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29 de junio de 2026 | La Gaceta No. 37,180
Contrato — Condiciones Generales del Contrato (CGC)
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Resumen
Las Condiciones Generales del Contrato (CGC) establecen las reglas fundamentales para la ejecución de obras de construcción financiadas. Define derechos y obligaciones del contratista, contratante y subcontratistas; requiere seguros, diseño profesional de obras, confidencialidad, integridad en las transacciones y gestión de riesgos durante toda la ejecución del proyecto.
Texto completo
Condiciones Generales del Contrato (CGC)
nn. Precios unitarios: es el precio por unidad de medida de cada actividad, concepto o partida que
conforman el proyecto de obra integrado considerando los elementos de costos directos, costos
indirectos, costo por financiamiento, cargo por la utilidad y cargosadicionales.
oo. Prestatario/Beneficiario: persona jurídica pública, indicada en las CPC, que ha suscrito un
contrato o convenio para el financiamiento de una operación con el Banco y que generalmente
nombra un organismo ejecutor para su ejecución.
pp. Sitio de las Obras: es el terreno y otros lugares sobre, debajo de, en o a través de los cuales se
construirá(n) la Obra y las Obras Provisionales y definido como tal en las CPC.
qq. Subcontratista: se refiere a cualquier persona natural o jurídica, con quienes el Contratista ha
subcontratado la ejecución de cualquier parte de las Obras, y que incluye trabajos en el Sitio de
las Obras.
rr. Superintendente de construcción: es la persona nombrada por el Contratista, de conformidad
con la cláusula 14 de las CGC, cuyo nombre se indica en las CPC y que será el representante
permanente del Contratista en el Sitio de las Obras para actuar en nombre y representación del
Contratista y para recibir notificaciones del Contratante.
ss. Tercero: se entiende cualquier persona o entidad que no sea el Prestatario/Beneficiario,el
Contratante, el Contratista o un Subcontratista.
tt. Trabajos por administración: son una variedad de trabajos que se pagan en base al tiempo
utilizado por los empleados y los equipos del Contratista, además de los pagos por concepto de
los materiales y los bienes de planta conexos.
uu. Variación: es una instrucción impartida por el Gerente de Obras que modifica las Obras.
vv. Vicios ocultos: defectos constructivos o errores en el proyecto de las Obras a los que se refiere
la cláusula 68 de las CGC que no pudieron ser detectados durante la ejecución y recepción de las
Obras y que se hacen evidentes en fechas posteriores a la emisión del Certificado de corrección
de defectos y de terminación de las Obras.
ww. Fecha de entrada en vigor: se entiende la fecha en la que el presente Contratocomience
a regir y tenga efecto conforme a lo indicado en las CPC.
xx. Plazo de Vigencia del Contrato: Período comprendido desde la fecha de entrada envigor del
contrato a la fecha de aprobación de la liquidación del mismo.
2. Interpretación
2.1 Excepto cuando el contexto exija lo contrario:
a. palabras que indican el singular también incluyen el plural y las palabras que indican elplural
también incluyen el singular;
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Condiciones Generales del Contrato (CGC)
b. palabras indicando un género incluyen todos los géneros
c. disposiciones que incluyen la palabra "aceptar", "acordado" o "acuerdo" requieren queel
acuerdo se registre por escrito; y firmadas por ambas Partes;
d. "escrito" o "por escrito" significa escrito a mano, escrito a máquina, impreso o producido
electrónicamente siempre que dé como resultado un registro permanente;
e. la palabra "propuesta" es sinónimo de "oferta" y "ofertante" con "proponente" y las
palabras "bases de licitación" con "documentos de licitación".
2.2 Los encabezamientos o títulos de las cláusulas no tienen relevancia por sí mismos. Las palabras que
se usan en el Contrato tienen su significado habitual a menos que se las defina específicamente. El
Gerente de Obra será responsable de proporcionar las aclaraciones pertinentes a las consultas sobre
estas CGC.
