Resolución de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros sobre Procedimientos de Corrección y Actualización de Información en la Central de Información Crediticia (CIC)
Articulos
Articulo 1
Funciones del Consejo de Administración o Jimta Directiva Es responsabilidad de las Juntas Directivas, Consejos de Administración o de quien haga sus veces, así como de los Gerentes Generales, Presidentes o Representantes legales, garantizar la veracidad de todos y cada uno de los datos reportados en los distintos campos de la Central de Información Crediticia (CC), asegurándose que sean tomados directamente de las bases de datos de producción de la Institución.
Articulo 2
Obligaciones de Modificación Una vez que la institución supervisada detecte que algún dato reportado a la CIC debe ser modificado, deberá proceder de inmediato a realizar las gestiones ante la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, en adelante Comisión, para su actualización o corrección según el procedimiento establecido en la presente Resolución, siendo la Alta Gerencia la obligada a monitorear la acción oportuna para mantener la calidad de la base de datos, teniendo en cuenta los siguientes principios:
- 1)
Cualquier modificación de información reportada por la institución supervisada a la CIC requerirá de la misma ,modificación previa en la base de datos de producción de la institución supervisada. Para ello, la institución deberá contar con un módulo que corrija directamente los datos en su base de producción, y además, genere un reporte qué describa las correcciones de cada registro modificado, que será enviado restringido 'a personas con un nivel de autorización adecuado y que lleve una bitácora de uso. Si la institución cuenta con mecanismos en operación para realizar esta actividad, estos deberán cumplir con lo dispuesto en este numeral.
- 2)
La modificación y/o actualización de la información reportada por la institución supervisada a la CIC requerirá de la autorización de I aAlta Gerencia. La Comisión podrá solicitar la corrección de datos cuando por cualquier medio detecte errores en los datos reportados a la Cl(, para lo cual la institución supervisada aplicará lo previsto en el Articulo 6 de la presente Resolución.
Articulo 3
Corrección Se entiende por corrección de un dato reportado previamente a la CIC, al procedimiento de reemplazar y/o eliminar infomiación debido a errores o inconsistencias. Las correcciones y/o eliminaciones a la base de datos de la CIC serán realizadas por la institución supervisada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes ala detección, en el módulo que para tal fin habilite la Comisión.
Articulo 4
Actualización Se entiende por actualización de un dato reportado a la CIC al procedimiento de reportar cambios en alguno de los datos del cliente de la institución supervisada y/o datos de la operación y/o datos de la garantía, en razón de la dinámica de los negocios, qué no constituyan un error en la información suministrada con anterioridad y que sólo suponen un cambio a partir de la fecha de reporte. Este procedimiento se realizará en la misma fecha y oportunidad de la transmisión de los datos previstos en el Artículo 15 de las "Normas para la Gestión de Información Crediticia".
Articulo 5
Responsabilidad Administrativa El hecho de informar que se cometió un error y proceder a corregirlo no exime a la institución supervisada y a sus Sección II Avisos Legales- La (aceta- WT(1E:ACA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, NI. D. C., 6 DE AGOSTO DEL 2012 - No. 32.891 la calidad de los datos enviados a la CIC, aunque constituye un atenuante de posibles sanciones.
Articulo 6
Descripción del Procedimiento de Corrección de Datos La responsabilidad de la corrección de datos será de las instituciones supervisadas, para lo cual la Comisión pondrá a su disposición el MÓDULO PARA LA CORRECCIÓN DE DATOS, el cual corregirá la información directamente en la base de datos de producción de la CIC. Dicho Módulo estará disponible en todo momento para los efectos, y la institución supervisada cumplirá con los siguientes lineamientos: 1)La Gerencia General ola Presidencia Ejecutiva designará un usuario responsable de introducir las correcciones o eliminaciones a los registros de deudores contenidos en la base de datos de la CIC; su nombramiento será notificado a la Comisión dentro de los cinco (5) dfas siguientes a este evento. En caso de cambio de este usuario se notificará a la Comisión dentro del mino plazo ya mencionado, siendo responsable la institución del proceso de inducción correspondiente en el manejo del Módulo. 2) Es un requisito obligatorio para introducir una corrección o eliminación en el módulo de la CIC, que se corrija previamente el (los) dato (s) en la base de producción de la institución supervisada. 3) La Junta Directiva o el Directorio de la Institución será informada en cada reunión del número de correcciones realizadas, debido a la responsabilidad que asiunen por la calidad de la información reportada a la Comisión. 4) Deberá analizar los eventos de riesgo operativo que se deriven de las correcciones realizadas, y proceder a alimentar la base de datos de eventos de riesgo operativo impletnentadas por la institución, de acuerdo a los plazos previstos en las Normas En caso que se requiera rcalizarcorrecciones masivas y complejas ala base de datos de la CIC, más de 100 operaciones, la institución supervisada y la Comisión acordarán el procedimiento y método de corrección que resulte procedente.
