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29 de junio de 2026 | La Gaceta No. 37,180

Contrato — Condiciones Particulares del Contrato (CPC) - Disposiciones Generales

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Resumen

Este documento establece las condiciones particulares de un contrato entre la Secretaría de Salud de Honduras y un Consorcio Hospital de Tocoa para construir un hospital. Define responsabilidades del constructor (seguros obligatorios, plazos, calidad), protección ambiental, resolución de conflictos mediante arbitraje, pagos en dólares con retenciones del 5%, multas por retrasos y garantías de cumplimiento y calidad.

Texto completo

Las siguientes Condiciones Particulares del Contrato (CPC) complementarán y/o variarán las Condiciones Generales del Contrato (CGC). En caso de haber conflicto, las provisiones aquí dispuestas prevalecerán sobre las de las CGC. - 54 - Ref. en las CGC Condiciones Particulares del Contrato (CPC) licitación. 1.1 (rr) El Superintendente de Construcción es: El profesional designado por el Contratista y aceptado por el Contratante. Nombre: Ricardo Orozco Correo electrónico: ofertas@eductrade.es Número de teléfono (+34) 914238228 2.3 Las secciones de las Obras con fechas de terminación distintas a las de la totalidad de las Obrasson: NO APLICA 5.1 El idioma oficial es: Español 6.1 La ley aplicable que rige el Contrato es la ley de la República de Honduras. 7.1 El Asociado responsable designado por el APCA para actuar como su representante para los fines del contrato es JOSÉ LUIS GALEOTE, quien tiene las facultades para contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en nombre de todos y cada uno de los integrantes del APCA. 10.2(c) Las actividades adicionales que se consideran en conflicto de intereses durante la ejecución del Contrato son: a) La contratación o subcontratación de empresas que sean propiedad de dignatarios de la nación, funcionarios públicos, empleados públicos o autoridades de las en entidades que manejan fondos del Estado, así como de sus cónyuges y parientes dentro de los grados de la ley; mientras aquellos estén en el ejercicio del cargo. b) La contratación de personas o empresas que hayan intervenido directa o indirectamente en las fases previas a la compra o contratación del presente contrato. Esta prohibición se hace extensiva a los parientes dentro de los grados de ley, así como a las personas jurídicas de las cuales sean socios o representantes. c) Que la empresa Contratista o cualquier miembro del APCA o de su personal tengan una relación comercial directa o formen parte de la misma empresa que realiza la supervisión técnica del proyecto. - 55 - Ref. en las CGC Condiciones Particulares del Contrato (CPC) 10.3 Las actividades prohibidas para el Contratista consideradas como conflicto de intereses después de terminado el contrato son: Utilizar Información documental o técnica que ha sido adquirida en propiedad por el Contratante como parte de los alcances del contrato sin autorización del Contratante. Divulgar cualquier información de acceso privilegiado que el Contratante pueda compartir para uso exclusivo de los objetivos y alcances del presente contrato sin autorización del Contratante, y sin contravenir lo establecido por la ley de libre acceso a la información pública. 12.6 Los documentos que el Contratista entregará al Gerente de Obras para su revisión y aprobación son: 1. Documentación final de diseño, plazo de entrega: cuando aplique de acuerdo con laoferta. 2. Solicitudes de cambio de personal, plazo de entrega: al menos 30 días antes de ejecutarel cambio. 3. Solicitudes de cambios en el diseño durante la ejecución, plazo de entrega: previo a ejecutar las obras o el servicio objeto del cambio. 4. Solicitudes de cualquier cambio en las especificaciones técnicas para la construcción, previo a la ejecución. 5. Solicitudes de cualquier tipo que impliquen cambios en el cronograma, planes de gestión, equipamiento, criterios de aceptación, estrategias, y todo aspecto que forme parte del diseño de las obras, especificaciones técnicas, plazos de entrega, que puedan alterar los resultados del proyecto y sus plazos de entrega, previo a la ejecución de cualquiera de estos cambios. 