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29 de junio de 2026 | La Gaceta No. 37,180
Contrato — Condiciones Generales del Contrato (CGC) - Cláusulas 25 a 53
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Resumen
Estas cláusulas regulan contratos de obras estableciendo que el contratista debe obtener accesos y permisos necesarios, proteger el ambiente, garantizar seguridad en el sitio, cumplir con diseños aprobados y mantener registros. El contratante puede inspeccionar trabajos, suspender obras justificadamente, ordenar cambios (variaciones) y pagar por avances certificados, asumiendo el contratista responsabilidad total del diseño y calidad, con resolución de disputas mediante negociación y arbitraje.
Texto completo
morado el inicio de las actividades pertinentes y que ello constituye un evento
compensable en cuanto afecten la ruta crítica de las Obras.
25.2 En su caso, si el Sitio de las Obras no está contiguo a una vía pública o si el Contratista requierael uso de
un terreno que exceda el Sitio de las Obras, deberá obtener el acceso o uso por su propia cuenta
dentro del plazo estipulado en las CPC y antes de tomar posesión de este, proporcionará al Gerente
de Obras una copia de los permisos necesarios. El Contratista asumirá todos los gastos y cargos por
los permisos de entrada especiales temporales que requiera en conexión con el acceso al Sitio de las
Obras.
El incumplimiento de estas disposiciones conllevará la aplicación del artículo 65.3 de las CGC.
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Condiciones Generales del Contrato (CGC)
26. Acceso al Sitio de las Obras
26.1 El Contratista permitirá al Gerente de Obras y a cualquier persona autorizada por éste, el acceso al
Sitio de las Obras y a cualquier lugar donde se estén realizando o se prevea realizar trabajos
relacionados con el Contrato. El Contratista brindará facilidades y asistencia para dicho acceso de
manera que el Gerente de Obras pueda desempeñar sus funciones conformeal Contrato.
27. Sustentabilidad ambiental y social
27.1 El Contratista deberá tomar todas las medidas razonables para proteger el medio ambiente (tanto
dentro como fuera del Sitio) y limitar el daño y las molestias a las personas y las propiedades
resultantes de la contaminación, el ruido y otros resultados de sus operaciones, descritas conforme a
lo indicado en las CPC.
El Contratista será responsable por las obligaciones en materia ambiental, social y de seguridad y salud
laboral de todas las actividades en el Sitio de las Obras, de conformidad con el Apéndice 2 (Regulaciones
Ambientales y Sociales del Banco), las regulaciones del País del Contratante, y demás estipulaciones
contractuales relacionadas a la materia.
28. Seguridad
28.1 El Contratista asumirá todos los riesgos y las responsabilidades relacionados con la seguridad en la
realización de todas las actividades en el Sitio de las Obras.
28.2 El Contratista deberá adoptar un plan apropiado de seguridad en el Sitio de las Obras, valorandopara ello la
situación de seguridad en el país en el cual se ejecutarán las Obras.
29. Descubrimientos de valor o interés
29.1 Las formas tangibles de patrimonio cultural, tales como objetos tangibles muebles o inmuebles,
estructuras o grupos de estructuras que tienen valor arqueológico (prehistórico), paleontológico,
histórico, cultural, que se encuentren en el Lugar de las Obras quedarán bajo el cuidado y la autoridad
del Contratante. El Contratista tomará precauciones razonables para evitar que su Personal u otras
personas retiren o dañen cualquiera de esos objetos encontrados.
Al descubrirse cualquiera de esos objetos, el Contratista lo notificará prontamente al Gerentede Obras
y acatará las instrucciones al respecto que este imparta.
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Condiciones Generales del Contrato (CGC)
30. Conclusión de las Obras en la fecha prevista
30.1 Sujeto a los requisitos del Contrato con respecto a la conclusión de cualquier sección de las Obras
antes de la conclusión de su totalidad, las Obras completas deberán concluirse en la Fecha Prevista
de Terminación.
31. Consultas, instrucciones y aprobaciones por el Gerente de Obras
31.1 El Gerente de Obras responderá a las consultas sobre las CPC.
31.2 El Contratista deberá cumplir todas las instrucciones del Gerente de Obras que se ajusten a laley
aplicable en el Sitio de las Obras.
