Norma de Gestión de Riesgo Operativo para Instituciones del Sistema Financiero Hondureño
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OBJETIVO Y CRITERIOS Las instituciones financieras, según su tamaño y sofisticaciónasí como la naturaleza, características y complejidad de sus operaciones y los productos que ofrece asumen ziesgos operativos, paraello, dentro de su proceso de gestión de riesgos deben evaluar este riesgo. ? La presente Norma establece los principios, criterios generales y parámetros minimos que las instituciones alcanzadas por la presente norma, dechen observar en el diseño, desarrollo y aplicación de su gestión de riesgo operativo, el cual debe inchuirlá ¡dentificación, evaluación, mitigación, y monitoreo. ARTÍCULO2.-ALCANCE : Las disposiciones de las presentes Normas son aplicables a:
- a)
Los Bancos Públicos y Privados; +
- b)
Las Asociaciones de Ahotro y Préstamo, €) Las Sociedades Financieras, o o d) £l Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda, e) El Régimen de Aportaciones Privadas, y f) Cualquier otra institución que se dedique su forma habitual y sistemática a las actividades indicadas en la Ley del Sistema * Financiero, previa autorización de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, ex
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DEFINICIONES Y TÉRMINOS Para efecto de la aplicación de las disposiciones contenidas en las presentes Normas, se entenderá por: pa 16 | | La Gaceta REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 26 DE AGOSTO DEL 2011 No, 32,599 3) Conuisión.- Comisión Nacional de Bancos y Seguroso CNBS. b) Ley.- Ley del Sistema Financiero - c) Institución (es): Instituciones del Sistema Financiero d) Directorio.- Esel Consejo de Administración o Junta Directiva, órgano responsable de la administración de la institución, en Observancia a lo dispuesto en los Artículos 27 al 34 de la Ley. * e) Alta Gerencia.- Es el Presidente Ejecutivo, Director Ejecutivo, Gerente General o su equivalente, responsable de ejecutar las disposiciones del Directorio tl organismo que haga sus veoes. D Gestión Integral de Riesgos.- Es el proceso médiante el cual * * el Directorio de conformidad con su tolerancia al riesgo establece las estrategias para que la Alta Gerencia y el personal de todos - los niveles dela institución inxplementen prooedimitntos y tareas sistemáticas para identificar, evaluar, mitigar, monitorear y comunicar los riesgos inherentes que puedan afectar el alcance delos objetivos institucionales. La gestión de riesgos debe estar adecuada al tamaño y a la complejidad de sus actividades, operaciones y servicios, asimismo, debeser parte inherentede todas 2) Evento de riesgo operativo.- Es un suceso o serie de sucesos, de origen interno o externo, que pueden derivarse en pérdidas. financieras para la institución. h) Factor de riesgo operativo.- Es la causa primaria d el origen de un evento de riesgo operativo. Los factorés son los procesos, personas, tecnología de información y eventos externos. Pueden serinternos (recursos humanos, los procesos, la tecnología y la infraestructura, sobre los cuales la organización puede tener un control directo) y externos (acontecimientos cuyas causas y origen escapan el control dela organización). . 1) Proceso.- Es el conjunto de actividades que transforman insúmos en productos o servicios von valor para el usuario, sea interno o externo, Línea de negocio.- Es una especiálización del negócio que : agrupa procesos encalninados a generar productos y servicios especializados para atender: seginento del mercado objetivo. CAPÍTULO AMBIENTE APROPIADO PARALA GESTIÓN DEL RIESGO OPERATIVO *
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ORGANIZACIÓN . Las instituciones de conformidad a su tamaño y sofisticación asi como-la naturaleza y complejidad de sus actividades y operaciones deben contar con una estructura organizativa que promuevala administración adecuada del riesgo operativo. Asirnismo deben definir claramente las responsabilidades y el grado de dependencia e intestelación entre las diferentes áreas de la Tal como lo establece en el Reglamento de Gobierno Corporativo vigente la estructura organizativa debe incorporar una Unidad de Riesgos, que debe ser independiente y tener dentro de sus funciones la gestión del riesgo operativo. Asimismo, el Comité de Riesgos debe velar por una adecuada gestión: de este riesgo. ARTÍCULOS.- ESTRATEGIA Las instituciones deben definirla estrategia para gestionar el riesgo Operativo, para ello deben establecer una metodología que permita llevara cabo la identificación, evaluación, mitigación y monitoreo. Considerando que todas las áreas de la institución generan everitos potenciales de riesgo operativo, la estrategia debe contar con el apoyo del Directorio e involucrar a todo el personal. La estrategia debe ser actualizada periódicamente en función ala * tolerancia al riesgo y alos cambios en el mercado y en el entorno económico que puedan afectar la operatividad de la hustitución. Por último es importante quela pstrategía establezca los recursos adecuados en términos de personal capacitado, sistemas de
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POLÍTICAS Las instituciones deben diseñar las políticas de riesgo dperativo, quedebeniicinir como minimo: a. Funciones y responsabilidades del Directorio, - b. Funciones y responsabrilidades de la. Alta Gerencia. e, Funciones y responsabilidades del Comité de Riesgos. d. Funciones y responsabilidades de la Unidad de Riesgos, e. Las pautas generales que observará la institución en el manejo del riesgo operativo, describiendo la metodología aplicada para la f. La forma y periodicidad con la que sedebe informar al Directorio y ala Alta Gerencia General, entre otros, sobre la exposición al riesgo operativo de la institución y de cada wnidad de riegocio. 2-El nivel de riesgo aceptable por la institución, en función de frecuencia y severidad; h. El proceso que se debe cumplir para la aprobación de propuestas de nuevas operaciones, productos y servicios, entre * otros áspectos. - 1. Indicadores de riesgo operativo. y CAPÍTULO MI , % GESTIÓN DEL RIESGO OPERATIVO
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RIESGO OPERATIVO Se define tomo la posibilidad de ocurrencia de pérdidas debido aprocesos inadecuados, fallas del personal, de la tecnología de información, la infraestructura o eventos externos. Se incluye tl riesgo legal, pero excluye el riesgo estratégico y de reputación. Ra | La Gaceta BEI TED AR TEGUCIGALPA, M.D.C, 20 DE AGOSTO DEL 0 No, 32,599 Se entiende por Riesgo Legal ala posibilidad de ocurrencia de pérdidas debido a la falla enla ejecución de contentos vacuerdos, al incumplimiento no intencional delas normas, asfcomo a factores extemos, teles como cambios regulatorios, procesos judiciales, entre otros. . Entendiéndose como Riesgo Estratégico ala probabilidad de pérdida como consecuencia de la imposibilidad de implementar apropiadamente los planes de negocio, las estrategias, las decisiones dernercado, la asignación de recursos y su incapacidad Para adaptarse a los cambios en el entorno de los negocios, Mientras que por Riesgo Reputacionala la posibilidad de que * se produzca una pérdida debido ¿14 formación de una opinión pública negativa sobre los servicios prestados pór la entidad Enancieraffimdada o infundada), que fomente la erézción de male Imageno posicionamiento negativo de los clientes, que conlleve a una disminución del volumen de clientes, ala caída de ingresos, depósitos, etc., caberesaltar que una mala gestión delos riesgos inherentes ala institución (crédito, liquidez, mercado, opefativo, ete.) inciden en el riesgo reputación. Si bien estos dos últimos riesgos no forman parte del riesgo operativo, ds importante que las instituciones financieras los . Eestionen adecuadamente, más aún debido aquetados los riesgos Se encuentran estrechamenterelacionados entresi. . ARTÍCULO3.- FACTORES DE RIESGO OPERATIVO 2) Recursos Humanos: Las instituciones deben gestionar el | capital humano de forma adecuada, e identificar apropiadamente las fallas o insuficiencias asociadas al factor “personas”, tales como: falta de personal adecuado, negligencia, ertor humano, sabotaje, fraude, robo, apropiación de información sensible, nepotismo, inapropiadas relaciones interpersonales y ambiente laboral desfavorable, falta de especificaciones claras en los términos de contratación del personal, entre otros. b)Procesos Internos: Con el objeto de garantizar la optituización de los recursos y la estandarización de las actividades, las instituciones deben contar con Procesos documentados, definidos, y actualizados permanentemente, que pueden ser agrupados en procesos estratégicos y procesos productivos u - Operativos. Las instituciones deben gestionar apropiadamente los riesgos asociados a procesos que permiten la realización de sug operaciones y servicios, dado Yue su diseño inadecuado puede tener como consecuencia el desmrollo deficiente de las operaciones, e) Tecnología: Las instituciones deben contar con la tecnología de información que garantice la captura, procesamiento, almacenamiento y transmisión de la información de manera Oportuna y confiable; evitar interrupciones del negocio y lograr quela información, inclusive aquella bajo la modalidad de servicios próvistos por terceros, seaintegra, confidencial y esté disponible para una apropiada toma de decisiones, Adeniás de lo anterior, dehey cumplir con los requerimientos - establecidos en las normas que sobre esta materia ha emitido la d) Eventos Externos: Las instituciones deben gestionar los riesgos de pérdidas derivadas de la ocurrencia de everitos ajenos al control dela institución que pueden alterar el desarróllo desus actividades, Se deben tomar en consideración los riesgos que implican las contingencias legales, las fallas en los servicios públicos, la ocurrencia de desastres naturales, atentados y actos delictivos, así como las fallas enservicios críticos provistos por . terceros,
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GESTIÓN : - El proceso de gestión de riesgo operativo comprende las etapas de identificación, evalbación, mitigación y monitoreo de los eventos ' de riesgo operativo. A ello debe añadirse un mecanismo de comunicación y retroalimentación; y en caso se determine munivel significativo de pérdidas potenciales un respaldo patrimonial,
