Resolución No. RAC-19 — Regulación de Aeronáutica Civil RAC-19 Gestión de la Seguridad Operacional
- Decreto: RAC-19
- Publicación: 1 de junio de 2026
- Gaceta: 37,156
- Categoria: Administrativo
Resumen
Esta regulación obliga a las empresas de aviación civil en Honduras a implementar un Sistema de Gestión de Seguridad Operacional (SMS) para identificar y controlar riesgos que amenacen la seguridad de pasajeros, tripulación y bienes. Afecta a aerolíneas, escuelas de aviación, proveedores de mantenimiento y servicios aéreos, requiriendo políticas claras, responsables designados y procedimientos de respuesta ante emergencias basados en normas internacionales.
Considerandos
Que la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil (AHAC) en su condición de Autoridad Aeronáutica, es la encargada de dictar las normas y ejercer supervisión y vigilancia sobre todas las actividades relacionadas a la aviación civil que se desarrolla en la República de Honduras, asimismo dentro de las facultades de regulación se encuentra la competencia de emitir, aprobar, revisar, reformar o derogar las Regulaciones de Aeronáutica Civil de conformidad con la normativa aeronáutica nacional vigente.-
Que las Regulaciones Aeronáuticas Civiles de Honduras, son normas de carácter eminentemente técnico, emitidas por la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil (AHAC), de conformidad con la Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento y las Recomendaciones de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) o cualquier otro legalmente reconocidos por el Estado de Honduras.- CONSIDERADO (3): Que, en el Manual de Políticas y Procedimientos aprobado por esta Agencia, se estableció el procedimiento según código GEN-PRO-002 consistente en la ELABORACIÓN Y REVISIÓN DE LAS REGULACIONES DE AERONÁUTICA CIVIL, con vigencia en julio de 2018, atribuyendo a los departomentos técnicos la facultad de presentar un borrador de propuesta de enmienda y que la jefatura de la regulación afectada, considere que la propuesta es viable justificándola mediante un dictamen técnico por escrito.-
Que en fecha veinte (20) de junio del año dos mil veinticinco (2025), el Departamento de Biblioteca Técnica, mediante oficio número REF-BT-033-2025, notifica al departamento SSP, las discrepancias encontradas en la revisión de la Regulación de Aeronáutica Civil REGULACIÓN AERONÁUTICA CIVIL RAC-19 "GESTIÓN DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL", adjuntando copia de la lista de verificación documental en cumplimiento con lo establecido en el procedimiento GEN-PRO-002, con las observaciones y correcciones requeridas al documento en mención.-
Que el departamento del Programa Estatal de Seguridad Operacional (SSP) mediante oficio AHAC-SSP-085-2025 de fecha 30 de julio del año 2025, remite a la Jefatura de la Biblioteca Técnica, las subsanaciones de las observaciones planteadas conforme a lo requerido.-
Que el departamento de Biblioteca Técnica mediante oficio REF- BT-047-2025 de fecha treinta y uno (31) de julio de dos mil veinticinco (2025) notifica al departamento del Programa Estatal de Seguridad Operacional (SSP) que se revisó la REGULACIÓN AERONÁUTICA CIVIL RAC-19 "GESTIÓN DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL" y se acepta por encontrarse conforme técnicamente y lo establecido por el procedimiento.-
Que la Biblioteca Técnica mediante Oficio REF- BT-064-2025 de fecha 14 de octubre del 2025, dando cumplimiento a lo establecido en el Procedimiento GEN- PRO-002 inciso 7, remite al departamento informática, copia digital de la REGULACIÓN AERONÁUTICA CIVIL RAC-19 "GESTIÓN DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL", a fin de que se notifique por medio del sitio web oficial de la AHAC a la industria y proveedores pertinentes para que emita sus comentarios. Contando con 10 días calendario a partir de la comunicación, siendo la misma subida a la web en fecha veinte (20) de octubre del año dos mil veinticinco (2025).-
