Acuerdo mediante el cual se aprueba el cambio de categoría de visa a los nacionales del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Regiones Administrativas Especiales de la República Popular
Articulos
Articulo 1
Aprobar el cambio de categoría de visa a los nacionales del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Regiones Administrativas Especiales de la República Popular China: que sean portadores de pasaporte británico originarios de Hong Kong en cuyo interior se lee “Nationality British (Nacionalidad Británica), y a los originarios de los otros territorios británicos, de categoría “A” (sin visa) a categoría “B” (visa consular), sin excepción alguna. Artículo 2.
Articulo 2
El procedimiento de solicitud y emisión de visa consular para los nacionales descritos en el artículo 1 y su ingreso al territorio nacional se regulará de conformidad al Acuerdo No.009-SG-2016, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 23 de agosto de 2016. Artículo 3.
Articulo 3
La visa consular será estampada en el documento de viaje, válida para una entrada al país y no podrá exceder un plazo de 60 días a partir del momento de su emisión. Artículo 4.
Articulo 4
Los ciudadanos nacionales a los que se refiere el artículo 1 deberán realizar el preregistro migratorio a través de las plataformas electrónicas autorizadas por el Instituto Nacional de Migración, previo al ingreso al territorio hondureño. Artículo 5.
Articulo 5
La visa consular otorgada a los nacionales a los que se refiere el artículo 1 no garantiza el ingreso al territorio nacional, siendo facultad del Instituto Nacional de Migración aceptar o rechazar su ingreso. Artículo 6.
Articulo 6
El presente Acuerdo deja sin valor y efecto toda disposición contraria al mismo. Artículo 7. El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., a los seis días del mes de junio del año dos mil veinticuatro. Eduardo Enrique Reina García Secretario de Estado María Gabriela Membreño Rápalo Encargada de la Secretaría General
18 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 4 DE JULIO DEL 2024 No. 36,577 Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF)