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27 de febrero de 2024 | Poder Judicial
Convocatoria — Convocatoria a Asamblea General de Accionistas - LAFISE VALORES DE HONDURAS CASA DE BOLSA
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Resumen
Estos avisos publicitan tres tipos de documentos legales: convocatorias de asambleas de accionistas de empresas (LAFISE Valores y Banco LAFISE) para el 29 de abril de 2024; demandas laborales de ciudadanos contra instituciones estatales pidiendo nulidad de despidos y pago de salarios; y un aviso de título supletorio de dominio sobre un terreno. Afectan a accionistas, trabajadores despedidos y propietarios de inmuebles.
Texto completo
El suscrito, Secretario de la Sociedad y del Consejo de
Administración de la Sociedad Mercantil denominada
LAFISE VALORES DE HONDURAS CASA DE
BOLSA, SOCIEDAD ANÓNIMA, con instrucciones del
Consejo de Administración de la misma, por este medio
CONVOCA a todos sus accionistas a la Asamblea General
que tratará asuntos de carácter Ordinario, de conformidad
con lo establecido en el artículo 168 del Código de Comercio
vigente en la República de Honduras. Dicha Asamblea se
llevará a cabo el día lunes veintinueve (29) de abril del año
dos mil veinticuatro (2024), a las cuatro de la tarde (4:00
p.m.), la cual se llevará a cabo en la Sala de Juntas de
LAFISE VALORES DE HONDURAS CASA DE BOLSA,
SOCIEDAD ANÓNIMA, ubicada en el catorce (14) piso de
Torre Lafise, en el Centro Corporativo Los Próceres, Colonia
San Carlos,Avenida Los Próceres, Boulevard Morazán,
Tegucigalpa, M.D.C.
Si no se reuniese quórum legal en esta oportunidad, la
Asamblea se celebrará con los accionistas que asistan, el
día calendario siguiente, a la misma hora y bajo la misma
modalidad.
Tegucigalpa, M.D.C., 6 de abril del año 2024.
DOCTOR EDMUNDO DEL CARMEN CUADRA
Secretario de la Sociedad y del Consejo de Administración
LAFISE VALORES DE HONDURAS CASA DE BOLSA,
SOCIEDAD ANÓNIMA
9 A. 2024
BANCO
LAFISE
CONVOCATORIA
El suscrito, Secretario de la Sociedad y del Consejo de
Administración de la Sociedad Mercantil denominada
BANCO LAFISE (HONDURAS) SOCIEDAD ANÓNI-
MA (BANCO LAFISE, S.A.), con instrucciones del
Consejo de Administración de la misma, por este medio
CONVOCA a todos sus accionistas a la Asamblea General
que tratará asuntos de carácter Ordinario, de conformidad
a lo establecido en el artículo 168 del Código de Comercio
vigente en la República de Honduras. Dicha Asamblea se
llevará a cabo el día lunes veintinueve (29) de abril del
año dos mil veinticuatro (2024), a las dos de la tarde con
treinta minutos (2:30 p.m.), en la sala de capacitación del
Departamento de Capital Humano de Banco Lafise, S.A., en
el primer piso de Torre Lafise, sita en el Centro Corporativo
Los Próceres, Colonia San Carlos, Avenida Los Próceres,
Boulevard Morazán, Tegucigalpa, M.D.C.
Si no se reuniese quórum legal en esta oportunidad, la
Asamblea se celebrará con los accionistas que asistan, el día
calendario siguiente, a la misma hora y en el mismo lugar.
Tegucigalpa, M.D.C., 6 de abril del año 2024.
DOCTOR EDMUNDO DEL CARMEN CUADRA
Secretario de la Sociedad y del Consejo de Administración
BANCO LAFISE, S. A.
9 A. 2024
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
A V I S O
La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50
de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en
fecha diecinueve (19) de enero del año dos mil veinticuatro
(2024), compareció a este Juzgado el señor HECTOR NOE
MARADIAGA LAGOS, interponiendo demanda ante
este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2024-00038,
contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO
NACIONAL PARA LA ATENCIÓN A MENORES
INFRACTORES (INAMI). Para que se declare la nulidad
e ilegalidad de un acto administrativo tácito de carácter
particular dictado con infracción al ordenamiento jurídico,
por contener vicios de nulidad, quebrantamiento de las
formalidades esenciales establecidas en la ley. Incluso
con exceso y desviación de poder. Que se reconozca una
situación jurídica individualizada del titular de los derechos
que se reclaman, se condene al Instituto Nacional para la
Atención a Menores Infractores (INAMI) y adoptar como
medidas para el pleno restablecimiento de su derecho, se
ordene reintegro a su puesto de trabajo en igual o mejores
condiciones, se otorguen incrementos salariales y a título de
daños y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir
desde la fecha de cancelación hasta que se dicte sentencia
condenatoria, más el pago de beneficios salariales que
ocurran durante el juicio, como el décimo tercer y décimo
cuarto mes de salario, vacaciones, bonificación por concepto
de vacaciones, ajuste salarial de acuerdo al Banco Central,
más intereses legales por pago tardío imputable al Estado de
Honduras. Se alega notificación defectuosa. Se decrete en la
nulidad del acto administrativo por el cual se haya nombrado
al sustituto en el cargo que desempañaba. Poder. En relación
a la notificación de cancelación de fecha 22 de diciembre del
año 2023.
