VigenteCategoria: Civil y Familia
11 de marzo de 2017

Reglamento — Artículo 43 - Fideicomiso Testamentario

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Resumen

Este artículo regula el fideicomiso testamentario, permitiendo que una persona transmita bienes presentes o futuros a un fideicomiso de planificación patrimonial. Solo los bienes que especificamente se incluyan en testamento formarán parte del fideicomiso; los demás bienes seguirán las reglas de herencia normal. Si el fiduciario no acepta el encargo, la autoridad competente puede designar otro.

Articulos

Articulo 43

Fideicomiso Testamentario El fideicomitente podrá transferir al fideicomiso de planeación pátrimontal cualquier tipo de bienes presentes o futuros, no patrimonial; aquellos bienes determinados que el fideicomitente haya transmitido en vida Si el fideicomitente al momento de su fallecimiento es propietario de bienes que no formen parte del patrimonio fideicometido, estos no formarán parte del fideicomuso. salvo disposición expresa contenida en testamento a estos efectos A falta de testamento en que se exprese que han de incorporarse al fideicomiso, dichos bienes tendrán el destino que corresponda SECCIÓN U MENTARIO Y En caso de que la designación del fiduciario realizada por según las reglas de sucesión establecidas. testador no haya sido convenida de antemano, ante la notificación recibida. a solicitud de parte interesada o de oficio, sea porel. | plancación patrimonial, es la incapacidad del fideicomitente, los Notario o autoridad a quien corresponda conocer de la sucesió o la comprobación del testamento, la entidad autorizada por un curador, Ello en razón de que a diferencia de los bienes aceptaro no el fideicomiso de conformidad a lo dispuesto en el Codigo de Comercio Si la condición resolutiva en el contrato de fideicomiso de bienes que no integran el fideicomiso deberán ser administrados que integran el fideicomiso, aquellos siguen incorporados al patrimonio del fideicomitente

Articulo 44

Lineamientos Generales para la Celebra SECCIÓN mI a) b) 0) e) de Contratos de Fideicomisos de Planeación Patrimonial En la celebración de contratos de fideicomisos de planeación: | patrimonial, se deberán observar los siguientes lineamientos | generales; DEL FIDEICOMISO DE INVERSIÓN

Articulo 46

,- Finalidad de los Fideicomisos de Inversión Los fideicomisos de inversión tienen como finalidad principal la inversión o colocación, a cualquier título de sumas de dinero. Las inversiones las realizará la Entidad Autorizada siguiendo las instrucciones contenidas ya sea en el contrato de fideicomiso, las que le definan un comité de inversiones establecido para estos propósitos porel fideicomitente, o conforme ala política que tenga aprobada el fiduciario y que sea de aceptación explicita del Fidercomitente. En este tipo le fideicomiso el fideicomitente pued ser uno de los fideicomisarios pudiendo incluso reservarse el usufructo de los bienes trasmitiendo: lidexcomise únicamente la nuda propiedad, verificarse el fallecimiento del fideicomitente o la condición a cue se halla sometido el fin del usufructo. la plena propiedad se consolidará a favor del Podrá establecerse la incapacidad del fideicomitente como una condición suspensiva que presupone el fin del fideicomiso, dicha incapacidad deberá ser verificada y Jeclarada por un juez competente, El fideicomitente podrá reservarse en el contral fideicomiso, la facultad de revocar el fideicomiso € el momento que lo considere, pues de lo contrario $ entenderá irrevocable; El fideicoraitente podrá sustituir o eliminar En este tipo de fideicomisos, la Entidad Autorizada actúa por cuenta y riesgo del fideicomitente y le está prohibido garantizar rendimientos con los bienes fideicometidos, por lo que en ningún caso actuará de manera discrecional en la inversión de los recursos del fideicomiso debiendo siempre ajustarse a las disposiciones indicadas enel contrato de fideicomiso El producto o rendimiento de la inversión de los bienes Tideicomisarios en el momento que lo considere, ic 04 Ple. cano E A estar así pactado en el contrato de fideicomiso: E 00 ds ra Se podrán designar uno o más fideicomisarios del '9 un tercero designado por éste, o bien reinverturlo en otros fideicomiso, astcomo establecerliñDo más susto valores, según lo establecido en el contrato de fideicomiso. El plazo del fideicomiso no podrá exceder el p señalado en el Código de Comercio, en caso: agotarse dicho plazo y el fideicomiso se mantuviera vigente, los bienes deberán volveral fideicomitente.

