Certificación No. GEE-047/26-01-2024 — Certificación de Resolución de autorización de reforma total de Escritura de Constitución y Estatutos Sociales de Banco de Desarrollo Rural Honduras, S.A. (BANRURAL HONDURAS)
Resumen
La Comisión Nacional de Bancos y Seguros autoriza a BANRURAL HONDURAS a reformar completamente su Escritura de Constitución y Estatutos Sociales para actualizar su estructura de gobierno corporativo según nuevas regulaciones bancarias. El banco debe publicar esta autorización en La Gaceta y dos periódicos nacionales, registrar los cambios y enviar copia autenticada a la Comisión en 15 días hábiles.
Considerandos
- 1.Que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, mediante Providencia SEGSE-PV-1246/2023 del 19 de junio de 2023, tuvo por recibido el escrito intitulado "SE SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA MODIFICAR LA ESCRITURA SOCIAL Y LOS ESTATUTOS SOCIALES DE BANCO DE HONDURAS, S.A.- SE ADJUNTAN LOS DOCUMENTOS Y PODER REFERIDOS EN EL ESCRITO.", suscrito por el Abogado José Ramón Paz Morales, en su condición de Apoderado Legal de BANCO DE HONDURAS, S.A., mediante el cual solicita autorización para la modificación de la Escritura de Constitución y Estatutos Sociales, de conformidad con las reformas al Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas.
- 2.Que la solicitud presentada por BANCO DE HONDURAS, S.A., tendente a obtener autorización para efectuar reformas a su Escritura de Constitución y Estatutos Sociales, se fundamenta en lo establecido en el Artículo 12 de la Ley del Sistema Financiero, el cual refiere que toda modificación de la escritura pública de constitución y de los estatutos de las instituciones sujetas a esa Ley, requerirán autorización de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros. Asimismo, el referido Artículo señala que para fines de otorgamiento y registro de las escrituras se seguirá lo descrito en el Artículo 9 de la Ley del Sistema Financiero y deberá publicarse en el Diario Oficial "La Gaceta" y en dos (2) diarios de circulación nacional. De igual manera, la solicitud de mérito atiende lo establecido en la Circular CNBS No.015/2022 del 4 de octubre de 2022, mediante la cual esta Comisión comunicó a las Instituciones Supervisadas la Resolución GRD N0.638/03-10-2022 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 16 D E FEBRE R O D E L 2024 N o . 36,462 contentiva de las reformas al Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas, publicado en el Diario Oficial La Gaceta· No.36,057 del 22 de octubre de 2022.
- 3.Que la solicitud de autorización para efectuar reformas a la Escritura de Constitución y Estatutos Sociales de BANCO DE HONDURAS, S.A., fue aprobada en el Acta de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 11 de octubre de 2023, con el propósito de actualizar la Escritura de Constitución y Estatutos Sociales para cumplir con los nuevos aspectos regulatorios y legales del nuevo Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas y adicionalmente en las reformas se incluyeron modificaciones para actualizar aspectos de la realidad administrativa y tecnológica del Banco. Lo anterior, según lo contemplado en el Instrumento Público No.24 correspondiente a la celebración de dicha Asamblea.
- 4.Que derivado del análisis preliminar efectuado a la documentación presentada se determinó que la solicitud de mérito debía ser subsanada, por lo que con el fin de contar con los elementos de juicio suficientes para emitir el dictamen correspondiente, mediante Notificación Electrónica de Providencia SEGSE-NE-893/2023, notificada el 13 de septiembre de 2023, se requirió a BANCO DE HONDURAS, S.A., a través de su Apoderado Legal, para que en el término máximo de diez (10) días hábiles siguientes a dicha notificación, subsanara su solicitud en el sentido de presentar la Certificación del Acta de la Asamblea Extraordinaria de Accionistas del Banco, celebrada el 6 de junio de 2023 y revisar el Proyecto de reformas de la Escritura de Constitución y Estatutos Sociales.