Que el departamento de Biblioteca Técnica mediante oficio REF-BT-061-2025, de fecha 14 de octubre del 2025, Solicita a la Jefatura de la Seccion de AIS de la AHAC, se realice publicación de una AIC serie C para dar a conocer a los explotadores aéreos, proveedores de servicios y toda la industria de la aviación civil, que en el apartado de la página web "Proyectos de Regulaciones" se encuentra el borrador de la REGULACIÓN AERONÁUTICA CIVIL RAC-19 "GESTIÓN DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL", a fin de que estos pueda emitir sus comentarios, contando con 10 días calendario a partir de la comunicación, asimismo, los comentarios deberán enviar a los correos rpas@ahac.gob.hn y gmazzoni@ahac.gob.hn, realizándose dicha publificación en fecha 29 de octubre del año 2025.-
Que el departamento de Informática mediante oficio DTl- 053- 2025, de fecha 03 de noviembre de 2025, informa que el viernes 31 de octubre del año 2025, se cumplió el tiempo de publicación de la REGULACIÓN AERONÁUTICA CIVIL RAC-19 "GESTIÓN DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL" por lo que ya se retiró de la página web de proyecto de regulaciones, dando cumplimiento al procedimiento GEN-PRO-002.-
Que el departamento de Biblioteca Técnica mediante oficio REF-BT-066-2025 de fecha cuatro (04) de noviembre del año dos mil veinticinco (2025), remite en formato digital y físico la regulación. REGULACIÓN AERONÁUTICA CIVIL RAC-19 "GESTIÓN DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL" al departamento de Asesoría Técnico Legal para que emita el dictamen técnico vinculante que conforme a derecho corresponde, y así continuar con el proceso de aprobación de dichas regulaciones; emitiéndose dictamen legal en fecha doce (12) de noviembre de dos mil veinticinco (2025), en el cual se dictamina FAVORABLE a la aprobación de la REGULACIÓN AERONÁUTICA CIVIL RAC-19 "GESTIÓN DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL" PRIMERA EDICIÓN, por haberse cumplido el procedimiento GEN-PRO-002 de Elaboración. y Revisión de las Regulaciones de Aeronáutica Civil, las cuales derivan de las normas y métodos recomendados por la Organización Internacional de Aviación Civil (OACI).-
Que de acuerdo con lo establecido en la normativa aeronáutica vigente, la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil mediante Resolución y con conocimiento de las personas naturales o jurídicas a quienes será dirigida, tiene plenas facultades para emitir, revisar, derogar, las Regulaciones Aeronáuticas (RAC), a efecto de armonizarlas con los avances tecnológicos y normativas internacionales de aviación civil;
Texto completo
RESOLUCIÓN.- REGULACION AERONÁUTICA CIVIL RAC-19 "GESTIÓN DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL" AGENCIA HONDUREÑA DE AERONÁUTICA CIVIL. - COMAYAGÜELA, AGENCIA HONDUREÑA DE AERONÁUTICA CIVIL.- COMAYAGÜELA, MUNICIPIO EL DISTRITO CENTRAL.- Ocho (08) de diciembre de dos mil veinticinco (2025).- VISTA: Para aprobación de la Regulación de Aeronáutica Civil denominada RAC 19, contentiva "REGULACIÓN AERONÁUTICA CIVIL RAC-19 "GESTIÓN DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL". - El Director Ejecutivo de la Agencia Hondureña de Aeronaútica Civil valora lo siguiente: CONSIDERANDO (1): Que la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil (AHAC) en su condición de Autoridad Aeronáutica, es la encargada de dictar las normas y ejercer supervisión y vigilancia sobre todas las actividades relacionadas a la aviación civil que se desarrolla en la República de Honduras, asimismo dentro de las facultades de regulación se encuentra la competencia de emitir, aprobar, revisar, reformar o derogar las Regulaciones de Aeronáutica Civil de conformidad con la normativa aeronáutica nacional vigente.- CONSIDERANDO (2): Que las Regulaciones Aeronáuticas Civiles de Honduras, son normas de carácter eminentemente técnico, emitidas por la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil (AHAC), de conformidad con la Ley de Aeronáutica Civil, su Reglamento y las Recomendaciones de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) o cualquier otro legalmente reconocidos por el Estado de Honduras.