VigenteCategoria: Constitucional
10 de noviembre de 2020 | Poder Judicial
Certificación — Certificación de Autoridades del Secretariado Nacional y Tribunal de Honor del Partido Frente Amplio para período 2021-2025
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Resumen
Este documento certifica que las autoridades del Secretariado Nacional y Tribunal de Honor del Partido Frente Amplio fueron elegidas legalmente el 23 de mayo de 2021 para el período 2021-2025. La certificación les notifica oficialmente su elección y ordena archivar copias en los registros del partido.
Texto completo
POR TANTO: El Pleno de Consejeros, por unanimidad de
votos. RESUELVE: Tener por notificadas las Autoridades
del Secretariado Nacional y el Tribunal de Honor, electos
en la Asamblea “Patria es Humanidad”, celebrada vía
Plataforma Zoom debido a la pandemia Covid-19, el
veintitrés (23) de mayo de dos mil veintiuno (2021), para
el Período 2021-2025, del Partido Político Frente Amplio
(EL FRENTE)”.
De la presente se deberá entregar copia al Despacho de los
Consejeros, al archivo que obra en la Secretaría General del
Partido Frente Amplio (EL FRENTE).
Para los fines legales pertinentes, se extiende la presente
Certificación en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del
Distrito Central, a los veintiún (21) días del mes de agosto
de dos mil veintiuno (2021).
ABOG. ALEJANDRO MARTÍNEZ QUEZADA
SECRETARIO GENERAL
14 O. 2021
Poder Judicial
Honduras
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los
interesados y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha dieciocho (18) de febrero
de dos mil veintiuno (2021), compareció a este Juzgado el
Abogado GUILLERMO ANTONIO VALLADARES
GARCIA, en su condición de representante procesal de la
señora BRENDA JULIA VERDE POWERY, incoando
demanda en materia ordinaria con orden de ingreso número
0801-2021-00272 para que se declare la nulidad de un acto
administrativo, contenido en la resolución número 228-2020-
SS de fecha 10 de noviembre del 2020, por ser producto de
una violación a la Ley de Procedimiento Administrativo y la
ley Nacional y Constitucional, notificada en forma personal
el día 26 de marzo del año 2021 y finalmente porque ratifica
la resolución número 186-2019-SS, de fecha 17 de octubre
del año 2019, la cual fue dictada en vía administrativa
fuera de Ley de Procedimiento Administrativo y la Ley del
Estatuto Médico Empleado; se Reconozca una situación
jurídica individualizada.- Se adopten medidas para su pleno
restablecimiento.- Se condene a la parte demandada notificar
formalmente y por escrito el Acuerdo de Cancelación
que corresponda en ley a mi representada la Doctora
Brenda Julia Verde Powery, acto seguido en la misma
sentencia que al efecto se dicte y en estricto cumplimiento
al artículo 47 de la Ley del Estatuto Médico Empleado se
condene al pago de un derecho adquirido tal como en su
respectiva bonificación, más sus intereses legales por la
falta de pago desde su cancelación, hasta el día en que en
sujeción a derecho quede firme la sentencia que al efecto
se dicte en este juicio.- Condena en costas al demandado.-
Se acompañan documentos debidamente legalizados. Se
acredita poder.- Apertura a pruebas.- En relación al acto
impugnado consistente en al resolución No. 186-2019-SS de
fecha diecisiete (17) de octubre del año dos mil diecinueve
(2019).
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
14 O. 2021
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 14 D E O C T U BRE D E L 2021 N o . 35,746
AVISO DE TITULO SUPLETORIO
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