Articulo 47

Tratamiento de las Inversiones con Recursos Los contratos de fideicomiso de inversión deberán indicar en forma clara y legible los posibles riesgos asociados a las operaciones REPÚBLICA DE HONDURAS - que se vayan a realizar; y, cuando existan modificaciones a las condiciones establecidas en los mismos, la Entidad Autorizad: deberá informar al fideicomitente sobre dicha circunstancia, en el. momento que ocurran para que éste decida las acciones y considere oportunas.

Articulo 48

Responsabilidad sobre Patrimonio Autónomo El patrimonio fideicometido constituido al amparo de un fideicomiso de inversión es autónomo e independiente del. patrimonio del fiductaric,, en virtual de los cual los problemas de solvencia o liquidez que presente el fiduciario no repercutirán sobre: los bienes objeto del fideicomiso de inversión.

Articulo 49

Modalidades de Fideicomisos de Inversión Los fideicomisos de inversión podrán ser individuales y colectivas. Cuando el fideicomitente sea solamente una persona se tratará de un fideicomiso de inversión individual, y cuando existan más de: un fideicomitente y todos tengan los mismos intereses en los fines | «del fideicomiso se denominará fideicomiso de inversión colectivo. | Los fideicomisos de inversión colectivos no hacen oferta púb de valores ni emiten cuotas o certificados de participación: ]

Articulo 50

Responsabilidad de los Riesgos Financieros: Losriesgos financieros asociados a las inversiones que realice la Entidad Autorizada en cumplimiento de los fines del fideicomiso. participación fiduciaria.

Articulo 51

Prohibición Relacionada con la Reinversión. de los Productos de los Fideicomisos de Inversión I Las Entidades Autorizadas no podrán utilizar los rendimientos | obtenidos del fideicomiso de inversión para realizar actividades de intermediación financiera. o que comprometan de cualquier forma su patrimonio o los activos propios de la institución fiduciaria: o que le son prohibidos o que desnaturalicen la figura del fideicomiso. En aquellos casos, en que el contrato de fideicomiso: establezca que los rendirnientos obtenidos deberán trasladarse a. la cuenta de ahorro de los fideicomisarios, éstos podrán disponer: de estos recursos de conformidad a lo dispuesto en el mismo. contrato.

Articulo 52

Gastos del Fondo de Inversión Sin perjuicio de lo dispuesto en el contrato de fideicomiso. podrán. aplicarse con cargo al fidzicomiso los siguientes gastos: 11 DE MARZO DEL 2017 a) El costo de custodia de los activos que integran el patrimonio fidexwcometido cuando resulte necesario confiar tal custodiáa una entidad legalmente facultada para recibir depósitos de valores; b) Laremuneración del fiduciario, e) Las perdidas originadas en la venta de valores o inversiones transitorias, 4) Los honorarios y gastos en que haya de incurrirse para la defensa de los intereses del fideicomiso ¿uando las circunstancias así lo exijan; €) Losgastos que ocasione el suministro de información al odos fideuwcomtente(s) o al o los fideicomisarios designados por aquellos, 1) Los intereses y demás rendimientos financieros que debian cancelarse por razón de operaciones de reporto y para la cobertura de los costos de operaciones de crédito que se encuentren 2) Los impuestos que gravan directamente los valores, losactivos o los ingresos del fideicomiso; h) Los honorarios y gastos causados por la auditoría xtema del fideicomiso, cuando haya lugara ella; 1) Los correspondientes al pago de comisiones relacionados con la adquisición o enajenación de activos y la realización de operaciones, 1) Elvalorde los seguros de los activos del fideicomiso; Y k) Los demás que ocasione la operación normal del fideicomiso. ¡Artículo 53.- Causales y Procedimientos de Liquidación de los Fideicomisos de Inversión Las causales para la liquidación de los fidexcomisos de inversión, así como el procedimiento a seguir, deben quedar claramente establecidos y acordados en el contrato de fideicomiso de inversión SECCIÓN Iv FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN

