VigenteCategoria: Mercantil
Decreto No. 2023-5074 | 6 de diciembre de 2024 | Poder Judicial | La Gaceta No. 28,853

Certificación No. 2023-5074 — Registro de Marca de Servicio Whisper Parts

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Resumen

Esta resolución oficial registra y protege la marca de servicio "Whisper Parts" para la empresa FRIOPARTES, S.A. DE C.V., permitiéndole ser la única que ofrezca servicios de instalación de repuestos para refrigeración en Honduras. La marca está protegida en su forma completa y su diseño visual, sin permitir que otros usen este nombre para servicios similares.

Texto completo

Número de Solicitud: 2023-5074 Fecha de Presentación: 2023-08-09 Fecha de Emisión: 6 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: FRIOPARTES, S.A. DE C.V. Domicilio: Barrio Santa Anita, 1 y 2 calle, 8 avenida, San Pedro Sula, CP 21101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL KAREN ELIZABETH MARTINEZ RIVERA E.- CLASE INTERNACIONAL (37) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Whisper Parts G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "Whisper Parts" en su forma conjunta, sin dar protección a la palabra "Parts", asimismo, se protege la apariencia de la etiqueta, sin dar protección a los demás elementos denominativos contenidos en la misma. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de instalación de repuestos pudiendo hacer extractores, armaflex, fichas térmicas, capacitores, cortinas de aire, evaporadores para cuarto frío, gas refrigerante, tubería, tubería de cobre, válvulas, motores, terminales eléctricas, mangueras, remaches, varillas, tubos capilares, protectores de voltaje, codos, uniones, condensadoras, compresores y evaporadoras para vehículo, filtros, recibidores, contactores eléctricos, antorchas, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 31 M., 16 A. y 6 M. 2025 ______ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E MAYO D E L 2025 N o . 36,831 Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, CERTIFICA: La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR, otorgada mediante resolución número 247-2025 de fecha 21 de febrero del año 2025, mediante CARTA DE REPRESENTACIÓN de fecha 16 de agosto del 2024, que en su resolutivo LITERALMENTE DICE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la solicitud de LICENCIA EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUIDOR POR TIEMPO DEFINIDO DE FORMA NO EXCLUSIVA, presentada por la Abogada MARLEN ROSARIO AGUILAR MOLINA, inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras con carné No. 28,853, quien actúa en su condición de Apoderada Legal de la Sociedad Mercantil COMERCIAL MEDICA INDUSTRIAL, S. DE R. L. DE C.V. (CMI), con RTN 08019003245456 y con domicilio en la ciudad de Tegucigalpa, en el departamento de Francisco Morazán. SEGUNDO: Otorgar la licencia de DISTRIBUIDOR a la sociedad mercantil COMERCIAL MEDICA INDUSTRIAL, S. DE R. L. DE C.V. (CMI), como concesionaria de la empresa concedente PENLON LIMITED, de nacionalidad británica, quien lo autoriza como su distribuidor NO EXCLUSIVO, dentro del territorio de la República de Honduras, por TIEMPO DEFINIDO hasta el 31 de diciembre del 2025, para participar y comercializar en todo su territorio, por cuenta propia en todo tipo de licitaciones públicas; ya sean regionales, por invitación, nacionales o internacionales, los productos fabricados y distribuidos por su entidad, esto incluye los siguientes equipos: Monitores, Máquinas de Anestesia, Vaporizadores, Ventiladores, Absorbedores, Accesorios, Consumibles. En virtud que cumple y reúne todos los requisitos establecidos en la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras y su Reglamento. Esta certificación no surtira efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial La Gaceta y registrada en la Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado. (F) y (S) Msc. CINTHYA SARAHÍ ARTEAGA PORTILLO, Subsecretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Empresarial y Comercio Interior. Delegada mediante Acuerdo No. 141-2022. (F) y (S) MARLON JOEL COLINDRES UMANZOR, encargado de la Secretaría General mediante Acuerdo No. 021-2025. Para los fines que el interesado convenga, se le extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiún días del mes de marzo del año dos mil veinticinco. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General 7 M. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 13 de Febrero del 2025 AVISO

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