Articulo 7
Funcionamiento del Módulo de Correcciones El módulo de corrección de datos deberá cumplir con los siguientes lineamientos para su funcionamiento: I) Cuando la institución supervisada ingrese al módulo, se enviará un mensaje automático al Jefe de División de la CIC, para que según SU criterio realice un mora tortvi a la corrección a realizar. 2) Una vez ingresada.la nueva infonnaci ón al módulo y corregida la base de datos de la CIC, en forma electrónica se informará al Jefe de la División de la CIC los resultados del cambio realizado 3) La Gerencia de Tecnología de la Información y Comumeadones de la Comisión, proporcionará un reporte electrónico de cada institución supervisada con la estadística de las correcciones realizadas por cada institución (Fonnulario ACT 01), que estará a disposición del Jefe de División de la CIC, para que cada mes informe a la Gerencia de Estudios, e inicie la investigación administrativa por los posibles incumplimientos a lo previsto en las Normas de Gestión de Información Crediticia. 4)Toda corrección introducida en el módulo generara una bitácora con el registro del día y hora, operación modificada, campo (s) corregido (s)'o eliminado (s) y, usuario responsable.
Articulo 8
Mantenimiento de A orhivos del Formulario ACT Será responsabilidad de la CIC mantener archivados en forma electrónica los reportes de que trata el Articulo anterior, Formularios ACT 01 "Reporte de Corrección de Error en datos La Gaceta R_EPUBLI CA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, al. D. C., 6 DE A GOSTo is I. 2012 No. 32,101
Articulo 9
Descripción del Procedimiento de Actualización de Datos La actualización de datos de operaciones ya reportadas a la CIC, se ejecutará mediante el siguiente procedimiento:
- 1)
Las instituciones supervisadas mensualmente remiten a la Comisión el informe de datos de crédito en archivos ai formato ASCII, según obligación especificada en el Artículo 15 de la "Normas para la Gestión de Información Crediticia" y en el "Manual de Reporte de Datos de Crédito", conteniendo todas las actualizaciones a que haya lugar.
- 2)
Junto con los archivos en formato ASCII, las instituciones supervisadas remiten todas las actualizaciones de campos a que haya lugar en el formulario ACT 02 "Reporte de actualizaciones de datos", el cual será remitido al correo electrónico centraldeíntbrm 's a .k val En el formulario ACT 02, se reportarán exclusivamente las modificaciones respecto de los siguientes campos, identificando claramente la situación anterior y el nuevo estatus: Tipo de Garantía Tipo de operación Tipo de crédito Forma de pago Fecha de Vencimiento para crédito gran deudor comercial y pequeño deudor comercial Monto original otorgado Periodo de gracia Número de operación Tipo de moneda Crédito especial Crédito renegociado Persona relacionada Generador de divisas
- 3)
Se verificará en forma aleatoria porparte del Jefe de División de la CIC que las novedades informadas en el Formulario ACT 02 "Reporte de actualizaciones de datos" scan consistentes con las modificaciones contenidas en la base de
- 4)
En caso negativo, se informa ala institución supervisada mediante correo electrónico, las inconsistencias detalladas. La CIC informará, mediante el Formulario ACT 03 "Reporte de actualizaciones de datos inconsistentes", a la respectiva Superintendencia las inconsistencias identificadas a fin de que se inicien las investigaciones administrativas del caso y establezca las acciones de supervisión correspondientes.