31.3 El Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras las memorias de cálculo, los diseños, las
Especificaciones y los Planos que muestren las obras provisionales y permanentes propuestas, quien
deberá aprobarlas si dichas obras cumplen con las Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento,
las Especificaciones mínimas, con el diseño conceptual del Contratante y la Oferta aceptada que fue
presentada por el Contratista (en último término) y losPlanos.
31.4 El Contratista será responsable por el diseño de las Obras Provisionales. La aprobación del Gerente
de Obras no liberará al Contratista de responsabilidad en cuanto al diseño de las ObrasProvisionales.
31.5 El Contratista deberá obtener las aprobaciones del diseño de las Obras Provisionales por partede
terceros cuando sean necesarias.
31.6 Todos los planos preparados por el Contratista para la ejecución de las Obras Provisionales odefinitivas
deberán ser aprobados previamente por el Gerente de Obras antes de su utilización.
32. Diseño de las Obras
32.1 El Contratista diseñará las Obras. El Gerente de Obras aprobará el diseño de las Obras. El
Contratista no podrá iniciar las Obras (incluidas las Obras Preliminares y Obras Provisionales) sin la
aprobación del Gerente de Obras. El Gerente de Obras podrá rechazar el diseño de las obras o parte
del diseño de las obras si no se ciñen a las Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento o no
cumplen con la legislación aplicable.
32.1 El Contratista deberá rectificar los diseños o las partes de los diseños que el Gerente de Obras haya
rechazado. Si el Gerente de Obras rechazará los diseños rectificados, el Gerente de Obras notificará al
Contratista su intención de terminar el Contrato por incumplimiento fundamental del Contratista de
conformidad con la Cláusula 65 de estas CGC.
32.2 El Contratista podrá expresar su conformidad respecto a la decisión del Gerente de Obras determinar el
Contrato según el procedimiento de la Cláusula 65 de estas CGC.
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Condiciones Generales del Contrato (CGC)
32.3 Para los efectos de la aprobación del diseño, cada parte dispone de un plazo máximo de siete
(7) días para emitir su pronunciamiento, decisión, solicitud de rectificación, rechazo, solicitud de
aclaración, aceptación o inconformidad a partir de la notificación del plazo, se entenderá el silencio
como contestación en sentido negativo y las partes procederán en correspondencia.
32.4 Donde sea posible, y si especificado en las CPC, de conformidad con las regulaciones del país del
Contratante, el Contratista es responsable de obtener oportunamente los permisos, licencias y
consentimientos, incluyendo las licencias ambientales y permisos municipales, necesarios para
ejecutar las instalaciones provisionales y las Obras permanentes por el diseñadas. En las CPC, se
identificará los encargados y se definirá el alcance de esta responsabilidad.
32.5 El Contratista es responsable de que el diseño de las obras cumpla con los requisitos ambientales,
sociales, salud y seguridad (ASSS) establecidos en las Especificaciones y Condiciones de
Cumplimiento, y si no se especificaron, en la ley aplicable.
33. Inspecciones y auditorías por parte del Banco
33.1 El Contratista llevará, y hará todo lo razonablemente posible porque sus subcontratistas lleven,
cuentas y registros exactos y sistemáticos de las Obras de la manera y con el detalle que permitan
identificar claramente los cambios pertinentes en plazos y fechas, y los costos.
33.2 El Contratista permitirá y realizará todas las gestiones para que sus Subcontratistas permitan que el
Banco y/o las personas designadas por el Banco realicen supervisiones conforme a los
procedimientos del Banco vigentes en la materia y revisen las cuentas y registros contables del
Contratista y sus subcontratistas relacionados con el proceso de licitación y la ejecución del contrato
y, si así se requiere, lleve a cabo auditorías por medio de auditores designados por el Banco.
33.3 Para estos efectos, el Contratista deberá compilar y conservar todos los documentos y registros
relacionados con el proyecto financiado por el Banco por el periodo indicado en las CPC luego de
terminado el trabajo. Igualmente, entregará al Banco todo documento necesario para la investigación
pertinente sobre denuncias de prácticas prohibidas y ordenará a los individuos, empleados o agentes
del Contratista que tengan conocimiento del proyecto financiado por el Banco a responder a las
consultas provenientes de personal del Banco.