- 5.Que en virtud de los anterior, mediante Providencia SEGSE-PV-2126-2023 del 28 de septiembre de 2023, tuvo por recibido el escrito intitulado "SE SOLICITA PRÓRROGA DE PLAZO" de la misma fecha, suscrito por el Abogado José Ramón Paz Morales, en su condición de Apoderado Legal de BANCO DE HONDURAS, S.A., en las diligencias contentivas de la solicitud de autorización para la modificación de la Escritura de Constitución y Estatutos Sociales. Está Comisión mediante Oficio GEEGE-NO-123/2023 de fecha 13 de octubre de 2023, concedió el término de cinco (5) días hábiles para que subsane su solicitud. En respuesta, el Apoderado Legal presentó en fecha 23 de octubre de 2023, el escrito intitulado "MANIFESTACIÓN", con el fin de dar cumplimiento a los requerimientos de subsanación notificados por este Ente Supervisor.
- 6.Que el Dictamen Técnico SBOUA-ME-1072/2023 de fecha 31 de octubre de 2023, emitido por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, concluye que es procedente declarar por subsanados el requerimiento descrito en el numeral 2.1 de la Notificación Electrónica de Providencia SEGSE-NE-893/2023 notificado a BANCO DE HONDURAS, S.A; y, en lo que respecta a las demás subsanaciones señaladas en la Notificación Electrónica de La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 16 D E FEBRE R O D E L 2024 N o . 36,462 Providencia SEGSE-NE-893/2023, se debe solicitar la opinión a las demás áreas participantes en la misma y a la Gerencia Legal en lo referente a los aspectos legales correspondientes.
- 7.Que el Dictamen Legal GLEAI-DL-789/2023 de fecha 27 de noviembre de 2023, emitido por la Gerencia Legal, concluye que en atención a los requerimientos señalados en la providencia de fecha 13 de septiembre de 2023, el abogado José Ramón Paz Morales, apoderado legal de BANCO DE HONDURAS, S.A., en la solicitud de autorización de modificación de Escritura de Constitución y Estatutos Sociales del Banco, subsanó los aspectos legales según las observaciones antes señaladas. En consecuencia, es procedente que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros autorice la modificación de la Escritura de Constitución y Estatutos Sociales de BANCO DE HONDURAS, S.A., por estar conforme a los acuerdos tomados por la Asamblea General Extraordinario de Accionistas del Banco celebrada el día 11 de octubre de 2023, mismos que se encuentran de conformidad con las disposiciones legales establecidas en el Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas vigente. Se adjunta Proyecto de Reforma de Escritura de Constitución y Estatutos Sociales revisado por esta Gerencia.
- 8.Que el Dictamen Técnico GEEEE- DT-5-2024 de fecha 17 de enero de 2024, emitido por la Gerencia de Estudios Económicos, Regulación, Competencia e Innovación Financiera, concluye y recomienda a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, autorizar a BANCO DE HONDURAS, S.A., las reformas a la Escritura de Constitución y Estatutos Sociales, derivado de la Resolución GRD No.638/03-10-2022 emitida por este Ente Supervisor, contentiva de las reformas al Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas. Modificaciones que hacen referencia a la incorporación de los derechos básicos de los accionistas, comités de apoyo técnico, selección, evaluación y remoción de los miembros del órgano superior, responsabilidades del órgano superior, supervisión de la alta gerencia, así como las facultades y obligaciones del comisario, entre otras. Lo anterior, en virtud de lo acordado en el de conformidad con lo acordado en el Acta de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la Institución Peticionaria celebrada el 11 de octubre de 2023.
- 9.Que con fundamento en los Dictámenes emitidos por la Gerencia de Estudios Económicos, Regulación, Competencia e Innovación Financiera, la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras y la Gerencia Legal, es procedente que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros resuelva autorizar la solicitud de mérito a BANCO DE HONDURAS, S.A.