Articulo 10
Mantenimiento de Archivos del Formulario ACT 02 y ACT 03 Será responsabilidad del Jefe de División de la CIC mantener archivada en forma electrónica y ordenada, copia de los Formularios ACT 02 "Reporte de actualizaciones de datos", y, ACT 03 "Reporte datos actualizados con inconsistencias".
Articulo 11
Disposiciones Transitorias Derivado del cambio de modalidad de operación de la CIC las instituciones supervisadas deberán cumplir con lo siguiente: 1) El área de riesgo operativo de la institución supervisada o aquella que la sustituya en sus funciones, dispondrá de un plazo no mayor a cuarenta y cinco (45) días hábiles a partir de la vigencia de la presente Resolución, para realizar corno mínimo las siguientes actividades:
- a)
Un análisis completo de todos los procesos que involucra la gestión de la información crediticia.
- b)
Identificar los procesos generadores de errores en la información que se reporta a la CIC, destacando el tipo o naturaleza de los errores cometidos.
- c)
Establecer un flujo de los nuevos procesos que reflejen la corrección de los procesos generadores de errores de la información que se reporta a la Comisión.
- d)
Revisar la totalidad de la base de datos de la institución supervisada a fin de obtener una versión definitiva y actualizada dela cartera crediticia con fecha de corte al 1n do C. 6 DE AGOS . 32,891
Articulo 16
Vigencia El procedimiento de actualización y corrección a la base de datos dela CIC contenido en la presente Resolución entrará CI1 genci a a partir del 30 de abril de 2013. 2. Comunicarla ~Resolución a las Instituciones del Sistema Financiero, Instituciones de Seguros, Oficinas de Representación, Organizaciones Privadas que se Dedican a Actividades Financieras (OPDF), Emisoras de Tarjetas de Crédito, Fondos Públicos y Privados de Pensiones, Instituciones de Crédito de Segundo Piso, Bolsa de Valores, Cooperativas de Ahorro y Crédito sujetas a la supervisión voluntaria de la Comisión, para los efectos legales correspondientes. 3. Autorizara la Secretaria General para que remito al Diario Oficial. La Gaceta la presen MRe Solución para su publicación. 4. LapresenteResoloci¿in es de ejecución inrnediata-F)VILIMA C. MORALES M.. Presidenta, CARLOS ROBERTO ORTEGA MEDINA, Secretario General". niN y IUI'1I3LICA DL ./ND 2) Establecer un Plan de Acción encaminado a subsanar las •• deficiencias determinadas en la gestión de la información crediticia, el cual incluirá:
- a)
Las actividades necesarias pata dar cumplimiento a la presente Resolución y a las "Normas para la Gestión de Información Crediticia" emitidas por la Comisión.
- b)
Cronograma de actividades, con fechas y responsables de su ejecución. En este cronograma se incluirá entre otros aspectos; i) L.a implementación de nuevos procesos, según lo establecido en el numeral 1), literal
- c)
anterior; y ii) Desarrollo e implementación de un módulo que corrija directamente tos datos en la base de producción de la institución supervisada a fin de cumplir con lo dispuesto con el Articulo 182 de la Constitución de la República referente al derecho fundamental del Hábeas Data. ..1441,5
Articulo 13
Riesgo Operativo Dentro de los planes y acciones para Administración de Ries go Operativo se deberá incluir la revisión periódica del proceso de envio de información ala CIC, determinando eventos de riesgo operativo asociados a este proceso y se definirán las acciones correspondientes para su mitigación, de acuerdo a los plazos previstos patata implementación dela gestión &riesgo operativo.
Articulo 14
Derogatorias Derogar para estos efectos el Anexo 1 del Manual de Reporte de Datos de Créditos contenido en la Resolución SE No.1063!21- 06-2011, dejando en vigencia el resto del contenido dela misma.