33.4 El Contratistas y sus subcontratistas deberán considerar lo indicado en subcláusula CGC 4.1 que
establece que las acciones encaminadas a impedir el ejercicio de los derechos del Banco de realizar
auditorías y supervisiones constituyen una práctica prohibida sujeta a la rescisión del contrato
(además de la determinación de inelegibilidad, con arreglo a los procedimientos de sanciones
vigentes del Banco).
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Condiciones Generales del Contrato (CGC)
33.5 La aprobación del Gerente de Obras no liberará al Contratista de responsabilidad en cuanto al diseño
de las Obras Permanentes, Preliminares o Provisionales. El único responsable del Diseño es el
Contratista y la aprobación, por parte del Gerente de Obras, no hace a este o al Contratante
responsable del Diseño revisado. La responsabilidad del diseño es exclusiva delContratista.
34. Resolución de controversias
34.1 Para fines de esta cláusula se entenderá como controversia cualquier discrepancia sobre aspectos
técnicos, financieros, administrativos, legales, ambientales o de cualquier otra índole que surjan entre
el Contratista y el Contratante, incluyendo las decisiones del Gerente de Obras, como resultado de la
ejecución de las Obras.
34.2 En caso de cualquier diferencia o reclamación que surja de este Contrato o que guarde relación con
él o con su incumplimiento, las Partes harán todo lo posible por consultarse y negociar entre ellas y,
reconociendo sus intereses en común, tratarán de alcanzar una solución satisfactoria a la
controversia. En su caso, la resolución que adopten sobre el particular deberá constar por escrito y
suscribirse por ambas Partes.
34.3 Si no se concreta un acuerdo conforme la subcláusula CGC 34.2 la controversia se someterá a
mecanismos de conciliación, mediación, amigable composición u otra alternativa de resolución
extrajudicial de conflicto conforme se indica en las CPC. En su caso, estos mecanismos serán
previos al arbitraje.
34.4 Si las partes no han podido resolver la controversia o diferencia dentro del plazo indicado en las CPC
mediante las negociaciones establecidas en la Subcláusula 34.2 de las CGC y el procedimiento
indicado en la subcláusula 34.3. de las CGC, cualquiera de las Partes podrá notificar a la otra Parte
de su intención de iniciar el arbitraje sobre el asunto en disputa. No podrá iniciarse ningún arbitraje
con respecto a dicho asunto a menos que se dé esta notificación.
Cualquier disputa con respecto a la cual se haya dado un aviso de intención para iniciar un arbitraje
de acuerdo con esta Cláusula se resolverá finalmente por arbitraje. El arbitraje podrá iniciarse antes o
después de la terminación de las Obras. Los procedimientos de arbitraje se llevarán a cabo de
conformidad con las normas de procedimiento especificadas en las CPC.
34.5 A pesar de cualquier referencia al arbitraje o cualquier otro mecanismo de solución de
controversias en este documento,
a. las Partes continuarán cumpliendo con sus respectivas obligaciones en virtud del Contrato a
menos que acuerden otra cosa; y
b. el Contratante deberá pagar al Contratista cualquier dinero que se le adeude que no seaparte del
objeto de la disputa.
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Condiciones Generales del Contrato (CGC)
B. CONTROL DE PLAZOS
35. Programa
35.1 Dentro del plazo especificado en las CPC y después de la fecha de la Carta de Aceptación, el
Contratista presentará al Gerente de Obras para su aprobación un Programa en el que se indique el
orden de procedimiento (organización, secuencia y el calendario de ejecución) y el método que
propone para ejecutar todas las actividades relativas a las Obras. En la preparación de su Programa
de trabajo el Contratista deberá otorgar la debida consideración a la prioridad que requieran ciertos
trabajos.
35.2 El Contratista actualizará el Programa en intervalos iguales que no excedan el periodo establecido
en las CPC para reflejar los avances reales logrados en cada actividad y los efectos de tales
avances en el calendario de ejecución de las tareas pendientes, incluida cualquier modificación en la
secuencia de las actividades, y se presentará al Gerente de Obras para su aprobación
35.3 Si el Contratista no presenta dicho Programa actualizado dentro del plazo señalado en la CGC 35.2, el
Gerente de Obras podrá retener el monto especificado en las CPC del próximo certificado de pago y
continuar reteniendo dicho monto hasta el pago que prosiga a la fecha en la cual el Contratista haya
presentado el Programa atrasado.