- 10.Que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, mediante Providencia SEGSE PV-1617/2022 del 13 de septiembre de 2022, tuvo por recibido el escrito intitulado "SE SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA LA MODIFICACIÓN DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN Y ESTATUTOS SOCIALES DE LA SOCIEDAD MERCANTIL BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. (BANRURAL HONDURAS)- SE ACOMPAÑAN DOCUMENTOS.", suscrito por el abogado José Fernando Pacheco Chirinos en su condición de Apoderado Legal de BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. (BANRURAL HONDURAS), mediante el cual solicita autorización de este Ente Supervisor para efectuar reforma total a su pacto societario.
- 11.Que la solicitud presentada por BANRURAL HONDURAS, tendente a obtener autorización para efectuar reforma total de su escritura de constitución y estatutos sociales, se fundamenta en lo establecido en el Artículo 12 de la Ley del Sistema Financiero, el cual refiere que toda modificación de la escritura pública de constitución y de los estatutos de las instituciones sujetas a esa Ley, requerirán autorización de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros. Asimismo, el referido Artículo señala que para fines de otorgamiento y registro de las escrituras se seguirá lo descrito en el Artículo 9 de la Ley del Sistema Financiero y deberá publicarse en el Diario Oficial "La Gaceta" y en dos (2) diarios de circulación nacional. De igual manera, la solicitud de mérito atiende lo establecido en la Resolución GRD No.638/03-10-2022 contentiva de las reformas al Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 36,057 del 22 de octubre de 2022.
- 12.Que la solicitud de autorización para efectuar reforma total a la Escritura de Constitución y Estatutos Sociales de BANRURAL Comisión Nacional de Bancos y Seguros Tegucigalpa, M.D.C., Honduras La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 19 D E FEBRERO D E L 2024 N o . 36,464 HONDURAS, fue aprobada en el Acta No.34 de la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas celebrada el 22 de julio de 2022, con el propósito de modernizar y apegar dicho pacto societario a las disposiciones del Gobierno Corporativo y demás Leyes que dicta la Comisión. Lo anterior, según lo contemplado en el Instrumento Público No.77 correspondiente a la celebración de dicha Asamblea.
- 13.Que del análisis preliminar efectuado a la documentación presentada se determinó que la solicitud de mérito debía ser subsanada, por lo que con el fin de contar con los elementos de juicio suficientes para emitir el dictamen correspondiente, mediante Notificaciones Electrónicas de Providencia SEGSE-NE-898/2022 notificada el 15 de noviembre de 2022, SEGSE-NE-488/2023 notificada el 12 de mayo de 2023, SEGSE-NE-761/2023 y SEGSE- NE-763/2023, notificadas el 10 y 11 de agosto de 2023, se requirió a BANRURAL HONDURAS, a través de su Apoderado Legal, para que en el término máximo de diez (10) días hábiles siguientes a dicha notificación, subsanara su solicitud en el sentido de incluir varios artículos de la reglamentación de gobierno corporativo, y realizar ajustes legales a los documentos presentados.
- 14.Que en virtud de lo anterior, mediante Providencias SEGSE-PV-20298/2022 del 12 de septiembre de 2022, contentiva de escrito intitulado: "MANIFESTACIÓN.- AGREGAR AL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO CONTENTIVO DE LA SOLICITUD PARA LA MODIFICACIÓN DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN Y ESTATUTOS SOCIALES DE LA SOCIEDAD MERCANTIL BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. (BANRURAL HONDURAS).- SE PRESENTAN DOCUMENTOS.-"; Providencia SEGSE-PV-2024/2022 del 24 de noviembre de 2022, contentiva de escrito intitulado "SE CUMPLE REQUERIMIENTO CONTENIDO EN OFICIO SEGSE- NE-898/2022.- SE ACOMPAÑAN DOCUMENTOS.”; Providencia SEGSE-PV-1090/2023 del 25 de mayo de 2023, conteniendo el escrito intitulado “SE CUMPLE REQUERIMIENTO CONTENIDO EN OFICIO SEGSE-NE-488/2023. SE ACOMPAÑAN DOCUMENTOS.”; y, Providencia SEGSE- PV-1779/2023 de fecha 17 de agosto de 2023, conteniendo el escrito intitulado “SE CUMPLE REQUERIMIENTO CONTENIDO EN OFICIO SEGSE-NE-761/2023.Y.OFICIO.SEGSE-NE-763/2023.- SE ACOMPAÑAN DOCUMENTOS.”, escritos suscritos por el abogado José Fernando Pacheco Chirinos en su condición de Apoderado Legal de BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. (BANRURAL HONDURAS), acompañando proyecto de reforma de la Escritura de Constitución y Estatutos Sociales de su representada con el fin de dar cumplimiento a los requerimientos de subsanación notificados por este Ente Supervisor.