6. Cualquier otro documento que se haya indicado en las especificaciones técnicas. 13.1 El Gerente de Obras NO podrá delegar en otras personas cualquiera de sus deberes y responsabilidades. 15.2 CONTRATANTE: Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) Dirección: Barrio El Centro Avenida Cervantes Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central (MDC) Departamento de Francisco Morazán, Honduras, C.A. Correo electrónico: despacho@salud.gob.hn CONTRATISTA: Consorcio de Hospital de Tocoa Dirección: Calle Padilla 32. Bajo Izquierda (28006, Madrid) España Correo electrónico: jluis.galeote@eductrade.es; ofertas@eductrade.es - 56 - Ref. en las CGC Condiciones Particulares del Contrato (CPC) 18.1 Lista de Otros Contratistas (NO APLICA) 21.1 Inmediatamente después de la firma de contrato EL CONTRATISTA deberá suscribir seguros emitidos en el nombre conjunto del CONTRATISTA y del CONTRATANTE por los montos totales y los montos deducibles estipulados en las CPC, por los siguientes eventos que constituyen riesgos del CONTRATISTA: a) Para pérdida o daño de las Obras, Planta y Materiales: El monto total será de ciento (100%) del valor de la reconstrucción y/o reposición de la obra y un monto deducible de 10%. (b) Para pérdida o daño de equipo: Seguro de todo Riesgo y por Construcción. El monto total será de ciento (100%) del valor de la reconstrucción y/o reposición de la obra y un monto deducible de 10%. (c) para responsabilidad civil por pérdida o daño a la propiedad (excepto a las Obras, Planta, Materiales y Equipos) en conexión con el Contrato: seguro de Responsabilidades Civiles. El monto total será de quince por ciento (15%) del valor del contrato y un monto deducible de 10%. (d) para responsabilidad civil por lesiones personales o muerte: (i) de los empleados del Contratante: US$ 100,000.00 por evento. (ii) de otras personas: US$ 100,000.00 por evento. Estos seguros deben cubrir el periodo comprendido entre la fecha de inicio y el vencimiento del periodo de responsabilidad por defectos. El CONTRATISTA deberá entregar al Gerente de Obras para su aprobación las pólizas y los certificados de seguro antes de la fecha de inicio. Dichos seguros deberán contemplar indemnizaciones pagaderas en los tipos y proporciones de monedas requeridos para rectificar la pérdida o los daños o perjuicios ocasionados. Las condiciones del seguro NO podrán modificarse sin la aprobación del Gerente de Obras. Ambas partes deberán cumplir con todas las condiciones de las Pólizas de Seguro. - 57 - Ref. en las CGC Condiciones Particulares del Contrato (CPC) Si el CONTRATISTA no contratara o no mantuviera vigente alguno de los seguros exigidos, el Contratante podrá contratar y mantener vigente cualquiera de esos seguros y pagar la prima que sea necesaria a dichos efectos, y podrá recuperar las primas pagadas por el Contratantede los pagos que se adeuden al Contratista, o bien, si no se le adeudara nada, considerarlas una deuda del Contratista. La invalidación, cancelación, anulación o el término de la vigencia de cualquiera de las coberturas de los seguros por causas imputables al Contratista, no liberará al Contratista de suobligación de responder por la totalidad de las perdidas o daños y/o perjuicios que se ocasionenen caso de siniestro. En caso de presentarse algún siniestro cubierto por los seguros contratados, el Contratista deberá proporcionar a las aseguradoras toda la asistencia necesaria para documentar los reclamos que sean presentados, así como efectuar las gestiones legales que se pudieran requerir. Los errores, omisiones o falsedad de información que pudiera invalidar cualquiera de las coberturas o prevenir la oportuna recuperación del seguro no liberaran al Contratista de responder por los daños resultantes. 22.1 Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras son: 1. Evaluación de Impacto Ambiental preliminar 2. Estudio Topográfico 3. Estudio Geotécnico y Geofísico 4. Estudio Hidrológico, Hidrogeológico y Sondeo vertical. 