- CONSIDERADO (3): Que, en el Manual de Políticas y Procedimientos aprobado por esta Agencia, se estableció el procedimiento según código GEN-PRO-002 consistente en la ELABORACIÓN Y REVISIÓN DE LAS REGULACIONES DE AERONÁUTICA CIVIL, con vigencia en julio de 2018, atribuyendo a los departomentos técnicos la facultad de presentar un borrador de propuesta de enmienda y que la jefatura de la regulación afectada, considere que la propuesta es viable justificándola mediante un dictamen técnico por escrito.- CONSIDERANDO (4): Que en fecha veinte (20) de junio del año dos mil veinticinco (2025), el Departamento de Biblioteca Técnica, mediante oficio número REF-BT-033-2025, notifica al departamento SSP, las discrepancias encontradas en la revisión de la Regulación de Aeronáutica Civil REGULACIÓN
AERONÁUTICA CIVIL RAC-19 "GESTIÓN DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL", adjuntando copia de la lista de verificación documental en cumplimiento con lo establecido en el procedimiento GEN-PRO-002, con las observaciones y correcciones requeridas al documento en mención.- CONSIDERANDO (5): Que el departamento del Programa Estatal de Seguridad Operacional (SSP) mediante oficio AHAC-SSP-085-2025 de fecha 30 de julio del año 2025, remite a la Jefatura de la Biblioteca Técnica, las subsanaciones de las observaciones planteadas conforme a lo requerido.- CONSIDERANDO (6): Que el departamento de Biblioteca Técnica mediante oficio REF- BT-047-2025 de fecha treinta y uno (31) de julio de dos mil veinticinco (2025) notifica al departamento del Programa Estatal de Seguridad Operacional (SSP) que se revisó la REGULACIÓN AERONÁUTICA CIVIL RAC-19 "GESTIÓN DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL" y se acepta por encontrarse conforme técnicamente y lo establecido por el procedimiento.- CONSIDERANDO (7): Que la Biblioteca Técnica mediante Oficio REF- BT-064-2025 de fecha 14 de octubre del 2025, dando cumplimiento a lo establecido en el Procedimiento GEN- PRO-002 inciso 7, remite al departamento informática, copia digital de la REGULACIÓN AERONÁUTICA CIVIL RAC-19 "GESTIÓN DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL", a fin de que se notifique por medio del sitio web oficial de la AHAC a la industria y proveedores pertinentes para que emita sus comentarios. Contando con 10 días calendario a partir de la comunicación, siendo la misma subida a la web en fecha veinte (20) de octubre del año dos mil veinticinco (2025).- CONSIDERANDO (8): Que el departamento de Biblioteca Técnica mediante oficio REF-BT-061-2025, de fecha 14 de octubre del 2025, Solicita a la Jefatura de la Seccion de AIS de la AHAC, se realice publicación de una AIC serie C para dar a conocer a los explotadores aéreos, proveedores de servicios y toda la industria de la aviación civil, que en el apartado de la página web "Proyectos de Regulaciones" se encuentra el borrador de la REGULACIÓN AERONÁUTICA CIVIL RAC-19 "GESTIÓN DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL", a fin de que estos pueda emitir sus comentarios, contando con 10 días calendario a partir de la comunicación, asimismo, los comentarios deberán enviar a los correos rpas@ahac.gob.hn y gmazzoni@ahac.gob.hn, realizándose dicha publificación en fecha 29 de octubre del año 2025.- CONSIDERANDO (9): Que el departamento de Informática mediante oficio DTl- 053- 2025, de fecha 03 de noviembre de 2025, informa que el viernes 31 de octubre del año 2025, se cumplió el tiempo