35.4 La aprobación del Programa por el Gerente de Obras no modificará de manera alguna las
obligaciones del Contratista. El Contratista podrá modificar el Programa y presentarlo nuevamente al
Gerente de Obras en cualquier momento. El Programa modificado deberá contemplar los efectos de
las Variaciones y de los Eventos Compensables.
36. Reuniones administrativas en el Sitio de las Obras
36.1 Tanto el Gerente de Obras como el Contratista podrán solicitar a la otra parte que asista a reuniones
administrativas. El objetivo de dichas reuniones será la revisión de aspectos relacionados al diseño
de las Obras, los permisos, reubicación de servicios públicos, servidumbres, derechos de paso,
derechos de vía, reubicación de viviendas y negocios, tránsito de vehículos, seguridad vial, medidas
ambientales, de la programación de los trabajos pendientes y la resolución de asuntos planteados
conforme con el procedimiento de Advertencia Anticipada descrito en la Cláusula 40 de estas CGC.
36.2 El Gerente de Obras deberá llevar un registro de lo tratado en las reuniones administrativas y
suministrar copias del mismo a los asistentes y al Contratante. Ya sea en la propia reunión o con
posterioridad a ella, el Gerente de Obras deberá decidir y comunicar por escrito a todos losasistentes sus
respectivas obligaciones en relación con las medidas que deban adoptarse.
36.3 El Contratista deberá asegurar la participación de los diseñadores y de la Supervisión Técnicadel
Contratista en las Reuniones Administrativas, cuando así lo notifique el Gerente de Obras.
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Condiciones Generales del Contrato (CGC)
37 . Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación
37.1 El Contratista podrá solicitar una prórroga de la Fecha Prevista de Terminación cuando se produzca
un Evento Compensable o se ordene una Variación que imposibilite la terminación de las Obras en
esa fecha. La solicitud de dicha extensión debe realizarse antes de que el Contratista lleve a cabo las
modificaciones o las adiciones en las Obras ordenadas a través deuna Variación.
37.2 Dentro de los veintiún (21) días siguientes a la fecha en que el Contratista solicite al Gerente deObras una
decisión sobre los efectos de una Variación o de un Evento Compensable y
proporcione toda la información que lo sustente, el Gerente de Obras determinará si debe
prorrogarse la Fecha Prevista de Terminación y por cuánto tiempo. Esta prórroga será sin que el
Contratista adopte medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos restantes,lo que le
generaría costos adicionales.
37.3 El Gerente de Obras prorrogará la Fecha Prevista de Terminación cuando se produzca un Evento
Compensable o se ordene una Variación que haga imposible terminar las Obras en esa fecha.
37.4 Si el Contratista no hubiere dado aviso oportuno acerca de una demora o no hubiere cooperado para
resolverla, la demora debida a esa falla no será considerada para determinar la nueva Fecha Prevista
de Terminación.
38. Aceleración de las Obras
38.1 Si el Gerente de Obras considera que el ritmo de ejecución de las Obras o de parte de ella es
demasiado lento para asegurar la terminación total de las Obras en la Fecha Prevista de Terminación
o en la fecha de cualquier prórroga a ésta, el Gerente de Obras notificará al Contratista por escrito y
el Contratista adoptará de inmediato las medidas que considere necesarias, y que el Gerente de
Obras apruebe, para reprogramar la ejecución de las Obras de manera que quede terminada
totalmente en la Fecha Prevista de Terminación o en la fechade cualquier prórroga a ésta.
38.2 Cuando el Contratante quiera que el Contratista finalice las Obras antes de la Fecha Prevista de
Terminación, el Gerente de Obras deberá solicitar al Contratista ofertas valoradas para conseguir la
necesaria aceleración de la ejecución de los trabajos. Si el Contratante aceptara dichas ofertas, la
Fecha Prevista de Terminación será modificada como corresponda y ratificada por el Contratante y el
Contratista.
38.3 Si las ofertas con precios del Contratista para acelerar la ejecución de los trabajos son aceptadas por el
Contratante, dichas ofertas se tratarán como Variaciones y los precios de las mismas seincorporarán al
Precio del Contrato.
