Vigente
Decreto No. 230-2024 | 30 de agosto de 2022 | Poder Judicial
Certificación No. 230-2024 — Certificación de Licencia de Distribuidor - SEIJIRO YAZAWA IWAI HONDURAS, S.A.
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Resumen
Esta certificación autoriza a la empresa SEIJIRO YAZAWA IWAI HONDURAS, S.A. a distribuir y comercializar productos médicos y equipos de diagnóstico de la empresa china GUANDONG BIOLIGHT MEDITECH en todo Honduras. La licencia es válida hasta septiembre de 2025 y permite importar, distribuir, vender y prestar servicios técnicos a instituciones públicas, privadas y gubernamentales en el país.
Texto completo
CERTIFICACIÓN
El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado
en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA:
La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR, otorgada mediante
resolución número 230-2024 de fecha 15 de marzo del año
2024, mediante carta de fecha 26 de septiembre del año 2023,
que en su resolutivo LITERALMENTE DICE PRIMERO:
DECLARAR CON LUGAR, la solicitud de LICENCIA
EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUIDOR, presentada
por la abogada JOCELYNE PAOLA AGUILAR OLIVA,
inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras con número
de colegiación No. 14373, actuando en su condición de
apoderada legal de la sociedad mercantil denominada
SEIJIRO YAZAWA IWAI HONDURAS, S. A., con
número de RTN: 08019005459150, con domicilio legal en
la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central,
departamento de Francisco Morazán, como concesionaria
de la empresa concedente GUANDONG BIOLIGHT
MEDITECH Co., Ltd. (BLT), de nacionalidad china, en
virtud que cumple con todos los requisitos establecidos
por la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes
de Empresas Nacionales y Extranjeras y su Reglamento.
SEGUNDO: CONCEDER a la sociedad mercantil
SEIJIRO YAZAWA IWAI HONDURAS, S. A., la licencia
como distribuidor de la empresa concedente GUANDONG
BIOLIGHT MEDITECH Co., Ltd. (BLT), de forma NO
EXCLUSIVA por TIEMPO DEFINIDO HASTA EL 28
DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025, de todos sus productos
y/o equipos GUANDONG BIOLIGHT MEDITECH Co.,
Ltd. (BLT), y está plenamente autorizada para importar,
distribuir, comercializar y prestar servicio técnico ante
organismos centralizados, descentralizados del sector público
universidades públicas y privadas, gobernaciones, alcaldías
y otros entes gubernamentales así como también ante
empresas del sector médico privado. También está autorizada
mediante certificación/autorización, para efectuar todos los
trámites de registros sanitarios de productos de y/o equipos
de uso diagnóstico médico ante el ente correspondiente,
con jurisdicción EN TODO EL TERRITORIO DE LA
REPÚBLICA DE HONDURAS. (F) y (S) MSc. CINTHYA
SARAHÍ ARTEAGA PORTILLO Subsecretaria de
Estado en el Despacho de Desarrollo Empresarial y
Comercio Interior. Delegada mediante Acuerdo No. 141-
2022. (F) y (S) JOEL EDUARDO SALINAS LANZA,
Secretario General. Esta certificación no surtirá efecto
legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial
La Gaceta y registrada en la Dirección General de Sectores
Productivos de esta Secretaría de Estado.
Y para los fines que al interesado convenga, se extiende la
presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los veintiún días del mes de marzo del año dos mil
veinticuatro.
JOEL EDUARDO SALINAS LANZA
Secretario General
22 A. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 22 D E A BRIL D E L 2024 N o . 36,515
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que
en fecha dieciséis (16) de septiembre de dos mil veintidós
(2022), compareció a este Juzgado la ciudadana ANA
DANIELA MARTÍNEZ ROMERO, quien confirió
poder al abogado DAVID GABRIEL ALVARADO
LEITZELAR, interponiendo demanda en materia de
personal con orden de ingreso 0801-2022-01310, contra
el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado
en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social. Para que
se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter
particular de la administración pública, consistente en el
Acuerdo número No. SETRASS-509-2022, de fecha 30
de agosto de 2022, emitido por la Secretaría de Estado
en los Despachos Trabajo y Seguridad Social. Declarar la
ilegalidad del acto y su nulidad, reconocimiento de una
situación jurídica individualizada, adopción de medidas para
el pleno restablecimiento del derecho subjetivo violado, se
acompañan documentos, costas, poder.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
22 A. 2024
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tegucigalpa, M.D.C.
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa,
Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE
SABER: Que en fecha 11 de enero del 2024, compareció
a este juzgado interpuesta por Sociedad Mercantil
denominada JETSTEREO S.A. de C.V., para la VÍA DEL
PROCEDIMIENTO ORDINARIO para la declaración de
ilegalidad y nulidad de los actos administrativos impugnados
consistentes en la Resolución Administrativa DGPC-496-
2023 de fecha siete de septiembre del 2023 emitida por la
Dirección General de Protección al Consumidor. Contra el
Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de
la República, quedando registrada en esta judicatura bajo el
orden de ingreso No. 0801-2024-00015. Asimismo, se hace la
advertencia que los legitimados como parte demandada con
arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la jurisdicción
de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se
entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación.
ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO
SECRETARIA, ADJUNTA
22 A. 2024
_________
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS CIVIL DE LA SECCION
JUDICIAL DE
SAN PEDRO SULA, CORTÉS
Aviso
Extinción de Gravamen Hipotecario
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