- 15.Que el Dictamen Técnico SBOUA-ME-1198/2022 de fecha 8 de diciembre de 2022, emitido por la Superintendencia de Bancos y La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 19 D E FEBRERO D E L 2024 N o . 36,464 Otras Instituciones Financieras, concluye que BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A., procedió a subsanar los puntos 2, 3 y 4 de la Notificación Electrónica de Providencia SEGSE-NE- 898/2022, y recomendó solicitar opinión a la Gerencia Legal para evaluar los aspectos legales correspondientes, de estar éstos acordes, procede conceder la autorización de modificación de la escritura de constitución y estatutos sociales solicitada por el referido Banco.
- 16.Que el Dictamen Legal GLEAI-DL728/2023 de fecha 31 de octubre de 2023, emitido por la Gerencia Legal, concluye que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros autorice la reforma de Escritura de Constitución y Estatutos Sociales de BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. (BANRURAL HONDURAS) con la salvedad que el Notario copie íntegramente sin modificación de ninguna clase en el Instrumento público de constitución o de reformas la Certificación de Autorización que emita este Ente Supervisor.
- 17.Que el Dictamen Técnico GEEGE-DT-6/2024 de fecha 18 de enero de 2024, emitido por la Gerencia de Estudios Económicos, Regulación, Competencia e Innovación Financiera, concluye y recomienda a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, autorizar a BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. (BANRURAL HONDURAS) la reforma total de su Escritura de Constitución y Estatutos Sociales, derivado de la Resolución GRD No.638/03-10-2022 emitida por este Ente Supervisor, contentiva de las reformas al Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas. Modificaciones que hacen referencia a la incorporación de los derechos básicos de los accionistas, comités de apoyo técnico, selección, evaluación y remoción de los miembros del órgano superior, responsabilidades del órgano superior, supervisión de la alta gerencia, así como las facultades y obligaciones del comisario, entre otras. Lo anterior, en virtud de lo acordado en el Acta No.34 de la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la Institución Peticionaria, celebrada el 22 de julio de 2022.
- 18.Que con fundamento en los Dictámenes emitidos por la Gerencia de Estudios Económicos, Regulación, Competencia e Innovación Financiera, la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras y la Gerencia Legal, es procedente que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros resuelva autorizar la solicitud de mérito a BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. (BANRURAL HONDURAS).