Articulo 54

Fideicomiso de Administración Esel negocio fiduciario en virtud del cual se entregan bienes a una Entidad Autorizada para que actúe como fiduciario, transfiriendo su propiedad, para que ejerza su administración y desarrolle la gestión encomendada por el o los fideicomitente(s), destinando los bienes fideicomeudos junto con sus respectivos rendimientos, as] si los hay, al cumplimiento de la finalidad señalada. Estos. fideicomisos pueden tener las siguientes modalidades: 1. Administración y pagos: Tiene como finalidad li administración de sumas de dinero y/u otros bienes que junto con sus rendimientos, silos hay, pueden: ser destinados al cumplimiento oportuno y adecuado de las obligaciones que el tideicomitente señale. 2. — Auministración de cartera: Tiene como finalidad: principal la udministración de carteras productivas e improductivas de entidades financieras y/o del sector real. SECCIÓN V DEL FIDEICOMISO DE DESARROLLO INMOBILIARIO

Articulo 55

,- Modalidades de Fideicomiso de Desarrollo. Eumobiliario Este tipo de fideicomisos podrá tener las siguientes modalidades: a) Preventa: Bajo esta modalidad la Entidad Autorizada recibe recursos de las preventas de los futuro compradores de las unidades a ser construidas el desarrollador del proyecto inmobiliario, lo identifica y registra en forma individual, los inviez mientras no sean requeridos y condiciona la ent de los mismos al cumplimiento por parte desarrollador de las condiciones que se h establecido en el contrato de fideicomiso, puede ser haber alcanzado el punto de equilibrio del: proyecto, lí. venta de un determinado número d unidades o celebración de un número minimo d contratos de compraventa que garanticen que co los recursos que aporten los futuros compradores se: podrá cumplir con el desarrollo del proyecto, obtención de permisos o varias de ellas combinadas. Los futuros compradores de las unidades no son p del contrato de fideicomiso, pero si deben a los términos y condiciones establecidas en dicho Contrato debiendo firmar una carta de conocimi y aceptación. Es entendido en todo caso, que e garantia de los valores percibidos por la preventa, el desarrollador ha cedido al fideicomiso los det y activos del proyecto inmobiliario. en la fo descrita en el literal b) de este Articulo Desarrollo Inmobiliario: Bajo esta modalidad el desarrollador fideicomitente transmite al fideicon el terreno donde se va a desarrollar el py ¡como los diseños, permisos y demás regu y acuvos necesarios para poder construir el proye: b) a) y) e) 2 11 DE MARZO DEL 2017 No, La Enudad Autorizada se encargará de administrar los dineros que aporten los compradores por virtud de la preventa, así como también los recursos de créditos que obtenga el desarrollador con entidades financieras para el desarrollo del proyecto, cualquier Otro recurso que aporte el o los fideicomitentes, girar los recursos contra el avance de las obras y una vez concluida la obra suscribir las escrituras de venta de Tas unidades construidas.