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IDENTIFICACIÓN . Las instituciones deben identificarlos eventos derlesgo opérativo agropándolos de la siguiente manera, tal como se amplía enel Anexo No: 1: : a) Fraude interno.- Pérdidas derivadas de algún fipo de actuación encaminada a defiaudar, apropiarse de bienes indebidamente o incumplir regulaciones, leyes o políticas internas enlas quese encuentra implicados empleados dela Institución, y que tiene como fin obtener un beneficio ilícito, : 5) Fraude externo. Pérdidas derivadas de algún tipo de actuación encaminada a defraudar, apro piarse de un activo indebidamente oincumplirla legislación, por parte de un tezcero, con el in de obtenerun beneficio ilícito. +) Relaciones laborales y seguridad en el puesto de trabajo.- Pérdidas derivadas de actuaciones incompatibles con ha legislación 0 acuerdos laborales, sobre higiene o Seguridad en el trabajo, el pago'de reclamos por daños personales, o Casos, relacionados con la diversidad o discriminación. d) Prácticas relacionadas con los clientes, los productos y el negocio. Pérdidas derivadas del incumplimiento involuntario o. negligente de una obligación frente a clientes o de la naturaleza y el diseño de un producto o servicio. : B REN MEX REPUBLICA DE HONDURAS” TEGUOGALTA MDI ODEACOTO e Daños a activos fisicos.- Pérdidas derivadas de daños o Perjuicios a áctivos materiales como consecuencia de desastres _naturales u otros acontecimientos, £) Interrupción del negocio por fallas en la tecnología de información.- Pérdidas derivadas de interrupciones enel negocio y de fallos en los sistemas. * po £) Deficiencia en la ejecución, entrega y gestión de proctsos.- Pérdidas derivadas de errores en el procesamiento de operaciones o en la gestión de procesos, así como de relaciones con contrapeates (proveedores, clientes, depositantes, etc.) - — Ásimismo, es conveniente que h identificación delos eventos de * pérdida, puedan agruparse adicionafmente de acuerdo a las líneas de negocio que la institución mantiene, tal como seamplía enel * Anexo No. 2. ]
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EVALUACIÓN 7 0000 Las instituciones deben evaluar los eventos de riesgo operalivo, esto implica la medición de las pérdidas potenciales en término de probabilidad de ocurrencia (frecuencia) e impacto (severidad). La evaluación o medición de los eventos de riesgo es importante para la institución porque en base a ellos podrán establecerse mecanismos de cobertura como cargas de capital, adicionalmente es importante porque en función a ellas deberán establecerse las medidas de mitigación que busquen minimizar dichas pérdidas,
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MITIGACIÓN * Unavezidentificados los eventos de riesgo operativo y.las fallas o insuficiencias en relación conlos factores de este riesgo y su incidencia para la institución, los niveles directivos están en" capacidad de decidir si el riesgo se debe asumir, compartir, evitar o transferir, reduciendo sus consecuencias y efectos. Asimismo tendrán una visión clara de los diferentes tipós de exposición al riesgo operativo y su prioridad, con el objeto de alertarlos enla toma de decisiones y acciones entre otras, puedea ser: revisar estrategias y políticas; actualizar o modificar procesos Y procedimientos establecidos; implentaro modificar límites de riesgo; constituir, incrementar o modificar controles; plantar planes de contingencias; revisar términos de pólizas de seguro contratadas; contratar servicios provistos porterveros; uoiros, según corresponda. . Es importante que se establezca un plan de acción para implementar las medidas que busquen mitj igarlos eventos de * riesgo identificados. Este plan debe detallar las acciones a implementar, el plazo estimado de ejecución y los responsables directos de dicha ejecución. : No. 32,599 + ARTICULO 13.- MONITOREO Dentro de la gestión del riesgo el monitoreo busca aségurar que todas las acciones implementadas para mitigar un evento de riesgo | 56 cumplan en los plazos establecidos; y que las medidas implementadas efectivamente hayan contribuido areducir el riesgo' potencial por evento y para toda la institución.
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METODOLOGÍA - . Las instituciones deben definir una metodología que incorpore “todas las etapas dela gestión de riesgo operativo y debe cumplir "conllos siguientes requisitos: “a) Estar debida mi ente documentada, b) Serimplementada atodá la institución, £) Pemmitit una mejora continua dela gestión del riesgo operativo, d) Estar integrada a todo los procesos de gestión de riesgos dela e) Establecerse procedimientos que aseguren.su cumplimiento, 1) Estar aprobadas por el Comité de Riesgos
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MANUAL DE GESTIÓN Las instituciones deben contar con un manual de gestión de riesgo, operativo que agrupe las políticas de gestión de este riesgo, las funciones y responsabilidades de las áreas involucradas, la «metodología, y la periodicidad von la que se debe informar al . Directorio y a la Alta Gerencia sobre la exposición al riesgo Operativo. y CAPÍTULOTY RESPONSABILIDADES
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DEL DIRECTORIO El Directorio de la institución es responsable de asegurar un ambiente adecuado para la gestión de ñespo operativo; así como, de propiciar un ambiente interno que facilite su desarrollo, Entre a) Aprobarla política de gestión de riesgo operativo, b) Aprobar los recursos necesarios para el adecuado desarrollo de la gestión de riesgo operativo, a fin de contar con la infraestructura, metodología y personal aproptado, ) Seleccionar y nombrar el Comité de Riesgos y asegurarse que este desarrolle una labor de riesgo operativo con personal idóneo y capacidad técnica, d) Requerir ala Gerencia para su evaluación, reportes periódicos. sobre los niveles de exposición al ries go Operativo, sus implicaciones y las actividades relevantes para du mitigación y/o €) Conocer los principales riesgos operativos asumidos por la institución, y tratar de definir él límite de tolerancia al riesgo, DAsegurarse deque la institución cuenta och una efectiva gestión del riesgo Operativo y que la misma se encuentra dentro de los BR | La Gaccta MSIE TEGUCIGALPA, MD, ET DE AGOSTO DE L 2011 No. 32,599 -
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DEL COMITÉ DE RIESGOS El Comité de Riesgos establecido en él Reglamento de Gobierno "Corporativo, esel encargado de velarporuna sana gestión de los riesgos dela institución, y desempeña como mínimo las funciones Evaluar, Tevisar y proponer para aprobación del Directorio las políticas de gestión de riesgos operativos; o . B) Asegurar que se mantiene un proceso de admainistración de riesgos operativos adecuado y mantenerinformada al Directorio sobre su efectividad; : =. £) Supervisar que los ties gos operativos sean efectiva y consistente mente identificados, evaluados, mitigados y d) Proponer los mecanismos para la implementación de las acciones correctivas requeridas en caso de que existán desviaciones con respecto al nivel de tolerancia al riesgo operativo; Y, e) Apoyar la labor de la Unidad de Gestión de Riesgos, en la implementación dela gestión de riesgo operativo. ARTÍCULO18.-DELA ALTA GERENCIA Es responsable de implementar la gestión de riesgos conforme a las disposiciones del Directorio, su responsabilidad incluye: 3) Crear y fomentar una cultura organizacional de gestión del ricsgo operativo y de la implantación de prácticas adecuadas de controles internos, incluyendo estándares de conducta, integridad y ética para todos los empleados, b) Administrar el proceso de gestión de tiesgo operativo y asegurar su integridad de acuerdo a los lineamientos establecidos porel Directorio, . €) Proporcionar los recursos necesarios para permitir lá implementación de la gestión del riesgo operativo, d) Asegurar que se cumpla con las estrategias y objetivos dela gestión del riesgo. operativo, ARTÍCULO15.- UNIDAD DE GESTIÓN DE RIESGOS Canstiida conforme dispuesto ch el Reglamento de Gobierno Corporativo, tiene dentro'de sus funciones gestionar el riesgo . Operativo, sus responsabilidades adeniás de las establecidas en el citado Reglamento son: EN) Diseñar: y someter a aprobación del Directotio, através del Cornité de Riesgos, las. políticas para la gestión del riesgo operativo; b) Diseñar y someter a aprobación del Comité de Riesgos, la metodología, pura la gestión del riesgo operativo; 3] Presentar al Directorio a través del Comité de Riesgos la. tstructura idónea para la gestión del riesgo opezativo, designando los responsables o boordinadores de las diferentes unidades fimcionales para las actividades de administración de riesgos operativos; d) Implesnentarlametodología de gestión de riesgo operativo; e) Apoyar y asistir a las demás unidades de gestión para la : implementación dela metodología del riesgo operativo; Elaborar una opinión sobre el Tiesgo de nuevos productos o servicios, previo asu lanzamiento, : Así como ante cambios importantes en él ambiente operativo o informático; y, -£) Reportar oportunamente y de forma completa y detallada las fallas en los diferentes factores de riesgo operativo al Directorio a través del Comité de Riesgos, :
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UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA Debe evaluar el cumplimiento de las políticas, procesos y Procedimientos utilizados paraa gestión del riésgo Operativo, lo - Queinvolucratodo lo dispuesto en la presente norma, asimismo, deberá validar el proceso de asignación alas líneas de negocio, La función de auditoría interna no deberá ser directamente | responsable de la erstión del riesgo operativo. ! CAPÍTULO Y OTRAS DISPOSICIONES SOBRELA GESTIÓN .
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PLAN DE CONTINUIDAD DE NEGOCIO Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN, Como parte de una adecuada gestión del riesgo operacional, las Instituciones deben implementar in sistema de gestión dela contimidad del negocio que endrá como objetivo principal brindar respuestas efectivas para que la operatividad del negocio Continúe de una manera Tezónable, ante la ocorrencia de eventos que pueden crear una interrupción o inestabilidad en sus operaciones, EN Sección A REPUBLICA DE RONDURAS - TEGUCIGALPA, MD: Lu = DE AGOSTÓ DEL 2011 No. 3259) Asimismo, deben contar con un sistema de gestión dela seguridad de la información, orientado a garantizar la integridad, confidencialidad y disponibilidad de la méormación, Paraello, deben. cumplir con los requerimientos establecidos en las normas sobre" tecnología de información que ha emitido la Comisión.