2.3 Si las CPC estipulan la terminación de las Obras por secciones, las referencias que en las CGC se
hacen a las Obras, a la Fecha de terminación y a la Fecha Prevista de Terminación aplican a cada
sección de las Obras (excepto las referencias específicas a la Fecha de terminación y de la Fecha
Prevista de Terminación de la totalidad de las Obras).
2.4 Totalidad del acuerdo
El Contrato constituye la totalidad de lo acordado entre Contratante y Contratista y sustituye todas las
comunicaciones, negociaciones y acuerdos (escritos o verbales) realizados entre las partes con
anterioridad a la fecha de celebración del Contrato.
2.5 Enmienda
Ninguna enmienda u otra variación al Contrato será válida a menos que sea hecha por escrito, esté
fechada, se refiera expresamente al Contrato y esté firmada por un representante de cada una de las
partes debidamente autorizado.
2.6 Limitaciones de dispensas
a. Con sujeción a lo indicado en la subcláusula siguiente de las CGC, ninguna dilación, tolerancia,
demora o aprobación por cualquiera de las partes al hacer cumplir algún término y condición del
Contrato, así como tampoco el otorgamiento de prórrogas por una de las partes a la otra,
perjudicará, afectará o limitará los derechos de esa parte en virtud del Contrato. Asimismo,
ninguna dispensa concedida por cualquiera de las partes por incumplimiento del Contrato se
considerará dispensa para incumplimientos posteriores ocontinuos del Contrato.
b. Toda dispensa de los derechos, facultades o remedios de una de las partes en virtud del Contrato
deberá otorgarse por escrito, llevar la fecha y estar firmada por un representante autorizado de la
parte que la otorga, y deberá especificar la obligación que está
dispensando y el alcance de la dispensa.
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Condiciones Generales del Contrato (CGC)
3. Divisibilidad
3.1 Si cualquier disposición o condición del Contrato fuese prohibida, declarada nula, inválida o fuese
inejecutable, dicha prohibición, nulidad, invalidez o falta de ejecución no afectará la validez o el
cumplimiento de las otras disposiciones o condiciones del Contrato.
4. Disposiciones de integridad
4.1 El Prestatario / Beneficiario, el Contratante, el Contratista y todas las personas naturales o jurídicas
que participen o presten servicios en proyectos u operaciones financiadas directa o indirectamente por
el Banco y bajo cualquier condición, estarán sujetos al cumplimiento de
las disposiciones establecidas en el Apéndice 1 (Disposiciones de Integridad).
4.2 El Contratante exige al Contratista que proporcione información sobre comisiones u honorarios, si los
hubiere, pagados o pagaderos a agentes o terceros en relación con el proceso de selección o la
ejecución del Contrato. La información suministrada deberá incluir por lo menos el nombre y la
dirección del agente o tercero, la cantidad y moneda, y el propósito de la comisión, la gratificación o los
honorarios. El incumplimiento de este requisito podrá dar
lugar a la rescisión del Contrato o a sanciones impuestas por el Banco
5. Idioma
5.1 El idioma que rige el Contrato y las comunicaciones entre las Partes será el idioma oficial del
contratante, detallado en las CPC
5.2 Los documentos relativos al Contrato y toda la documentación impresa que forme parte del Contrato
podrán estar en otro idioma siempre que vayan acompañados de una traducción precisa de los
contenidos pertinentes al idioma oficial detallado en la cláusula 5.1 de los CPC. En caso de conflictos
de interpretación prevalecerá la traducción.
5.3 El Contratista asumirá todos los costos de la traducción (al idioma oficial detallado en la cláusula 5.1
de las CPC) de la documentación que proporcione en otro idioma, así como los riesgos derivados de
las posibles imprecisiones de dichos documentos.
6. Ley aplicable
6.1 El Contrato se regirá por las leyes del País del Contratante y se interpretará conforme a dichasleyes a
menos que en las CPC se indique otra cosa.
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Condiciones Generales del Contrato (CGC)
7. Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA)
7.1 Si el Contratista es una APCA, los integrantes autorizan al integrante indicado en las CPC
para que ejerza en su nombre todos los derechos y cumpla todas las obligaciones del
Contratista frente al Contratante en virtud de este Contrato, incluso, entre otras cosas, recibir
instrucciones y percibir pagos de este último. La composición o constitución del APCA no podrá ser
alterada sin el previo consentimiento por escrito del Contratante.
