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29 de enero de 2026Vigente

Resolución — Aprobación de Estatutos de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la Comunidad de 4 Barrios

Poder Ejecutivo

  • Publicación: 29 de enero de 2026
  • Órgano emisor: Poder Ejecutivo
  • Gaceta: 37,056
  • Categoria: Administrativo

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Esta resolución aprueba los estatutos de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de cuatro barrios en Copán Ruinas. La Junta debe cumplir las leyes, presentar informes anuales y someterse a supervisión estatal. Si se disuelve, sus bienes se entregarán a organizaciones similares de beneficencia.

Considerandos

La "JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE 4 BARRIOS (OSTUMAN, NUEVA ESPERANZA, MIRAFLORES Y SAN PEDRITO ARRIBA, MANANTIAL DE COPÁN AGUA HELADA, MUNICIPIO COPÁN RUINAS, DEPARTAMENTO COPÁN", se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de estado y los demás entes contralores del estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada.

La disolución y liquidación de la "JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE 4 BARRIOS (OSTUMAN, NUEVA ESPERANZA, MIRAFLORES Y SAN PEDRITO ARRIBA, MANANTIAL DE COPÁN AGUA HELADA, MUNICIPIO COPÁN RUINAS, DEPARTAMENTO COPÁN", se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que, una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo.

Los presentes estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial La Gaceta, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación.

La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad.

Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC), para que emita la correspondiente inscripción.

De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la "JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE 4 BARRIOS (OSTUMAN, NUEVA ESPERANZA, MIRAFLORES Y SAN PEDRITO ARRIBA, MANANTIAL DE COPÁN AGUA HELADA, MUNICIPIO COPÁN RUINAS, DEPARTAMENTO COPÁN" cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el artículo 18 párrafo segundo de la ley marco del sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. (F y S) HEIDY WALESKA BARAHONA ALACHÁN, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA (F y S) CELSO DONADÍN ALVARADO HERNÁNDEZ, SECRETARIO GENERAL". Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los veinticuatro (24) del mes de enero del año dos mil Veinticinco (2025). NORMAN ALEXANDER ROMERO ANDINO JEFE DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN AL CIUDADANO La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 29 DE ENERO DEL 2026 N o . 37,056 _______

Texto completo

CUARTO: La "JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE 4 BARRIOS (OSTUMAN, NUEVA ESPERANZA,

MIRAFLORES Y SAN PEDRITO ARRIBA, MANANTIAL DE COPÁN AGUA HELADA, MUNICIPIO COPÁN RUINAS, DEPARTAMENTO COPÁN", se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de estado y los demás entes contralores del estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la "JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE 4 BARRIOS (OSTUMAN, NUEVA ESPERANZA, MIRAFLORES Y SAN PEDRITO ARRIBA, MANANTIAL DE COPÁN AGUA HELADA, MUNICIPIO COPÁN RUINAS, DEPARTAMENTO COPÁN", se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que, una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Los presentes estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial La Gaceta, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SÉPTIMO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. OCTAVO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC), para que emita la correspondiente inscripción. NOVENO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la "JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE 4 BARRIOS (OSTUMAN, NUEVA ESPERANZA, MIRAFLORES Y SAN PEDRITO ARRIBA, MANANTIAL DE COPÁN AGUA HELADA, MUNICIPIO COPÁN RUINAS, DEPARTAMENTO COPÁN" cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el artículo 18 párrafo segundo de la ley marco del sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. (F y S) HEIDY WALESKA BARAHONA ALACHÁN, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA (F y S) CELSO DONADÍN ALVARADO HERNÁNDEZ, SECRETARIO GENERAL". Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los veinticuatro (24) del mes de enero del año dos mil Veinticinco (2025). NORMAN ALEXANDER ROMERO ANDINO JEFE DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN AL CIUDADANO

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