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5 de enero de 2024Vigente

Decreto Legislativo — Asignación presupuestaria de Novecientos Cincuenta Millones de Lempiras para infraestructura y becas

  • Publicación: 5 de enero de 2024
  • Categoria: Financiero y Tributario

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

El Estado asigna 950 millones de lempiras para construir obras pequeñas de infraestructura, mejorar comunidades y otorgar becas de estudio en todos los niveles educativos. Estos fondos se distribuirán a través de instituciones como el FHIS, SIT, SEDESOL y EDUCREDITO, beneficiando a comunidades, alcaldías, juntas de agua y estudiantes de todo el país.

Articulos

Articulo 338.-

Se autoriza una asignación presupu- estaria de hasta NOVECIENTOS CINCUENTA MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L950,000,000.00) para el desarrollo de infraestructura menor y obras sociales a petición y en beneficio de las Comunidades, Patronatos, Asociaciones, Alcaldías, Juntas de Agua, Cajas Rurales, entre otros; así como para el otorgamiento de becas de estudio en todos los niveles educativos. Las obras de infraestructura menor, sociales, becas y canchas deportivas se gestionarán a través del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), la Secretaría de Infraestructura y Transporte ( SIT), Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización (SGJD), Instituto de Crédito Educativo (EDUCREDITO), Fondo Social de Desarrollo Eléctrico (FOSODE) y la Comisión Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (CONDEPOR). Se autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) para que de conformidad con la Ley Orgánica del Presupuesto y la normativa que regula el Sistema de Administración Financiera Integrado SIAFI, realice las operaciones necesarias, previa solicitud de las instituciones referidas.