8. Origen del Subcontratista, materiales, equipos y servicios
8.1 Los subcontratistas podrán ser originarios de cualquier país, a menos que se especifique diferente
en las CPC.
8.2 Los materiales, equipos y servicios que se suministrarán en virtud del Contrato pueden tener origen en
cualquier país, a menos que se especifique diferente en las CPC. En dicho caso, a solicitud del
Contratante, se podrá pedir al Contratista que presente evidencias del origen de los materiales,
equipos y servicios.
9. Confidencialidad
9.1 Las Partes mantendrán la más estricta confidencialidad respecto de toda la información a la que
tendrán o han tenido acceso en virtud de la suscripción del Contrato y que incluye la información que
haya sido proporcionada por una Parte a la otra de manera escrita, ya sea por medio electrónico y/o
impreso, o aquella información a la que hayan tenido acceso.
Esta obligación de confidencialidad se hace extensiva a todos los subcontratistas y funcionarios que
las Partes utilicen o estén vinculados con la ejecución de las Obras objeto del Contrato.
9.2 Toda información que el Contratante proporcione al Contratista en relación con el Contrato,
incluyendo mapas, dibujos técnicos, fotografías, planos, informes, recomendaciones, estimaciones
presupuestarias, documentos o cualquier otra información técnica, comercial y de otra índole, así
como toda información desarrollada por el Contratista que refleje dicha información, será propiedad
exclusiva del Contratante. El Contratista no podrá usar dicha información para cualquier otro
propósito que no sea el del cumplimiento de sus obligaciones de conformidad con el Contrato. El
Contratista debe mantener y tratar dicha información como propiedad confidencial del Contratante y
abstenerse de divulgar dicha información a cualquier tercero, a menos que cuente con el
consentimiento previo y por escrito del Contratante.
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Condiciones Generales del Contrato (CGC)
9.3 No obstante, lo estipulado en la subcláusula 9.2, el Contratista tendrá el derecho de divulgar, en su
caso, a los Subcontratistas o proveedores la información que pueda ser necesaria para el cumplimiento
de sus obligaciones de conformidad con el Contrato, siempre y cuando el Subcontratista o proveedor
de Equipos y Materiales correspondiente haya celebrado un convenio de confidencialidad con el
Contratista en términos substancialmente similares a losestablecidos en las subcláusulas 9.1 y 9.2.
El Contratista asumirá responsabilidad por cualquier mal uso o divulgación por los Subcontratistas o
proveedores en cuestión de dicha información o por cualquier incumplimiento de los mismos con sus
respectivos convenios de confidencialidad.
9.4 La obligación de las Partes de conformidad con las subcláusulas 9.1a 9.3 de las CGC arriba
mencionadas, no aplicará a información que:
a. el Contratante o el Contratista requieran compartir con el Banco u otras instituciones que
participan en el financiamiento del Contrato;
b. actualmente o en el futuro se hace de dominio público sin infracción de ninguna de las Partes;
c. puede comprobarse que estaba en posesión de esa Parte en el momento que fue
divulgada y no fue obtenida previamente directa o indirectamente de la otra Parte; o
d. de otra manera fue legalmente puesta a la disponibilidad de esa Parte por una terceraparte
que no tenía obligación de confidencialidad.
9.5 Las obligaciones de confidencialidad asumidas por las Partes en virtud de las disposiciones
contenidas en la cláusula 9 subsistirán ininterrumpida y permanentemente con toda fuerza yvigor aún
después de terminado o vencido el plazo del Contrato, en el país del Contratante oen el extranjero.
9.6 Cualquier uso indebido de la información confidencial a que tuviere acceso el Contratista será
considerado una violación a las obligaciones de confidencialidad y, por tanto. se hará acreedor a las
penas, sanciones y responsabilidad civil respecto de la reparación del daño material o la
indemnización por daños y perjuicios, de conformidad con lo previsto en la ley aplicable.
