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Resolución — Aprobación de Estatutos de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de Bella Vista

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Resumen

Esta resolución aprueba los estatutos de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de Bella Vista, permitiendo que se inscriba oficialmente en la Secretaría de Gobernación. La junta debe registrar su nombre, dirección, representantes y miembros. Se le proporciona gratuitamente una certificación oficial de esta aprobación para que pueda operar legalmente.

Considerandos

  1. 1.La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE BELLA VISTA, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta la correspondiente inscripción.
  2. 2.De oficio procédase a emitir la Certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE BELLA VISTA, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18 Párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. (F) RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA. (F) WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central a los dos días del mes de abril de dos mil diecinueve. WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES SECRETARIO GENERAL 6 J. 2026.

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