VigenteCategoria: Penal
Decreto No. CSJ-9-2023 | 23 de junio de 2023 | Poder Judicial | La Gaceta No. 36,334

Acuerdo Ejecutivo No. CSJ-9-2023 — Establecimiento del Tribunal de Sentencia con Competencia Nacional en Criminalidad Organizada y Corrupción en Cortés

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Resumen

Crea un tribunal especial con sede en San Pedro Sula que juzga delitos de crimen organizado y corrupción en todo Honduras. Este tribunal funciona con jueces y personal existente, busca acelerar justicia y reducir dificultades de desplazamiento de personas al juzgado.

Considerandos

  1. 1.Considerando (1): Que el Poder Judicial tiene la obligación constitucional de impartir y administrar justicia, de manera pronta, efectiva y gratuita, por magistrados y jueces independientes, sometidos únicamente a la Constitución y las leyes.
  2. 2.Considerando (2): Que por disposición constitucional le corresponde a la Corte Suprema de Justicia, entre otras, la atribución de “… 11) Fijar la división del territorio para efectos jurisdiccionales; 12) Crear, suprimir, fusionar o trasladar los Juzgados, Cortes de Apelaciones y demás dependencias del Poder Judicial…”.
  3. 3.Considerando (3): Que mediante Acuerdo No 02- 2016, de fecha tres de mayo de 2016, la Corte Suprema de Justicia creó el Juzgado de Letras, Tribunal de Sentencia y Corte de Apelaciones con Competencia Nacional en materia de Extorsión, a los cuales se les asignó conocer del delito de Extorsión, contemplado en el artículo 222 del Código Penal, contenido en el Decreto No 144-83, y sus delitos conexos conforme a las reglas de conexión del Código Procesal Penal. Y se creó un Tribunal de Sentencia de Extorsión, cuya sede sería en la ciudad de Tegucigalpa, Francisco Morazán, con competencia territorial a nivel nacional.
  4. 4.Considerando (4): Que luego de un análisis integral de la carga laboral, constituida por ingresos y egresos, se ha verificado que el Tribunal de Sentencia con Competencia Nacional en Materia de Extorsión tiene una alta carga laboral que proviene de los departamentos de Ocotepeque, Copán, Santa Bárbara, Cortés, Atlántida, Yoro, Colón, Gracias a Dios e Islas de la Bahía, situación que provoca dificultades de acceso a la justicia y de juzgamiento, debido al traslado de los intervinientes en el proceso hasta la ciudad de Tegucigalpa y de naturaleza logística.
  5. 5.Considerando (5): Que es imperativo para el Estado de Honduras fortalecer el sistema judicial penal y redoblar esfuerzos en la lucha del delito de Extorsión con un fenómeno de criminalidad organizada, y que constitucionalmente es competencia exclusiva de la Corte Suprema de Justicia establecer las competencias por materia y territorio de los órganos jurisdiccionales que funcionaran en el país. 11 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 14 DE SEPTIEMBRE DEL 2023 No. 36,334 Parte Dispositiva La Corte Suprema de Justicia, por unanimidad de votos, en nombre del Estado de Honduras y en uso de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias; artículos: 313 numeral 1 de la Constitución de la República, reformado mediante Decreto Legislativo No 282-2010, ratificado mediante Decreto Legislativo No 5-2011; y 3 transitorio de los Decretos mencionados: A c u e r d a

Articulos

Articulo Primero

Primero: Integrar un Tribunal de Sentencia con Competencia Territorial Nacional en Materia Penal de Criminalidad Organizada y Corrupción, con sede en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, que estará constituido por los jueces que integran actualmente la Sala Cuarta del Tribunal de Sentencia de la Sección Judicial de San Pedro Sula, departamento de Cortés y todo su personal auxiliar; que dependerán jerárquicamente de la Corte de Apelaciones de lo Penal con Competencia Nacional en Criminalidad Organizada y Corrupción, creada mediante

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