10. Conflicto de interés
10.1 El Contratista adoptará todas las medidas necesarias para evitar cualquier situación de conflicto de
intereses y comunicará estas obligaciones a sus subcontratistas, a su personal y a toda persona
autorizada para representarle o tomar decisiones a su nombre.
10.2 Durante la vigencia del Contrato, ni el Contratista, incluyendo a todo su personal, ni sus
subcontratistas podrán:
a. Participar directa o indirectamente en actividades comerciales o profesionales en el País del
Contratante que sean incompatibles con sus obligaciones en virtud del Contrato,
b. Contratar a empleados públicos en actividad o en cualquier tipo de licencia para querealicen
actividades en virtud de este Contrato,
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Condiciones Generales del Contrato (CGC)
c. Cualquier otra actividad adicional que se especifique en las CPC.
10.3 De ser aplicable, al concluir el Contrato ni el Contratista ni sus subcontratistas podrán realizar las
actividades que se especifican en las CPC.
11. Representantes autorizados
11.1 El representante autorizado del Contratante para la administración del Contrato es el Gerente de Obras,
definido en la subcláusula 1.1 u) de las CPC.
El representante autorizado del Contratista en el Sitio de las Obras es el Superintendente de
Construcción, nombrado en la subcláusula 1.1 rr) de las CPC.
11.2 Salvo cuando se especifique otra cosa, las personas designadas como representantes autorizados
podrán adoptar cualquier medida que el Contratante o el Contratista deba o pueda adoptar en virtud
de este Contrato, y podrán firmar en nombre de éstos cualquier documento que conforme a este
Contrato deba o pueda firmarse.
12. Decisiones del Gerente de Obras
12.1 Salvo cuando se especifique otra cosa, el Gerente de Obras, en representación del Contratante,
decidirá sobre cuestiones contractuales que se presenten entre el Contratante yel Contratista
El Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras las memorias de cálculo, los diseños, las
Especificaciones y los Planos que muestren las obras provisionales y permanentes
propuestas, quien deberá aprobarlas si dichas obras cumplen con las Especificaciones y Condiciones
de Cumplimiento, las Especificaciones mínimas, con el diseño conceptual del Contratante y la Oferta
aceptada que fue presentada por el Contratista (en último término) y losPlanos.
12.2 El Contratista será responsable por el diseño de las obras provisionales y permanentes de
conformidad con las mejores prácticas de la ingeniería, los códigos y las normas de construcción del País
del Contratante, y si estos no existieran, con normas y códigos internacionalmente aceptados según
la determinación del Gerente de Obras.
12.3 La aprobación del Gerente de Obras no liberará al Contratista de responsabilidad en cuanto al diseño de
las Obras Permanentes, Preliminares o Provisionales. El único responsable del Diseño es el
Contratista y la aprobación, por parte del Gerente de Obras, no hace a este o al Contratante
responsable del Diseño revisado. La responsabilidad del diseño es exclusiva delContratista.
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Condiciones Generales del Contrato (CGC)
12.4 El Contratista deberá obtener las aprobaciones del diseño de las obras permanentes, provisionales o
modificaciones de los diseños por parte de terceros cuando sean necesarias
12.5 Todos los planos preparados por el Contratista para la ejecución de las obras permanentes,
provisionales o definitivas deberán ser aprobados previamente por el Gerente de Obras antes de su
utilización. La regla de responsabilidad establecida en CGC 12.3 supra, aplica también en cuanto a la
aprobación de los planos.
12.6 a. El Contratista entregará al Gerente de Obras para su revisión y/o aprobación los documentosindicados
en las CPC, en la oportunidad, número de copias y formato también allí establecido. La revisión y
aprobación de los documentos tomará en cuenta:
b. Salvo que se establezca lo contrario en las CPC, el periodo de revisión de estos documentos no
deberá exceder de 21 días, contados a partir de la fecha en que se recibe la documentación por
parte del contratista.
c. El Gerente de Obra, revisará los documentos presentados por el contratista, y si considera
necesario los aprobará o podrá notificar al Contratista que la documentación presentada no cumple
con lo establecido en los Requisitos del Contratante, en este caso el documento deberá ser
corregido y presentado nuevamente para su revisión y aprobación según corresponda.
