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28 de agosto de 2020Vigente

Reglamento — Reglamento sobre Metodología de Valoración de Precios en el Mercado de Valores

  • Publicación: 28 de agosto de 2020
  • Categoria: Financiero y Tributario

Resumen

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Las empresas que fijan precios en el mercado de valores de Honduras deben usar una metodología registrada y obligatoria para determinar precios finales que no pueden cambiar después. Si necesitan actualizar su metodología, deben seguir un proceso de registro especial establecido en la ley.

Articulos

Articulo 19.-

OBLIGATORIEDAD DE APLICACIÓN DE LA METODOLOGÍA El proceso de determinación de precios de valoración se llevará a cabo con estricto apego a la metodología registrada. Los precios finales generados serán definitivos y no podrán ser modificados con posterioridad. Los proveedores de precios y los Institutos que cuenten con metodologías propias registradas deben establecer procedimientos que les permitan dar mantenimiento a las metodologías registradas y, en el momento en que determine que éstas deben ser actualizadas o modificadas, deberán proceder con lo dispuesto en el Artículo 17 del presente Reglamento.