38.4 Cualquier recuperación de ritmo de ejecución debido o atribuible a retrasos del Contratistaconforme
al Programa no son considerados aceleración.
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Condiciones Generales del Contrato (CGC)
39. Demoras ordenadas por el Gerente de Obras
39.1 El Gerente de Obras podrá ordenar al Contratista que demore la iniciación o el avance de cualquier
actividad comprendida en las Obras. Esta orden debe quedar documentada y será comunicada por
escrito, debiendo incluir las razones que la justifican.
40. Advertencia anticipada
40.1 El Contratista deberá advertir al Gerente de Obras lo antes posible sobre futuros posibles eventos o
circunstancias específicas que puedan perjudicar la calidad de los trabajos, elevar elPrecio del Contrato
o demorar o alterar la ejecución de las Obras. El Gerente de Obras podrá solicitarle al Contratista que
presente una estimación de los efectos esperados que el futuro evento o circunstancia podrían tener
sobre el Precio del Contrato y la Fecha de terminación. El Contratista deberá proporcionar dicha
estimación tan pronto como le sea razonablemente posible.
40.2 El Contratista colaborará con el Gerente de Obras en la preparación y consideración de posibles maneras
en que cualquier participante en los trabajos pueda evitar o reducir los efectos de dicho evento o
circunstancia y para ejecutar las instrucciones que consecuentemente ordenare el Gerente de Obras.
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Condiciones Generales del Contrato (CGC)
41. Caso fortuito o fuerza mayor
41.1 Para los efectos de este Contrato se entiende indistintamente como caso fortuito o de fuerza mayor a
un acontecimiento que no podía haber sido previsto - pero, aunque lo hubiera sido, no habría podido
evitarse o resistirse, que es ajeno a la voluntad de las Partes y que no se origina por descuido o
negligencia de alguna de las Partes. Los eventos de fuerza mayor o caso fortuito hacen imposible o
muy poco viable el cumplimiento de las obligaciones contractuales aun cuando se haya actuado con
la mayor diligencia posible y a pesar de ello ha sucedido el hecho imprevisible que imposibilita el
cumplimiento.
Sin ser limitativos, tales eventos pueden incluir: actos y resoluciones gubernamentales en su calidad
soberana, guerras o revoluciones, toma de rehenes, toma de instalaciones o del sitio del proyecto,
crisis, actos terroristas, sabotaje, bloqueos, incendios, inundaciones, terremotos, explosiones,
huracanes, epidemias, restricciones de cuarentena, embargos de cargamentos y otras causas
reconocidas como fuerza mayor o caso fortuito.
En las CPC se define, de ser aplicable, el umbral de las inclemencias del tiempo y otros fenómenos
naturales, así como los conflictos sociales o políticos que se consideran fuerza mayor para los
efectos del Contrato.
41.2 En caso de que ocurriera alguno de los eventos que constituyen caso fortuito o causa de fuerza
mayor o de tener conocimiento de la posibilidad de la ocurrencia de un evento que pueda
considerarse como caso fortuito o fuerza mayor y, tan pronto como sea posible después, el
Contratista notificará por escrito con detalles completos al Gerente de Obras si por dicha razón se ve
total o parcialmente imposibilitado de cumplir con sus obligaciones y responsabilidades contraídas en
virtud del Contrato e indicará, en su caso, el tiempo que considera será necesario suspender los
trabajos en el Sitio de las Obras. El Gerente de Obrasdeberá certificar la suspensión del Contrato.
41.3 El Contratista deberá disponer las medidas de seguridad necesarias en el Sitio de las Obras y
suspender los trabajos a la brevedad posible después de recibir este certificado.
41.4 Cuando las Obras se vean interrumpidas por un caso fortuito o de fuerza mayor, el plazo de
ejecución de las Obras se prorrogará por el mismo tiempo que la imposibilidad de cumplimiento
continúe.
41.5 En caso de que el acontecimiento de cualquier hecho que constituya caso fortuito o fuerza mayor
interrumpa o suspenda el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones sustanciales de cualquiera
de las Partes por un periodo continuo de noventa (90) días, y las Partes no pudieren llegar a un
acuerdo para modificar los términos del Contrato durante dicho período el Contratista tendrá el
derecho de solicitar la terminación del Contrato y el Contratante resolverá y, en su caso, dará por
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Condiciones Generales del Contrato (CGC)
terminado el Contrato.
