VigenteCategoria: Mercantil
24 de junio de 2026 | Poder Judicial

Convocatoria — Convocatoria a Asamblea General Ordinaria de Accionistas de Acavisa Honduras, S.A.

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Resumen

Este documento contiene convocatorias legales de una empresa (Acavisa Honduras) para una asamblea de accionistas el 24 de junio de 2026, donde se tratarán temas como aprobación de balances, elección de administradores y distribución de dividendos. También incluye avisos judiciales de demandas laborales contra el Estado por cancelaciones de empleados que reclaman ser reinstalados en sus puestos y recibir salarios adeudados.

Texto completo

CONVOCATORIA ACAVISA HONDURAS, S.A. El Consejo de Administración de la sociedad ACAVISA HONDURAS, S. A., convoca a los accionistas de la sociedad, a la Asamblea General Ordinaria que tendrá lugar el día miércoles 24 de junio de 2026, a las 11:00 a.m., en las oficinas de la sociedad, ubicadas en Colonia El Pedregal, Complejo de Bodegas Caprisa, Bodega 10, Comayagüela, Municipio del Distrito Central, para tratar los asuntos siguientes: a) Lectura, discusión y aprobación del acta de la asamblea anterior; b) Discusión, aprobación o modificación del balance general de la sociedad, al 31 de diciembre de 2025 y su correspondiente estado de resultados; c) Deliberación sobre la distribución de dividendos; d) Elección o reelección del Consejo de Administración; e) Elección o reelección del Comisario; f) Confirmación, revocación o nombramiento de apoderados y gerentes; y, g) Nombramiento de Ejecutores Especiales de los Acuerdos de la Asamblea, si fuere necesario. En caso de que no haya el quórum requerido en la fecha y hora arriba indicadas, la asamblea se celebrará en segunda convocatoria, el día jueves 25 de junio 2026, a la misma hora y en el mismo local, señalados en esta convocatoria, con los accionistas que concurran. Tegucigalpa, M.D.C., 7 de mayo de 2026. CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN 11 M. 2026. La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 11 D E MAYO D E L 2026 N o . 37,138 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 24 de marzo de 2026 AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 11 de marzo de 2026, compareció ante este Juzgado el Abogado Luis Fernando Sauceda Godoy, en su condición de representante procesal de los señores Carlos Antonio Lazo Rivera, Suli Ercilia Matute Matute y Irma Conzuelo Matute, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), con orden de ingreso No.0801-2026-00471, "..., para que se declare la nulidad e ilegalidad de unos actos administrativos de carácter particular contenido en los Acuerdos de Cancelación por Cesantía números: 0308-2026, 0328-2026 y 0357-2026, de fecha 25 de febrero de 2026, con efectividad a partir de su notificación en fecha 27 de febrero de 2026, todos emitidos por la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), por no ser los mismos conforme a derecho, cometiendo para ellos evidente exceso y desviación de poder.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada.- Que se adopten las medidas para su pleno restablecimiento de los derechos de sus mandantes consistentes en: a) Se ordene el reintegro de sus mandantes en sus puestos de trabajo en iguales o mejores condiciones;b) Se ordene el pago como indemnización por daños y perjuicios de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la ilegal e injusta cancelación hasta la fecha materialmente reintegrados a sus puestos de trabajo; c) Se ordene el pago de décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones y otros aumentos e incrementos salariales otorgados durante la ausencia de sus puestos de trabajo; d) Se decreta la nulidad de los actos administrativos por el cual se hubieren nombrado a los sustitutos de los mismos cargos de sus mandantes.- Con especial condena en costas por reincidente.- Se acompañan documentos.- Se acredita poder". ABG. ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 11 M. 2026 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C., 17 de febrero de 2026 AVISO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cinco (05) de enero del año dos mil veintiséis (2026), compareció a este Juzgado la señora KAREN MELISSA ROQUE RIVERA, representada en juicio por el Abogado JORGE DAVID MONCADA LOPEZ, interponiendo demanda Contenciosa Administrativa en Materia Especial de Personal, con número de ingreso 0801-2026-00011, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través de la SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL, que en la suma literalmente dice: "Se presenta demanda contenciosa administrativa en materia de personal. Para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación N° 171-SEDESOL-2025, de fecha cuatro de diciembre de dos mil veinticinco y notificado en misma fecha, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo Social (SEDESOL), demanda para que se declare no ser conforme a derecho, por haber sido dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente, se solicita que se reconozca la situación jurídica individualizada consistentes en que se ordene el reintegro a mi puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones, asimismo, la adopción de las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de mis derechos ordenándose el pago de los salarios dejados de percibir a título indemnización por daños y perjuicios desde la fecha de la cancelación hasta que mediante sentencia definitiva condenatoria sea reintegrada al cargo, además el pago del reconociendo de los incrementos salariales durante la secuela del juicio, más el pago de los demás derechos laborales que ocurran durante el juicio, como ser: Décimo tercer mes, Décimo cuarto mes de salario, vacaciones y otros. Con especial condena en costas.- Se acompañan documentos.- Se confiere poder. ABG. ANA MARIA COLINDRES PINEDA SECRETARIA ADJUNTA 11 M. 2026 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 11 D E MAYO D E L 2026 N o . 37,138 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C. 22 de abril del 2026. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha siete (7) de abril del año dos mil veintiséis (2026), interpuso demanda ante este Juzgado la señora Gladis Alejandrina Zaldivar Girón, con Orden de Ingreso número 0801-2026-00868, contra el Estado de Honduras a través del Instituto Nacional de Migración, incoando demanda mediante proceso especial de personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en Acuerdo de Cancelación No. 141-2026 con fecha de efectividad partir del diecisiete (17) de marzo de 2026 según constancia emitida en esa misma fecha por el Instituto Nacional de Migración y en virtud de que dicha cancelación no fue realizada conforme a derecho, al haberse realizado el mismo con infracción al ordenamiento jurídico y quebrantamiento de las formalidades especiales que manda la Ley de Servicio Civil y su Reglamento. Que se reconozca una situación jurídica individualizada del titular de los derechos que se reclaman y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismos; se ordene mediante sentencia definitiva con carácter de firme, el reconocimiento de la antigüedad laboral, el reintegro al puesto del trabajo u otro en igual o mejores condiciones y a títulos de daños y perjuicios todos los salarios dejados de percibir desde la fecha en que se efectuó la cancelación de manera ilegal hasta el momento en quede firme la sentencia definitiva de mérito.- Reajuste salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como ser décimo tercer y décimo cuarto mes de salario y vacaciones.- Condena en costas a la parte demandada una vez vencida en juicio de primera instancia.- Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial.- Relación de los medios de prueba.- Fundamentos de derecho.- Se acompañan documentos.- Se confiere poder.- Petición. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 11 M. 2026. PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO

Leyes relacionadas

Convocatoria — Convocatoria a Asamblea General Ordinaria de Accionistas - ECAE S.A. de C.V.
ECAE S.A. convoca a sus accionistas a una asamblea ordinaria el 27 de diciembre de 2024 en San Pedro Sula para tratar asuntos empresariales según la ley. Si no hay quórum, se realizará el 28 de diciembre. Los accionistas pueden revisar documentos en las oficinas de la empresa antes de la reunión.
Decreto | 2024
Convocatoria — Convocatoria Asamblea General Ordinaria Lafise Valores de Honduras
Este documento convoca a los accionistas de LAFISE VALORES DE HONDURAS a una asamblea general ordinaria el 29 de abril de 2021 por medios electrónicos. El propósito es que los accionistas se reúnan para tratar asuntos ordinarios de la empresa conforme a la ley hondureña.
Decreto | 2021
Convocatoria — Convocatoria Asamblea General Ordinaria de Accionistas - Inversiones y Servicios Pazel
Esta es una convocatoria para que los accionistas de la empresa Inversiones y Servicios Pazel se reúnan el 22 de abril de 2021 a las 2:30 p.m. en San Pedro Sula. La asamblea permite a los propietarios de la empresa discutir y decidir sobre asuntos importantes según las leyes comerciales de Honduras.
Decreto | 2021
Convocatoria — Convocatoria Asamblea General Ordinaria de Accionistas BANCAJEROS BANET
La empresa Bancajeros Banet convoca a sus accionistas a una asamblea general ordinaria el 20 de marzo de 2020 en Tegucigalpa para tratar asuntos legales de la empresa. Si no hay suficientes accionistas ese día, la reunión se realizará el 21 de marzo con los que asistan.
Decreto | 2020
Convocatoria — Convocatoria Asamblea General Ordinaria SEGUROS BOLÍVAR HONDURAS
Esta convocatoria invita a los accionistas de Seguros Bolívar Honduras a una asamblea ordinaria el 23 de marzo de 2020 para tratar asuntos administrativos normales de la empresa, como nombrar directivos y revisar informes. Si no hay suficientes accionistas, se reprogramará para el día siguiente. El evento se realizará en Tegucigalpa conforme a la ley comercial hondureña.
Decreto | 2020