VigenteCategoria: Mercantil
Decreto No. 2022-6254 | 20 de enero de 2023 | Poder Judicial
Certificación No. 2022-6254 — Certificación de Registro de Marca de Servicio - ATLANTEAN
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Resumen
La empresa INVERSIONES RV S.A. DE C.V. obtuvo registro oficial de la marca de servicio "ATLANTEAN" para proteger servicios de diseño y desarrollo de software. Esta marca está protegida desde el 20 de enero de 2023 ante el Registro de Propiedad Industrial de Honduras, permitiendo que solo esta empresa pueda usarla en estos servicios.
Texto completo
Número de Solicitud: 2022-6254
Fecha de presentación: 2022-10-24
Fecha de emisión: 20 de enero de 2023
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: INVERSIONES RV S.A. DE C.V.
Domicilio: Carretera hacia Armenta, edificio de la Universidad Tecnológica de Honduras (UTH),
San Pedro Sula, Cortés, CP 21101, Honduras
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
AMILCAR ERNESTO ZAVALA GARCIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (42)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Atlantean
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca "ATLANTEAN" así como la apariencia de su
etiqueta, sin dar protección al término "SOFTWARE", que aparece en la misma.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios científicos, tecnológicos, con diseño y desarrollo de
software, de la clase 42.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
2, 17 F. y 6 M. 2023
________
LA EMPRESA NACIONAL DE
ARTES GRÁFICAS
No es responsable del contenido de las
publicaciones, en todos los casos la misma
es fiel con el original que recibimos para
el propósito.
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 3 D E FEBRERO D E L 2023 N o . 36,146
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE
SABER: Que en fecha trece (13) de diciembre del dos mil
veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el abogado
JOSE ALFREDO MOLINA CHAVEZ, en su condición
de representante procesal de los señores GUANDALI
AMADOR FUNEZ y GUILLERMO ENRIQUE REYES
SANCHEZ, incoando demanda en materia personal. Con
orden de ingreso número 0801-2022-01973, contra el
Estado de Honduras, a través del SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA
(SENASA), se interpone demanda especial en materia de
personal para la nulidad de unos actos administrativos.- Que
se anulen totalmente los mismos por haber sido adoptados
con infracción al ordenamiento jurídico quebrantando las
formalidades esenciales de la ley.- Que se reconozca una
situación jurídica individualizada y adoptar como medidas
necesarias para el pleno restablecimiento, la condena
al reintegro al puesto de trabajo en iguales o mejores
condiciones, a título de daños y perjuicios el pago de salarios
dejados de percibir desde la fecha efectiva del ilegal e injusto
despido hasta que quede firme la sentencia y la ejecución
de la misma, reconociendo el pago del décimo tercer y
décimo cuarto mes de salario, vacaciones, bonificaciones y
los respectivos incrementos salariales y beneficios otorgados
a todos los funcionario públicos que en su caso tuviera el
puesto del cual fueron cancelados ilegalmente hasta su
reintegro.- Costas.- Se acompañan documentos.- Poder de
representación. En relación a los Acuerdos de Cancelación
No. 235-2022 y Acuerdo No. 236-2022 ambos de fecha 28
de noviembre de 2022.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
3 F. 2023
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LA
no es responsable del contenido de las publica-
ciones, en todos los casos la misma es fiel con
el original que
recibimos para el propósito
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 3 D E FEBRERO D E L 2023 N o . 36,146
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha
13 de diciembre del año 2022 comparece el Abogado José
Alfredo Molina Chávez, representante procesal de los
señores Gustavo Adolfo Girón Méndez y Ivanna Roció
Perez Rivera quien interpuso demanda con orden de
ingreso No.0801-2022-01974, contra el Estado de Honduras,
a través del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad
Agroalimentaria, interpone demanda especial en materia de
personal para la nulidad de unos actos administrativos.- Que
se anulen totalmente los mismos por haber sido adoptados
con infracción al ordenamiento jurídico quebrantando las
formalidades esenciales de la Ley.- Que se reconozca una
situación jurídica individualizada y adoptar como medidas
necesarias para el pleno restablecimiento, la condena al
pago de las prestaciones e indemnizaciones laborales, con
el reconocimiento de la antigüedad desde el inicio de la
relación laboral más los ajustes salariales por vacaciones no
gozadas, ajuste por bono de vacaciones no gozado, ajuste de
décimo tercer mes de salario, ajuste por décimo cuarto mes
de salario, ajuste de salario según el Arancel del Profesional
de las Ciencias Agrícolas y afines y la Ley del Salario
Mínimo en relación con la Ley de Servicio Civil, a título de
daños y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir y el
duplo del ajuste por pagar salarios menores a los legalmente
establecidos por la Ley y los derechos que se produzcan
desde la fecha efectiva del ilegal e injusto despido hasta la
fecha que se ejecute la sentencia, costas.- Se acompañan
documentos.- Poder de representación; en relación a los
acuerdos de cancelación No. 237-2022 y 238-2022 ambos
de fecha 28 de noviembre del año 2022, emitidos por el
Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA.
3 F. 2023
A VISO DE HERENCIA
JAVIER ENRIQUE AZCONA BOCOCK, Notario
Público con Exequátur 1410 e inscrito en el Colegio de
Abogado de Honduras con el número 5885, con Notaría
sita en colonia Argentina número veintidós (22), Sendero
Arroyos, Tegucigalpa, M.D.C.- Al público en general y
para los efectos de ley, HACE SABER: Que en fecha
veintiséis (26) de enero de dos mil veintitrés (2023),
RESOLVIÓ declarar Herederos Ab-Intestato de MARIO
ESPINAL ZELAYA (Q.D.D.G.), a los señores MARIO
EDMUNDO ESPINAL VALENZUELA, WENDY
VIRGINIA ESPINAL VALENZUELA y JOSE ADAN
ESPINAL VALENZUELA -en partes iguales- de todos los
bienes, derechos, acciones y obligaciones que a su muerte
dejara su difunto padre y a la señora ROSA VIRGINIA
VALENZUELA ROBLES, de la cuarta conyugal,
equivalente al veinticinco por ciento (25%) de todos esos
bienes, derechos, acciones y obligaciones que a su muerte
dejara su difunto esposo, concediéndoseles la posesión
efectiva de la herencia, sin perjuicio de herederos de igual
o mejor derecho.
Tegucigalpa, M.D.C., 27 de enero del 2023
3 F. 2023
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Poder Judicial
AVISO DE CANCELACIÓN Y REPOCICIÓN DE
TITULO VALOR
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