Vigente
3 de febrero de 2017 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 34,256

Decreto Ejecutivo PCM-005-2017 mediante el cual se prorroga la intervención del Instituto de Previsión Social de los Empleados de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (INPREUNAH)

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Resumen

Este decreto extiende la intervención del INPREUNAH (fondo de pensiones de empleados de la UNAH) hasta el 30 de junio de 2017. La intervención permite que la comisión supervisora continúe reformando la administración, finanzas y tecnología del instituto, además de aprobar una nueva ley y establecer nuevas autoridades. Beneficia a los empleados universitarios asegurando la sostenibilidad de sus pensiones.

Cadena de Modificaciones

Considerandos

  1. 1.Que mediante Decreto Ejecutvo en Consejo de Secretaiios de Estado, PCM-012-2015 de techa 16 de marzo del año dos mil quince, publicado en el I üario Oficial La Gaceta, Diario Oticial de la República de Honduras, el 17 de marzo de 2015, el Presidente de la República en Cí tisejo de Ministros, ordenó intervenir el Instituto de Previsión Social de los Empleados de la Universidad Nacional Auiónoi fia de Honduras (INPREL'NAH), por razones de interés público, nombrando para ese efecto, una Comisión Intenentora por un periodo de doce (12) meses, con amplios poderes confonne a lo establecido el Artículo lOO de la Ley Genera! Je la Administración Pública.
  2. 2.Que mediante Decreto Ejecutivo No PCM-011 -2016 de fecha 11 de marzo del año dosraildiec iséis, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, Diario Oficial de la República de Honduras, el II de marzo de 2016, el Presidente de la República en Consejo de Nf inistros, resolvió pi orroaar el período de inten'cnción del Instinito de Previsión Social He los SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos PODER KJECLIIVO Decreto Ej ecuti vo Número PCM-005-2017 S t f Rí.l ARÍ4 DE !• t.\A\Z.4LS Acuerdo Ejecutivo No."556-.'\-2016 A. i -4 SetMÓn B Avisos Legales Desorendible sanj su comodidad Empleados de la U'niversidad Nacicmal Autónoma de Honduras (INPREUNAH) hasta el 31 de diciembre de 2016, con el propósito de pemiitir que la Comisión Interventora concluya con el saneamiento adminisomivoy financiero y los relacionados coa l¡.i instauración del nuevo gobierno corporativo, adininistrativo y de ser\-icio.s, para la eficiente gestión de ia in.tfitución, el que deberá ser nombrado bajo un proceso de méritos en el marco de la reforma legal del INPRELTVAH".
  3. 3.Que la Comi.5Íón Interventora ha implementado acciones que han repercutido en las mejoras de las condiciones financíelas, ccomimicas y actuanales del Instituto de ?w\n Social de los Empi&idos de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (ÍNTRFUNAH), ena-e las que destacan, la fecuperación de la deuda histórica entre la UNAH y el INPRFUNAH por L.675.9 millones, e! incremento de la reolabilidad de ¡as iii\'ersiones, lognulo una posición de liquidez iÓD A AeuejdüsVLc^e REPÚBUCA ÜE HONDURAS TEGlUICiLPA. M. D. C, 3 DE FEBRERO DEL 2017 No. 34,256 que permite al Instituto afrontai- sus obligaciones en tieinpo;/ forma y la reducción del 32% (I..4,037 millones) del Déficit A ;tuaria que paso de L. 12,538.2 millones en 31 de diciembre de 2014 i L.8,501.2 millones al 3 i de diciembre de 2015 según informes proporcionado por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros
  4. 4.Que previo conversaciones sostenidas con la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, las auto idades de la Universitarias y demás .sectores involucrados, la Ccmisión Interventora en el uso de sus atribuciones, con el objetivo de reformar las variables paramétricas actuanales que equilibren el Sistema y aseguren su sostenibilidad, publicó en el Diario Oficial La Gaceta No. 34,111 el 13 de agosto del 2016, una reforma al Reglamento General del ín.stituto de Previsión Social de los Empleados de la Universidad Nacional Autónoma de Hondtu-as (INPREUNAH).
  5. 5.Que no obstante los logros alear zados. es necesario que el Instituto de Previsión Social de los Emfdeados de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (INPREUNA H). cuente con un marco legal a rango de Ley acorde a los cambios suscitados en el sistema previsional hondureno, especialmente en las disposiciones contenidas en la Ley Marco del Sistema de Protección Social. Asimismo, asegurar la institucionalidad del Sistema, la consolidación de los procesos, la reforma tecnológica y la instauración de un gobierno coip<uaüvo con auU)ridades nombradas conformes méritos de conformidad a las reformas legales que sean aprobadas por el Soberano Congreso Nacional u oü-os lineamientos del Ptxiei Ejecuti vo.
  6. 6.Que la Comisión Inteiventora en el mes de septiembre 2016, .suscribió con UNOPS un convenio para el desaiToUo del "Proyecto para la Adquisición, diseño y supervisión de la implanentación de un sistema inf íxmáticc integral y su hardware asociado, y la adecuación de la infracsüm tura y espacio físico del Data Center", con una duración de 16 meses, proyecto que es necesario gesüonai asegurando se lleve a buen fm para eonsolidai la reforma institucional del INPREUNA H con la sistematización de sus procesos. ( ONSIDERANDO: Que la Comisión Interventora, con el a poy .1 de ios sectores involucrados ha preparado un Proyecto de Ley leí Instituto de Previsión Social de los Empleados de la I Jniversidad Nacional Autónoma de Honduras (INPREUNAH), II que debe ser aprobado por el Soberano Congi eso Nacional y sancionado por el Poder Ejecutivo. Esta labor se vería i nconclusa cié nc conur con el tiempo necesario para la implementación de la rciorma y demás cambios operativos y csüiicturalcs que tiKtalezcan la Institucionalidad del INPREUNAH.
  7. 7.Que el tiempo que requiere el proceso de ap¡ obaciái de ia Ley, aunado al tiempo requerido para realizar una iransición ordenada para la nueva gobemanza del PsíPREUNAH, que incluya una debida comunicación de los c imbios a los sectores involucrados, se extiende íbera de los plazos estabi ecidos en el Decretó PC M 011 -2016. con una justificada ni-cesidad de extoisióii que asegure el rescate del INPREL'NAH. C ONSIDERANDO: Que existe el riesgode que incurrir en las debilidades que existían previo la Intervención, de quedar inconclusas las reformas financieras, aduanales y tecnológicas, la falta de un debido proceso de implementación de la Ley, la tninsición ordenada de autoridades y la instauración del gobierno ct rpoiativü. Razones que justifican contínuai con la Intei-vención La faceta DIARIO OFICIAL D£ LA REPÚBUCA OE HONDURAS DECANO OE U PRENSA HONDUREl^A PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUSLICACIONES UC. MARTHA AUCIA GARCÍA GOTtileOenerai J0R6E ALBERTO RICO SALINAS CoonSnador y Supavisor Coicnia f^iraflotes TeléfomiFax: Gerwda 2230.495B Actainistiadín: 2230-3025 Planli 223IJ-6757 CENTRO Cívico GUBERNAMENTAL A.1 del fNPREUNAH hiista que se concluya con todas ia etapas requeridas para llevar a ejecución la reforma. PORTANTO; En tiso de las facultades establecidas en los articulo.^ de la Constimción de la República, 98,113 de la Ley para Optim izar la Administtación Pública, y Mejorar los Servicios a la Ciudadanía y Fortalecimiento de la Transparencia en el Gobiano, conenida en el Decreto Legislativo 266-2013, y demás aplicable,^ de la Ley General de la Adminiso-ación Pública.

