VigenteCategoria: Mercantil
Decreto No. 518-2024 | 5 de noviembre de 2024 | Poder Judicial
Certificación No. 518-2024 — Constancia de Inscripción de Licencia de Distribuidor RD-CAFTA - Productive Business Solutions Honduras
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Resumen
Este documento registra la licencia No. 518-2024 que autoriza a Productive Business Solutions Honduras a distribuir productos y servicios de Dynabook Americas Inc. en todo Honduras hasta el 31 de diciembre de 2027, bajo el régimen comercial del tratado RD-CAFTA. La empresa tiene su domicilio en Tegucigalpa y puede comercializar los productos de su concedente en el territorio nacional.
Texto completo
La infrascrita, Jefe Departamento de Regímenes Especiales
de Sectores Productivos, dependencia de la Secretaría de
Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, HACE
CONSTAR: Que en esta fecha se ha procedido a la
inscripción en el Libro de Registro conforme al Régimen
Especial de Representantes, Distribuidores y Agentes del
Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana,
Centroamérica y Estados Unidos (RD-CAFTA), tomo
III, que al efecto lleva esta Dirección General, el cual
literalmente dice: LICENCIA DE DISTRIBUIDOR
No. 518-2024, nombre del solicitante (Concesionario):
PRODUCTIVE BUSINESS SOLUTIONS HONDURAS,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE
(PBS HONDURAS, S.A. DE C.V.); Domicilio: Barrio
Morazán, Torre Agalta, piso 21, de la ciudad de Tegucigalpa,
departamento de Francisco Morazán; Vigencia: Por tiempo
definido hasta el 31 diciembre del 2027; jurisdicción de
la Distribución: En todo el territorio de la República de
Honduras; productos que Distribuirá: De los productos y
servicios comercializados por DBA; Distribuidor Exclusivo:
NO; fecha del Contrato o Carta: Cinco de junio del 2024:
Nombre del Concedente: DYNABOOK AMERICAS
INC. (DBA), Domicilio y Nacionalidad: 5241 California,
Ave. Suite 100, Irvine, CA 92617, EE UU, estadounidense;
Dictamen Legal N°. 1010-2024, a los veintiséis días del mes
de agosto del año dos mil veinticuatro. Licencia inscrita el
diecinueve de septiembre del 2024.
Para los fines que al interesado convengan, extiendo la
presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los diecinueve días del mes de septiembre del dos
mil veinticuatro.
DAYLY M. RUIZ
La infrascrita Jefe Departamento de Regímenes Especiales
Acuerdo Ministerial No.081-2024
27 N. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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P
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 27 D E N O V I E MBRE D E L 2024 N o . 36,700
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha siete
(11) de octubre del dos mil veinticuatro (2024), compareció
ante este Juzgado la Abogada NANCY DEL CARMEN MIRA
COLINDRES, en su condición de representante procesal de la
señora JANNERLY NOELIA MEJIA CHACON, contra del
ESTADO DE HONDURAS a través de la ADMINISTRACIÓN
ADUANERA DE HONDURAS, demanda para que se declare
la nulidad de un Acto Administrativo de carácter particular en
materia personal por no ser conforme a derecho por infringir el
ordenamiento jurídico.- Que se reconozca una situación jurídica
individualizada de la titular de derechos que se reclaman y como
medidas necesarias para el pleno restablecimientos de los mismos,
se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro a su puesto de
trabajo u otro en igual o mejores condiciones en la Administración
Aduanera de Honduras (ADUANAS) y a título de daños y
perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha en la que
se efectuó la cancelación ilegal, hasta el momento en que se quede
firme la sentencia definitiva condenatoria. Reajustes salariales que
en su caso tuviera el puesto durante la secuela del juicio del cual
fue cancelada ilegalmente, más el pago de los derechos laborales
que ocurran durante el mismo como décimo tercer y décimo cuarto
mes de salario, vacaciones.- Especial condena en costas de la parte
demandada y vencida en juicio. Interés legal.- Se acompañan
documentos.- Poder.- Cotejo y devolución. En la relación al acto
impugnado ACUERDO DE CANCELACIÓN No. ADUANAS-
DE-GNGTH-138-2024 de fecha trece (13) de septiembre del año
dos mil veinticuatro (2024).
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
27 N. 2024
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LA
SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA
AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la
Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los
efectos de Ley, HACE SABER: Que la Abogada MAYRA
JIMENA CANALES GUERRERO, actuando en su condición
de representante procesal del señor ONOFRE ANTONIO
MELENDEZ, mayor de edad, casado, con Documento Nacional
de Identificación número 0601-1981-05065, con domicilio en
Aldea La Galera, municipio de El Corpus, departamento de
Choluteca, presentó a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio
sobre un Lote de Terreno, ubicado en Aldea La Galera, municipio
de El Corpus, departamento de Choluteca. Mapa Final JD-22
Extensión del Predio 01 HAS, 91 AS, 42.39 CAS, de Naturaleza
Jurídica y SITIO LA CANDELARIA, GALERAS O JOYA/
PRIVADO.- COLINDANCIAS: AL NORTE, ARTURO
MELENDEZ; SUR, JESUS PALMA, CALLE DE POR
MEDIO CON HIPOLITO BACA; ESTE, ARTURO
MELENDEZ, VENANCIO VARELA; OESTE, ARTURO
MELENDEZ, según la Información física y digital el lote de
terreno se encuentra dentro de dos SITIOS CANDELARIA,
GALERAS O JOYA, DE NATURALEZA JURÍDICA
PRIVADA, el presente predio antes descrito lo obtuvo de forma
quieta, pacífica y no interrumpida, no existiendo otros poseedores
pro-indivisos y tiene más de treinta años de poseerlo.
