VigenteCategoria: Mercantil
Decreto No. 2023-8127 | 18 de agosto de 2025 | Poder Judicial
Certificación No. 2023-8127 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - Inversiones Hong Honduras
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Resumen
Este documento registra la marca de servicio 'CHINA TOWN' de la empresa Inversiones Hong Honduras. La marca protege servicios de publicidad, marketing, relaciones públicas y organización de eventos comerciales en Honduras. El registro otorga a la empresa derechos exclusivos sobre esta marca para distinguir sus servicios en el mercado.
Texto completo
Número de Solicitud: 2023-8127
Fecha de Presentación: 2023-12-21
Fecha de emisión: 18 de agosto de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: INVERSIONES HONG HONDURAS, S. DE R.L. DE C.V.
Domicilio: BARRIO EL OBELISCO, 1 AVENIDA, 12 CALLE ESQUINA, ATRÁS DE
YUDE FORD ESTABLECIMIENTO AZUL CON GRIS, Tegucigalpa, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO:
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LIDIA PAMELA PINEL
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
CHINA TOWN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "CHINA TOWN" y la apariencia de la
etiqueta en su conjunto sin dar exclusividad a los términos por separado.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de publicidad, marketing y promoción,
distribución de muestras, desarrollo de conceptos publicitarios, redacción y publicación
de textos publicitarios, decoración de escaparates; servicios de relaciones publicas;
producción de programas de televenta; organización de ferias y exposiciones con fines
comerciales o publicitarios, optimización de motores de búsqueda para la promoción de
ventas; administración comercial del licenciamiento de bienes y servicios de terceros, de
la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
9, 24 D. 2025 y 12 E. 2026
________
LA
no es responsable del contenido de las publica-
ciones, en todos los casos la misma es fiel con
el original que
recibimos para el propósito
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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P
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 9 D E D I C I E MBRE D E L 2025 N o . 37,014
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en
fecha veintinueve (29) de agosto del año dos mil veinticinco
(2025), compareció ante este Juzgado la Abogada NANCY
DEL CARMEN MIRA COLINDRES, actuando en su
condición de apoderado legal de la señora CARMEN
PATRICIA ZUNIGA MEJIA, incoando demanda con
orden de ingreso 0801-2025-00627 vía procedimiento en
materia ordinaria contra el Estado de Honduras a través de la
SECRETARÍA DE SALUD, se interpone demanda ordinaria
para que declare ilegalidad nulidad de un acto administrativo
de carácter particular consistente en la resolución No. 682-
2025-SS de fecha dieciséis (16) de mayo del año dos mil
veinticinco (2025) notificada en fecha dieciocho (18) de julio
del año dos mil veinticinco (2025) emitida por la Secretaría
de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) al no resolver
conforme a derecho con infracción del ordenamiento jurídico
que limita derechos constitucionales y establecidos en las
leyes, se reconozca la situación jurídica individualizada y
como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del
derecho subjetivo vulnerado se reconozca mediante sentencia
definitiva la reclasificación ascenso de puesto de auxiliar
de enfermería a médico general asistencial, se otorguen los
incrementos de salario de conformidad a la Ley del Estatuto
Médico Empleado y Ley de Reordenamiento del Sistema
Retributivo del Gobierno Central, incentivo de salario bienal
del 3.5% producto de dicha reclasificación hasta la fecha que
se ejecute la sentencia. Interese se delega poder.
HAMELIN FANUEL AVILA GARCIA
SECRETARIO, POR LEY
9 D. 2025
______
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