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BASES DE DATOS La administración del riesgo operativo constituye un proceso continuo y permanente, será necésario que adicionalmente las . instituciones controladas conformeri bases de datos para complir coñlos siguientes criterios: - a) Deben registrarse los eventos de pérdida originados en todala . institución, para lo eual se diseñarán políticas, procedimientos: . de captura, y entrenamiento al personal que interviene en el. proceso; y, Y) Deberes comomsimo,lasizinteinfomaciónefid : al evento y alas pérdidase asociadas: «Código de identificación del evento (asignado por la mstitución); * Tipo de evento de pérdida (según tipos de eventos señalados en el Anexo 1 del presente Reglamento); * Linea de negocio asociada, segiminexo 2 Copcional) «Titulo del evento; * Descripción del evento; » Proceso o área a la que pertenece el evento; . Fecha de ocurrencia o de inicio del evento; ' + Fecha de descubrimiento del evento; + Fechade registro contable del evento; *Monto(s) bruto(s) de la(s) pérdida(s);, * Monto(s) recuperado(s) mediante coberturas existentes de forma j previa al evento; + Monto total recuperado; AS * Cuenta(s) contable(s) asociadas (Si aplica); y; * Identificación siel evento está asociado con.el riesgo de crédito. En el caso de eventos con pérdidas Immúltiples, las Instituciones pueden segistrarla información minimarequeridapor cadapéndida, y establecer una forma de agrupar dicha infrmaciónporeleveato quelas originó. Deotro lado, pueden registrarse información parcial dewnevento, entañto se obtengan los demás datos requeridos. Por ejemplo, podrá registrarse primero el monto de la pérdida, pata
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RESPALDO POR PÉRDIDAS . POTENCIALES Dada la importancia de la gestión del riesgo operativo en las , instituciones debido a las pérdidas potenciales que se producen, los estándares internacionales dentro de los cuales se incluye los o Acuerdo si de Capital de Basilea, establecen respaldos por las- : pérdidas potenciales gue se enfrentan por este riesgo através * de cargas de capital, Cabe destacar que una adecuada gestión del fiesgo.ppecativo permite minimizar las pérdidas potenciales por este ries, go, por lo que reduce las cargas de capital antes mencionado. La Comisión establecerá posterionenterequerimientos de capital en base alos estándares internacionales y de acuerdo ala realidad de las instituciones del Sisterna Financiero Nacional.
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TRANSPARENCIA | Lasinstitaciones deben reyelar en su memoria amual, página web, o. cualquier otro medio de dominio público, los aspectos fundamentales dela gestión de riesgo operativo que desarrolla la institución, que incorpore los objetivos y logros alcanzados. CAPÍTULO VI DISPOSICIONES FINALES YTRANSITÓRIAS - ARTÍCULO 25,- REQUERIMIENTOS DE INFOR- MACIÓN Las instituciones deberári remitir ala Comisión, un informe armal que contenga los principales aspectos y resultados de la gestión : de riesgo operativo, a más tardar el 31 de enero de cada año, . debiendo remitir el primer informe correspondiente a la gestión * del año 2013, hasta eb31 de enero de 2014. Asimismo, las instituciones deberán, remitir deforma anual, por medios magnéticas (capturador d$ interconexión financiera) los —5 EM No. 32,599 | La Gaceta NEIZITAGINOA HONDURAS - TEGUCIGALPA, MD.C, ¿eventos contenidos en la “Bases de datos” aque hace mención la presente Norma (Según Anexo No. 3), comenzando coñ la base de datos del 2013 que se remitirá a más tardar el 31 de enero de 2014, o Las instituciones deberán remitir a la Comisión, a más tardar el 31 de diciembre de 2012, el Mánual de Gestión de Riesgo : Operativo a que hace mención la presente Norma. Asimismo, deberánreriticlasmodificacionesal Matta] cada vez que realicen , ARFÍCULO 26.- REQUERIMIENTOS ADICIONALES. La Comisión podrá requerir a la institución, cualquier otra . Asimismo, la institución deberá tener a disposición de esta Comisión toda la información, politicas, Protesos, | procedimientos, sistemas de gestión, estrategias, planes y otros El Programa de Implementación será el sipuiente: * a quehace mención la presente Norma, asi como las revisiones de auditoría o delacasa matriz, en caso de las instituciones cuya matrizno se encuentre en el país. .
Articulo 27
SANCIONES Encaso de incumplimiento delas disposiciones contenidas en la presente Norma, la Comisión aplicará las sanciones correspondientes, de conformidad con lo establecido ex la Ley del Sistema Financiero o en el Reglamento de Sanciones vigente,
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CASOS. NO PREVISTOS Lo ne contemplado en la presente Nortna, será resuelto por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros,
Articulo 29
PROGRAMA DE IMPLEMEN- TACIÓN os : : : El Directorio de cada Institución deberá aprobar el plan degcción , para adecuarse a los lineamientos de esta Norma, asícomo los * informes de grado de avance en la implementación, para su remisión a esta Comisión dentro de los plazos correspondientes. rn Programa Plazo Observaciones . 1. Plan de acción para $0 días Se deberá acompañar un plan de acción con adecuarse a lós lineganientos — |comtados a plazo límite máximo al 31 de divientbre de 2014 - de la presente Norma, partit de la para dar cumplimiento total a la normativa. aprobación | El proceso de implementación de esta norma, dela no exime de responsabilidad al Directorio en Norma. velar porque se gestionen los riesgos a qle se se . Expone la institución. Manual de Gestión de Riesgo 31-dic-12 Según Plazo Art, 25, Operativo ' _ _ - - - Informe trimestral sobre los trimestral Informes trimestral (Según Anexo No. 4) a partir avances en la implementación de del último trimestre del 2011, debiendo informar la Norma de gestión de riesgo" dentro de los primeros 10 días después del Operativo Ñ A cierre de cada trimestre, Informe anual sobre la pestión de A, partir del informe del año 2013, en el mes de riesgo Operativo enero del siguiente año. ¡ : Cumplimiento Articulo 29 Inmediato o : Auditofes Internos - j . - Base de datos anual con eventos A partir del datos del año 2013, eri el mes de de pérdida y DN enero del sigujente año. Cumplimiento Arf24- 31-01-13 A partir del informe del año 2013, en el mes de Transparencia y * enero del siguiente año. . 2. Comunicar la presente Resolución a las Instituciones del Sistema Financiero, al Banco Hondureño para la Producción yla “Vivienda, al Régimen de Aportaciones Privadas, paía los efectos legales correspondientes. — - o 3. La presente Resolución es de ejecución inmediata y deberá * publicarse en el Diario Oficial La Gaceta F) VILMA C. MORALES M., Presidenta, FRANCISCO ERNESTO REYES, Secretario”, FRANCISCO ERNESTO REYES . ! Sexretario 12 A. 2011. o 5EN | La Gaceta | ANEXO N4 2 TIPOS DE EVENTOS DE PÉRDIDA POR RIESGO OPERATIVO r Fraude interno Ss pa nes no reveladas (intencicrnalmente), Autorizadas operaciones crío autorizadas: (con pérdidas o, pecuniarias), valoración errónea de posiciones - (intencional). . Robo y fraude Robo, — malversación, — falsificación, sobomo, - 7 apropiación de cuentas, contrabando, evasión de l Impuestos (intencional). 02 Fraude externo | Robo y fraude Robo, falsificación, Seguridad de | Daños por ataques informáticos, robo de los sistemas información. * Z 03 Ralaciones Relaciones * Cuestiones relativas a remuneración, prestaciones laborales - y | laborales sociales, extinción de contratos. seguridad en el Higiene” y j.Casos reladionados con las nomas de higiene: y puesto .de ¡seguridad en el | seguridad en el .trabajo; indemnización a los trabajo trabajo trabajadoras. Diversidad -y-| Todo tipo de discriminación. discriminación : L - 4 ¿Clientes, Adecuación, — | Abusos de confianza / Incumplimiento de páutes, ¡productos y | divulgación de | aspéctos de adecuación / divulgación. de información . [prácticas información — y | (conocimiento del cliente, etc.), quebrantamiento de Jempresariales confianza la privacidad * de información sobre ' clientes > , : minoristas, quebrantamiento de privacidad, ventas agresivas, abuso de información confidencial. Prácticas * . de | Prácticas restrictivas de la competencia, prácticas mercado comerciales / de mercado improcedentes, . "improcedentes | manipulación del mercado, abuso de Información : privilegiada fon favor de la empresa), lavado de - “dinero. z Productos Defectos del producto (no autorizado, etc.), error de defectuosos los modelos. - Selección, Ausencia de investigación a ollentes conforme a las | patrocinio y | directricas, exceso de los limites de fiesgo frente a .| tiesgos | clientes, , y Actividades de |'Litigios sobre resuliados de las” 2ciividades de asesoramiento [ asesoramiento. : . : 06 Daños a activos | Desastres y | Pérdidas por desastres naturales, pérdidas humanas materiales otrós - Por causas extemas (terrorismo, vandalismo). - acontecimientos |- : 06 interrupción del | Sistemas Pérdidas por fallas” en equipos dae hardware, negocio y fallos |' software -0 telecomunicaciones; falla: en energía enlos sistemas Z aléctrica, i . 