VigenteCategoria: Mercantil
Decreto No. 51750-19 | 15 de abril de 2021 | Poder Judicial
Certificación No. 51750-19 — Cédula de notificación de cancelación de marca CHICK-FIL-A
IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA
Resumen
Este documento notifica la cancelación de la marca CHICK-FIL-A en Honduras por no uso. La Dirección de Propiedad Intelectual admitió la solicitud presentada por CFA Properties Inc. y ordenó publicar el procedimiento en periódicos nacionales para notificar al propietario original de la marca (PROMACO S. DE R.L. DE C.V.) sobre el proceso de cancelación.
Texto completo
El infrascrito, Registrador del Departamento Legal de Propiedad
Intelectual al abogado LEONARDO CASCO FORTIN, en su
condición de apoderado legal de la sociedad mercantil denominada
CFA PROPERTIES INC., en la acción de cancelación por no uso
No.51750-19 contra el registro No.19390 de la marca de servicios
denominada CHICK-FIL-A, clase internacional 43 NOTIFICA el
auto de fecha 15 abril del 2021, el que literalmente dice: DIRECCIÓN
GENERAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL OFICINA DE
REGISTRO DE PROPIEDAD INDUSTRIAL DEPARTAMENTO
LEGAL.- Tegucigalpa M.D.C., 15 de abril del 2021.Admítase el escrito
que antecede No.2021-2741 denominado "SOLICITA ORDENAR
PUBLICACIÓN DEL AUTO DE ADMISIÓN DE LA SOLICITUD
DE CANCELACIÓN". Presentado en fecha 10 de marzo del 2021, por el
abogado, LEONARDO CASCO FORTIN en su condición de apoderado
legal de la sociedad mercantil denominada CFA PROPERTIES, INC..,
en la acción de cancelación por no uso del registro No.19390 de la
marca de servicios denominada "CHICK-FIL-A" clase internacional
43, propiedad de la sociedad mercantil denominada PROMACO S. DE
R.L. DE C.V., con domicilio en la ciudad de San Pedro Sula, Cortés y en
cuanto a lo solicitado por el abogado LEONARDO CASCO FORTIN y
al no constatar un domicilio exacto de la sociedad mercantil PROMACO
S. DE R.L. DE C.V.; En la ciudad de San Pedro Sula , procédase a
citar por medio de publicaciones en un diario de mayor circulación en
el país y en el Diario Oficial La Gaceta . Agréguese a sus antecedentes
y continúese con el procedimiento correspondiente. Artículos 106, 148
y 151 de la Ley de Propiedad Industrial; 20, 33, 45, 88 de la Ley de
Procedimiento Administrativo y artículo 143 y 146 del Código Procesal
Civil; NOTIFIQUESE, sella y Firma, ABOGADO FIDEL ANTONIO
MEDINA, REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO LEGAL DE
PROPIEDAD INTELECTUAL. ABOGADO DENIS TURCIOS,
OFICIAL JURIDICO
Tegucigalpa, M.D.C., 15 de abril de 2021
ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA
REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO LEGAL
DE PROPIEDAD INTELECTUAL
12 A. 2021.
________
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C. A
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta
jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha catorce (14) de enero del dos mil
veintiuno (2021), interpuso demanda ante este Juzgado el señor Gerson
Javier García Pavón, con orden de ingreso número 0801-2021-00058,
contra la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, incoando
demanda en materia de personal para que se declare la nulidad de un acto
administrativo.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada
por la cancelación al margen de la Constitución de la República y la Ley.-
Y como medida para el restablecimiento de mis derechos se ordene en
sentencia definitiva el reintegro a la Institución como Oficial de Policía, y
a título de daños y perjuicios se ordene el pago de los salarios dejados de
percibir con los respectivos aumentos, pago de décimo tercer y decimo
cuarto mes de salario, vacaciones, así como los ascensos que me puedan
corresponder en la carrera policial desde la fecha de cancelación hasta la
ejecución de la sentencia.- Se acompañan documentos.- Pronunciamiento
sobre costas del juicio.-Poder.- Va en relación a la Resolución SEDS No.
0893-2020, de fecha 16 de septiembre del 2020 emitida por la Secretaría
de Seguridad.
LIC. CINTHIA G. CENTENO
SECRETARIA ADJUNTA
12 A. 2021. ________
Poder Judicial
Honduras
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C .A.
AVISO
Leyes relacionadas
Acuerdo No. 01-2022 — Reglamento Especial de Registro y Certificación del IHADFA
Este reglamento establece las normas para que empresas (farmacias, licorerías, fabricantes, importadores, distribuidores) se registren y certifiquen ante el IHADFA, el instituto que supervisa alcohol, tabaco y medicamentos controlados en Honduras. Las empresas deben presentar documentos, pagar cuotas anuales según su tipo de negocio, y someterse a inspecciones para verificar cumplimiento de la ley.
Decreto 01-2022 | 2023
Resolución No. 42-2025 — Fijación del valor del voto y límites de gastos de campaña electoral para Elecciones Generales 2025
Decreto 42-2025 | 2025
Decreto Legislativo No. 140-2020 mediante el cual se reforma el Decreto Ejecutivo Número PCM-044-2020 relativo al Despacho de Cumplimiento de Asuntos y Prioridades Presidenciales
Este decreto reorganiza el Despacho de Cumplimiento de Asuntos y Prioridades Presidenciales, dependiente de la Presidencia. Restructura sus funciones en dos direcciones presidenciales: una para manejar la agenda y cumplimiento de prioridades, y otra para gestionar asuntos y eventos presidenciales, asignando recursos presupuestarios para su funcionamiento.
Decreto 140-2020 | 2020
Resolución No. 302-2019 — Conceder Personalidad Jurídica a la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la Comunidad de Pacayas
Decreto 302-2019 | 2021
Resolución No. 293-10/2020 — Modificación de Normativa Complementaria para Transferencias de Valores Originadas por Reportos del Banco Central de Honduras
Decreto 293-10/2020 | 2020