d. Si los documentos presentados por el Contratista son rechazados, el Contratista debe presentar
versiones revisadas o sustitutas de los documentos dentro del plazo especificado por el Gerente de
Obra.
e. La ejecución de la parte del contrato correspondiente a los documentos presentados por el
Contratista deberá realizarse de acuerdo con los documentos presentados por el Contratista y
aprobados por el Gerente de Obras. Si el Contratista requiera modificar cualquier documento
presentado o aprobado por el Gerente de Obras, deberá notificarlo y presentar para aprobación la
nueva documentación.
13. Delegación de funciones del Gerente de Obras
13.1 Salvo cuando se especifique otra cosa en las CPC, el Gerente de Obras, después de notificar al
Contratista, podrá delegar en otras personas cualquiera de sus deberes y responsabilidades o,
asimismo, después de notificar al Contratista podrá cancelar cualquier delegación de funciones.
14. Superintendente de construcción
14.1 Sin perjuicio de otro personal técnico clave que haya sido requerido como parte de la oferta del
Contratista y a fin de supervisar el adecuado cumplimiento de sus obligaciones en el Sitio de las
Obras, el Contratista establecerá, anticipadamente al inicio de los trabajos, un representante
permanente que actuará como su Superintendente de construcción y cuyo nombre se indica en la
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Condiciones Generales del Contrato (CGC)
subcláusula 1.1 de las CPC. El Superintendente de construcción deberá tener poder amplio y
suficiente para actuar en nombre y representación del Contratistaen el Sitio de las Obras y para recibir
las notificaciones del Contratante a través del Gerente de Obras
.
El Superintendente de Construcción del Contratista dedicará tiempo laboral completo a todas las
actividades y acciones relacionadas con la ejecución de las Obras.
14.2 Salvo que el Superintendente de construcción deje de ser empleado del Contratista, este no podrá
reemplazarlo sin el consentimiento previo y por escrito del Contratante, el cual no podrá ser negado
injustificadamente.
En el caso de que, en cualquier momento durante la ejecución de las Obras, a juicio del Contratante,
el Superintendente de Construcción no desempeñe sus funciones a satisfacción del Contratante o si el
Contratante tiene cualesquiera otras razones justificadas, podrá solicitar la sustitución del
Superintendente de construcción. En dicho caso, el Contratista deberá nombrar por escrito al nuevo
Superintendente de Construcción, con calificaciones sustancialmente equivalentes o superiores al
reemplazado, dentro de los diez (10) días siguientes a la solicitudde Contratante.
15. Notificaciones y Comunicaciones entre las Partes
15.1 Cualquier notificación o comunicación, ya sea notificación, consentimiento, aprobación, certificado o
determinación, que debe cursarse entre las Partes de conformidad con el Contrato será por escrito
en el idioma especificado en la subcláusula 5.1. de las CGC.
15.2 La dirección física y electrónica para la recepción de notificaciones entre las partes será la
especificada en las CPC. Esta dirección podrá cambiarse siempre y cuando la parte que modifique su
dirección informe a la otra Parte por escrito sobre dicho cambio de dirección.
15.3 Una comunicación será efectiva en la fecha de entrega de esta al representante autorizado de las
Partes, contra la firma que certifique el acuse de recibo, la que no se interpretará como una aceptación
del contenido de la comunicación.
16. Subcontratos
16.1 En caso de que el Contratista requiera de los servicios de subcontratistas diferentes a losprevistos
en su Oferta deberá obtener la aprobación previa por escrito del Gerente de Obras.
16.2 La subcontratación con aprobación del Contratante no eximirá al Contratista del cumplimiento ni
alterará ninguna de las obligaciones contraídas en virtud del Contrato. Las condiciones de cualquier
subcontrato deberán sujetarse a las disposiciones del Contrato.
