que indiquen las disposiciones legales”. CONSIDERANDO: Que el Artículo 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, establecen expresamente que: “El órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior y, que el acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación podrá contener

ANTONIO SIERRA PINEDA, ASESOR ESPECIALISTA EN TALENTO HUMANO de la Dirección de Gestión por Resultados (DIGER). SEGUNDO: La responsabilidad que se derive de las decisiones que se tomen en el desarrollo de las atribuciones asignadas, serán imputables al ciudadano delegado. TERCERO: El presente Acuerdo no causa efecto presupuestario y está sujeto a revocación por la autoridad nominadora en cualquier momento. CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. NOTÍFIQUESE Y PUBLÍQUESE Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los ocho (08) días del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026). ELMER MANUEL FERRERA PADILLA DIRECTOR DE GESTIÓN POR RESULTADOS CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO HUMBERTO EMILIO MILLER SOLORZANO SECRETARIO GENERAL Dirección de Gestión por Resultados DIGER