Articulo 15
Casos o o Previstos Lo no previsto en la presente resolución será resuelto por la Comisión. e) El plan será sometido a la aprobación de la Junta Directiva o Consejo de Administración, y se deberá enviar a la Comisión copia del acta de la reunión en la cual se dio dicha aprobación. d) Copia del Plan será enviado a la Comisión a más tardar el 31 de octubre de 2012. 3) A partir del 30 de Abril de 2013,1a Comisión permitirá la actualización de todos los campos reportados con anterioridad a la C1C, y la institución reportará en esta fecha, su base de datos corregida, según procedimiento descrito en el numeral 1) literal d) del presente Artículo y esta base de datos se corrIsponderá en forma exacta a la base de datos que se remita ala CIC.
Articulo 12
Responsabilidades por Información Errónea La Comisión presentará en el Informe Confidencial de Riesgo del deudor, los datos tal como fueron reportados por la institución supervisada, por tanto, los errores existentes en la base de datos de la CIC son de exclusiva responsabilidad de la institución reportante. Estos datos reportados deben ser iguales a los de la institución 1XIG, l.PA, M. 4) Error en monto original Monto Original Monto Original Informado Correcto Número de la Operación Informada Número de Operación Correcto 3) Error en la Fecha de Otorgamiento Fecha de Otorgamiento Fecha de Otorgamiento Informada Correcta 5) Error en el Saldo Vigente Saldo Vigente Saldo Vigente Informado Correcto Sección 13 Avisos Legales La Gaceta .1491 FORMATOS FORMULARIO ACT 01 «REPORTE DE CORRECCIÓN DE ERROR EN DATOS DEL CLIENTE" Laestadísticadeconecciones de datos reportará como mínimo la siguiente información en adición del número de la operación corregida:
- 1)
Eliminación completa del Registro 2) Error en el número de la Operación 3) Error en el saldo atrasado Saldo Atrasado 1 Saldo Atrasado Informado Correcto "Zy Error en el Saldo Vencido Saldo Vencido Saldo Vencido Informado Correcto 8) Error en el saldo en Ejecución Judicial Saldo en Ejecución Saldo en. Ejecución Judicial Informado Judicial Correcto 9) Error en el saldo Contingente Saldo Contingente Saldo Contingente Informado Correcto La Gaceta Secci. Avimos Legales 13) Error en Tino de Moneda Tipo de Moneda informada Tipo de Moneda Correcta 14)Error en la categoría individual de la operación 15) Error en Tipo de Crédito Tipo de Crédito Tipo de Crédito informada Correcto 1) Error en el Saldo de intereses_por cobrar Saldo de intereses por Saldo de intereses por cobrar informado cobrar Correcto
- •
lo) Error en el saldo castigado Saldo Castigado Saldo Castigado Informado Correcto 11) Error en Tipo de Garantía Tipo de Garantía informada Tipo de Garantía Correcta 12) Error en Tipo de Operación Tipo de Operación informada Tipo Operación Correcta de 16) Error en el monto origina otorgado Monto Original otorgado Monto Original informado Correcto Categoría individual de la Categoría individual de 1 operación informada operación Correcta t= .1401 181 Error en intereses en suspenso Intereses en informado suspenso Intereses Correcto en Suspenso 19) Error en Valor de la Garantía Valor de la Garantía informada Valor de la Garantía Correcta f 20) Error en Fecha de Vencimiento Fecha de Vencimiento informada Fecha de Vencimiento Correcta 1 , 21) Error en Tasa de Interés Tasa de Interés Tasa de Interés informada 1 Correcta 22) Error en Forma de Pago Forma de Pago Forma de Pago informada Correcta 23) Error en Período de Gracia Período de Gracia Período de Gracia informado Correcto 24) Error en número de día de atrasos Número de días de Número de días de atrasos informado atrasos Correcto 25) Error en Código de Sucursal Código de ( Código Sucursal ' Sucursal informado Correcto Sección II Avisos ILegalat- de Seecitie IV Avises Legales. 