Articulo 56

,- Obligaciones de la Entidad Autorizada en los Fideicomisos de Desarrollo Inmobiliario En relación con los fidexcomisos de desarrollo inmobiliario, las Entidades Autorizadas deberán cumplir con al menos las siguientes obligaciones: Divulgar de manera adecuada y oportuna a los posibles clientes y usuarios el alcance que tiene su participación en los proyectos inmobiliarios a los cuales se vincula bajo las diferentes modalidades: Realizar o contratar la realización del análisis de nesgo que involucra cada proyecto: Elaborar y adecuar los contratos segun la modalidad que corresponda, Proporcionar al público información de forma oportuna y suficiente, sobre el alcance y efectos de su participación en este tipo de fideicomisos; Verificar que los terrenos en los cuales se va a desarrollar el proyecto, se han adquirido o van a ser aportados de manera definitiva y con el cumplinuento de las formalidades que la ley exige para este tipo de Asegurar que de conformidad a la Ley y antecedentes registrales al momento de suscribir el contrato, se prevea que la trasmisión del inmueble no presente problemas que puedan obstaculizar o impedir el traspaso de la propiedad de las unidades inmobiliarias resultantes a los futuros adquirentes: Asegurar que no exista desviación de los recursos obtenidos para la financiación del proyecto; Verificar que el punto de equilibrio establecido y validado bajo el análisis de riesgo no compromete la viabilidad del proyecto, Verificar que se encuentren dadas las condiciones técnicas y jurídicas para que el proyecto llegue a término, antes de permitir que los constructores dispongan de los recursos de los futuros compradores: E MEXER — rerúmuica pe noNDURas — D Verificarque las licencias de construcción. permisos, seguros o garantías necesarios para el desarrollo de la obra, se ensuentren acordes con los requerimientos legales pertinentes, k) Revisar que el constructor o desarrolladores del' proyecto cumplen con los niveles mínimos de: solvencia, capacidad técnica, administrativa y financiera, acordes con la magnitud del proyecto; y. D Verificarequsel desarrollador cuenta.con los recursos 0€l financiamiento necesarios o indispensables para la ejecución de la obra. 11 DE MARZO DEL 2017 No. 34,287 la liquidación del fideicomiso y será más acentuada cuando los : potenciales fideicomitentes y fideicomisarios según el caso, sean personas con escasos conocimientos en temas fiduciarios Asimismo, tienen el deber de indicarle a sus fideicomitentes y Ffídeicomisarios, según el caso, los aspectos negativos o contraproducentes de los bienes o servicios, o de las prestaciones que se le encamiendan, así como de las limitaciones técnicas de “tales bienes o servicios o de los riesgos que conllevan, de manera que el fideicomitente y el fidexcomisario deben ser advertidos de los riesgos que corren y de la forma de evitarlos. Adicionalmente, no deben dudar en disuadira sus fidexcomitentes y fideicomisarios de obrar en la forma que pretenden hacerlo en caso de apreciar efectos negativos, debiendo llegar al extremo de rechazar el encargo quese le propone cuando dicho encargo exceda la competencia o sus capacidades, o cuando estas consideren que está condenado al fracaso. SECCIÓN VI DEL FIDEICOMISO DE TITULARIZACIÓN

Articulo 57

Fideicomiso de Titulación El fideicomiso de titulación deberá sujetarse alo dispuesto en la Ley de Mercado de Valores y sus reglamentos. Cuando las: Entidades Autorizadas participen en dichos fideicomisos en calidad de fideicomitentes, deberán cumplir, adicionalmente. con' las disposiciones establecidas en el Reglamento de Titularización: vigente, Para efectos de la prueba del cumplimiento de la obligación señalada en el presente Artículo, las Entidades Autorizadas podrán dejar constancia escrita de las actuaciones realizadas con el fin de informar al usuario financiero, antes, durante y post finalizado el contrato de fideicomiso, así como de las sugerencias y advertencias que le haya hecho, si bien la ley no exige prueba documentaria. SECCIÓN VH DELAS OTRAS CLASES DE FIDEICOMISO

Articulo 58

Otras Clases de Fideicomiso Sin perjuicio de lo dispuesto en el presente Capítulo. se podrán" constituirotras clases de fideicomiso, las cuales quedan sujetasa las disposiciones del Código de Comercio, de la presentes: Normas y de las demás Jisposiciones normativas que emita la Comisión sobre la materia.

Articulo 60

Publicidad de Productos y Servicios Fiduciarios Los programas, campañas o materiales publicitarios que pretendan utilizar las Entidades Autorizadas para promover operaciones y "negocios fiductarios por cualquier medio de comunicación, sea ¡masivo o 10, deberán ceñirse estrictamente tanto a la realidad juridica y económica de los servicios promovidos, como a las posibilidades reales de prestación de los mismos por parte de las respectivas instituciones financieras. Además, se sujetarán a las siguientes reglas 4) Los mensajes publicitarios deberán ser claros y precisos, distinguiendo la publicidad institucional de aquella que tenga por finalidad dar a conocer servicios o productos especificos. en cuyo caso deberá informarse acerca del tipo de contrato mediante el cual se instrumentalizará la relación b) Las afirmaciones y representaciones visuales o auditivas deberán ofrecer claridad, fidelidad y precisión respecto al tipo de servicio promovido, evitando el empleo de frases que induzcan a erroren beneficio del interés particular, tales como aquellas CAPÍTULO VI DISPOSICIONES FINALES

