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26 de noviembre de 2025Vigente

Certificación No. 2025/779 — Certificación de Resolución - Cancelación de Marca Shoe Woo

Poder Judicial

  • Decreto: 2025/779
  • Publicación: 26 de noviembre de 2025
  • Órgano emisor: Poder Judicial
  • Gaceta: 37,003
  • Categoria: Mercantil

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Esta resolución cancela el registro de la marca "SHOE WOO" (clase 35) que pertenecía a PREMIER BRANDS IP LLC desde 2010. La cancelación fue solicitada por WOOCOMMERCE INC. a través de su abogada el 11 de diciembre de 2024, y fue aprobada por la Dirección General de Propiedad Intelectual el 27 de agosto de 2025.

Considerandos

... CONSIDERANDO TERCERO:... CONSIDERANDO CUARTO:... CONSIDERANDO

... POR TANTO: RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la Solicitud de Cancelación del Registro No.15956 presentada fecha 11 de Diciembre del 2024, contra el registro de la Marca de Servicio SHOE WOO clase internacional (35), registrada desde el 08 de Septiembre del 2010 y actualmente vigente, a favor de la Sociedad Mercantil PREMIER BRANDS IP LLC., presentada por la Abogada LUCIA DURON LOPEZ en su condición de Apoderada Legal de la Sociedad Mercantil WOOCOMMERCE INC., en virtud de que la Sociedad PREMIER BRANDS IP LLC no demostró el uso de la marca dentro del territorio hondureño, en los tres años anteriores a la solicitud de cancelación ininterrumpidos, ni el pago de las tasas de rehabilitación correspondientes.

Una vez firme la presente Resolución, extiéndase la orden de pago correspondiente y mándese a publicar la presente por cuenta del interesado en el Diario Oficial La Gaceta y por lo menos en un Diario de mayor circulación del país, cumplidos estos requisitos hacer las anotaciones marginales respectivas en el Libro de Registro y en la Base de Datos correspondiente. La presente Resolución no pone fin a la vía Administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio del Recurso de Reposición que deberá presentarse ante el órgano que dictó la Resolución, dentro de los diez días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, el Recurso de Apelación que deberá interponerse ante la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad, en el plazo de tres días hábiles siguientes de a la notificación del Recurso de Reposición. NOTIFÍQUESE. FIRMA Y SELLO. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO, REGISTRADOR LEGAL. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO REGISTRADOR LEGAL 26 N. 2025 La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 26 D E N O V I E MBRE D E L 2025 N o . 37,003 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO Exp. 0801-2024-05324-CV

Texto completo

El infrascrito, Registrador Legal de la Propiedad Industrial dependiente de la Dirección General de Propiedad Intelectual, a petición de parte y para efectos de publicación CERTIFICA: Extracto de la Resolución No.2025/779 de fecha 27 de agosto del 2025, que literalmente dice: RESOLUCIÓN No.2025/779. DIRECCIÓN GENERAL DE PROPIEDAD INTELECTUAL.- OFICINA DE REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.- Tegucigalpa, M.D.C., 27 de agosto del 2025. VISTA: Para resolver la Solicitud de Cancelación del Registro No.15956 perteneciente a la Marca de Servicio denominada “SHOE WOO”, clase internacional (35), presentada el 11 de diciembre del 2024, por la Abogada LUCIA DURON LOPEZ en su condición de Apoderada Legal de la Sociedad Mercantil WOOCOMMERCE INC. RESULTA PRIMERO:... RESULTA SEGUNDO:... RESULTA TERCERO:... RESULTA CUARTO:... RESULTA QUINTO:... CONSIDERANDO PRIMERO:... CONSIDERANDO SEGUNDO:... CONSIDERANDO TERCERO:... CONSIDERANDO CUARTO:... CONSIDERANDO QUINTO:... POR TANTO: RESUELVE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la Solicitud de Cancelación del Registro No.15956 presentada fecha 11 de Diciembre del 2024, contra el registro de la Marca de Servicio SHOE WOO clase internacional (35), registrada desde el 08 de Septiembre del 2010 y actualmente vigente, a favor de la Sociedad Mercantil PREMIER BRANDS IP LLC., presentada por la Abogada LUCIA DURON LOPEZ en su condición de Apoderada Legal de la Sociedad Mercantil WOOCOMMERCE INC., en virtud de que la Sociedad PREMIER BRANDS IP LLC no demostró el uso de la marca dentro del territorio hondureño, en los tres años anteriores a la solicitud de cancelación ininterrumpidos, ni el pago de las tasas de rehabilitación correspondientes. SEGUNDO: Una vez firme la presente Resolución, extiéndase la orden de pago correspondiente y mándese a publicar la presente por cuenta del interesado en el Diario Oficial La Gaceta y por lo menos en un Diario de mayor circulación del país, cumplidos estos requisitos hacer las anotaciones marginales respectivas en el Libro de Registro y en la Base de Datos correspondiente. La presente Resolución no pone fin a la vía Administrativa, cabe contra la misma sin perjuicio del Recurso de Reposición que deberá presentarse ante el órgano que dictó la Resolución, dentro de los diez días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, el Recurso de Apelación que deberá interponerse ante la Superintendencia de Recursos del Instituto de la Propiedad, en el plazo de tres días hábiles siguientes de a la notificación del Recurso de Reposición. NOTIFÍQUESE. FIRMA Y SELLO. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO, REGISTRADOR LEGAL. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO REGISTRADOR LEGAL 26 N. 2025

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO Exp. 0801-2024-05324-CV