12E1'1111.1CA DE 110Ni/1112AS -TEGUCIGALPA, Al. D. C. 6 DE AGOSTO DEL 2012 No. 32,891 26) Error en Origen de Fondos Origen de Fondos Origen de Fondos informado Correcto 27) Error en saldo de comisiones por cobrar Saldo de Comisiones por Saldo de Comisiones Cobrar Informado por cobrar Correcto 28) Error en Crédito Especial Crédito Especial Crédito Especial informado Correcto 29) Error en Origen de Fondos Origen de Fondos j Origen de ForiCicTil , informado Correcto , 30) Crédito renegociado Crédito renegociado ! Crédito Renegociado Informado i_Correcto 31) Error en Ubicación Geográfica Ubicación Geográfica Ubicación Geográfica informada Correcta 32) Error en saldo de capital en mora Saldo de capital en mora 1 Saldo de Capital en informado _ mora Correcto 38) Error en saldo de intereses en mora Saldo de Intereses en ! Saldo de Intereses en mora informado mora Correcto r- 34) Error en Región 11-1—ztegiifriTr11VO-ristied á 1R- Correcta 1 — Sección 6, Avisos Legale:w 0=3 REPUBLICA DE 11 TNDLTRAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 6 DE AGOSTO DEL 2012 No. 32,891 35) Error en la Categoría definitiva de la o eración Categoría definitiva de la Operación informada Categoría definitivas de la operación Correcta 36) Error en la reserva Reserva Reserva informada Correcta 37) Error en el estatus de la operación Estatus de la Estatus de la Operación Operación informada Correcta 38) Error en la categoría crédito global o definitiva Categoría Global categoría Global-1 informado Correcto 39) Error en los días de mora individual Días de Moral Días de mora individual ; individual informado ; Correcto I 40)_ Error en el estatus do la operación Estatus de la Estatus de la operación operación informada Correcta Otros Campos de datos de identificación del Deudor a Corregir 41) Error en Tipo de Obligación Tipo de Obligación Tipo de Obligación Correcto informado 42) Error en el código de identificación Código de identificación Código de identificación informado Correcto Sección O Avisas Legales 43) Error en Tipo de Identificación Tipo de Identificación Tipo de Identificación f - — informado Correcto 44) Error en el Tipo de Persona Tipo de Persona Tipo Persona 1 informado Correcto 41 Error en nombre, razón o denominación social Razón Social o Nombre Razón Social o Nombre ! Informado Correcto E , 46) Error en Destino del Crédito Destino del Crédito : Destino del Crédito informado Correcto 47) Error en Persona Relacionada Persona Relacionada Persona Relacionada informada Correcta 48,i Error en Código de Sucursal del deudor Código de Sucursal Código de Sucursal informada Correcta 40 Error en Generador de Divisas
- •
Generador de Divisas-r-Generador de Divisas
- •
informado Correcto so) Error en País de domicilio País de Domicilio País de Domicilio informado Correcto 51,LS,rror en sexo Sexo Informado Sexo- Cor—e- r oto — Sección 13 AVISOS Legales FORMULARIO ACT 02" Reporte de Actualización de Datos" Lagary Fecha: Señores Comisión Nacional de Bancos y Seguros Central de Información Crediticia PRESENTE En virtud de lo estipulado en el procedimiento para actualización de datos reportados ala Central de Información Crediticia de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, aprobado mediante Resolución G E Na XXX00-07-20 I Z le comunico que existen registros que han sido actualizados en las siguientes operacions y que se listan a continuación: Así mismo, manifiesto que las actualizaciones reportadas son fiel reflejo de cambios ocurridos desde la fecha del último reporte realizado a la CENTRAL DF INFORMCIÓN CREDITICIA, y que lo informado respecto a operaciones actualizadas corresponde a la realidad económica de la operación o al contenido del contrato que la soporta y que tal modificación ya fue realizada