Articulo 59

Divulgación de Información Las Entidades Autorizadas tienen la obligación de suministraral público en general y a sus potenciales fideicomitentes y fideicomusarios, según el caso, la información necesaria acerca del contenido y los alcanses delas operaciones fiduciarias quela Ley les autoriza a prestar, de modo que se logre la mayor. transparencia y que a través de elementos de juicio claros y: objetivos se puedan escoger las mejores opciones del mercado. La información debe ser cierta, suficiente, oportuna, de fácil" comprensión y adaptada a la necesidad económica que se: pretende satisfacer a través de la contratación fiduciaria. Las Entidades Autorizadas deben cumplir con esta obligación: desde la etapa precorttractual, durante la ejecucióne incluso hasta: mediante las cuales se genera en el público la equivocad convicción de que el fiduciario alcanzará el éxito en. la gestión =ncomendada. En tal sentido, debe. señalarse de manera fácilmente visible que las: obligaciones asumidas con ocasión de la celebración. de negocios fiduciarios tienen carácter de obligaciones de medio y no de resultado, €) Silostextos comprenden el empleo de superlativos, | Eneste úlumo sentido se restera la prohibición que el negocio términos qu: indiquen preeminencia. cifras o d fiduciario por ningún motivo podrá servir de instrumento para específicos, ellos deberán corresponder fielmentea | realizaractos o contratos que no pueda celebrar directamente el hechos objetivos, reales, comprobables y verificables. |. fideicomitente de acuerdo con la Ley, en virtud de lo cual le a la fecha en que se difunda la respectiva campaña | corresponderáal fiduciario desarrollar acciones que le permitan publicitaria Por consiguiente, no podrán utilizarse | — evitar que cuando una operación de fideicomiso se vinculen de afirmaciones que permitan deducir como definitivas | manera directa o indirecta con recursos públicos. éstos se convierta situaciones queen realidad responden a fenómeno en un instrumento de fraude a la Ley. coyunturales, transitorios o variables en relación con: el mercado, como tampoco utilizar o insinuar | Antes de celebrar un contrato de fidexcomiso con una entidad ponderaciones abstractas que por la propia | — pública. las Entidades Autorizadas están obligadas a cerciorarse naturaleza, dle su contenido no reflejen una situación | de que el mismo no adolece de licitud por causa u objeto o por exacta. cualquiera otra circunstancia de la cual ella pueda derivarse en dicho negocio. Al respecto, deberán tenerse en cuenta las siguientes restricciones y limitaciones a las cuales se hallan sujetos a) Losfídeicomisos deberán tener un objeto y un plazo precisamente determinados; y. b) Enningún caso y por ningún motivo, a través de las

Articulo 62

Celebración de Contratos de Fideicomisos € podrán asumirel cumplimiento de funciones públicas Entidades Públicas ¡propias e indelegables de las entidades públicas como Las entidades públicas pueden celebrar, en calidad de fideicomitentes. fidexcomitentes, contratos de fideicomisos cualquiera que sea su modalidad, siempre que la causa del respectivo negocio fiduciario | Artículo 63.- Posibilidad de Persecución de los Bienes sea la de atender al curr plimiento de los fines estatales. oala | Fideicometidos por Obligaciones Generadas por el continua y eficiente prestación de los servicios públicos. o a! Fideicomiso y en Casos de Fraude a Terceros efectividad de los derechos e intereses de los administrados Los bienes que integran el fideicomiso podrán ser perseguidos, reconocidos por la Cons itución de la República y la Ley. secuestrados o embargados, por daños. deudas u obligaciones «generadas con cargo al propio fideicomiso, o en aquellos casos Previo ala celebración del contrato de fideicomiso, las entidades | enqueel fideicomiso se hubiera constituido en fraude a terceros y públicas deberán contar con la autorización de la instancia q en perjuicio de los derechos de estos. en este último caso deberá señale su Ley orgánica y/o la Ley General de Adminis «ser declarado por un juez o autoridad judicial competente del Pública y ajustarse alas disposiciones, leyes, normas reglamentos | - Jugar del domicilio de la Entidad Autorizada que regulen estas contrataciones. Los contratos de fid: públicas como fideicomitentes celebren, o la administración de los fondos o recursos destinados a la cancelación de obligaciones nacidas de la celebración de contratos estatales, o la administración € inversión de los excedentes de liquidez, o la ejecución de proyectos de infraestructura, o cualquier otra finalidad licita.