24.1 El monto de la Garantía de Cumplimiento es en moneda Dólares Americanos. Garantía Bancaria de Cumplimiento equivalente al 10% del valor del contrato, correspondiente a CINCO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NUEVE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 24/100 (US$. 5,899,009.24) Si la garantía es emitida por una institución financiera bancaria situada fuera del país del Contratante, la institución emisora deberá tener una institución financiera corresponsal en la República de Honduras que permita hacer efectiva la garantía. 25.1 La(s) fecha(s) de Toma de Posesión del Sitio de las Obras será(n): 15 días calendario a partirde orden de inicio correspondiente a la fase 1. 25.2 El plazo estipulado para la obtención del acceso a terrenos que excedan el sitio de la obra y no sean de carácter público, así como la presentación al Gerente de Obras de los permisos correspondientes será de quince (15) días calendario a partir de la firma del contrato. - 58 - Ref. en las CGC Condiciones Particulares del Contrato (CPC) 27.1 EL CONTRATISTA deberá tomar todas las medidas requeridas para proteger el medio ambiente que correspondan al CONTRATISTA en la Licencia Ambiental / Diagnostico Ambiental Cualitativo / Evaluación de Impacto Ambiental u otros requisitos conforme a la legislación nacional y el Plande Acción Ambiental y Social (SIEMAS), en lo que resulte atinente AL CONTRATISTA. 32.4 Las gestiones para la aprobación de los permisos, licencias y consentimientos, incluyendo las licencias ambientales y permisos municipales deben ser realizadas por el CONTRATISTA, contando con el apoyo y respaldo de la SESAL en aquellos aspectos que correspondan. 33.3 El plazo mínimo durante el cual el Contratista y sus subcontratistas deben mantener los registros y documentos relacionados con el Contrato será de cinco (05) años después de la recepción definitiva de la obra. 34.3 El proceso extrajudicial de resolución de conflictos al que pueden someterse las diferencias que puedan surgir entre las Partes con motivo de la ejecución del contrato será conforme a lo siguiente: un Panel técnico de expertos prenombrado a) El mecanismo de conciliación será a través del Dispute Adjudication And Avoidance Board (DAAB). b) El comité lo conformaran un miembro y deberá estar vigente y acompañar la ejecución del contrato en su totalidad. c) El costo del mecanismo adoptado deberá ser pagado en proporciones iguales por el Contratante y El Contratista. d) En el contrato se incluirán los nombres de los miembros del panel de expertos. e) Queda establecido que el Dispute Adjudication And Avoidance Board (DAAB) estará activado a partir de la fecha de la orden de inicio. Todos los acuerdos a los que llegue este comité deberán enmarcarse en la Legislación Nacional. - 59 - Ref. en las CGC Condiciones Particulares del Contrato (CPC) 34.4 El plazo dentro del cual las partes deberán resolver la controversia o diferencia antes de informar a la otra parte sobre intenciones de iniciar un proceso de arbitraje será de cuarenta (40) días calendario a partir de la fecha de la notificación de la controversia por cualquiera de las Partes. Las normas de procedimiento para los procesos de arbitraje, de conformidad con la Cláusula 34.4 de las CGC, serán: Cualquier disputa, controversia o reclamo generado por o en relación con este Contrato, o por incumplimiento, cesación, o anulación del mismo, deberán ser resueltos mediante arbitraje de conformidad con el Reglamento de Arbitraje de 1976 de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI o UNCITRAL, por sus siglas en inglés), vigente. B. Control de Plazos 35.1 El CONTRATISTA presentará un Programa para la aprobación del Gerente de Obras dentro de quince (15) días a partir de la fecha de la Carta de Aceptación. 35.2 Los plazos entre cada actualización del Programa serán de treinta (30) días. 35.3 El Programa actualizado deberá formar parte de la solicitud de pago siguiente al período de actualización que corresponda. Su omisión dará lugar a la no aprobación del pago hasta que pueda cumplirse con dicho requerimiento. 