07 Ejecución, Recepción, Errores de introducción de datos, mantenimiento o entrega y | ejecución y | descarga, incumplimiento de plazos - o de gestión de | mantenimiento responsabilidades, ejecución errónea de modelos / dé operaciones | sistemas, errores cantables. Errorés en el proceso de compensación de valores y liquidación de afectivo, - Incumplimiento de fa .obligación de informar, inexactitud dé informes extemos (con generación de | pórdidas) Inexistencia “de autorizaciones” f rechazos de cllentes, documentos jurídicos inexistentes / Incorripletos, Aecsso na atacado a cuentas, registras incorrectos de clientas (con generación de pérdidas), pórdida o daño de activos de clientes por negligencia. s Fallos de contrapartes distintas de clientes, otros litigios con contrapartes distintas de clientes. Distribuidores y | Subcontratación, liigios con proveedoras, Seguimiento y presanteción de informes. RESOLUCIÓN SB No.1321/02-08-2011 . pág 7 ANEXO N” 2 r LINEAS DE NEGOCIO GENÉRICAS PARA INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO Finanzas corporativas. corporativas Finanzas de | estructurado y participación en procesos de . administraciones públicas títulización: underwriting; asesoramiento rad a . a a empresas “corporalivas,| grandes medianas y o En empresas, -así cómo-al gobiemo central entidades Ñ Servicios de asesoramiento | del sector público; entre ¡otras actividades de naturaleza similar. _ : Negociación y [ Ventas Operaciones de tesorería; compra y vánta de títulos, ventas Creación de mercado monedas y commodities por cuenta propia; entre otras Posiciones propias actividades de naturaleza similar, - Tesorarta . Banca minorista | Banca minorista '* Financiamiento -a cliantes minoristas Incluyendo - tarjetas de cródito, préstamo automotriz, antra otros. Banca - [Banca comarcial" Financiamiento a clientes no minoristas, nauyendo: comercial factoring, descuento, arrendamiento financiera, entre z otros. Liquidación . y | Clientes extemos - | Actividades relacionadas coñ pagos y cobranzas, pagos : . transferencia Interbancaria de fondos, compensación y liquidación, entre ótras actividades da naturaleza | similar, “Servicio de | Custodia Servicios de custodia, fideicomisos, comisiones de Agencias Y | En cargos de ponflanzaá confianza y otros servicios. * Otros servicios [Erdoicomisas Cajeros Automáticos Otros servicios DEN Sección B_ávisos Lemilos REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, MD C:, 20 DE AGOSTO DEL 2011 No. 32,599 . o ANEXO No, 3 - fiero No, 3 . FORMATO DE 8SE DE DATOS:SOBRE PÉRDIDAS OPERACIONALES BRUTAS POR LÍNEAS DE NEGOCIO Y TIPO-DE EVENTO a instución: cor EA ETE 51 Feuudo iiem ¡po de ruedo bn 2) "ode perio (13) 2 [Fraude eriemo Tie de muerdo fre 2) o desert fol 09 [Retaciomenliciarados y muy po de evendo ¿ful 2) pos de inet nel 3) SE |Qilérrina, productos y prá ee dales pa de wea (sho 2) ao de edo fl ES [Daños a activos eonteríala y, ea do aserto [16912] Tipo de eno (el 34 MM |inlerrapeión dal ru fallos sn dos albbebiat po ds ese nie 2) 7 - “ipod cando [hala] 87 [Eostcid alega y estén de Tipo dos five 2) - Tipo ds ento (nal 3) 1) Según Anexo Ho 2 5) Sagén Aer Ho. y nic por cada ms de ragaco egun ni No. 2 ———($) Los-datos de pérdida deben-ser completos-y recogerla totalidad.de las actividades Y exposiciones de pérdida en tódas las áreas del Banco y ubicaciones geográficas, 32,599 _REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE AGOSTO DEL 2011 - [e).- Revisión de pollticas, practicas y orocedímientos sobre las funciones y ANEXO No, 4 INFORME DE GRADO DE AVANCE EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LA GESTIÓN DE RIESGO OPERATIVO (GRO) PAG 1/3 NOMBRE INSTITUCIÓN FINANCIERA: CORRESPONDE AL PERIOD! a).- Revisión y modificación de estetutos y regtsmentos sobre funciones y responsabilldades de los miembros del Directorio y la Alta Gerencia _- 11).- Revislón y adaptación de Reglamentos del funcionamiento y responsabllidades de los Comites actual mente constítuldas. l0).- Revistón y modificadón de Manual de fundones y respensabilidadas de los funcionarios y.demas pérsonal para promover la GRO. d).- Revisión y modificación de las funciones de las areas operativas, de negado, riesgos y atras. responsabitidades en líneá con lá GRO. a)» Establecida la Unidad de Gestión de Riesgos Independiente actividades operativas y de negocio) con funciones delimitadas, con persona! tecnlco capacitado, b).- Revisión de la estructura iaa en toas eS areas para Promover la gestión de riesgos, con funciones daras 7 ).- Divulgación del Manual, políticas generales, lImites y procedimientos sobre informes sabre eventos de pérdida, d).: Procedimientos aprobados gue garantizan que todas las arzas e dE Informan a la Unidad de Rlesgos sobre eventos pérdid: Ja).- Etrategia definida a corto, mediano y jargo plazo para gestionar El 'Hesgo operativo. b].- Mecanismos de comunicación para incentivar y promover la GRO en todo el personal de l81F, SEN TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE AGOSTO. DEL 2011 Pa Gaceta JONA REONNT C)- Recursos para Implementar estrategia de gestion de rlesgo operativo: personal capaz, plan de capacitación JD, GG, y todas las areas, sistemas de información, y otras, " z + PAG ¡d).- Plan de capacitación 1D, GG, y todo persona! -/€l- Codigo de etica a). Politica de riesgo operativo (Art 6) b)- Funciones y responsabilidades, le).- Metodotogiá - d).+ Sistemas de información |e).- Reporteria e informes la).- En funcionamiento [b).-Infarmes periodicos al Comité, GGy Directorio sobre fa GRO 6). Estructura páre la GRO en todas las areas de la Institución. [d).-Plan para ímple menter la GRO en todas ¡26 áreas dela IF, 1a).- Definición y aprobación de Ta metodologia para GRO b).-Metotialogía integradá en todos las procesos de gestión de riesgos de ha Institución. d).- Procedimientos aprobados que garantizan implementación, |t)- Divulgación y aplicación de metodologia en toda la JF. 8).- Pofiticas y procedimientos que garantizan el registro de los eventos de pérdida operativos. : b).- Plan de capacitación de todo e! personal que Interviene en proceo de reglstro de eventos de pérdida, : c)- Reglstro de eventos de pérdidas operativos en la base de datos, a)- Definición e implementación de ilmites para GRO debidamente aprobados. EJ 27] META AECA DE RONDURAS CTEGUOCAAA ¿M.D.C., 20 DE AGOSTO DEL 20 _- a).- Definida y mapeado los procesos en función lInéás de negocio, + [a).- Definido y mapeado las lIneas de negocio ] . j : - : : a). Definidón y aprobación del plan de continuidad y contin; genciá, L).- Periodlcamente se prueba y ajusta dichos Planes. ¡Evaluación del manual, políticas y procedimientos pára la gestion de rlesgo operativo. Evaluación del Programa de Implementación y cumplimiento de la Norma de GRO. ¡Validación del proceso de asignación alas líneas de negocio. a).- Desarrollo y/o modificación de la plataforma tegnológica y los=istemas Ñ . . necesarias para la adecuada RGD, - Avance Total enla Gestión del Riesgo Operativo (4) y «bf Detallar el nombre del 6 los funcionarios y deponidencias encargada Referencia: : 2 / Indicar detalles del punto de acta argitido por Juñta Directhra autorizando la Ejecución de dicha actividad o modificaciones según corresópnda para la Implementación dela Gestión de Rissgo Operativo (GAO) la ejecución de las nctividades o modificacionas según corresponda para la Implementación de a GRO ef Mostrar an termino relativos el porcentaje aproximado de avance en la ejecución de las actividades o modificaciones regún correspones para fa implementación dela GRO a Indicar eri forma ganara! tas o mol 5 para lol 18n dela GRO : ef Puntuallxar sobraas actividades o modificaciones pendlantes inclusive las fechas de ejecución para la Implementación definitiva de la GRO Tf Complementar observaciones, Justiicaciones, 6 comentarios en caso de ser necesario. 8/ Indicar el porcentaje total de avance ena Et det riesgo operativo y cumalimienta de la Norma vigente. . : o . Consciente de fa responsabilidad que asumo al firmar la presente declaración en el progreraa de Implementación y. cumpilmiento de la “Norma de Gestión de flesgo Operativo", procedemos aelloel_.__de de 20, ¡Seljo y Firma de) Representante Legal cr . Sello y Firma del Auditor Interno [Gerente General o Presidente según corres poda, NOTA: En las casos en que la CNOS determine Inconsistención en los datas portadas por la Institución Suparvisada, 56 las comunicará por los medios procedentes y ta taltade cumplimiento u los requerimientos dispuestos por * sste ente regulador, quedará sujeta ala aplicación dl sanciones que corsesponda, DEN REPÚBLICA DE HONDURAS TEGUCIGALPA, M.D.C., 22 DE AGOSTO DEE 2011 No. SD Comisión Nacional de Bancos y Séguros “RESOLUCIÓN $5 No.1423/15-08-2011.