Articulo 61

Transparencia de la Información Enadicióna lo dispuesto en los Artículos 39 y 60 de las pres Normas, las Entidades Autorizadas deben observar las disposiciones que en materia de transparencia de información ha emitido la Comisión. gran a Comisión, actuando de oficio o a solicitud de parte interesada, habitacionales y de vivienda individual. o la administración ¿podrá en cualquier momento verificar que las Entidades 5 E REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGIU 4 E 11 DE MARZO DEL 2017 No. 34 Autorizadas se sujeten 1 las disposiciones contenidas en las | Articulo 69.- Plazo de Implementación de los presentes Normas, en caso de determinar incumplimientos a las. , mientos Solicitados a las Entidades Autorizadas mismas, ordenara a estas entidades que corrijan o subsanen de | Enudades Autorizadas tendrán un plazo máximo de seis(6) forma inmediata las defc encias debilidades identificadas pora A ari: de tatoitrada vizenciade las presentes ¡COMBO enel desarollo ¡desus operaciones de Hidcicomisa/ al ¡as, para adecuar sus operaciones de fideicomiso a las A o isposiciones contenidas en las presentes Normas. Las ciones de fideicomisos pactadas previamente a la entrada en vigencia de las presentes Normas se sujetarán a los términos La suspensión de actividedes como fiduciario también procederá: enel evento de autorizarse los planes de regularización o cualquiera delos mecanismos de resolución que establece la Ley del Sistema | COMtractuales establecidos en sus respectivos contratos. Financiero y las normas «plicables. Dicha suspensión conlleva a” la imposibilidad para celebrar o continuar celebrando nuevas: tículo 70.- Comunicación de Servicios Fiduciarios operaciones y negocios de este genero, a partir del momento en ¡s Entidades Autorizadas que a la entrada en vigencia de las que se haya adoptado esta medida. tes Normas, ya se encuentren prestando servicios arios, tendrán un plazo de treinta (30) días calendario para nunicar a la Comisión. mediante Declaración Jurada, el limiento de lo señalado en el Articulo 14 de las presentes as, O en su defecto presentar el plan de adecuación a se dentro del plazo referido en el Articulo precedente. Además, dicha suspensión de actividades no conlleva para la: Entidad Autorizada la exoneración en el cumplimiento de los. deberes y responsabilidades que como fiduciario le corresponden respecto de aquellas operaciones y negocios fiduciarios celebrados. hasta la fecha en que se adopto y se notificó la medida de suspensión. ulo 71.- Vigencia 1s presentes Normas tendrán vigencia a partir de la fecha de su

Articulo 65

Medidas Prudenciales Adicionales icación all Diario Oficial La G: o La Comisión podrá establecer cuando lo estime conveniente por: razones prudenciales, rzquerimientos patrimoniales, límites Operativos y otras medidas adicionales a las operaciones de: fideicomiso, cuando las Entidades Autorizadas actúen como. Comunicar la presente Resolución a las Entidades Bancanas, y al Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda, para los efectos legales que correspondan.

Articulo 66

Ponderación de las Operaciones de Fideicomiso. para efectos del Índice de Adecuación de Capital (1AC) Las Entidades Autorizadas deberán ponderar sus operaciones de fideicomisos para efectos del cálculo del Índice de Adecuación de Capital ([AC), de conformidad a lo señalado en el Articulo 7: literal e) de las Normas para la Adecuación de Capital. Cobertura | de Conservación y Coeficiente de Apalancamiento aplicables a las Instituciones del Sisteraa Financiero, emitidas por la Comisión. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. ... Queda aprobado por unanimidad ... F) ETHEL DERAS ENAMORADO, Presidenta: JOSÉ ADONIS LAVAIRE FUENTES, Comisionado Propietario: EVASIO AGUSTIN ASENCIO R.. Comisionado Propietario, MAURA JAQUELINE PORTILLO G.

Articulo 67

Incumplimientos y Sanciones La contravención a las disposiciones contenidas en las presentes Normas dará lugar a la aplicación de sanciones según la gravedad f para los fines correspondientes se extiende la presente en la de la falta, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley del Sistema klad de TegUcigalpa, municipio del Distrito Central, a los Financiero y el Reglamerio de Sanciones vigente. vemtisicte días del mes de febrero de dos mil diecisiete

Articulo 68

Casos No Previstos Los casos no previstos en las presentes Normas serán resueltos por la Comisión, de conformidad al marco legal vigente sobre la: materia. 11M. 2017 MAURA JAQUELINE PORTILLO G Secretaria General

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