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Condiciones Generales del Contrato (CGC)
17. Cesión
17.1 El Contratista no cederá, transferirá, comprometerá ni dispondrá del Contrato o de una partede este o
de los derechos, títulos o deberes en virtud del presente Contrato. El incumplimientode esta obligación
será causal para la terminación del contrato.
18. Otros Contratistas
18.1 El Contratista deberá cooperar y compartir el Sitio de las Obras con otros contratistas, autoridades
públicas, empresas de servicios públicos y el Contratante en las fechas señaladas en la Lista de Otros
Contratistas indicada en las CPC.
El Contratista brindará todas las oportunidades razonables para que éstos puedan realizar sutrabajo y
deberá proporcionarles las instalaciones y servicios que se describen en dicha Lista. El Contratante
podrá modificar la Lista de Otros Contratistas y previamente deberá notificar alrespecto al Contratista.
19. Personal del Contratista
19.1 El Contratista es responsable de la competencia profesional y técnica de su personal y seleccionará
para trabajar en la ejecución del Contrato a personas fiables que desempeñarán con eficacia su
trabajo, respetarán las costumbres del lugar y observarán una adecuada conducta moral y ética.
19.2 Para la ejecución y terminación de las Obras y para la reparación de cualquier defecto de la misma
de conformidad con el Contrato, el Contratista proveerá y empleará en el Sitio de las Obras un
número adecuado de empleados competentes, ya sean profesionales, técnicos, supervisores u
obreros, con amplia experiencia en trabajos similares a los previstos en el Contrato, considerando el
personal clave indicado en su Oferta.
19.3 El personal profesional clave del Contratista, su profesión, cargo y el porcentaje aproximadoque cada
uno dedicará al proyecto son los establecidos en la Oferta del Contratista.
El Gerente de Obras aprobará cualquier oferta de reemplazo de personal clave solo si sus
calificaciones son sustancialmente equivalentes o superiores a las ofertas en la Oferta.
19.4 A solicitud por escrito del Gerente de Obras, el Contratista retirará de las Obras o sustituirá acualquier
integrante del personal o el equipo de trabajo del Contratista que no cumpla con lo establecido en las
subcláusulas 19.1y 19.2.
El Contratista se asegurará de que dicha persona se retire del Sitio de las Obras dentro de los siete
(7) días siguientes y no tenga ninguna otra participación en los trabajos relacionadoscon el Contrato.
19.5 Todos los costos y gastos adicionales derivados del retiro o la sustitución por cualesquierarazones
de algún miembro del personal del Contratista correrán por cuenta del Contratista.
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Condiciones Generales del Contrato (CGC)
19.6 Si el Contratante, el Gerente de Obras o el Contratista determinan que algún empleado del
Contratista ha participado en actos de fraude o corrupción durante la ejecución de las Obras, el
empleado en cuestión será removido inmediatamente conforme a lo dispuesto en la subcláusula 19.4
antedicha.
20. Riesgos
20.1 Son riesgos del Contratante los que en este Contrato se estipulen que corresponden al Contratante y
son riesgos del Contratista los que en este Contrato se estipulen que correspondenal Contratista.
20.2 A. Riesgos del Contratante Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del
Certificado de Corrección de Defectos, son riesgos del Contratante:
a. Los riesgos de lesiones personales, de muerte, o de pérdida o daños a la propiedad (sin incluir
las Obras, Planta, Materiales y Equipos) del personal del Contratante, como consecuencia de:
i. el uso u ocupación del Lugar de las Obras por las Obras, o con el objeto de realizar lasObras,
como resultado inevitable de las Obras, o
ii. negligencia, violación de los deberes establecidos por la ley, o interferencia con los derechos
legales por parte del Contratante o cualquiera persona empleada por él o contratada por él,
excepto el Contratista.
b. El riesgo de daño a las Obras, Planta, Materiales y Equipos, en la medida en que ello se deba a
fallas del Contratante o en el diseño hecho por el Contratante, o a una guerra o contaminación
radioactiva que afecte directamente al país donde se han de realizar las Obras
B. Desde la Fecha de Terminación hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de
Defectos, será riesgo del Contratante la pérdida o daño de las Obras, Planta y Materiales, excepto
la pérdida o daños como consecuencia de:
a. un Defecto que existía en la Fecha de Terminación;
b. fallas del Contratista o en el diseño hecho por el Contratista;
c. fallas o negligencia de la Supervisión Técnica del Contratista;
d. un evento que ocurrió antes de la Fecha de Terminación, y que no constituía un riesgodel Contratante;
o
e. las actividades del Contratista en el Lugar de las Obras después de la Fecha de Terminación.