- La Comisión Nacional de Bancos y Seguros, CONSIDERANDO (1): Quela Comisión Nacional de Bancos y Seguros es una entidad desconcentrada de la Presidencia dela República, con independencia de funciones, presupuestaria y facultades administrativas suficientes para asegurar la habilidad técnica y financieranecesaría para el cumplimiento de sus objetivos. Y que le corresponden vigilar que las instituciones supervisadas cuenten con sistemas de prevención-del lavado.de activos y financiamiento del tesorismo. CONSIDERANDO (2): Que mediante Resolución 1230/30-11-2004, la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, previa opinión fivorable de la Procrroduria General de la República, emitió el Reglamento para la Prevención y Detección del Uso Indebido de los Servicios y Productos que Comercializan las Instituciones de Seguros y Reaseguros en el Lavado de Activos; a finde garantizar la protección al consumidor eimagenal sistema asegurador nacional. Ñ CONSIDERANDO (3): Que con a propásito de subsanar las deficiencias estratégicas identificadas en el informe de evaluación Mutia (publicado en agosto de 2009) se presentó, el Plan de Acción de País, al Grupo de Revisión de Cooperación Internacional (ICRG por sus siglas en inglés) del GAFI, el nal contempla la adopción de medidas correctivas : en lo referente a la Recomendación cinco (5) específicamente alo relacionado con el Beneficiario Final. CONSIDERANDO (4): Quela Comisión Nacional de Bancos y Seguros a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 41 dela Ley de Procedimiento Administrativo, con . Fecha 29 de julio de 2011, mediante Oficio 8-360-2011, suscrito por el Secretario General, remitió a la Procuraduría General de la República, el proyecto de “REGLAMENTO PARA LA PREVENCIÓN Y DETECCIÓN DE LOS DELITOS DE. LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO EN LOS PRODUCTOS Y SERVICIOS QUE COMERCIALIZAN LAS INSTITUCIONES DE SEGUROS Y REASEGUROS”, t:eftoto que dicha entidad emitiera el dictámen correspondiente. CONSIDERANDO (5): Quela Procuraduría General dela República, mediante Certificación de fecha 03 de agosto de 2011, comunicó a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, el Expediente Administrativo PGR-212-2011, contentivo del " final POR FANTO: Confimdamento en los Artítulos 6 y 13 numerales 1) y 2) dela Ley de la Comisión Nacional de Bancos * y Seguros; Articulo 2 numeral 13) dela Ley Contra el Delito de Lavado de Activos; Artículo 2 numeral 8) de la Ley Contra el Financiamiento del Terrorismo y, 41 de la Ley de Procedimiento Administrativo; en sesión del 15 de agosto de 2011; . 1. . Aprobar el siguiente: “Reglamento para la Prevención y Detección de los Delitos de Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo en los Productos y Servicios que Comercializan las Instituciones de Seguros y Reaseguros”. CapítuloT . DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 1
OBJETO: El presente Reglamento tiene por objetivo establecer lineamientos generales, para la implementación * de politicas, procedimientos y metodologías enla identificación delos tomadores dé seguros, asegurados, beneficiarios y otros . clientes que hacen uso delos servicios y productos que prestan las instituciones de seguros o reaseguros e intennediariós de seguros, Asimismo, estos lineamientos generales son extensivos -al mantenimiento, disponibilidad de registros y notificación de transacciones en las operaciones de seguros, transacciories en “efectivo, múltiples en efectivo, financieras y afípicas, con el finde prevenir y detectar la realización: de transacciones relacionadas con el delito del lavado de activos y el financiamiento del terrorismo; a efecto de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 27,31, 32,33, 34, 36, 37, 38, 41 y 42 de la Ley Contra el Delito de Lavado de Activos y articulos 23, 24,25 y 26 de la Ley Contra el Financiamiento del Terrórismo,
Articulo 2
DEFINICIÓNES DE TÉRMINOS: Para «los efectos de este Reglamento se entenderá por: BCH: Banco Central de Honduras Usufructuario o beneficiarios Personas físicas que son las' propietarias finales o tienen el control final de ui cliente y/o de la persona en cuyo nombre se comprende aquellas personas que ejercen el control efectivo final sobre ma juridica o acuendo legal. - Comisióno CNBS — Comisión Nacional de Bancos y Seguros: ES 10 | MISA rerOBLICI DE BORDURAS TEGUCIGALPA, MD.Co 22 DE AGOSTO DEL 201 No. 32,000 Financiamiento del Terrorismo Actividad que por el medio que fuere, directa o indirectamente, proporcione ú recolecte y activos, dispense o trate de dispensar servicios financieros y otrás. - servicios, con la intención de quese utilicen o a sabiendas de que serán utilizados enttodo o parte, para financiar la comisión de actos de terrorismo o de:organizaciones terroristas, aún cuando estos no se realicen o vayan a realizarse en el territorio hondureño, Tustitución Supervisada * Insttuzionesqueconfirme al artículo 6 dela Ley de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, se - encuentran bajo la supervisión, vigilancia y control dela Comisión, Instituciones de Seguroso Personas jurídicas nacionales o Reaseguros sucursales de instituciones extran- | jeras legalmente constituidas en el país; autorizadas para que en for en forma habitual y sistemática se dediquen a comercializar produc- - tos de seguros, flanzas y reaseguros. Intermediarios de Reaseguros Personas físicas o jurídicas que ; acambio de una remuneración realizan la actividad de mediación de reaseguros entíe una entidad aseguradora o reaseguradora -cedente y otra aceptante. Intermesiarios de Seguros Agentes dependientes e independientes y sociedades de corretaje inscritas en el Registro : de Agentes y Corredores de Seguros que administra la Comisión, . que profrueven la actividad mercantil de seguros y fianzas entre personas naturales o júridicas y las instituciones de seguros, percibiendo. deéstas una comisión, así cómo la asesoría posterior - que se preste en caso de reclamaciones y la conservación, modificación y renovación delos contratos, Lavado de Activos Actividad encaminada a legitimar ingresos 0 “activos, provenientes de actividades ilícitas, o, carentes de | fundamento económico o soporte legal para su posesión. , Ley Ley Contra el Delito de Lavado de Activos contenida en el Decreto N*.45-2002 y sus reformas mediante Decreto N* 3-2008, la Ley Contra el Financiamiento del Terrorismo contenida en el Decreto Y 241-2010 y la Ley Sobre Privación . Definitiva del Dominio de Bienes de Origen Ilícito contenida en el Decreto N*27-2010 yotras modificaciones a estas, Superintendencia órgano técnico especializado dela Comisión, encargado de la supervisión y control de instituciones y personas a quienes les es aplicable las disposiciones contenidas en el presente reglamento. Transacción Atípica Operación no consistente con el perfil previamente determinado del tomador o contratante de Seguros, asegurado, beneficiario y otros clientes que no guarda relación - con la actividad económica y ques sesale de los parámetros de nonnalidad establecidos para determinado rango de nercado, o, +: que pudiera hacer pensar que el cliente está desarrollando otra actividad no conocida por la institución supervisada. — '- DIF — Unidad de Infonnación Financiera.
Articulo 3
RESPONSABILIDAD Y OBLIGATO- RIEDAD.-El presente Reglamento es de cnmplimiento obligatorio para todas las instituciones dseguradoras, reaseguradoras e intermediarios de seguros y reaseguros.
Articulo 4
SUPERVISIÓN.-La Comisión, a través de la Superintendencia, incluirá procedimientos en sus planes de supervisión tendientes a verificar el cumplimiento de la Ley y el presente Reglamento. . 1 - ro.
Articulo 5
DESIGNACIÓN DEL RESPONSABLE ' DE EJECUCIÓN.- Las instituciónes de seguros, Teaseguros eintemediarios de seguros y reaseguros, através de sus Juntas Directivas o Consejos de Administración, deberán nombratun * . Funcionario de Cumplimiento con suficiente independencia y autonomía, a efecto de coordinar las funciones y actividades de cumplimiento y seguimiento relativas ala prevención y detección deluso indebido delos servicios y productos, que comrcializan. En el caso de los intermediarios de seguros queno cuenten con una Junta Directiva o Consejo de Administración, será el Gerente o representante legal guien. nombrará al funcionario de cumplimiento, : Capitulo! - DEL COMITÉ DE CUMPLIMIENTO 4 : .
Articulo 6
CONSTITUCIÓN.- Cada institución de "Seguros y reaseguros formará ua Comité de Cumplimiento, * que tendrá como mínimo pero no límitativas las funciones .. Siguientes: a) Evaluar el desarrollo del Programa de Cumplimiento; b). Analizar las transacciones inusuales presentadas por el Funcionario de Cumplimiento para determinar su afipicidad. c) Solventar los conflictos entre las áreas de negocios referentes a aquellos productos o servicios, que sesospeche puedan: ser vulnerables para el lavado de activos y financiamiento del terrorismo. _d) Analizar y aprobar los informes de gestión elaborados porel Funcionario de Cumplimiento, sobre las actividades de prevención de lavado de“activos y financiamiento del terrorismo, para su presentación ante la Junta Directiva.
