Decreto Legislativo — Autorización a BANADESA para contabilización de activos y pasivos de fideicomisos
Resumen
BANADESA puede incluir en su patrimonio los activos y pasivos de los fideicomisos públicos que administra, ajustando sus valores según el deterioro de los créditos. A medida que los deudores paguen sus créditos, esos montos se convierten en patrimonio del banco. BANADESA es responsable de recuperar, controlar y monitorear estos activos.
Articulos
Articulo 337
Se autoriza al Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA), para que contabilice en un Cien por ciento (100%) a su patrimonio neto sin inclusión de cartera de crédito, los activos, pasivos y patrimonios reflejados y provenientes en la contabilidad de los Fideicomisos Públicos, constituidos en dicha institución bancaria, realice los ajustes contables correspondientes por el deterioro y agotamiento de los activos reflejados en los estados financieros de cada uno de los Fideicomisos y sus saldos finales de las carteras, se contabilicen en las cuentas de deterioro y agotamiento; de tal manera que BANADESA incorpore en su patrimonio cifras reales a medida que los beneficiarios de créditos realicen pagos totales o pagos parciales, que llevados al devengo, pasarán a convertirse en patrimonio del BANADESA. El Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA), será el responsable de la recuperación, control y monitoreo de los activos y del pago de los pasivos que existan en la contabilidad de los Fideicomisos. SecciónAAcuerdos y Leyes