de publicación de la REGULACIÓN AERONÁUTICA CIVIL RAC-19 "GESTIÓN DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL" por lo que ya se retiró de la página web de proyecto de regulaciones, dando cumplimiento al procedimiento GEN-PRO-002.- CONSIDERANDO (10): Que el departamento de Biblioteca Técnica mediante oficio REF-BT-066-2025 de fecha cuatro (04) de noviembre del año dos mil veinticinco (2025), remite en formato digital y físico la regulación. REGULACIÓN AERONÁUTICA CIVIL RAC-19 "GESTIÓN DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL" al departamento de Asesoría Técnico Legal para que emita el dictamen técnico vinculante que conforme a derecho corresponde, y así continuar con el proceso de aprobación de dichas regulaciones; emitiéndose dictamen legal en fecha doce (12) de noviembre de dos mil veinticinco (2025), en el cual se dictamina FAVORABLE a la aprobación de la REGULACIÓN AERONÁUTICA CIVIL RAC-19 "GESTIÓN DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL" PRIMERA EDICIÓN, por haberse cumplido el procedimiento GEN-PRO-002 de Elaboración. y Revisión de las Regulaciones de Aeronáutica Civil, las cuales derivan de las normas y métodos recomendados por la Organización Internacional de Aviación Civil (OACI).- CONSIDERANDO (11): Que de acuerdo con lo establecido en la normativa aeronáutica vigente, la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil mediante Resolución y con conocimiento de las personas naturales o jurídicas a quienes será dirigida, tiene plenas facultades para emitir, revisar, derogar, las Regulaciones Aeronáuticas (RAC), a efecto de armonizarlas con los avances tecnológicos y normativas internacionales de aviación civil; POR TANTO esta Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil (AHAC) al amparo de los artículos 2, 18 numeral 2) literal a y b), 310 párrafo segundo de la Ley de Aeronáutica Civil; RESUELVE: PRIMERO: APROBAR La REGULACIÓN AERONÁUTICA CIVIL RAC-19 "GESTIÓN DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL" PRIMERA EDICIÓN.- SEGUNDO: Que la presente aprobación entrará en vigor una vez haya sido publicada la presente Resolución en "LA GACETA" Diario Oficial de la República de Honduras. PUBLÍQUESE Y COMUNÍQUESE. LIC. GERARDO GABRIEL RIVERA DIRECTOR EJECUTIVO ABG. ISAURA AVILA CANALES SECRETARIA ADMINSTRATIVA
REGULACION DE AERONAUTICA CIVIL RAC - 19 GESTIÓN DE LA SEGURIDAD OPERACIONAL Primera Edición Julio 2025
RAC 19 Julio del 2025 CF - 1 Primera Edición Control de Firmas No. Edición/ No. Enmienda Fecha Elaborado por: Revisado por: Aprobado por: Primera Edición Julio 2025 Lic. Ernesto España Jefe Departamento SSP Lic. Jorge Corrales Subdirector Técnico Lic. Gerardo G. Rivera Director Ejecutivo
RAC 19 Julio del 2025 SEE - 1 Primera Edición SISTEMA DE EDICION Y ENMIENDAS Las enmiendas a la presente regla serán indicadas mediante una barra vertical en el margen izquierdo, enfrente al renglón, sección o figura que esté siendo afectada por el mismo. la edición será el reemplazo del documento completo por otro. Estas enmiendas se deben anotar en el registro de ediciones y enmiendas, indicando el número correspondiente, la fecha de efectividad y la fecha de inserción.
RAC 19 Julio del 2025 REE - 1 Primera Edición Registro de Edición y Enmiendas EDI./ ENM. Fecha de Emisión Fecha de inserción Insertada por Primera Edición Julio 2025
RAC 19 Julio del 2025 PRE - 1 Primera Edición Preámbulo Conscientes de la responsabilidad de preservar la vida humana, proteger los bienes y garantizar la eficiencia del sistema aeronáutico nacional, la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil establece la edición inicial de la Regulación de Aviación Civil 19, como manifestación de su compromiso con una cultura de seguridad operacional sólida, proactiva y sostenible en la cual se establecen los requerimientos obligatorios para la Gestión de Seguridad Operacional, consignados en la segunda edición del anexo 19 de la OACI. En fiel cumplimiento con los compromisos adquiridos por el Estado de Honduras, como Estado contratante del Convenio Internacional de Aviación Civil, conocido como Convenio de Chicago, aprobado por Honduras mediante decreto legislativo N0. 89 del 18 de febrero de 1953, se emite la presente RAC 19 Gestión de la Seguridad Operacional, la cual se fundamenta en los principios y lineamientos de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) cumpliendo con las normas y métodos recomendados relativos a la gestión de seguridad operacional. Se busca fortalecer la gestión del riesgo, la vigilancia continua y la mejora constante de los sistemas de aviación civil del Estado de Honduras.