Articulo 7
INTEGRACIÓN.- El Coraité de Cumplimiento estará integrado, como mínimo por. BEI i REPÚBLICA DE HONDURAS - - TEGUCIGALPA, mM D.C., 22 DE AGOSTO DEL 2011 No. 32,600 a) Unrniembro dela Junta Directiva o del Consejo de Administración; — - b)El Gerente General o el funcionario que el delegue; e) El Funcionario de Cumplimiento, quien fngirá como Secretario del Comité. Las institucibnes de seguros y reasegorós que no cuentes con una Juata Directiva O Consejo de Administración domiciliado enel - -] territorio nafional, nombrará através del órgano administrátivo . correspondiente representante con suficientes Escultades para integrar el Cámité, La designación de losmienbros del Comité de Cumplimiento no eximeala idstitución de seguros ni a sus demás funcionarios y empleados de la obligación de prevenir, detectar y reportar internatueniólas transacciones inusuales y/o atípicas conla debida dosmeniación de soporte, Capítulo IT. 'D "FUNCIONARIO DE CUMPLIMIENTO | ARTÍQULO 8. REQUISITOS.- El Funcionario de Cumplimierto para efecto de su nombramiento, deberá curp conlos siguibntes requisitos mínimos: a)' Experiencia laboral comprobada en Seguros; y b) Experiencia en lá formulación y ejecución de políticas Y. procedimientos para la prevención y detección delos delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, análisis deriesgn, aspectos legales y de auditoría, entre otros,
Articulo 9
COMUNICACIÓN ALA COMISIÓN.- - Las instituciones de seguros y reasegúros, informarán por escrito a la UIF y la Superintendencia sobre el nombramiento del Funcionario de Cumplimiento al día siguiente hábil de haberse efectuado, adjuntando la hoja de vida y el punto de acta respectivo donde conste el mismo. La presente disposición, es aplicable cuando el Funcionario de Cutuplimiento es reemplazado, debiendo la institución informar los motivos que dieron lugar a su separación. La UIF podrá formular observaciones cuando estime que el cargo y nivel de . responsabilidad que no le permite enmplir de manera idónea sus funciones. -
Articulo 10
IMPEDIMENTOS.- No podrá ser nombrado como Funcionario de Cumplimiento; a) Los miembros de la Junta Directiva o Consejo de Admi : nistración; b) Los titulares de aás del cinco por ciento (5%) delas acciones del capital social; 19] Quienes hayan sido declarados enquicbra o en coricurso . — dencreedores y queno hayan sido rehabilitados; d Quienes hayan sido condenados por cualquier delito contiza la propiedad o la fe pública; e Quienes desempeñen otras actividades dentro dela "institución, y que estas interficran en la debida diligencia; Y o Los funcionarios que desempeñen ctas actividades dentro de la institución y que puedan interférir enla debida iMieenci Ñ
Articulo 11
FUNCIONES.- El Funcionario de : Cumplimiento desempeñará como mínimo, las siguientes funciones:
- a)
Diseñar y actualizar el programa de cunaplimiento y proponer al Gerente General o Presidente del Consejo de Admunistración, las políticas y procedimientos para la prevención y detección del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, a efecto de prevenir los riesgos dexeputación, operacionales, legales y de concentración, derivados del uso indebido de los servicios y productos que presta la institución;
- b)
Comrunicaral personal de la institución y a sus intermediarios, . todas las disposiciones legales y reglamentarias que sobre el lavado deattivos y financiamiento del terrorismo, vigentes en la República de Honduras; así.como los procedimientos internos relativos al programado cumplimiento que se deiven delas leyes y: reglamentos: €) Velar porque se cumplan las políticas y procedimientos establecidos para la prevención del delito de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, así como de las normas y resoluciones prudenciales emitidas porla CNBS; d) Presentar informes trimestrales al Gererite General o Presi- dentedel Consejo de Administración o Junta Directiva los que deberán contener como mínimo: un resurnen de transacciones atípicas reportadas ala UTF, análisis de riesgos y de “monitoreo, capacitaciones recibidas e impartidas, y los * resultados dé la aplicación de los procedimientos y políticas establecidas; €) Mantenerse actualizado en aspectos técnicos y legales, relacionadoscon el delito de lavado de activos y financiamiento del terrorismo; 1) Establecer canales de comunicación y cooperación con otras instituciones supervisadas del sistema; 2) Enviarlosinformes relacionados con la prevención del delito de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, quesean solicitados porla UIF; h) Establecer canales de comunicación entré la oficina principal, * agencias y sucursales y cuando corresponda, con la casa matriz en el exterior, en lo referente al reporte de transacciones en efectivo, múltiples en efectivo, financieras y atípicas; * 1) Presentar al Comité de Cumplimiento, las transacciones . ausuales detectadas, quien determinará las atípicas areportar : j) Remitir en forma inmediata a la UI, los reportes de transacciones atípicas; K) En el diseño de productos y servicios, cerciorarse que los * nismos cumplan con las normas de control interno para la prevención de lavado de activos y financiamiento del EEN Sección B REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 22 DE AGOSTO DEL 2011 No. 32.600 * D Verificar queel área de Recursos Humanos o su equivalente, defina parámetros que aseguren, un alto nivel de integridad del personal, estableciendo un sisterna para evaluar log antecedentes personales y laborales de los empleados y foncionarios u otros representantes autorizados; * m) Informar oportunamente a la Junta Directiva o Consejo de - Administración, Presidencia y/o Gerencia General y Comité de Cumplimiento, sobre cambios su la legislación nacional y enlas normas internacionales, relacionadas ton el delito de lavado de activos y financiamiento del terrorismo; n) Evaluar y realizar los correctivos necesarios elos reportes de transacciones en efectivo, múltiples en efectivo y Enancieras, + transacciones atípicas y otros reportes requeridos por la UYTF; o) En coordinación con,el área de Recursos Humanos o $u equivalente, planificar programas de capacitación al personal incluyendo a los intermediarios sobre el tema de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, el cual deberá incluir la identificación y el conocimiento pleno de sus clientes e instruirlos en cuanto a las responsabilidades contenidas en la Ley, el presente Reglamento y las futuras disposiciones que se emitan; p) Servir de enlace entre la institución y la UTF; q) Otras que señalela institución en materia de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Capítulo EV : DE LAS NORMAS RELATIVAS ALOS CONTRATANTES DE SEGUROS, BENEFICIARIOS, BENEFICIARIO FINAL O USUFRUCT UARIOS Y OTROS CLIENTES
Articulo 12
IDENTIFICACIÓN.- Las instimciones de seguros e intermediarios de seguros, deberán identificar " plenamente a los contratantes de seguros, a sus asegurados y otros clientes y a los beneficiarios finales o nsufructuarios, al inomento de establecer por primera vez una relación contractual, ya sea en la suscripción de seguros o al proporcionar cualquier otro servicio. En el caso de los beneficiarios de las pólizas, éstos serin identificados plenamente al momento de la presentación del reclamo. En el proceso de identificación, se observarán los a) La información y documentación requerida enla suscripción y/o renovación de pólizas, aprobación de un préstamo y otros servicios, deberán conservarse dejando gopia ya seamagnética, fotostática, fotográfica, micro filmica.o cualquier otro medió” de reproducción, organizándose en un expediente por ramo o por cliente, segúnla política dela institución; b) Los asegurados y/o clientes dela institución de seguros y/o sus intermediarios debérán llenar la solicitud y demás ' formularios vigentes previo a suscribir y/o renovar pólizas o, tramitar préstamos; o) Exigirfótncopiadelatarjeta de identidad y el Registro Tributario" Nacional (RTN) de los asegurados en caso de ser clientes nacionales. Las personas naturales de nacionalidad extranjera deberán presentar pasaporte vigente o carné de residencia, domicilio debidamente comprobado y su calidad migratoria; igval documentación deberán ser exigida para el trámite de préstamos; » d) Cuando se contraten seguros de grupo o colectivos, el contratante o tomador del seguro o asegurado, deberá proporcionarla lista delos integrantes con el nombre completo y el mimero de la tarjeta de identidad y RTN de cada integrante del grupo o en su defecto, el número de su pasapotte vigente deser extranjero; €) No podrán suscribir pólizas u otorgar préstamos con nombres falsos, o de cúalquiez otra modalidad que encubra la identidad “del titulaz y/o beneficiario final ousufructuario; f) Requerir que el contratante o tomador del seguro, asegurado, * beneficiario u otro cliente declare si actúa en nombre o en representación de otra persona que es el verdadero * beneficiario final o usuftuctuario, obteniendo para tal fin la identificación que le permita a la institución de seguros estar con vencido de la identidad de este; Identificar plenamente a todas las personas que tengan autorización legal para contratar en representación de los contratantes o tomadores de seguros, asegurados, beneficiarios y otro clientes, como si se tratara de pólizas emitidas atítulo personal; H) Obtener información sobre el propósito y la naturaleza de la + Tela ción denegocios que desea mantener el cliente con la institución: 1) Mantener un proceso continuo de debida diligencia queper- mita actualizar la información de los clientes existentes, evaluando si sus operaciones corresponden alainformación - proporcionada al inicio de la relación, el origen de sus fondos, así comó el perfil de riesgo de dicho cliente; Las instituciones supervisadas y otros obligados no supervisados que originen operaciones de seguros, deberán remitir ala institución de seguros correspondiente la solicitud o' formulario quentilicen para tales operaciones; y, : E KEN Secerón KR Avisos La Pra Gaceta | REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, MOON DEACOSTO DICTA No. 32,600 k) Enloscasos que la identificación del cliente se delegue a un : intermediario de seguro, este a solicitud de la institución aseguradora cortquien ha establecido relación, deberán poner asu disposición!a información de identificación del cliente, - así como copia de los datos requeridos. Sin embargo, la responsabilidad final de la identificación y verificación del cliente recae sobre la institución de seguros que delegó la identificación y esta deberá realizar su propia verificación: sí tuviese alguna duda sobre la información proporcionada.
Articulo 13
RELACIONES CON PERSONAS JURÍDICAS.- Las itistituciónes de segros y reaseguros, así, coto los intermediarios de Seguros y Teaseguros, al momento de establecer una relación con personas jurídicas nacionales y extranjeras, para efecto de constituir el expediente debertnrequari losigniente:
- a)
Fotocopia de la escritura de constitución y estatutos y de sus reformas debidamente inscritas, así como del Registro Tributario Nacional (RFN).
- b)
Presentar el original y fotocopia de la autorización concedida *, porla Secretaría de Estado correspondiente, para ejercer el . comercio en la República de Honduras y su respectiva inscripción en el Registro Mercantil
- c)
Identificación plena de la persona natural que ostenta la administración y representación de la persona jurídica.
- d)
Fotocopia de la certificación de la Junta Directiva que contenga el nombre completo y fotocopia de la tarjeta de identidad de: + lossocioso accionistas y > los ejecutivos antozizados para contratar en nombré de “la empresa;
Articulo 14
REQUERIMIENTO DE IDENTI- FICCACIÓN.- Las instituciones de seguros y/o intermediarios, a efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente reglamento; deberán identificar asus clientes requiriendo como PERSONA NATURAL «PERSONA JURÍDICA j Estado civil y nombre del cónyuge, si aplica. : a. Nombre completo (tal como aparece en. * >] a Nombre comercial, __el documento de identidad). b. Fecha de nacimiento, 4 b.Razónodenominatión social. €. Lugar de nacimiento. * | e Actividad económica — * d. Profesión, ocupación u oficio. d. Fotocopia de RTN o RUC. €, Nacionalidad, e. Fotocopia de la Escritura Social y sus Y te formas debidamente inscritas f. Género. * f Detalle e identificación de las personas 8. Número del documento de " autorizadas para contratar en zepresenta- Identificación Personal. ción de la empresa (aplicando todos.tos h. Tipo de identificación (tinrjetade ] identidad, RTN, pasaporte 0 cainé deresiderite). j 1 Dirección de residencia completa, | g, Dirección h Teléfono, tax, correo: clectrónico, sitio web wotro que aplique. k- Número telefónico fijo y/o móvil, número de fax y correo electrónico i. Pólizas suscritas con esta u otras aseguradoras m. Nombre del negocio (si aplica). n. Giro actividad del negocio. o. Nombre de la empresa en que trabaja p- Dirección completa de la empresa . 4. Número telefónico del trabajo. T. Tiempo de laborar en la empresa "7. BREN No. 32,600 o REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C, 22 DE AGOSTO DEL 2011 Sien el proceso de suscripción de pólizas de seguros existen dudas * sobre lagxistencia de los suscriptores, la instiluciónde.seguros deberá realizaruna verificación insitu para comprobarssuexistencia, dejando evidencia documental de esta gestión, en el expediente del cliente! En caso en que la información recabada sea * inconsistente con la proporcionada por el cliente, o nio satisfaga "ale institución de seguros, esta debería dar por terminada la . relación comercial. Las instituciones de seguros también deberáh considerar la elaboración de un informe de transacciones sospechosas ala UIF. : : Las instituciones de seguros, deberán implementar un progrna que le pérmita obtener información consolidada de las pólizas institución. | .