41.6 En caso de terminación del Contrato deberán pagarse al Contratista todos los trabajos realizados
antes de la recepción del certificado, así como cualesquiera trabajos ejecutados posteriormente
sobre los cuales se hubieran adquirido compromisos.
42. Suspensión temporal de la ejecución de las Obras
42.1 El Gerente de Obras podrá, por escrito, ordenar al Contratista la suspensión temporal de la ejecución
de las Obras por el tiempo y en la forma en que lo determine por cualquier causa justificada sin que
ello implique la terminación del Contrato y sin perjuicio de lo establecido en la subcláusula 65.2 de estas
CGC. La notificación deberá incluir las causas que motivan y justificandicha suspensión, así como la fecha
de su inicio y el plazo para la probable reanudación de las Obras.
Si la fecha estimada de reanudación de las Obras está ligada a un hecho o acto de realización cierto, pero
de fecha indeterminada, el periodo de suspensión estará sujeto a la actualización de ese evento.
Cada parte debe en todo momento usar todos los esfuerzos razonables para minimizar cualquierretraso en la
ejecución del Contrato.
42.2 Una vez notificada la suspensión temporal, el Contratista tomará todas las acciones necesarias en lo
relativo a su personal, así como las medidas para proteger y asegurar físicamente los trabajos
ejecutados y el Equipo y Planta que se encuentre en el Sitio de las Obras durante el periodo de
suspensión.
42.3 El Superintendente de Obras elaborará y presentará al Gerente de Obras para su certificación un
informe sobre el estado de ejecución al momento de la suspensión que incluya la descripción de los
conceptos de obra ejecutados y de los materiales que se encuentran almacenados.
42.4 Antes del vencimiento del plazo de suspensión, el Gerente de Obras notificará por escrito al
Contratista que ya desapareció la causa que dio origen a la suspensión y la fecha en la que deberá
reanudar los trabajos.
42.5 La Fecha Prevista de Terminación se prorrogará por el mismo periodo que dure la suspensión
considerando lo establecido en la subcláusula 37.4 de estas CGC.
42.6 En caso de suspensión de las Obras por instrucción del Contratante se pagará al Contratista las
Obras ejecutadas hasta el momento de la suspensión, así como el monto fundamentadode los gastos
no recuperables en que incurra el Contratista por los días posteriores a la suspensión hasta la
reanudación de las Obras conforme se describe en las CPC.
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Condiciones Generales del Contrato (CGC)
42.7 Cuando la suspensión de las Obras se derive de un caso fortuito o fuerza mayor de conformidad con
la subcláusula 41.2, aplicará lo indicado en la subcláusula 42.3 supra, pero el informe deberá incluir
las causas de fuerza mayor o caso fortuito que impiden la ejecuciónde las Obras, el dictamen técnico
en que se sustenta la suspensión de los trabajos, la temporalidad de la suspensión prevista y la fecha
estimada de reinicio de las Obras.
42.8 En caso de suspensión de las Obras por caso fortuito o fuerza mayor se pagará al Contratistalas Obras
ejecutadas hasta el momento de la suspensión y los gastos fundamentados de mantenimiento del
Equipo del Contratista en el Sitio de la Obra, así como los correspondientes al personal permanente
del Contratista mínimo indispensable que tenga una función específica durante la suspensión.
42.9 Durante el período de suspensión de las Obras por cualquier causa no imputable al Contratista, el
Contratista tendrá derecho al pago del valor de plantas y materiales que no han sido entregadas en el
sitio pero que estaban programados para éste período si: (i) Las obras han sido suspendidas por más
de 28 días y el contratista provee evidencia que esta planta y materiales cumplen con la calidad y
especificaciones requeridas por el contrato; (ii) El Contratista ha marcado la planta y materiales como
propiedad del contratante, de acuerdoa las instrucciones del Gerente de Obras.
42.10 En cualquier caso, de suspensión temporal de las Obras, el Contratista deberá extender el plazo de la
Garantía de cumplimiento en el mismo plazo de la duración de la suspensión y presentar al Gerente de
Obras la correspondiente garantía extendida.