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Condiciones Generales del Contrato (CGC)
20.3 Riegos del Contratista
Cuando no sean riesgos del Contratante, de conformidad con la subcláusula 20.2 anterior, serán riesgos
del Contratista:
a. Desde la Fecha de Inicio (del diseño y de las Obras Preliminares) hasta la fecha de emisión del
Certificado de Corrección de Defectos, cuando los riesgos de lesiones personales, de muerte y de
pérdida o daño a la propiedad (incluyendo, sin limitación, el Diseño, las Obras, Planta, Materiales y
Equipo) no sean riesgos del Contratante, serán riesgos del Contratista bajo un esquema de
responsabilidad única del Contratista.
b. Son riesgos del Contratista el incumplimiento de las obligaciones ambientales, sociales y deseguridad
y salud en el trabajo (ASSS) incluyendo explotación y abuso sexual y violencia de género
establecidos en la ley aplicable y en las Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento.
c. Constituye riesgo del Contratista aquella información entregada por el Contratante en el
documento de licitación, sobre la cual el Contratante no ha hecho representación de veracidad y
suficiencia alguna. El Contratista reconoce que ha hecho diligente y debido escrutinio de la misma
y que es su riesgo confiar o no en dicha información. El Contratista es responsable entonces de
interpretar la información entregada por el Contratante y la modificará o no a su criterio para
poder alcanzar las Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento y sus propósitos.
21. Seguros
21.1 Inmediatamente después de la firma del Contrato, el Contratista deberá suscribir seguros
emitidos en el nombre conjunto del Contratista y del Contratante para cubrir el período
comprendido entre la Fecha de Inicio y el vencimiento del Período de Responsabilidad por
Defectos, por los montos totales y los montos deducibles estipulados en las CPC, por lossiguientes
eventos que constituyen riesgos del Contratista:
a. Pérdida o daños a las Obras, Planta y Materiales;
b. Pérdida o daños a los Equipos; y
c. Responsabilidad civil por muerte, lesión o daño físico que pudiera ocurrir a cualquier otra persona,
incluido un empleado del Contratante, y el riesgo por daño material o pérdida de cualquier
propiedad, incluida la del Contratante, derivados de la ejecución de la Obra o en la ejecución del
Contrato.
d. Responsabilidad profesional por el diseño de las Obras.
21.2 El Contratista deberá entregar al Gerente de Obras, para su aprobación, las pólizas y los certificados
de seguro antes de la Fecha de Inicio. Dichos seguros deberán contemplar indemnizaciones
pagaderas en los tipos y proporciones de monedas requeridos para rectificar la pérdida o los daños o
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perjuicios ocasionados.
21.3 Las condiciones del seguro no podrán modificarse sin la aprobación del Gerente de Obras.
21.4 Ambas partes deberán cumplir con todas las condiciones de las pólizas de seguro.
21.5 Si el Contratista no contratara o no mantuviera vigente alguno de los seguros exigidos, el Contratante
podrá contratar y mantener vigente cualquiera de esos seguros y pagar la prima que sea necesaria a
dichos efectos, y podrá recuperar las primas pagadas por el Contratante de los pagos que se adeuden al
Contratista, o bien, si no se le adeudara nada, considerarlas unadeuda del Contratista.
21.6 La invalidación, cancelación, anulación o el término de la vigencia de cualquiera de las coberturas de
los seguros por causas imputables al Contratista, no liberará al Contratista de suobligación de responder
por la totalidad de las pérdidas o daños y/o perjuicios que se ocasionenen caso de algún siniestro.
