Vigente
27 de julio de 2016 | La Gaceta No. 33,889

Decreto Legislativo mediante el cual se instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para aprobar y suscribir un contrato de Fideicomiso de Inversiones y Asignaciones (FINA 2)

Articulos

Articulo 1

Se instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, como fideicomitente, para que apruebe y suscriba un contrato de Fideicomiso denominado: “FIDEICOMISO DE INVERSIONES Y ASIGNACIONES, PARA REALIZAR INVERSIONES EN EL SISTEMA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA PROPIEDAD, INVERSIONES EN LA RED VIAL PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA DEL PAÍS, INVERSIONES EN PROYECTOS DE GENERACIÓN DE EMPLEO Y OTROS” (FINA 2), con el BANCO HONDUREÑO PARA LA PRODUCCIÓN Y LA VIVIENDA (BANHPROVI), o ante otro banco del sistema financiero nacional, el cual tendrá como fin principal realizar inversiones en el sistema nacional de administración de la propiedad, inversiones en la red vial primaria, secundaria y terciaria del país, inversiones en proyectos de generación de empleo y otros que el Presidente de la República en Consejo de Ministros designe, según los proyectos públicos y público-privados que se le sometan por parte de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), la Comisión para la Promoción de las Alianzas Público Privadas (COALIANZA), las Municipalidades de la República, el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INGEOHMIN), entre otros. El patrimonio de este Fideicomiso, se constituirá, de la siguiente manera:

  • a)

    El porcentaje de las recaudaciones que se generen de la tasa única anual vehicular por servicio de vías públicas, también conocida como tasa única anual por matrícula de vehículos, que se designe mediante el modelo económico financiero por el Comité Técnico del Fideicomiso para la “OPERACIÓN, FUNCIONAMIENTO, FINANCIAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD VEHICULAR A NIVEL NACIONAL E IMPLEMENTACIÓN DE LOS CENTROS DE INSPECCIÓN VEHICULAR, SUMINISTRO DE PLACAS, OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE CONDUCIR, MODERNIZACIÓN DEL SISTEMA DE SANCIONES DE INFRACCIONES DE TRÁNSITO Y LA TECNIFICACIÓN DE LA RECAUDACIÓN DE MULTAS”, en concepto de canon a favor del Estado de Honduras; y,

  • b)

    Los recursos provenientes del Patrimonio de Liquidación del FIDEICOMISO DE INVERSIONES Y ASIGNACIONES, PARA REALIZAR INVERSIONES EN EL SISTEMA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA PROPIEDAD, INVERSIONES EN LA RED VIAL PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA DEL PAÍS, INVERSIONES EN PROYECTOS DE GENERACIÓN DE EMPLEO Y OTROS, suscrito el uno (1) de diciembre del dos mil quince (2015) entre el Instituto de la Propiedad (IP) y la Comisión para la Promoción de la Alianza Público Privada (COALIANZA) en su condición de Fideicomitentes, y, el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA) en su condición de Fiduciario. El Comité Técnico de Administración del Fideicomiso mencionado en este artículo estará integrado por un miembro propietario, quien será el titular de la Institución y un suplente quien será el inferior jerárquico inmediato, de cada una de las siguientes instituciones: la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, la cual lo presidirá, Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social, Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social y el fiduciario quien fungirá como Secretario del Comité Técnico, quien tendrá voz pero no voto.

Articulo 2

El Fideicomitente podrá reformar y reestructurar los contratos con los actores respectivos, asimismo podrá revisar, evaluar y tomar decisiones conforme al desempeño de los fiduciarios seleccionados y suscribir o modificar contratos de fideicomiso según corresponda.

Articulo 3

El Comité Técnico de Administración de Fideicomiso tendrá la facultad de crear los reglamentos y procedimientos que considere oportunos para su correcto funcionamiento; monitoreando el impacto social de estos fondos fideicometidos y fortaleciendo las medidas de transparencia de los mismos.

Articulo 4

Créase la Unidad Técnica de Fideicomisos para coordinar, supervisar y monitorear, la ejecución de los fondos y el cumplimiento de los objetivos del Fidecomiso creado en el presente Decreto, Fideicomiso del Fondo de Solidaridad para la Reducción de la Pobreza Extrema, Fondo de Inversiones en Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (FITT), respecto a la ejecución de los proyectos enmarcados en el Art. 224 del Decreto Legislativo No. 171-2016, contentivo de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República 2017 y de cualquier otro fideicomiso de asignaciones designado a tal efecto por el Presidente de la República. Esta Unidad Técnica también tendrá la responsabilidad de coordinar los procesos de auditoría física y financiera de los recursos fideicometidos. La Unidad Técnica estará adscrita a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, debiendo cada fideicomiso asignar los fondos necesarios para el funcionamiento de dicha Unidad. ARTÌCULO 5. Los Comités Técnicos Administrativos de los Fideicomisos del Fondo de Solidaridad y Protección Social para la Reducción de la Pobreza y Fideicomiso de Inversiones y Asignaciones (FINA 2), para dar cumplimiento a su actividad, se apoyarán en el Sistema de Registro de Fideicomisos creado por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, como un sistema de información integrado, que permita contar con información económica y financiera confiable y oportuna para la toma de decisiones gerenciales. Las unidades ejecutoras de los fondos fideicometidos deberán efectuar el registro mensual de las operaciones físicas y financieras en el Sistema de Registro de Fideicomisos.

Articulo 6

Todas las Instituciones Gubernamentales Centralizadas, Descentralizadas, Autónomas, Desconcentradas, Programas, Proyectos, Unidades, Organizaciones sin fines de lucro, empresas privadas y cualquier otro que se beneficien de los fondos que le sean asignados serán responsables civil, penal y administrativamente de la correcta ejecución, transparencia, administración y liquidación de los fondos.

Articulo 7

Para efectos de garantizar una sana efectividad en el uso de los recursos y que los mismos sean destinados para los fines establecidos en los objetivos de los fideicomisos, la Secretaría de Coordinación General de Gobierno establecerá, de acuerdo a las instrucciones del Presidente de la República giradas mediante el correspondiente Decreto Ejecutivo, la cartera de proyectos de los fideicomisos.

Articulo 8

El presente Decreto Ejecutivo entra en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciocho (18) días del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2018). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY. EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA. HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN. MARÍA DOLORES AGÜERO LARA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL. REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL. ARNALDO CASTILLO FIGUEROA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS.

JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL. FREDY SANTIAGO DÍAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESAPACHO DE DEFENSA NACIONAL. OCTAVIO SÁNCHEZ MIDENCE SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD MARCIAL SOLIS PAZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN. CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA JOSÉ ANTONIO GALDAMES FUENTES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE ROCIO IZABEL TABORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS, POR LEY KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS. ROBERTO ANTONIO ORDÓÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA. ERNIE EMILIO SILVESTRI THOMPSON SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO.

Poder Ejecutivo

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