RAC 19 Julio del 2025 LPE 1 Primera Edición Lista de Páginas Efectivas Página # Edición/ Enmienda Fecha Portada Primera Edición 15 Julio de 2025 CF-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 SEE-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 REE-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 PRE-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 LPE-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 LPE-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 LPE-3 Primera Edición 15 Julio de 2025 LPE-4 Primera Edición 15 Julio de 2025 TC-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 TC-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 TC-3 Primera Edición 15 Julio de 2025 TC-4 Primera Edición 15 Julio de 2025 TC-5 Primera Edición 15 Julio de 2025 TC-6 Primera Edición 15 Julio de 2025 SECCION 1 1-1-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-1-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 LISTA DE ABREVIATURAS LA-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 LA-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 LA-3 Primera Edición 15 Julio de 2025 LA-4 Primera Edición 15 Julio de 2025 SUBPARTE A 1-A-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-A-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-A-3 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-A-4 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-A-5 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-A-6 Primera Edición 15 Julio de 2025 SUBPARTE B 1-B-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-B-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 SUBPARTE C 1-C-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-C-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-C-3 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-C-4 Primera Edición 15 Julio de 2025 SUBPARTE D 1-D-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-D-2 Primera Edición 15 Julio de 2025
RAC 19 Julio del 2025 Primera Edición LPE -2 | Página # Edición/ Enmienda Fecha SUBPARTE E 1-E-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-E-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-E-3 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-E-4 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-E-5 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-E-6 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-E-7 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-E-8 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-E-9 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-E-10 Primera Edición 15 Julio de 2025 SUBPARTE F 1-F-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-F-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-F-3 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-F-4 Primera Edición 15 Julio de 2025 SUBPARTE G 1-G-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-G-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-G-3 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-G-4 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-G-5 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-G-6 Primera Edición 15 Julio de 2025 SUBPARTE H 1-H-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-H-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-H-3 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-H-4 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-H-5 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-H-6 Primera Edición 15 Julio de 2025 SUBPARTE I 1-I-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-I-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-I-3 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-I-4 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-I-5 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-I-6 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-I-7 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-I-8 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-I-9 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-I-10 Primera Edición 15 Julio de 2025 SUBPARTE J 1-J-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-J-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 SUBPARTE K 1-K-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-K-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 SUBPARTE L 1-L-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-L-2 Primera Edición 15 Julio de 2025
RAC 19 Julio del 2025 Primera Edición LPE -3 | Página # Edición/ Enmienda Fecha SUBPARTE M 1-M-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-M-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 SUBPARTE N 1-N-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-N-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-N-3 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-N-4 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-N-5 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-N-6 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-N-7 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-N-8 Primera Edición 15 Julio de 2025 APENDICE 1 1-AP1-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP1-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 APENDICE 2 1-AP2-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP2-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP2-3 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP2-4 Primera Edición 15 Julio de 2025 APENDICE 3 1-AP3-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP3-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP3-3 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP3-4 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP3-5 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP3-6 Primera Edición 15 Julio de 2025 APENDICE 4 1-AP4-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP4-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP4-3 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP4-4 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP4-5 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP4-6 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP4-7 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP4-8 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP4-9 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP4-10 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP4-11 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP4-12 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP4-13 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP4-14 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP4-15 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP4-16 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP4-17 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP4-18 Primera Edición 15 Julio de 2025 APENDICE 5 1-AP5-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP5-2 Primera Edición 15 Julio de 2025