Articulo 15
PÓLIZAS PARA COMERCIANTES '. INDIVIDUALES Y OTRAS ORGANIZACIONES : CIVILES.-Para la suscripción. de pólizas por parte de comerciantes individuales y negocios que son propiedad de una persona, aatural, se exigirá la presentación de los siguientes . documentos:
- a)
Patocópiadela deolaraciónde comerciantes individual inscrita enel Registro Mercantil; .
- b)
Identificación de las Personas: naturales autorizadas para contrajar en nombre de la empresa, dejandolas fotocopias en el ivo expediente. : . Las pólizas para este tipo de comerciantes, serán emitidas a nombre del propietario, indicando a la parel nombre comercial. |' olizmdo! i , Enla emisión de pólizas a nombre de asociaciones sin fines de. Iucro tales como: clubes, patronatos, iglesias, y otras asociaciones, se solicitará fotocopia autenticada de la personeria jurídica y la certificación de registro emitida por la Secretaria de Estado correspondiente, la cual deberá conservarse en el expediente, -
Articulo 16
DEBIDA DILIGENCIA.- Al momento de establecer una relación contractual con un contratante o tomador de seguros, asegurados precxisténtes u otros clientes, las instituciones de seguros y tenséguros deberán procedera:
- a)
Identificación plena. a
- b)
Verificar la identidad del contratante o tomador de seguro y otro cliente, a través de documentos, datos einformación de na fuente mudependiente y fiable. : -
- c)
Determinar si el contratante o tomador de seguro y otro cliente actúa en nombre de otra persona, Además tomar medidas razonables para obtener datos de identificación suficientes conel objeto de verificar lajdentidad de esa otra persona.
- d)
Identificar al beneficiario dela póliza antes de hacer efectiva la indermización, y tomar medidas razonables para verificar su identidad hasta que la aseguradora quede convencida de de cada asegurado. Y si la hubiere, con otros asegurados en la ' quela información proporcionada es la correcta. €) Enel caso de las personasjuridicas, las instituciones de segu- ros y teaseguros y/o intermediarios deberán, además, tomar medidas razonables para conocer la estructura de propiedad y de control del cliente. . 1) Obtenecinformación sobreel propósito y la naturaleza prevista dela relación de negocios. - 2) Llevar a cabo un proceso continuo de debida diligencia con .. Fespecto a la relación de negocios, así como un examen detajlado de las operaciones realizadas durante el eurso de esa relación, con el fin de asegurar que las operaciones que seéstán haciendo son compatibles con lo quela institución de seguros y/o intermediario conoce del contratante o tomador de seguro y otro cliente, sus negocios y perfil de riesgos, incluso el origen de los fondos, si fwess necésario. h) Cuando se contraten seguros de grupos o colectivos propismente dichos, se deberá obtener el perfil del contratante. del seguro en los mismios términos que se deseriben en el Jiteral anterior, exceptuando de este reguisito a las personas que forman parte del grapo asegurable, a | 1) Cuando las instituciones de seguros y réaseguros suscriban o mantengan contratos de seguros y reaseguros con instituciones supervisadas u otras obligados no supervisados, deberán requerir y mantener en los expedientes respectivos (del contratante) como minimo lo siguiente: "> Cormunicatión del Funcionario de Cumplimiento nombrado . > Copia de la carta de remisión del Progíama de . Cumplimiento a la UTE . > .Nombre del órgano o entidad reguladora o supervisor, . Y > Nombre dela firma de Auditoría Externa, inscrita en el registro que para tal efecto administra la Comisión. Esta información deberá ser presentada, y evaluada porel Comi- té de Cumplimiento de la institución de seguros y Teaseguros, para determinar la aceptación o ampliación de la información, adjuntando copia del áctaen el expediente del asegurado. j) Las instituciones de seguros y Teaseguros, al momento de establecer relación con los intermediarios de Seguros y reaseguros, deberán dejar evidencia en los expedientes respectivos que los mismos han recibido la capacitación necesaria en materia de lavado de activos y financiamiento k) Las instituciones de seguros y reaseguros, cuando deleguen la identificación del cliente 2108 intermediarios de Seguros y renseguros, deberán requerirles a éstos copias de los documentos relacionados con la identificación, parado cual los intérmediarios deberán proveerlos sin demora alguna. . En los casos de existir duda sobre la veracidad de la información provista porlos intermediarios para llevara cabo la debida diligencia, estos deberán realizar y completarsu propia BEEN | La Gaceta ION TEGUCIGALPA, MDC, 22 DE AGOSTO DEL 201: No. 32,600 L) Las instituciones de SEBUTOS y reasegurós tienen la responsabilidad final con lo que respecta a la identificación y verificación de los clientes que han delegado sobre los intermediarios.
Articulo 17
MONITOREO.- Establecida la relación, las instituciones de seguros y teaseguros deberán precisar los parámetros y/o lineamientos bajo los cuales se procederá a su análisis de acuerdo al tipo de transacción o actividad que realicen, , para determinar si las. operaciones que estos ejecuten, corresponden o 10 al conocimiento documentado, que setiene de ellos. El monitoreo de las transacciones deberá aplicarse * individualmentea todos los contratantes de seguros, asegurados, . y otros clientes de la institución de Seguros, para permitir la detección oportuna de las transacciones atípicas, adetuándose a las muevas circunstancias que sutjan en el transcurso de la tela ción, dejando evidencia de esta gestión en el expediente respectivo. Las instituciones de segúros y reaseguros, deberán desarrollar o contar con tecnología de información adecuada que les permita detectar todas aquellas operaciones que se desvíen . delos parámetros previamente determinados; a inde que éstas * se analicen para determinar si pueden o no considerarse transacciones atípicas. . El monitoreo deberá enfocarse principalmente al registro de transacciones tealizadas en efectivo, o cualquier otro. nstriniento * monetario. En este sentido, las instituciones de seguros y reasegtiros mantendrán un registro díario de las transacciones realizadas por” - clientes que superen el monto límite establegido por el BCH, para cada producto o servicio, incluyendo un registro de las transacciones múltiples realizadas. . Capítulo Y DELAS NORMAS RELACIONADAS CON Eb PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN
Articulo 18
CONOCIMIENTO.- Las instituciones de SEgUToS o reaseguros, deberán tomar en consideración lo siguiente: a Enel proceso de selección deberán éstablecer procedimientos para evaluar y comprobar los antecedentes personales, Laborales de sus fitros funcionarios, empleados y asesores; b. Vigilarla conducta del personal, en especial la de aquellós que desempeñan cargos relacionados con la atención de clientes, recepción y administración, estableciendo las normas y * controles apropiados; y €. Prestarán especial cuidado al personal cuyo nivel de vida no corresponda al de sus ingresos, sean renuentes a tomar "vacaciones o pueden estar asociados directa o indirectamente : con la desaparición de forídos de la institución.
Articulo 19
CAPACITACIÓN. Las instituciones de Seguros o rensepuros, deberán de manera permanente capacitar en aspectos legales y técnicos, así como en políticas y procedimientos que adopten para la prevención y detección del lavado de activos y financiamiento del terrorismo a todo su personal. En ese séntido cada Institución deberá estructurar un plan de capacitación anual dirigido a sus funcionarios y empleados, . debidamente aprobado por la Junta Directiva o Consejo de En el expediente de cada empleado, deberán archivarse las evidencias documentadas de haber sido capacitado en el tema. de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. Asimismo, la administración de la institución supervisada, deberá comprobar mediante evaluaciones periódicas quesus fimcionarios y empleados, conocen las obligaciones y responsabilidades contenidas en la Ley. Las instituciones de seguros, al momento de establecer relación con los intermediarios de seguros deberán dejar evidencia en los expedientes relativos que los rrismos han recibido la capacitación necesaria en materia de Lavado de'Activos y Financiamiento del ARTÍCULO20.- RESERVA Y CONFIDENCIALIDAD.- Queda prohibido al personal de las instituciones de Seguros y " reaseguros, poner en conocimiento de persona alguna el hecho . de que una información haya sido solicitada por la autoridad competente o que fue proporcionada a la misma. Asimismo, deberán mantener la más estricta reserva y confidencialidad respecto a los reportesa que se refiere el presente Reglamento, absteniéndose de proporcionar cualquier información 9 noticia al respecto, que no sea al Ministerio Público o al órgano Jurisdiccional competente. Capítulo VI DEL REPORTE, REGISTRO Y DOCUMENTACIÓN DE TRANSACCIONES EN EFECTIVO, ' MÚLTIPLES EN EFECTIVO, FINANCIERAS Y ATÍPICAS.