en la base de datos de producción de nuestra institución. Nombre de Institución Supervisada: Fecha de reporte de la información: Listado de datos actualizados (solo se listarán los campos de los datos actualizados en los campos definidos en el artículo 10 ), Para cada item de los abajo relacionados se informará lo siguiente: Dato anterior Dato actua Numero de operación Tipo de Garantía Tipo de operación Tipo de crédito Forma de pago Fecha de Vencimiento para crédito gran deudor comercial y pequeño deudor comercial. Monto original otorgado Periodo de gracia Ninnero de operación Tipo de moneda Crédito especial Crédito renegociado Persona relacionada Generador de div isas Firma Gerente General o Presidente Nombre y Apellido Sección U Avlsus Legales La Gaceta RF,Pt.11LICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C,, 6 DE AGOSTO DEL 2012 No. 32,891 FOR 1.1 RIO ACT03 "REPORTE DE ACTUALIZACIONES DE DATOS INCONSISTENTES" Lugary Fecha: Señores Superintendencia de XXX PSLIME Mediante la presente informamos a Uds. que en el reporte de acto Institución . la información suministrada, que a continuación se describen. ización de datos presentado en fecha . ../ J por la , se identificaron presuntas inconsistencias en . con el código. escrfpción d s presuntas inconsistencias Atentamente, Jefe de División de la Central de Información Crediticia 6 A. 2012. AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de la ciudad de La Entrada, Nueva Arcadia, Copan, al público en General. HACE SABER: Que en este Juzgado el señor JOSÉ ÁNGEL ANTONIO MELÉNDEZ VASQUEZ, presentó solicitud de Ti TULO SUPLETORIO DE DOMINIO, sobre dos lotes de terreno ubicados en el lugar denominado LLANO GRANDE, Copan Ruinas, Copan, que se describen así: A) Un inmueble constante de (20.61Mz.), con las medidas y colindoncias siguientes: I) Punto 1 al 2, 17.49 M.;
- •
- 2)
punto 2 al 3, 19.65 M.;
- 3)
punto 3 al 4, 164.13 M.;
- 4)
punto 4 al 5, 72.80 M.;
- 5)
punto 5 al 6, 33.30 M.;
- 6)
punto 6 al 7, 152.01 M.;
- 7)
punto 7 al 8, 281.46 M.;
- 8)
punto 8 al 9, 207.39 M.;
- 9)
punto 9 al 10, 115.73 M.;
- 10)
punto 10 al I I , 168.43 M.; II) punto II al 12, 267,64 M.; 12) punto 12 al 13, 114.42 M.; 13) punto 13 al 14, 20.27 M.; 14) punto 14 al 15, 438,48 M.;15) punto 15 al 16, 148.34 M.; 16) punto 16 al 17, 260.03 M.; 17) punto 17 al 18, 49.68 M.; 18) punto 18 al 19, 50.25 M.; 19) punto 19 al 20, 39.96 M.; las colindancias: Al NORTE, con José Emilio Meléndez:;a1SUR, con Flector Meléndez; al ESTE, con 'lector Meléndbz; y, al OESTE, con José Emilio Meléndez; B) Un inmueble constante de (l 5.92 Mz,.) con las medidas y colindancias siguientes: I) Punto 1 al 2, 62.37 M.; 2) punto 2 al 3, 119.33 M.; 3) punto 3 al 4, 188.00 M.; 4) punto 4 al 5, 152.19 M.; 5) punto 5 al 6, 99.04 M.; 6) punto 6 al 7, 181.02 M.; 7) punto 7 al 8, 163.98 M.; 8) punto 8 al 9,361.18 M.; 9) punto 9 al 10, 238.46 M.; 10) punto 10 alll, 40.00 M.;
- 11)
punto II al 12, 331.40 M.;
- 12)
punto 12 al 13, 536.77 M.;
- 13)
punto 13 al 14, 298.26M.;
- 14)
punto 14 al 15, 107.87 M.;
- 15)
punto 15 al 16, 123.26 M4 16) punto 16 al 1,143,22 M., con las colindancias siguientes: Al NORTE, con José Emilio Meléndez y Pompilio Meléndez; al SUR, con lléetor Meléndez, al ESTE, con José Emilio Meléndez;, y, alOESTE, con Flector Meléndez, los que ha poseido y posee desde hace más de 10 años, representado por Abog. Jorge Luís Doble. La Entrada, Copan, 8 de mayo del 2012 TELMA YOLANDA CHINCHILLA FLORES Y VANESSA L1ZZETTE VELASQUEZ LANZA, en su condición' de apoderadas legales de la CÁMARA HONDUREÑA DE ASEGURADORES (CARDA), contra LA COMISIÓN NACIONAL DE BANCOS Y SEGUROS. Incoando demanda ordinaria de nulidad de los actos adminiattativos consistentes en la Resolución No. 363/ 05-03-2012, de fecha cinco de 'marzo del dos Mil doce y la • • resolución No. 657/30-04-2012 de fecha treinta de abril de dos mil doce emitidas ambas por la Comisión Nacional de Hincos y Segutos.