Articulos
Articulo 9
de la Ley del Sistema Financiero y deberá publicarse en el Diario Oficial "La Gaceta" y en dos (2) diarios de circulación nacional. De igual manera, la solicitud de mérito atiende lo establecido en la Resolución GRD No.638/03-10-2022 contentiva de las reformas al Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 36,057 del 22 de octubre de 2022. CONSIDERANDO (3): Que la solicitud de autorización para efectuar reforma total a la Escritura de Constitución y Estatutos Sociales de BANRURAL Comisión Nacional de Bancos y Seguros Tegucigalpa, M.D.C., Honduras La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 19 D E FEBRERO D E L 2024 N o . 36,464 HONDURAS, fue aprobada en el Acta No.34 de la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas celebrada el 22 de julio de 2022, con el propósito de modernizar y apegar dicho pacto societario a las disposiciones del Gobierno Corporativo y demás Leyes que dicta la Comisión. Lo anterior, según lo contemplado en el Instrumento Público No.77 correspondiente a la celebración de dicha Asamblea. CONSIDERANDO (4): Que del análisis preliminar efectuado a la documentación presentada se determinó que la solicitud de mérito debía ser subsanada, por lo que con el fin de contar con los elementos de juicio suficientes para emitir el dictamen correspondiente, mediante Notificaciones Electrónicas de Providencia SEGSE-NE-898/2022 notificada el 15 de noviembre de 2022, SEGSE-NE-488/2023 notificada el 12 de mayo de 2023, SEGSE-NE-761/2023 y SEGSE- NE-763/2023, notificadas el 10 y 11 de agosto de 2023, se requirió a BANRURAL HONDURAS, a través de su Apoderado Legal, para que en el término máximo de diez (10) días hábiles siguientes a dicha notificación, subsanara su solicitud en el sentido de incluir varios artículos de la reglamentación de gobierno corporativo, y realizar ajustes legales a los documentos presentados. CONSIDERANDO (5): Que en virtud de lo anterior, mediante Providencias SEGSE-PV-20298/2022 del 12 de septiembre de 2022, contentiva de escrito intitulado: "MANIFESTACIÓN.- AGREGAR AL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO CONTENTIVO DE LA SOLICITUD PARA LA MODIFICACIÓN DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN Y ESTATUTOS SOCIALES DE LA SOCIEDAD MERCANTIL BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. (BANRURAL HONDURAS).- SE PRESENTAN DOCUMENTOS.-"; Providencia SEGSE-PV-2024/2022 del 24 de noviembre de 2022, contentiva de escrito intitulado "SE CUMPLE REQUERIMIENTO CONTENIDO EN OFICIO SEGSE- NE-898/2022.- SE ACOMPAÑAN DOCUMENTOS.”; Providencia SEGSE-PV-1090/2023 del 25 de mayo de 2023, conteniendo el escrito intitulado “SE CUMPLE REQUERIMIENTO CONTENIDO EN OFICIO SEGSE-NE-488/2023. SE ACOMPAÑAN DOCUMENTOS.”; y, Providencia SEGSE- PV-1779/2023 de fecha 17 de agosto de 2023, conteniendo el escrito intitulado “SE CUMPLE REQUERIMIENTO CONTENIDO EN OFICIO SEGSE-NE-761/2023.Y.OFICIO.SEGSE-NE-763/2023.- SE ACOMPAÑAN DOCUMENTOS.”, escritos suscritos por el abogado José Fernando Pacheco Chirinos en su condición de Apoderado Legal de BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. (BANRURAL HONDURAS), acompañando proyecto de reforma de la Escritura de Constitución y Estatutos Sociales de su representada con el fin de dar cumplimiento a los requerimientos de subsanación notificados por este Ente Supervisor. CONSIDERANDO (6): Que el Dictamen Técnico SBOUA-ME-1198/2022 de fecha 8 de diciembre de 2022, emitido por la Superintendencia de Bancos y La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 19 D E FEBRERO D E L 2024 N o . 36,464 Otras Instituciones Financieras, concluye que BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A., procedió a subsanar los puntos 2, 3 y 4 de la Notificación Electrónica de Providencia SEGSE-NE- 898/2022, y recomendó solicitar opinión a la Gerencia Legal para evaluar los aspectos legales correspondientes, de estar éstos acordes, procede conceder la autorización de modificación de la escritura de constitución y estatutos sociales solicitada por el referido Banco. CONSIDERANDO (7): Que el Dictamen Legal GLEAI-DL728/2023 de fecha 31 de octubre de 2023, emitido por la Gerencia Legal, concluye que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros autorice la reforma de Escritura de Constitución y Estatutos Sociales de BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. (BANRURAL HONDURAS) con la salvedad que el Notario copie íntegramente sin modificación de ninguna clase en el Instrumento público de constitución o de reformas la Certificación de Autorización que emita este Ente Supervisor. CONSIDERANDO (8): Que el Dictamen Técnico GEEGE-DT-6/2024 de fecha 18 de enero de 