Acuerdo Ministerial No. 959-2026 — Creación de la Unidad Administradora de Proyectos (UAP) en la Secretaría de Infraestructura y Transporte
Poder Ejecutivo
- Decreto: 959-2026
- Publicación: 16 de julio de 2026
- Órgano emisor: Poder Ejecutivo
- Gaceta: 37,195
- Categoria: Administrativo
Resumen
Este acuerdo crea la Unidad Administradora de Proyectos (UAP) dentro de la Secretaría de Infraestructura y Transporte para gestionar proyectos de infraestructura financiados por organismos internacionales como el Banco Mundial y BID. La UAP administrará recursos, garantizará transparencia y cumplirá con procedimientos financieros y técnicos establecidos en los contratos de préstamo.
Considerandos
Que de acuerdo con la Constitución de la República establece que el Estado tiene la obligación de promover el desarrollo económico y social, siendo la infraestructura vial un eje estratégico para la integración nacional, la reducción de brechas territoriales, la facilitación del comercio y la mejora de la competitividad, constituyéndose en una inversión fundamental para el desarrollo sostenible de Honduras.
Que la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), como órgano de la Administración Pública, es responsable de la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas en materia de infraestructura pública, el sistema vial y el transporte, así como administrar los programas y proyectos de inversión pública que le sea asignados.
Que, para el cumplimiento de sus objetivos institucionales, la SIT gestiona recursos financieros provenientes de diversas fuentes de financiamiento externas, tales como el Banco Mundial (BM), el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el Banco de Desarrollo de América Latina y el Caribe (CAF) y el Banco de Desarrollo del Estado de la República Federal de Alemania (KfW) y demás fuentes de financiamiento que se incorporen.
Que la adecuada administración de los programas y proyectos financiados con recursos de organismos internacionales requiere de una unidad especializada que garantice una gestión técnica, financiera, y administrativa eficiente, transparente y orientada a resultados, conforme a la normativa nacional y a los instrumentos de financiamiento aplicables.
Que el Secretario de Estado en el Despacho de Infraestructura y Transporte, como máxima autoridad institucional, tiene la facultad de organizar unidades de apoyo técnico y administrativo dentro de su estructura para lograr los objetivos de la Secretaría.
Articulos
Créase la Unidad Administradora de Proyectos (UAP) como una Unidad Técnica Especializada adscrita a la oficina del Secretario de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), Unidad responsable de la administración integral de los programas y proyectos financiados con recursos provenientes de convenios de préstamo, donación y otras modalidades de cooperación técnica y financiera internacional, así como la administración de otros Programas y Proyectos que expresamente le sean asignados por la autoridad competente. La UAP será responsable de la coordinación, administración técnica-financiera, ejecución, seguimiento y evaluación de los programas y proyectos cumpliendo con los procedimientos administrativos, financieros y de seguimiento establecidos en el contrato de préstamo correspondiente, registrando todas las transacciones y actividades financieras en el sistema de información gubernamental SIAFI/UEPEX.
La UAP desarrollará sus funciones de conformidad con lo establecido en los Manuales Operativos elaborados para los programas y proyectos y basados en los documentos normativos, como: Contrato de Préstamo o Donación, el Plan de Ejecución del Proyecto, el Plan de Adquisiciones, las Regulaciones de Adquisiciones del respectivo organismo financiador para bienes, obras, servicios distintos de consultoría, y servicios de consultoría, Disposiciones Generales del Presupuesto vigente, Contratos con otros organismos y empresas, Plan de Gestión Ambiental y Social y otros que correspondan.
Con el propósito de cumplir los procedimientos administrativos, financieros y de seguimiento de los programas/proyectos, la UAP tendrá las siguientes funciones:
- 1)
Conducir la administración general técnica y financiera de los contratos de préstamo o donación asegurando el manejo eficiente de los recursos;
- 2)
Asegurar la ejecución y el cumplimiento de los procedimientos técnicos, administrativos y financieros para la ejecución de los fondos de los respectivos Contratos de Préstamo o Donación;
- 3)
Formular, ejecutar y dar seguimiento presupuestario en concordancia con las herramientas de planificación y gestión del Proyecto, Plan de Ejecución del Proyecto (PEP), Plan Operativo Anual (POA) y Plan de Adquisiciones (PA). 4. Preparar anteproyecto de plan operativo y presupuesto anual, de acuerdo con las disposiciones presupuestarias correspondientes y a los lineamientos establecidos por la SEFIN y la SIT. 5. Gestionar la incorporación de la asignación presupuestaria para la ejecución de los proyectos en el Presupuesto General de la República. 6. Ejecutar las transacciones contables y presupuestarias, a través de las plataformas respectivas (SIAFI/ SNIPH/ UEPEX). 7. Implementar el Plan de Adquisiciones de acuerdo con lo planificado. 8. Dar seguimiento y monitoreo a los avances físico y financieros del proyecto, para asegurar la ejecución según lo planificado. 9. Preparar y tramitar los pagos correspondientes. 10. Mantener un sistema contable y financiero adecuado para registrar las transacciones financieras efectuadas utilizando los recursos de cada Programa, preparación de los estados financieros y tramitación de las solicitudes para los anticipos. 11. Elaborar y enviar los informes semestrales de los Proyectos o Programas; así como los informes de avance físico y financiero solicitados por SEFIN, Presidencia, los organismos financiadores y la SIT. 12. Conducir el proceso de contratación de la firma auditora externa y dar cumplimiento a los hallazgos de control interno.
La coordinación y administración de la Unidad Administradora de Proyectos (UAP) estará a cargo de:
- 1)
Dirección Ejecutiva;
- 2)
Coordinaciones de Programas y Proyectos que se establezcan de acuerdo con la cartera institucional y las fuentes de financiamiento. 3. Las áreas estratégicas y de apoyo requeridas para la adecuada ejecución de cada Programa o Proyecto, pudiendo comprender, entre otras: 1. Gestión Financiera, 2. Adquisiciones, 3. Monitoreo y Evaluación, 4. Gestión Ambiental y Social, 5. Gestión Técnica; y, las que sean necesarias para optimizar la ejecución de la UAP. La estructura e integración de las áreas estratégicas y de apoyo se mediante resolución del Secretario de Estado, de conformidad con las necesidades institucionales y las condiciones establecidas en los respectivos convenios de financiamiento, manuales operativos, reglamentos y demás normativa vigente aplicable a la administración pública.
Los gastos de funcionamiento y operación de la Unidad Administradora de Proyectos (UAP) serán financiados con cargo a los recursos externos previstos en los convenios de crédito, donación o cooperación que estén financiando las operaciones a su cargo, de conformidad con las disposiciones establecidas en dichos instrumentos y normativa aplicable.
La documentación técnica, administrativa, financiera y contractual generada por la UAP se considera propiedad de la Secretaría de Estado y estará sujeta a las normas de archivo, transparencia, control interno y rendición de cuentas.
El presente Acuerdo Ministerial, es de ejecución inmediata y entrará en vigor a partir de la fecha y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la Ciudad de Comayagüela, Municipio del Distrito Central, a los 22 del mes de junio del año 2026. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. ANIBAL ALBERTO EHRLER MARTÍNEZ Secretario de Estado ADEN SANTIAGO LÓPEZ Secretario General