ABG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA
SECRETARIA, POR LEY
9 A. 2024
__________
__________
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 9 D E A BRI L D E L 2024 N o . 36,504
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que
en fecha catorce (14) de marzo de dos mil veinticuatro
(2024), compareció a este Juzgado el abogado JOSÉ
ALFREDO MOLINA CHÁVEZ, actuando en su
condición de Representante Procesal de la señora SINTHIA
PAOLA CASTELLANOS VELÁSQUEZ, interponiendo
demanda en materia de personal con orden de ingreso
0801-2024-00239, contra el Estado de Honduras a través
de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE SALUD. Para que se declare la nulidad de un acto
administrativo de carácter particular de la administración
pública, consistente en el acuerdo de cancelación número
593-2024, de fecha 27 de febrero de 2024, emitido por La
Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL),
reconocimiento de una situación jurídica individualizada y
adoptar como medidas necesarias para su restablecimiento,
consistentes en el reintegro al puesto de trabajo en igualdad
de condiciones u otro de mejor categoría a título de daños
y perjuicios, el pago de salarios dejados de percibir más el
reconocimiento y pago de incrementos salariales, vacaciones,
décimo tercer mes, décimo cuarto mes y los demás derechos
laborales y beneficios que se otorguen en su ausencia,
desde la fecha de cancelación hasta que con sujeción a las
normas procesales quede firme la sentencia, su ejecución y
reinstalación al puesto de trabajo, prescripción de la acción
de despido, condena en costas, se acompañan documentos
y designa el lugar o los lugares donde se encuentran otros
medios de prueba, poder.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
9 A. 2024
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha
nueve (09) de febrero del año dos mil veinticuatro (2024),
compareció ante este Juzgado la Abogada Gina Larissa
Reyes Vásquez, quien actúa en su causa propia, incoando
demanda vía procedimiento ordinario, contra el Estado de
Honduras a través de la Universidad Nacional Autónoma
de Honduras, con orden de ingreso No.0801- 2024-00142,
de nulidad de un acto administrativo de carácter particular en
materia ordinaria por Acto Presunto Negativo ante la falta de
Resolución en plazo de ocho días de la solicitud de pronta
resolución presentada el cuatro (04) de diciembre de dos
mil veintitrés (2023), en virtud de considerarse denegado el
Recurso de Apelación presentado en fecha veinticuatro (24)
de marzo de dos mil veintitrés (2023), contra la resolución
de fecha catorce (14) de marzo de dos mil veintitrés (2023),
por la Rectoría de la Universidad Nacional Autónoma de
Honduras en el expediente No. SG-DAJ-008-06-2022, la
cual fue motivada sin ningún asidero legal, infringiendo
el ordenamiento jurídico con quebrantamiento de las
formalidades esenciales establecidas en la Ley.- Se reconozca
la situación jurídica individualizada y adoptar como medidas
necesarias para el pleno restablecimiento de la misma la
declaración de dejar sin valor y efecto todo documento que
indique que la incorporación del título no es un requisito
subsanable.- Que se rectifique el numeral ocho (08) del
Oficio DCD-635-2022 del veinticinco (25) de agosto de dos
mil veintidós (2022), emitido por la Dirección de la carrera
docente y el Informe del Consejo local de carrera docente
emitido el doce (12) de agosto de dos mil veintidós (2022),
que reconocen que la incorporación de título si es un requisito
de incorporación de título si es un requisito subsanable.- Que
se tenga por subsanado en tiempo y forma el requisito de
incorporación de título obtenido en el extranjero.- Que se
proceda a nombrarme en la plaza de Profesor Titular I del
Departamento de Derecho Internacional a partir del primer
período académico del año dos mil veintidós (2022) y a
título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados
de percibir más el pago de beneficios que ocurran durante
el presente juicio.- Se habiliten días y horas inhábiles.-
Petición.- Se acompañan documentos.
ABG. HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCIA
SECRETARIO, POR LEY
9 A. 2024
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 9 D E A BRI L D E L 2024 N o . 36,504
Juzgado de Letras
República de Honduras
AVISO TÍTULO SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección
Judicial de Santa Rosa de Copán, al público en general y para
los efectos de ley, HACE SABER: Que NELY MARILU
LARA LARA, mayor de edad, casada, hondureña, ama de
casa, con Tarjeta de Identidad número 0406-1982-00068, con
domicilio en aldea El Níspero, del municipio de Cucuyagua,
departamento de Copán, ha presentado una solicitud de Título
Supletorio de Dominio, sobre un inmueble de mi legitíma
propiedad ubicado en la Aldea El Níspero del municipio de
Cucuyagua departamento de Copán, el cual tiene las medidas
y colindancias siguientes: AL NORTE; mide cuarenta y
nueve metros (49 Mts) y colinda con el señor MARCOS
GOMEZ, AL SUR; mide cuarenta y nueve metros (49Mts)
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS CIVIL
DE SAN PEDRO SULA, CORTÉS.
AVISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN
DE TÍTULO VALOR
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Decreto | 2024
Convocatoria — Convocatoria Asamblea General Ordinaria Lafise Valores de Honduras
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Decreto | 2020