Acuerdo No. 18-2019 mediante el cual se cancela a la ciudadana Tania Sagastume Bulnes del cargo de Consejera Propietaria del Banco Hondureño de la Producción y la Vivienda
Poder Ejecutivo
- Decreto: 18-2019
- Publicación: 29 de marzo de 2019
- Órgano emisor: Poder Ejecutivo
- Gaceta: 34,908
- Categoria: Administrativo
Resumen
Este acuerdo cancela a Tania Sagastume Bulnes de su cargo como Consejera Propietaria del Banco Hondureño de la Producción y la Vivienda, agradeciendo sus servicios prestados. La cancelación fue efectiva a partir de marzo de 2019 y se publicó en La Gaceta, el diario oficial de Honduras.
Considerandos
Que el Presidente de la República, tiene a su cargo la administración general del Estado y, por ende, la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada.
Que en fecha veintiuno (21) de enero del año dos mil diecinueve (2019), el Gobierno de la República, las Centrales Obreras, los Sindicatos y otros Gremios Profesionales, convinieron con plena voluntad y compromiso suscribir el Acta de Entendimiento en la que se acordó aplicar un ajuste salarial de UN MIL CIEN LEMPIRAS EXACTOS (1,100.00) para el presente año a los empleados públicos de la Administración Central sujetos al Régimen del Servicio Civil y los contratados bajo la modalidad de Jornal, la cual continua en plena vigencia.
Que mediante Acuerdo Ejecutivo Número 008-2019 de fecha veintidós (22) de enero del año dos mil diecinueve (2019) se aprobó un ajuste salarial de Un Mil Cien Lempiras (L. 1,100.00) para el presente año, a los empleados públicos de la Administración Central sujetos al régimen del Servicio Civil y los contratados bajo la modalidad de jornal dentro de la Administración Pública Central; mismo que fue publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha veintitrés (23) de enero del año dos mil diecinueve (2019).
Que se hace necesario realizar una modificación al Acta de Negociación mencionada en el Considerando anterior, para lo cual las Centrales Obreras, Gremios Sindicales y los representantes del Gobierno de la República, tuvieron la voluntad de modificar dicha Acta mediante una Adenda, que asegure la aplicación efectiva de los compromisos suscritos en la misma.
Texto completo
ACUERDO No. 18-2019 EL SECRETARIO PRIVADO Y JEFE DE GABINETE PRESIDENCIAL, CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de sus facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo 09-2018 de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Cancelar a la ciudadana TANIA SAGASTUME BULNES, del cargo de Consejera Propietaria del Banco Hondureño de la Producción y la Vivienda, a quien se le rinden las gracias por los servicios prestados. SEGUNDO: El presente acuerdo es efectivo a partir de su fecha y debe publicarse en “La Gaceta” el Diario Oficial de la República. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los Seis (06) días del mes de marzo del año dos mil diecinueve (2019). RICARDO LEONEL CARDONA LÓPEZ SECRETARIO PRIVADO Y JEFE DE GABINETE PRESIDENCIAL, CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 19-2019 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, En uso de sus facultades de que está investido y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 12, 28 reformado, 29 reformado, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Nombrar al ciudadano FRANCISCO RAFAEL REYES RUIZ, en el cargo de Consejero Propietario del Banco Hondureño de la Producción y la Vivienda. SEGUNDO: El nombrado tomarán posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley y el juramento que establece el segundo párrafo del artículo 33 del Código de Conducta Ética del Servidor Público y presente su Declaración Jurada de Bienes ante el Tribunal Superior de Cuentas. La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente acuerdo es efectivo a partir de su fecha y debe publicarse en “La Gaceta” el Diario Oficial de la República.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los seis (06) días del mes de marzo del año dos mil diecinueve (2019). JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA _________ Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 21-2019 EL SECRETARIO PRIVADO Y JEFE DE GABINETE PRESIDENCIAL, CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de sus facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo 09-2018, de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 12, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; Decreto Ejecutivo PCM-070- 2011. ACUERDA; PRIMERO: Nombrar al ciudadano NELSON ALONSO BENAVIDES AGUILAR, en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI). SEGUNDO: El nombrado tomarán posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley y el juramento que establece el segundo párrafo del artículo 33 del Código de Conducta Ética del Servidor Público y presente su Declaración Jurada de Bienes ante el Tribunal Superior de Cuentas. La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente acuerdo es efectivo a partir de su fecha y debe publicarse en “La Gaceta”, el Diario Oficial de la República. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los seis (06) días del mes de marzo del año dos mil diecinueve (2019). RICARDO LEONEL CARDONA LÓPEZ SECRETARIO PRIVADO Y JEFE DE GABINETE PRESIDENCIAL, CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA _________ Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización ACUERDO No. 22-2019 EL SECRETARIO PRIVADO Y JEFE DE GABINETE PRESIDENCIAL, CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de sus facultades de que fue investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo 09-2018 de fecha 27 de enero del año 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 12, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; Decreto Ejecutivo PCM-070- 2011.