Articulo 21
TRANSACCIONES EN EFECTIVO. Las operaciones individuales relacionadas con los servicios que Prestana sus clientes y realizadas en efectivo, que igualenó superen. el monto establecido por el BCH, deberán registrarse en el formulario de “Registro de Transacciones en Efectivo” (RTE), quese proporcionará al efccto; debiendo serremitidos a la UTE, mediante el Capturador de Transacciones UIF, dentro de los Primeros diez.(10) días hábiles del mes siguiente de efectuada la transacción, 3 EA MARE evsica DE HONDURAS TEGUCICANAA, M.D.C, 22 DE AGOSTO DEL 2011 No. 32600 ARTÍCULO22.- TRANSACCIONES MÚLTIPLES EN EFÉCTIVO.- Las bperaciones que en su conjunto superen el monto límite establecido por BCH, se considerarán como una : transacción única si son realizadas por o en beneficio deuna determinada persona natural o jurídica durante el mismo día, cen cualquier otro plazo que fije el ECH, debiendo serremitidos ala UTF, mediante el Capturador de Transacciones UIF de acuerdo alos parámetros de éste, dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente'de efectuada la transacción. |
Articulo 23
TRANSACCIONES FINANCIERAS (NO EN EFECTIVO). Aquellas transacciones financieras no en efectivo, relacionadas corel cliente que igualen o superen el Tonto establecido por BCH, serán reportadas a la UTE dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente de efectuada la transacción, medianté el Capturador de Transacciones UIF.
Articulo 24
TRANSACCIONES ATÍPICAS.- Las instituciones de seguros deberán comunicar de inmediato ala UIF aquellas operaciones efectuadas por personas naturales 6. jurídicas, quese consideren atípicas, mediante el “Reporte de Transacciones Atípicas” (RTA). La UIF, al recibir el RTA Je asignará el código respectivo, acusando recibo de haberlo recibido, La UTF hará del conocimiento del sistema asegurador sobre nuevas tipologías | relativas al lavado de activos y financiamiento del terrorismo. ARTÍCUEO25.- CONSERVACIÓN. Los formularios a quese refiere este capítulo, así corno los documentos que respalden estas transacciones, deberán conservase bajo las más estrictas y adecuadas medidas de seguridad, durante un término de cinco (5) años. La UTE podrá requerirlos cuando lo estime conveniente, . Capítulo VI . DELA PREVENCIÓN DEL FINANCIAMIENTO DEL . « TERRORISMO
Articulo 26
REPORTE DE TRANSACCIONES.- Cuando las instituciones de'seguros y Teaseguros, Sospechen o tengan indicios razonables que existen fondos vinculados o relacionados con o que puedan serntilizados: para el terrorismo, actos terroristas o por ofganizaciones terroristas o los que fnancien el terrorismo, deben informerlo de inmediato a la UIF utilizando el formulario RTA. Las instituciones de seguros y reeseguros, deberán cumplirconlo dispuesto en la Ley Contra el Financiamiento del Terrorismo y su reglamento. Capitulo VI DEL PROGRAMA DE CUMPLIMIENTO ARTÍCULO27.- PROGRAMA DE CUMPLIMIENTO. Las tustituciones de seguros y reaseguros supervisadas, deberán contar . -Con un Programa de Cumplimiento adecuado a la organización, - estructura, recursos y complejidad desus operaciones. En el caso de los interínediarios de seguros y reaseguros, estos deberán someterse al Programa de Cumplimiento de la institución con que mnantenganrelación contractual. : Una copia del Programa de Cumplimiento y del punto de acta de Junta Directivao Consejo de Adrninistración en el quese aprueba. dicho programa se remitirá a UTF, quien acusará recibo de los Atismosy podrárcalizarlas gbservaciones que considere pertinentes. Las instituciones revisarán, periódicamente la eficacia de sus Programas de Cumplimiento, a fin de verificar su ejecución e identificar deficiencias o necesidades de actualización y/o modificación derivadas de cambios enla legislación hondureña o por emisión de reglamentos, políticas y mejores prácticas internacionales, Cualquier actualización y/o modificación deberá comunicarse por escrito a la UIF. ] ' El Programa de Cumplimiento deberá contener como mínimo lo 2. Código de Ética: pautas de comportamiento que demuestren el compromiso de la institución enla prevención del uso ind bido . de sus pcoductos y servicios, Ñ Quedan sujetos al cumplimiento de este Código los accionistas, directores, representantes legales, administradores, funcionarios y empleados para evitar que los servicios de la institución sean usados para legitimaru - ocultar fondos destinados al lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Asimismo, deberá establecerse la obligación .de prestar toda la colaboración a las autoridades nacionales 'paracombatir de los delitos antes mencionados. h. Régimen de Sanciones: deberá abarcar a las personasque han incumplido las políticas o procedimientos establecidos para la prevención y detección de lavado de activos y financiamiento , . tlel terrorismo. Este régimen de sanciones se aplicará sin perjuicio delas sanciones establecidas en la Ley. c. Sistema de Auditoría; con el fin de apoyar la labor del Funcionario de Cumplimiento, cada institución de Seguros y reáaseguros, incorporará en el programa de auditoría, interna anal la comprobación dela eficacia, eficiencia, cumplimiento y tesultados obtenidos en la implementación del Programa Asi mismo, en el contrato que la institución suscriba con la. firma de auditoría externa, deberá iricluir una cláusula enla . que se requiera una opinión-sobre el cumplimiento de lo * dispuesto en la Ley y este Reglamento. - d. Políticas de conocimiento del cliente: las instituciones deben * determinarlas políticas y procedimientos de conocimiento de los contratantes o tomadores de seguros o Pedseguros, asegurados y otros clientes. En el caso de los beneficiarios, - estos serán identificados plenamente al momento de la presentación del reclamo. o = ska Sección 1 Avisos REPÚBLICA DE HONDURAS - IECUCIGALPA, mM D.C,, 22 DE AGOSTO DEL 2011 No, 32 00 Estas políticas y procedimientos deben tener por objeto al menos: d.1. Establecer medidas para una sana administración de riesgos, que pérmitan a las instituciones de Seguros y reaseguros, contemplar normas de aceptación e identificación de clientes y monitoreo de aquellos considerados de alto riesgo, tendentes areducirel riesgo que por comisión u omisión sus servicios sean usados para legitimar fondos que procedan + de actividades ilícitas o para financiar acciones terroristas; 4.2, Proteger la reputación de la institución; 4.3. Asegurar el cumplimiento delas. normas establecidas enla. legislación vigente y sanas prácticas aseguradoras; : d.4. Advertir oportunamente trarisacciones atípicas, realizadas -porlos asegurados o por cualquier persona natural o jurídica *>con quien realice transacciones crediticias o financieras, que pudieran estar relacionadas con el delito de lavado de activos y financiamiento del terrorismo; d.5. Prevenir entre otras consecuencias negativas, la imposición de sanciones penales, administrativas o pecuniarias a $us empleados, funcionarios y alos directores o a la propia ||. * institución de seguros y reaseguros; d.6. Establecer requisitos con respecto a Isidentificación delos contratantes del seguro, asegurados otros clientes y los . beneficiarios (al momento de un reclamo), de forma tal que las instituciones de seguros conozcan la pleng identificación” . delos rrismos; d.7. Advertir algunas pautas de conducta propias o susceptibles de ser usadas en la comisión del delito de lavado de activos --y financiamiento del terrorismo, las cuales figuran en el catálogo dotransacciones que se proporcionará al efecto; % 4.8. Clasificar a los contratarites de seguros, asegurados y otros clientes individuales o corporativos, por zona geográfica y por productos requeridos; así como por riesgo y clientes habituales y ocasionales, . e. Manual de Procedimiento: s: los mecanismos de control * adoptados por las instituciones de seguros y reaseguros, así como las características propias de la entidad y las de sus diferentes servicios y productos, deberán describirse en el Manual de Procedimientos, que apruebe la Junta Directiva o Consejo de Adininistración. Además; deberá contener directrices precisas para el desarróllo de la política institucional enla prevención y detección del delito de lavado de activos y - Eneaciamiento del terrorismo. Este manual deberá considerar lo siguiente: £.. Políticas de. control y canales de cormusicación entre la oficina principal o casa matriz y sus sucursales y agencias; : €.2. Procedimientos para: vigilar el cumplimiento de las normas contenidas en el Manual de Procedimientos; así como, dela política de condcimiento del empleado por parte de ¡ Recursos Humanos; €.3.Complicla política de conocimiento del contratanteo tomador del seguto, asegurados, beneficiarios Enal, beneficiarió y otros clientes por parte de sus Gerentes y empleados y la forma como se debie dejar coristancia de haber verificado quela * información del cliente esté completa; > +.4. Identificar los segmentos de mercado de mayor riesgo que podrían utilizar indebidamente los servicios y productos; y, €.5. Los dernás que la institución, considere necesarios, "Capítulo TX, DELASSAN CIONES L o
Articulo 28
SANCIONES. Las instituciones de seguros OTeaseguros que incumplan las disposiciones contenidas en el. presente Reglamento serán sancionadas por la Comisión de conformidad con lo dispuesto en la Lay, : CapituloX DISPOSICIONES FINALES
Articulo 29
SITUACIONES NO PREVISTAS.- Lo no previsto en este Reglamento, será resuelto por la Comisión o- instancia correspondiente, ue conformidad con lo dispuesto ena legislación aplicable sobrelá materia... -
Articulo 30
DEROGATORIA.- El presente Reglamento derogala Resolución No. 1230/30-11-2004 emitida el 30 de noviembre de 2004 por ésta Comisión, contentivá del “Reglamento para la Prevención y Detección del Uso Indebido * delos Servicios y Productos que Comercializan las Instituciones , de Seguros y Reaseguros en el Lavado de Activos”.
Articulo 31
VIGENCIA.- El presente Reglamento”. ' entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial “LA GACETA”, * 2, Comunicar la presente Resolución a las Instituciones del 3. Autorizar ala Secretaría para que remita al diario oficial La _ Gaceta, la presente Resolución para su publicación, 4, La presente Resolución es decjecucióninmediata.F) YEMA C.MORALESM,, Presidenta, FRANCISCO ERNESTO REYES, Secretario”. "Secretario 22A. 2011