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31 de mayo de 2022Vigente

Certificación No. 134-2022 — Licencia de Agente No Exclusivo - INTERCENTRO, S.A. como agente de DINERO ELECTRÓNICO, S.A. (DINELSA)

  • Decreto: 134-2022
  • Publicación: 31 de mayo de 2022
  • Categoria: Financiero y Tributario

Resumen

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Esta certificación autoriza a INTERCENTRO, S.A. a actuar como agente no exclusivo de DINELSA para ofrecer servicios de billetera electrónica (Tigo Money) en regiones específicas de Honduras hasta marzo de 2023. Permite que la empresa distribuya estos servicios financieros digitales en departamentos como Cortés, Atlántida, Copán y otros, según las zonas permitidas.

Texto completo

SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA: La LICENCIA DE AGENTE NO EXCLUSIVO, otorgada en la Resolución Número 134-2022, de fecha 18 de mayo del 2022, en relación al Convenio de Alianza Estratégica de Agencia otorgado por la empresa Concedente de fecha 30 de marzo del año 2021, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia de AGENTE a la Sociedad Mercantil INTERCENTRO, S.A., como Concesionaria de la empresa Concedente DINERO ELECTRÓNICO, S.A. (DINELSA), de nacionalidad hondureña, de forma NO EXCLUSIVA; POR TIEMPO DEFINIDO hasta el 30 de marzo del 2023; con relación de los productos y servicios de Billetera Electrónica baja la marca Tigo Money con jurisdicción en el área de operación que consta en folio 18 reverso en el Anexo Dos y que se detalla a continuación: 1.1 Gracias a Dios; 1.2 Colón; 1.3 Atlántida; 1.4 Islas de la Bahía, 1.5 Cortés, 1.6 Yoro 11 los municipios de: 1.6.1 Arenal, 1.6.2 Olanchito, 1.6.3 Esquipulas del Norte, 1.6.4 El Progreso, 1.6.5 El Negrito, 1.6.6 Morazán, 1.6.7 Santa Rita, 1.6.8 Sulaco, 1.6.9 Victoria, 1.6.10 Yorito, 1.6.11 Yoro, 1.7 Copán, 1.8 Ocotepeque, 1.9 Santa Bárbara, 1.10 Olancho: circuitos HB7HDI Y HB7HD2; 1.11 Lempira: circuitos HA21J3, HB6BX2 y HB6EA3; 1.12 Comayagua II, solamente los municipios siguientes: 1.12.1 El Rosario circuito HA2JS14, 1.12.2 La Trinidad, 1.12.3 Meámbar, 1.12.4 San José de Comayagua, 1.12.5 Siguatepeque y 1.12.6 Taulabé..; F. y. S. MELVIN ENRIQUE REDONDO, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, por Ley Acuerdo No.032-2022. F. y S JOEL EDUARDO SALINAS LANZA, Secretario General. Esta certificación no surtirá efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial La Gaceta y registrada en la Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, ocho de junio del año dos mil veintidós. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General 30 J. 2022. ____