C. CONTROL DE CALIDAD
43. Identificación de defectos y pruebas
43.1 El Contratista es responsable por la calidad de los diseños y de los trabajos y deberá asignar las tareas de
control de calidad a la Supervisión Técnica con experiencia y suficientes recursos para la realización de
las tareas. El Gerente de Obras controlará el trabajo del Contratista y le notificará de cualquier
defecto que encuentre. Dicho control no modificará de manera algunalas obligaciones del Contratista.
Como consecuencia de esas observaciones, el Gerente de Obras podrá ordenar al Contratista que
reemplace o refuerce la Supervisión Técnica o de cualquiera miembro de esta, cuando note
deficiencias, ausencias o insuficiencias o falta de idoneidad u oportunidad en la inspección de las
Obras. El Gerente de Obras debe tener acceso irrestricto a los resultados de todas las pruebas del
Contratista, especialmente aquellas resultantes del control y aseguramiento de calidad que realiza la
Supervisión Técnica del Contratista.
43.2 El Gerente de Obras podrá ordenar al Contratista que localice un defecto y que ponga al descubierto
y someta a prueba cualquier trabajo que considere pudiera tener algún defecto, inclusive si la prueba
no está contemplada en las Especificaciones. Si la prueba revela que síexiste el defecto, el Contratista
pagará el costo de la prueba y de las muestras. Si no se encuentra ningún defecto, la prueba se
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Condiciones Generales del Contrato (CGC)
considerará un Evento Compensable.
44. Corrección de defectos y defectos no corregidos
44.1 El Gerente de Obras notificará al Contratista todos los defectos de que tenga conocimiento antes de que
finalice el Período de Responsabilidad por Defectos, que inicia en la Fecha de terminación y se define
en las CPC. El Período de Responsabilidad por Defectos se prorrogará mientras queden defectos por
corregir.
44.2 Cada vez que se notifique un defecto, el Contratista deberá corregirlo dentro del plazo
especificado en la notificación del Gerente de Obras.
44.3 Si el Contratista no corrige un defecto dentro del plazo especificado en la notificación mencionada en
la subcláusula 44.2, el Gerente de Obras estimará el precio de la corrección del defecto y el Contratista
deberá pagar dicho monto a valores de mercado más una penalización conforme se indica en la
subcláusula 57.2 de estas CGC, siendo el precio de la actividad que elContratista ha previsto meramente
referencial. El Contratante tendrá derecho a emplear y pagar a otras personas para ejecutar este trabajo
de corrección y todos los gastos en que se incurra oque se deriven de esto podrán deducirse de cualquier
suma adeudada o que se pueda adeudaral Contratista.
D. CONTROL DE COSTOS
45. Lista de actividades, programa y precio del Contrato
45.1 La Lista de Actividades se usa para calcular el Precio del Contrato. La Lista de Actividades muestra
la secuencia y duraciones de las actividades y deberá contener los rubros correspondientes al
diseño, construcción, el montaje, las pruebas y los trabajos de puesta en servicio que deba ejecutar el
Contratista.
45.2 La Lista de Actividades será actualizada por el Contratista para incorporar las modificaciones en el
Calendario de Actividades o método de trabajo que haya introducido el Contratista por su propia
cuenta. Los precios de la Lista de Actividades no sufrirán modificación alguna cuando el Contratista
introduzca tales cambios.
45.3 Al Contratista se le paga por el avance certificado por el Gerente de Obras en las actividades o parte
de las actividades definidas en la Lista de Actividades, de conformidad con las "proyecciones de flujo
de efectivo" de la Cláusula 48.1 y sus actualizaciones aprobadas.
45.4 Cuando se actualice el Calendario de Actividades, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de
Obras una proyección actualizada del flujo de efectivo. Dicha proyección podrá incluir las diferentes
monedas que, en su caso, se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las
tasas de cambio del Contrato.
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Condiciones Generales del Contrato (CGC)
46. Modificaciones a la Lista de Actividades
46.1 La Lista de Actividades será modificada por el Contratista para incorporar las modificaciones en el
Programa o método de trabajo que haya introducido el Contratista por su propia cuenta. Los precios de
la Lista de Actividades no sufrirán modificación alguna cuando el Contratista introduzca tales
cambios. La Lista de Actividades será modificada por el Contratista para incorporar las
modificaciones en el Programa o método de trabajo que haya introducido el Contratista por su propia
cuenta. Los precios de la Lista de Actividades no sufrirán modificación alguna cuando el Contratista
introduzca tales cambios.