41.1 En el evento de que la suspensión tenga su origen en circunstancias no imputables al Contratista o como resultado de un caso fortuito, dicha suspensión podrá ser interpretada como una Variación, debiendo las Partes reunirse a la brevedad posible para confirmar sus efectos, de haberlos. El umbral de las inclemencias del tiempo y otros fenómenos naturales, así como los conflictos sociales o políticos que se consideran caso fortuito o fuerza mayor para los efectos del Contrato son: Huracanes, Tormentas Tropicales, Inundaciones, Terremotos y efectos que se deriven de ellos como deslizamientos, hundimientos o desplazamientos de tierrasignificativos. El Contratista deberá tomar en consideración en su cronograma de ejecución que existen registros públicos que permiten estimar los periodos de lluvia normales según el lugar en el que se ubica el proyecto. Por lo que, deberá tomar en consideración dentro de su estrategia de ejecución las - 60 - Ref. en las CGC Condiciones Particulares del Contrato (CPC) medidas necesarias para no interrumpir la ejecución de la obra por causa de lluvias estacionales normales en la región en la que se ubica el proyecto objeto de esta licitación. 42.6 En caso de suspensión temporal de las Obras por instrucción del CONTRATANTE a través del Gerente de Obras se considerarán gastos no recuperables pagaderos al CONTRATISTA los siguientes: a. el costo del personal que deba necesariamente permanecer en el Sitio de las Obras durante la suspensión y ha sido acordado entre las Partes, b. los costos de administración de obra en cuanto a honorarios, sueldos y prestaciones de personal técnico y administrativo estrictamente necesario y que tenga una función específica durante la suspensión c. los costos indirectos que se hayan generado durante el periodo de suspensión, entre otros el costo de la ampliación de la vigencia de la garantía de cumplimiento de Contrato. C. Control de la Calidad 44.1 El Período de Responsabilidad por Defectos es: Dieciocho (18) meses, posteriores a la entrega emitida por el Gerente de Obras certificando la finalización de las fases 2 y 3, lo queocurra de último. D. Control de Costos 49.1 Los Pagos por Anticipo serán. FASE 1: QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA DÓLARES DE LOS ESTADO UNIDOS DE AMÉRICA CON 54/100. US$. 553,290.54 FASE 2: OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS DOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 47/100. US$. 8,289,302.47 Según la Cláusula 49.1 de los documentos de licitación, el Contratante pagará al CONSORCIO HOSPITAL DE TOCOA un anticipo por el monto estipulado en las CPC en la fecha establecida en las CPC, contra la presentación por el Contratista de una garantía bancaria, fianza o cualquier otro tipo de instrumento financiero de fácil ejecución emitida por instituciones financieras o aseguradoras, aceptable para el Contratante en los mismos montos y monedas del anticipo basada en los formatos incluidos en el Apéndice III. La garantía deberá permanecer vigente hasta que el anticipo pagado haya sido reembolsado. Si la Garantía es emitida por una Institución Financiera bancaria situada fuera del país del Contratante, la institución emisora deberá tener una institución financiera corresponsal en la - 61 - Ref. en las CGC Condiciones Particulares del Contrato (CPC) República de Honduras que permita hacer efectiva la garantía. 50.1 La periodicidad para la entrega de las facturas será de acuerdo con el calendario de actividadesaprobado por el CONTRATANTE. 50.2 El plazo para que el Gerente de Obras verifique las facturas mensuales del CONTRATISTA y, en caso de aceptación, certifique la suma que deberá pagársele es de diez (10) días hábiles. 51.1 Los pagos se realizarán en: Dólares de los Estados Unidos de América. 51.2 El plazo para el pago al CONTRATISTA, de los montos certificados por el Gerente de Obras es de treinta (30) días calendario a partir de la fecha de cada certificación. 52.1 El contrato es emitido en Dólares de los Estados Unidos de América, la misma moneda del pago. 51.3 La tasa de interés para los pagos atrasados es: La tasa establecida para intermediaciones bancarias indicadas por el Banco Central de Honduras en el mes que se incurre el evento. 55.1 El Contrato no está sujeto a ajuste de precios. 56.1 La proporción que se retendrá de los pagos es: del CINCO POR CIENTO (5%). 