-La nulidad se pide por nó ser conformes a derecho, • por infringir el ordenamiento jurídico, el quebrantamiento de formalidades esenciales, el exceso y la desviación de poder.- Que'e disponga judicialmente la inaplicabilidiad del mismo.- En relación a los actos administrativos consistentes en la resolución No. 363/05-03-2012 de fecha cinco de marzo del dos rail doce y la resolución No. 657/30-04-2012 de fecha treinta de abril de dos mil doce'emítidas ambas por la Comisión Nacional de,Bancos y Seguros. JORGE DAVID MONCADA LÓPEZ SECRETARIO, POR. LEY 23.A. 2012., La EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS le ofrece los siguientes servicios: LIBROS FOLLETOS TRIFOLIOS FORMAS CONTINUAS AFICHES FACTURAS TARJETAS DE PRESENTACIÓN CARÁTULAS DE ESCRITURAS CALENDARIOS' EMPASTES DE LIBROS REVISTAS. Sección 6 Aviso,. Legal.", ›TO DEL 2012 .906 O VI IQUIDACIÓN :10N. :olución de esta Ascciación: s.b)Lainsolvencia co Asamblea e esta Asociación iamblea General dos tercios de los irse la disohición y oblea que haya aproba ón Liquidadora, laque p. lininistración y pago m ar, asimismo los informe final para As n de cualquier mi b ata días en la Secretan: nado y en su caso he pertinentes, si pasado el presentarán obserlaci tico de circulación a>;', luidación yen Caso "iie: nidada, éstos se pasar señalada por la Asan.b la Comisión LiqUiclit amo informe expli no ciones. O VII GENERALES. eral queda facultada la Junta Directiva. onal actual iniciarás istatutos por el Poden< se compromete a su incumplimiento. ae apruebe los Esteta 10 VISIÓN.A L Pedro Sula, Cortés,' 'ropiedad de. acuer Código Civil. tatutos entrarán ea ivo y publicados citaciones establ emás leyes y sus mismo procedimiento (F) WILLIAM I ;MENTE, POR LEY, ANO, SECRETARIO, )S DE GOBERNACJ cigalpa, municipio de tbril de dos mil diez. MALDONADO GENERAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO IDMINISTRATIVO CON SEDE EN SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS AVISO infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo endoso Administrativo con sede en la andad de San re Sula, departamento de Cortés, en aplicación del ele cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo tencloso Administrativo, a los interesados y para los s legales correspondientes; HACE SABER: Que en diecinueve de abril del. año en curso (2012), uso demanda con orden de ingreso 026-2012 — SPS., «pone demanda el señor JOSÉ' ENRIQUE AÑEDA ARITA; contra el Estado de Honduras, en Es de la Dirección Ejecutiva de Ingresos, demanda para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto o por no ser conforme a den:cho, el reconocimiento de situación jurídica individualizada; por concurrir lesión de bes y para su pleno restablecimiento se ordene el reintegro puesto de trabajo como derecho alternativo u otro de igual ría y salario pago dejados de percibir en concepto de daños ;ajuicies, COSTAS DEL JUICIO, SAN PEDRO SULA, ItTÉS, 31 DE JULIO DEL 2012. JUAN ANTONIO MADRID GUZMÁN SECRETARIO JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO NISTRATIVO CON SEDE EN SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS. 2012. ADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO infrascrito, Secretario del, Juzgado de Letras de lo easo Administrativo en aplicación al Articulo cincuenta la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso cistrativo, a los interesadosy para los efectos legales' Pendientes, HACE SABER: Que en fecha veintidós de etano dos mil doce, interpuso demanda en esta judicatura den de ingreso número 243-12, promovida por las das .LIZETH GUADALUPE VILLATORO