47. Variaciones (Órdenes de cambio)
47.1 El Gerente de Obras puede solicitar al Contratista, mediante órdenes de cambio, introducir cualquier
Variación a la forma, el tipo o la calidad de las Obras o de cualquier parte de éstas que considere
necesaria.
47.2 Dentro de los siete (7) días siguientes a la solicitud, o dentro de un plazo mayor si el Gerentede Obras
así lo hubiera determinado, el Contratista deberá presentar la cotización para la ejecución de la
Variación. Antes de ordenar la Variación, el Gerente de Obras analizará la cotización que presente el
Contratista.
47.3 Si el Gerente de Obras no considerase la cotización del Contratista razonable, podrá ordenar laVariación
y modificar el Precio del Contrato basado en su propia estimación de los efectos de laVariación sobre los
costos del Contratista.
47.4 Si el Gerente de Obras decide que la urgencia de la Variación no permite obtener y analizar unacotización
sin demorar los trabajos, no se solicitará cotización alguna y la Variación se considerará como un
Evento Compensable.
47.5 El Contratista no tendrá derecho al pago de costos adicionales que podrían haberse evitado sihubiese
hecho la Advertencia Anticipada pertinente.
47.6 Todas las Variaciones deberán incluirse en el Calendario y Lista de actividades actualizados quepresente el
Contratista.
48. Proyecciones de flujo de efectivo
48.1 Cuando se actualice el Programa de trabajo o Calendario de Actividades, el Contratista deberá
proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivo. Dicha proyección
podrá incluir las diferentes monedas que, en su caso, se estipulen en el Contrato, convertidas según
sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato.
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Condiciones Generales del Contrato (CGC)
49. Pago de anticipo
49.1 El Contratante pagará al Contratista un anticipo por el monto estipulado en las CPC en la fecha
establecida en las CPC, contra la presentación por el Contratista de una garantía bancaria, fianza o
cualquier otro tipo de instrumento financiero de fácil ejecución emitida por instituciones financieras o
aseguradoras, aceptable para el Contratante en los mismos montos y monedas del anticipo basada
en los formatos incluidos en el Apéndice III. La
garantía deberá permanecer vigente hasta que el anticipo pagado haya sido reembolsado; no
obstante, el monto de la garantía será reducido progresivamente en las cantidades
reembolsadas por el Contratista. El anticipo no devengará intereses.
49.2 El Contratista deberá usar el anticipo únicamente para pagar equipos, planta, materiales y gastos de
movilización que se requieran específicamente para la ejecución del Contrato. El Contratista deberá
demostrar que ha utilizado el anticipo para tales fines mediante la presentación al Gerente de Obras
de copias de las facturas correspondientes u otrosdocumentos.
49.3 El anticipo será reembolsado mediante la deducción de montos proporcionales de los pagos que se
adeuden al Contratista, de conf
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Contrato — Condiciones Generales del Contrato de Construcción - Definiciones y Disposiciones Preliminares
Decreto | 2026
Contrato — Condiciones Generales del Contrato para Obras de Construcción
Decreto | 2026
Contrato — Condiciones Generales del Contrato - Disposiciones Generales
Decreto | 2026
Contrato — Condiciones Generales de Contrato para Suministro de Bienes - Cláusulas 4 a 35
Este documento establece las reglas generales para contratos de compra de bienes. Define que los precios no pueden cambiar sin autorización, los pagos deben hacerse en 60 días, el proveedor debe garantizar los productos por 12-18 meses, y cualquier disputa se resuelve por arbitraje. También exige que proveedores y bienes sean de países miembros del Banco, y protege derechos de patentes e información confidencial de ambas partes.
Decreto | 2026
Contrato — Condiciones Generales de Contrato (CGC) y Condiciones Especiales de Contrato (CEC) - Servicios de Banda Ancha
Este decreto establece las condiciones contractuales para servicios de banda ancha en Honduras por $9.2 millones. Define cómo el proveedor debe entregar servicios, cómo se paga (20% anticipo y 80% mensual), las garantías requeridas (10% del contrato), y las consecuencias por incumplimiento, incluyendo multas por retrasos y derecho del comprador a rescindir el contrato.
Decreto | 2026