Choluteca, 05 de noviembre del 2024
ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA
SECRETARIA ADJUNTA
27 N. 2024
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 18 de Octubre
del año 2024 comparece el Abogado ANGEL ANTONIO
MENDOZA VELASQUEZ, representante procesal de la señora
GLORIA LIZETH MENDOZA MENDOZA, interpusieron
demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2024-
00785, contra el Estado de Honduras, a través del Instituto de
la Propiedad, interpuso demanda para que se declare la nulidad
de un Acto Administrativo de carácter particular en materia
de personal por no ser conforme a derecho por infringir el
ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades
esenciales establecida en la Ley. Que se reconozca una situación
jurídica individualizada del titular de derechos que se reclaman
y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los
mismos, se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro al
cargo de Coordinador de Proyectos, de la Secretaría Ejecutiva,
del Instituto de la Propiedad y a títulos de daños y perjuicios
los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación
ilegal hasta, el momento en que quede firme la sentencia definitiva
condenatoria. Incrementos salariales que en su caso tuviere el
puesto del cual fue cancelada ilegalmente durante la secuela del
juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante
el mismo como, décimo tercero y décimo cuarto mes del salario,
vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones. Condena
en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera
instancia daño moral. Habilitación de días y hora inhábiles para
efectuar cualquier actuación judicial. En relación al Acuerdo
de Cancelación No.CI-IP-268-2024 de fecha veintitrés (23) de
septiembre del año dos mil veinticuatro (2024).
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
27 N. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 27 D E N O V I E MBRE D E L 2024 N o . 36,700
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
A V I S O
La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50
de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER; Que en
fecha dos (02) de agosto del año dos mil veinticuatro (2024),
comparece a este Juzgado la Abogada ANDREA ISABEL
CARIAS RIVAS. Representante Procesal del señor
Alejandro José Rodríguez, interponiendo demanda ante
este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2024-00549,
contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA
DE SALUD, interpone demanda en materia de personal
impugnado un acto expreso de carácter particular consistente
en Acuerdo de Cancelación No. 2720-2024 de fecha 26 de
junio del año 2024, acto emitido por a Secretaría de Estado
en los Despachos de Salud, generando un acto ilegal por lo
cual es nulo e ilegal, infracción al ordenamiento jurídico,
quebrantamiento de las formalidades esenciales, exceso
y desviación de poder, acto nulo e ilegal separando a un
servidor totalmente de manera ilegal e injusta.- Se reconozca
una situación jurídica individualizada y se restituyan y
paguen sus derechos.- Reintegro.- Se adjuntan documentos.-
Poder.- Costas.- Va en relación al Acuerdo de Cancelación
2720-2024 de fecha 26 de junio del 2024.
ABG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA
SECRETARIA, POR LEY
27 N.2024
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO
DE FRANCISCO MORAZÁN
AVISO DE CANCELACIÓN DE TÍTULO VALOR
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras Civil del
departamento de Francisco Morazán, al público en general y
para los efectos de ley, HACE SABER: Que en el Expediente
de Cancelación y Reposición de Título Valor que se registra bajo
el número 0801-2024-05061-CV este Juzgado de Letras Civil,
compareció el Abogado ARNALDO COLINDRES FLORES,
actuando en su condición de Representante Procesal de la
Sociedad Mercantil COMPAÑÍA FAMACEUTICA M.C, S.A,
solicitando la cancelación y reposición del siguiente título valor:
Certificado de depósito a plazo fijo Nº 000000200016563993
a un plazo de 360 días con un saldo actual en HNL de OCHO
MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE
SETECIENTOS SETENTA Y DOS LEMPIRAS Y SEIS
CENTAVOS (L. 8,499,7762.56) con fecha de apertura el doce de
julio del dos mil veinticuatro y con fecha de vencimiento de doce
de julio del dos mil veinticinco, lo que se pone en conocimiento
del público para los efectos de Ley correspondiente.-
Tegucigalpa, M.D.C., 22 de noviembre del 2024
GUSTAVO ADOLFO ORTÉZ DÍAZ
SECRETARIO ADJUNTO
27 N. 2024
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras
de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del
artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y
para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha catorce (14) de noviembre del año dos mil
veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado el
Abogado EDGARDO ANDRES MOLINA ORTIZ,
actuando en su condición de como representante procesal
del señor JAILIN HERNANDEZ GONZALEZ, incoando
demanda vía procedimiento especial en materia de personal,
contra el Estado de Honduras, a través del INSTITUTO
NACIONAL PENITENCIARIO (INP) como órgano
desconcentrado de la Secretaría de Estado en los Despachos
de Gobernación, Justicia y Descentralización (SGJD),
acción contenciosa cuyas pretensiones son la declaración
de nulidad de la RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
No CISPN.INP.212.2024 del treinta (30) de agosto de dos
mil veinticuatro y que se reconozca la situación jurídica
individualizada a favor del ciudadano Jailin Hernández
González por la cancelación ilegal, inconstitucional e
incausada del cargo de Agente Penitenciario, ordenando
como medida para el restablecimiento de la situación jurídica
el reintegro al puesto de servicio público y el pago de todas
las indemnizaciones legales correspondientes incluyendo las
modificaciones salariales otorgadas durante la tramitación
del presente asunto.- Se acompañan documentos.- Costas del
juicio.- Poder.
HAMELIN FANUEL AVILA GARCIA
SECRETARIO, POR LEY
27 N. 2024
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