21.7 En caso de presentarse algún siniestro cubierto por los seguros contratados, el Contratista deberá
proporcionar a las aseguradoras toda la asistencia necesaria para documentar los reclamos que sean
presentados, así como efectuar las gestiones legales que se pudieran requerir. Los errores,
omisiones o falsedad de información que pudiera invalidar cualquiera de las coberturas o prevenir la
oportuna recuperación del seguro no liberarán al Contratista de responder por los daños resultantes.
22. Informes de investigación del Sitio de las Obras
22.1 Se considerará que el Contratista ha inspeccionado y examinado el Sitio de las Obras y sus
alrededores y todos los informes de investigación sobre el Sitio de las Obras mencionados en las
CPC, además de cualquier otra información a su disposición y que ha quedado conforme antes de
presentar su Oferta y de firmar el Contrato en lo que respecta a todo asunto relativo a, entre otros:
a. La naturaleza del terreno y su subsuelo,
b. La forma y las condiciones del lugar,
c. Los detalles y los niveles de tuberías, conductos, alcantarillado, drenajes, cables u otros servicios
existentes,
d. Las cantidades y la índole de los trabajos y los materiales necesarios para completar las obras,
e. Los medios de acceso al sitio de las obras y las adaptaciones que pueda requerir.
El Contratista reconoce que ha obtenido la información necesaria en cuanto a posibilidades de riesgo,
condiciones climáticas, hidrológicas y naturales y otras circunstancias que podrían influir en la ejecución o
afectarla. No se considerará ningún reclamo en relación con lo anterior contra el Contratante.
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La información que ha entregado el Contratante es meramente referencial y debe entendersecomo un
riesgo del Contratista.
23. Diseño y Construcción de las Obras por el Contratista
23.1 El Contratista deberá diseñar, construir e instalar las Obras de conformidad con las Especificaciones
y Condiciones de Cumplimiento y los Planos aprobados por el Gerente de Obras.
Las condiciones del terreno más desfavorables que las que razonablemente se podían inferir a partir
de los estudios informativos entregados por Contratante y los estudios e investigaciones adicionales
del Contratista durante la preparación del diseño de las obras sonun riesgo del Contratista.
24. Garantía de cumplimiento
24.1 El Contratista deberá proporcionar al Contratante la Garantía de Cumplimiento a más tardar en la
fecha definida en la Carta de Aceptación y por el monto estipulado en las CPC, emitida por una
compañía aseguradora o afianzadora reconocida o por un banco acreditado aceptables para el
Contratante en los formatos contenido en el Apéndice III y expresada en los tipos y proporciones de
monedas en que deba pagarse el Precio del Contrato. La validez de la Garantía de Cumplimiento
excederá en treinta (30) días la fecha de emisión del Certificado de Terminación de las Obras en el
caso de una garantía bancaria, y excederá en un año dicha fecha en el caso de una Fianza de
Cumplimiento.
25. Toma de posesión del Sitio de las Obras
25.1 El Contratante traspasará al Contratista la posesión de la totalidad del Sitio de las Obras. Si no se
traspasara la posesión de alguna parte en la fecha estipulada en las CPC, se considerará que el
Contratante ha de
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Decreto | 2026
Contrato — Condiciones Generales de Contrato para Suministro de Bienes - Cláusulas 4 a 35
Este documento establece las reglas generales para contratos de compra de bienes. Define que los precios no pueden cambiar sin autorización, los pagos deben hacerse en 60 días, el proveedor debe garantizar los productos por 12-18 meses, y cualquier disputa se resuelve por arbitraje. También exige que proveedores y bienes sean de países miembros del Banco, y protege derechos de patentes e información confidencial de ambas partes.
Decreto | 2026
Contrato — Condiciones Generales de Contrato (CGC) y Condiciones Especiales de Contrato (CEC) - Servicios de Banda Ancha
Este decreto establece las condiciones contractuales para servicios de banda ancha en Honduras por $9.2 millones. Define cómo el proveedor debe entregar servicios, cómo se paga (20% anticipo y 80% mensual), las garantías requeridas (10% del contrato), y las consecuencias por incumplimiento, incluyendo multas por retrasos y derecho del comprador a rescindir el contrato.
Decreto | 2026