RAC 19 Julio del 2025 Primera Edición LPE -4 | Página # Edición/ Enmienda Fecha APENDICE 6 1-AP6-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP6-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP6-3 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP6-4 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP6-5 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP6-6 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP6-7 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP6-8 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP6-9 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP6-10 Primera Edición 15 Julio de 2025 APENDICE 7 1-AP7-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP7-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP7-3 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP7-4 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP7-5 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP7-6 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP7-7 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP7-8 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP7-9 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP7-10 Primera Edición 15 Julio de 2025 APENDICE 8 1-AP8-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP8-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP8-3 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP8-4 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP8-5 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP8-6 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP8-7 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP8-8 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP8-9 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP8-10 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP8-11 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP8-12 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP8-13 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP8-14 Primera Edición 15 Julio de 2025 APENDICE 9 1-AP9-1 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP9-2 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP9-3 Primera Edición 15 Julio de 2025 1-AP9-4 Primera Edición 15 Julio de 2025
RAC 19 Julio del 2025 TC-1 Primera Edición Tabla de Contenido Portada...…………………………………………………………………………………………Port-1 Control de Firmas ....................................................................................................................... .CF-1 SISTEMA DE EDICION Y ENMIENDAS........................................................................................SSE-1 Registro de Edición y Enmiendas ..............................................................................................REE-1 Preámbulo ......................................................................................................................................PRE-1 Lista de Páginas Efectiva s ............................................................................................................LPE-1 Tabla de Contenido…………………………………………………………………………………………..,.TC-1 SECCIÓN 1. REQUISITOS………………………………………………………………………………1-1-1 Lista de Abreviaturas........................................................................................................... ……LA-1 SUBPARTE A. DEFINICIONES …....................................................................................................1-A-1 SUBPARTE B. GENERALIDADES ...................................................................................................1-B-1 RAC 19.005 Presentación …................................................................................................................1-B-1 RAC 19.010 Introducción General .................................................................................................1-B-1 SUBPARTE C. APLICABILIDAD…......................................................................................................1-C-1 RAC 19.015 Aplicabilidad.. ................................................................................................................1-C-1 RAC 19.020 Enunciado de los Componentes y Elementos del SMS ..............................................1-C-2 RAC 19.025 Reconocimiento del SMS de Organizaciones de Instrucción de otros estados .........1-C-2 RAC 19.030 Reconocimiento del SMS de Organismos de Mantenimiento de otros Estados. ..…...... 1-C-3 RAC 19.035 Reconocimiento del SMS de Proveedores de Servicios de Navegación Aérea de otros Estados...........................................................................................................................................1-C-3 RAC 19.040 Aplicabilidad de las Sanciones… .................................................................................. 1-C-3 SUBPARTE D. EFECTIVIDAD…….................................................................................................... 1-D-1 RAC 19.045 Efectividad .....................................................................................................................1-D-1 RAC 19.050 Directivas Operacionales ......................................................................................... 1-D-1 SUBPARTE E. COMPONENTE I: POLITICA Y OBJETIVOS DE SEGURIDAD OPERACIONAL…… ............................................................................................................................................................ 1-E-1 RAC 19.055 Responsabilidad Funcional y Compromiso de la Dirección ............................................ 1-E-1 RAC 19.060 Obligación de Rendición de Cuentas sobre la Seguridad Operacional................... 1-E-2 RAC 19.065 Responsabilidad Respecto a las Actividades Contratadas ...................................... 1-E-2 RAC 19.070 Designación del Personal Clave de Seguridad Operacional................................... .1-E-3 RAC 19.075 Designación y Responsabilidad del Ejecutivo Responsable ................................... 1-E-3 RAC 19.080 Designación y Responsabilidades del Gerente de Seguridad Operacional............. 1-E-4 RAC 19.085 Grupos para la Gestión de la Seguridad Operacional............................................. 1-E-5 RAC 19.090 Coordinación de la Planificación de Respuestas ante Emergencias (ERP)............ .1-E-6