VigenteCategoria: Mercantil
Decreto No. 2023-8127 | 18 de agosto de 2025 | Poder Judicial

Certificación No. 2023-8127 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - Inversiones Hong Honduras

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Resumen

Este documento registra la marca de servicio 'CHINA TOWN' de la empresa Inversiones Hong Honduras. La marca protege servicios de publicidad, marketing, relaciones públicas y organización de eventos comerciales en Honduras. El registro otorga a la empresa derechos exclusivos sobre esta marca para distinguir sus servicios en el mercado.

Texto completo

Número de Solicitud: 2023-8127 Fecha de Presentación: 2023-12-21 Fecha de emisión: 18 de agosto de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES HONG HONDURAS, S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: BARRIO EL OBELISCO, 1 AVENIDA, 12 CALLE ESQUINA, ATRÁS DE YUDE FORD ESTABLECIMIENTO AZUL CON GRIS, Tegucigalpa, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LIDIA PAMELA PINEL E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CHINA TOWN G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "CHINA TOWN" y la apariencia de la etiqueta en su conjunto sin dar exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de publicidad, marketing y promoción, distribución de muestras, desarrollo de conceptos publicitarios, redacción y publicación de textos publicitarios, decoración de escaparates; servicios de relaciones publicas; producción de programas de televenta; organización de ferias y exposiciones con fines comerciales o publicitarios, optimización de motores de búsqueda para la promoción de ventas; administración comercial del licenciamiento de bienes y servicios de terceros, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 9, 24 D. 2025 y 12 E. 2026 ________ LA no es responsable del contenido de las publica- ciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 9 D E D I C I E MBRE D E L 2025 N o . 37,014 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintinueve (29) de agosto del año dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado la Abogada NANCY DEL CARMEN MIRA COLINDRES, actuando en su condición de apoderado legal de la señora CARMEN PATRICIA ZUNIGA MEJIA, incoando demanda con orden de ingreso 0801-2025-00627 vía procedimiento en materia ordinaria contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE SALUD, se interpone demanda ordinaria para que declare ilegalidad nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en la resolución No. 682- 2025-SS de fecha dieciséis (16) de mayo del año dos mil veinticinco (2025) notificada en fecha dieciocho (18) de julio del año dos mil veinticinco (2025) emitida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) al no resolver conforme a derecho con infracción del ordenamiento jurídico que limita derechos constitucionales y establecidos en las leyes, se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado se reconozca mediante sentencia definitiva la reclasificación ascenso de puesto de auxiliar de enfermería a médico general asistencial, se otorguen los incrementos de salario de conformidad a la Ley del Estatuto Médico Empleado y Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central, incentivo de salario bienal del 3.5% producto de dicha reclasificación hasta la fecha que se ejecute la sentencia. Interese se delega poder. HAMELIN FANUEL AVILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 9 D. 2025 ______

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