ACUERDA: PRIMERO: Nombrar al ciudadano EMANUEL TOSCANO LEMUS, en el cargo de Subdirector Ejecutivo de la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI). SEGUNDO: El nombrado tomarán posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley y el juramento que establece el segundo párrafo del artículo 33 del Código de Conducta Ética del Servidor Público y presente su Declaración Jurada de Bienes ante el Tribunal Superior de Cuentas. La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente acuerdo es efectivo a partir de su fecha y debe publicarse en “La Gaceta” el Diario Oficial de la República. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los seis (06) días del mes de marzo del año dos mil diecinueve (2019). RICARDO LEONEL CARDONA LÓPEZ SECRETARIO PRIVADO Y JEFE DE GABINETE PRESIDENCIAL, CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA Secretaría de Estado de la Presidencia ACUERDO NÚMERO 012-SP-2018 Tegucigalpa, M.D.C., 18 de abril de 2018 EL SECRETARIO PRIVADO Y JEFE DE GABINETE PRESIDENCIAL CON RANGO DE SECRETARIO DE ESTADO En uso de las facultades de que está investido por el Presidente de la República mediante Acuerdo Ejecutivo Número 09- 2018 de fecha 27 de enero de 2018 y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA:
- 1)
Cancelar al ciudadano LIBORIO CANALES CARÍAS, a partir del 18 de abril del presente año, en el cargo de Subdirector de la Dirección General de Servicio Civil (Puesto Excluido) dependiente de la Secretaría de Estado de la Presidencia, a quien se le rinden las gracias por los servicios prestados.
- 2)
Hacer la Transcripción de Ley.
- 3)
El Presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.- RICARDO LEONEL CARDONA LÓPEZ Secretario Privado y Jefe de Gabinete Presidencial EBAL JAIR DÍAZ LUPIÁN Secretario de Estado Secretaría de la Presidencia
Presidencia de la República ACUERDO EJECUTIVO No. 034-2019 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República, tiene a su cargo la administración general del Estado y, por ende, la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada. CONSIDERANDO: Que en fecha veintiuno (21) de enero del año dos mil diecinueve (2019), el Gobierno de la República, las Centrales Obreras, los Sindicatos y otros Gremios Profesionales, convinieron con plena voluntad y compromiso suscribir el Acta de Entendimiento en la que se acordó aplicar un ajuste salarial de UN MIL CIEN LEMPIRAS EXACTOS (1,100.00) para el presente año a los empleados públicos de la Administración Central sujetos al Régimen del Servicio Civil y los contratados bajo la modalidad de Jornal, la cual continua en plena vigencia. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo Número 008-2019 de fecha veintidós (22) de enero del año dos mil diecinueve (2019) se aprobó un ajuste salarial de Un Mil Cien Lempiras (L. 1,100.00) para el presente año, a los empleados públicos de la Administración Central sujetos al régimen del Servicio Civil y los contratados bajo la modalidad de jornal dentro de la Administración Pública Central; mismo que fue publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha veintitrés (23) de enero del año dos mil diecinueve (2019). CONSIDERANDO: Que se hace necesario realizar una modificación al Acta de Negociación mencionada en el Considerando anterior, para lo cual las Centrales Obreras, Gremios Sindicales y los representantes del Gobierno de la República, tuvieron la voluntad de modificar dicha Acta mediante una Adenda, que asegure la aplicación efectiva de los compromisos suscritos en la misma. POR TANTO: En aplicación de los Artículos 128 numeral 3), 235 y 245 párrafo primero, numerales 11 y 19 y 248 de la Constitución de la República; 11, 29, 116 y 117 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA: PRIMERO: Aprobar en todas y cada una de sus partes la ADENDA DEL ACTA DE ENTENDIMIENTO de fecha veintiocho (28) de marzo del año dos mil diecinueve (2019), suscrita entre los representantes de las Centrales Obreras como representantes de los Empleados Públicos y representantes del Gobierno de la República. SEGUNDO: Los demás puntos del ACTA DE ENTENDI- MIENTO suscrita en fecha veintiuno (21) de enero del
año dos mil diecinueve (2019) que no hayan sufrido modificación alguna, continúan en plena vigencia. TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta” y entrará en vigencia a partir del día de su publicación. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiocho (28) días del mes de marzo del año dos mil diecinueve (2019). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO POR DELEGACIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
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