2024, emitido por la Gerencia de Estudios Económicos, Regulación, Competencia e Innovación Financiera, concluye y recomienda a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, autorizar a BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. (BANRURAL HONDURAS) la reforma total de su Escritura de Constitución y Estatutos Sociales, derivado de la Resolución GRD No.638/03-10-2022 emitida por este Ente Supervisor, contentiva de las reformas al Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas. Modificaciones que hacen referencia a la incorporación de los derechos básicos de los accionistas, comités de apoyo técnico, selección, evaluación y remoción de los miembros del órgano superior, responsabilidades del órgano superior, supervisión de la alta gerencia, así como las facultades y obligaciones del comisario, entre otras. Lo anterior, en virtud de lo acordado en el Acta No.34 de la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la Institución Peticionaria, celebrada el 22 de julio de 2022. CONSIDERANDO (9): Que con fundamento en los Dictámenes emitidos por la Gerencia de Estudios Económicos, Regulación, Competencia e Innovación Financiera, la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras y la Gerencia Legal, es procedente que la Comisión Nacional de Bancos y Seguros resuelva autorizar la solicitud de mérito a BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. (BANRURAL HONDURAS). POR TANTO: Con fundamento en los Artículos 8 y 13 numeral 15) de la Ley de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros; 9, 10 y 12 de la Ley del Sistema Financiero, y la Circular CNBS No.015/2022 del 4 de octubre de 2022, contentiva de la Resolución GRD No.638/03- 10-2022 correspondiente a las reformas al Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas, RESUELVE: l. Autorizar a BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. (BANRURAL HONDURAS) la reforma total de La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 19 D E FEBRERO D E L 2024 N o . 36,464 su Escritura de Constitución y Estatutos Sociales, derivado de la Resolución GRD No.638/03-10-2022 emitida por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros contentiva de las reformas al Reglamento de Gobierno Corporativo para las Instituciones Supervisadas, en virtud de lo acordado en el Acta No.34 de la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la Institución Peticionaria, celebrada el 22 de julio de 2022; y, de acuerdo con el Proyecto de Reformas de Escritura que se adjunta y forma parte de la presente Resolución. Lo anterior en virtud de los aspectos técnicos y legales señalados en los Considerandos (6), (7), y (8) de la presente Resolución. 2. Autorizar a la Secretaría General de la Comisión para que extienda Certificación de la presente Resolución con el fin de que el Notario la copie íntegramente y sin modificaciones de ninguna clase en el Instrumento Público de Reformas, señalándose un plazo de quince (15) días hábiles para el otorgamiento de la Escritura Pública de Reformas; dicha Certificación deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta” y en dos (2) de los diarios de circulación en el País, por cuenta de BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. Asimismo, la Institución Bancaria deberá inscribir el instrumento público de reformas en el Registro correspondiente. 3. BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A., deberá remitir a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, copia autenticada de la nueva redacción de la Escritura de Constitución y de los Estatutos Sociales conteniendo las reformas aprobadas en la presente Resolución, una vez que las mismas hayan sido inscritas en el correspondiente Registro. 4. Notificar en legal y debida forma la presente Resolución al abogado José Fernando Pacheco Chirinos en su condición de Apoderado Legal de BANCO DE DESARROLLO RURAL HONDURAS, S.A. (BANRURAL HONDURAS) para los efectos legales correspondientes y comunicar el contenido de esta a la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras y Gerencia Legal para su conocimiento. 5. La presente Resolución es de ejecución inmediata.... Queda aprobado por unanimidad... F) MARCIO GIOV ANNY SIERRA DISCUA, Presidente; ALBA LUZ VALLADARES OCONNOR, Comisionada Propietaria; ALEX LARA ENAMORADO, Comisionado Suplente, ANA GABRIELA AGUILAR PINEDA, Secretaria General”. Y para los fines correspondientes se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los treinta días del mes de enero de dos mil veinticuatro. ANA GABRIELA AGUILAR PINEDA Secretaria General 19 F. 2024 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 23 D E FEBRERO D E L 2024 N o . 36,468 Sección “B”