56.3 La sustitución de la retención posterior a la Fecha de Terminación de las Obras a la que se refiere la subcláusula 56.3 de las CGC será mediante la presentación de una Garantía de Calidad conforme a lo siguiente: Tipo de instrumento: Garantía Bancaria / Fianza de Calidad. Monto: 5% del valor del contrato. Correspondiente a DOS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CUATRO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 62/100 (US$. 2,949,504.62) Vigencia: Doce (12) meses posteriores a la puesta en marcha del Hospital. Si la garantía es emitida por una institución financiera bancaria situada fuera del país del Contratante, la institución emisora deberá tener una institución financiera corresponsal en la Republica de Honduras que permita hacer efectiva la garantía. 57.1 El monto de indemnización por daños y perjuicios está establecido conforme Ley de la Republica de Honduras. El incumplimiento de los plazos parciales previstos al tenor del Artículo 72, párrafos segundo y tercero, de la Ley de Contratación del Estado, contenida en el Decreto No.74-2001 del 1 de Julio de 2001, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de fecha 17 de septiembre de 2001, se sancionará con multa equivalente a - 62 - Ref. en las CGC Condiciones Particulares del Contrato (CPC) CERO PUNTO TREINTA Y SEIS POR CIENTO (0.36%), por cada día de retraso, en relación con el monto total del saldo del contrato. El monto máximo de la indemnización por daños y perjuicios para la totalidad de las obras es del 10% del precio total del Contrato. 57.2 La penalización por subsanar un defecto no corregido por el Contratista será de 200% del costode la corrección del defecto. 58.1 La bonificación para la totalidad de las Obras NO APLICA. El monto máximo de la bonificación por la totalidad de las Obras es: NO APLICA. E. Finalización del Contrato 61.2 Las garantías a ser presentadas son: Tipo de instrumento: Fianza de Conservación de Obra o de calidad o de funcionamiento a favor del Contratante. Monto: 5% del valor original del contrato. Correspondiente a DOS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CUATRO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 62/100 (US$. 2,949,504.62). Vigencia: Dieciocho (18) meses contados a partir de la recepción de la obra (fase 2). La garantía deberá ser fianza, emitida por una institución afianzadora que esté bajo la supervisión de la Comisión Nacional de Bancos de Honduras. Se aceptarán además fianzas emitidas en el extranjero, pero a través de una entidad afianzadora nacional autorizada por la Comisión Nacional de Bancos de Honduras. 64.1 Los Manuales de Operación y Mantenimiento deberán presentarse a más tardar a la finalizaciónde la fase de construcción Los planos actualizados finales deberán presentarse a más tardar el sesenta (60) días calendario después de finalizada la fase de construcción. 64.2 La suma que se retendrá por no cumplir con la presentación de los planos actualizados finales y/o los manuales de operación y mantenimiento en la fecha establecida en las CGC 63.1 es de UN MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA CON 00/100 (US$. 1,000.00) DIARIOS. 65.1(e) El número máximo de días es de sesenta (60) días posteriores a la fecha de finalización prevista para las Fases 1 y 2, y Ciento Ochenta (180) días posteriores a la fecha de finalización prevista de las fases 3 y 4. - 63 - Ref. en las CGC Condiciones Particulares del Contrato (CPC) 67.1 El porcentaje que se aplicará al valor de las Obras no terminadas para fines de pago posteriores a la terminación anticipada es hasta 30 días posteriores (80%). Más de 30 días posteriores 50%. 68.1 Los plazos contractuales para responsabilidad por vicios ocultos posterior a la emisión del Certificado de corrección de defectos son: a. 10 años en caso de fallas o defectos estructurales; b. 5 años cuando se trate de falla o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones; c. 3 años si hubiera fallas o defectos que afecten a elementos de terminaciones o acabados de las obras; y d. 5 años para fallas o defectos que no sean asimilables o equivalentes a los apuntados supra. Seguros: No Aplica

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