Articulos

Articulo 1

Declaiai ininteniunpida la intervenc lón de la que fue objeto el Instituto de Previsión Social de los Empleados de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (INFREL^NAH), hasta el treinta (30) de junio del Z0I7. Intervención declarada mediante el Decreto Ejecutivo en O msq'o de Secreuirios de Estado No. PCM-011-2016 de fecha 10 de tebreto del 2016, publicado en el Diario Oficial de la Repiiblica de Hondiu'as "La Gaceta", el 11 de marzo de 2016, ron el propósito de permitir que la Comisión Interventoa del INPREUNAH, concluya con el proceso de aprobatión e implementación de la Ley del INPREUNAH, asi como coi tinuai con la reforma administrativa, financiera y tecnológica del Instituto, la transición de las nuevas autoridades que deben ser nombradas bajo un proceso de méritos en el marco de la reforma Ilegal para asegurar la adecuada conformación del gobierno corporali vo del INPREUNAH. La Comisión Interventora en el cmnplimienio de sus prD|»sitos debe lendirala Presidencia de laRepública un Infonne F nal de evaluación en el que debe recomendar las medidas que e: timen adecuadas para mejorar la situación adininistrativa y fmüncieiti de la institución.

Articulo 2

Incorporar en el presupuesío del INTREL'N.Mí, y autorizar a la Comisión InterN'enUira la eje .ución de los gastos necesarios paia el logro de sus objetivos y el reconocimiento de sus servicios profesionales, necesaiios para la implementación de la reforma del Instituto. .4RTÍCULO 3.- El presente Detareto entra en vigencia apartir de .supublicación en el Diario Oficial de la República "La Gaceta". Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Ctntral, a los dos (02) días del mes de enero del dos mil diecisiete (2i)17i. COMLrNÍQUESE YPUBLÍQUESE. JUAN ORLANDOHERNANDEZ.ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE L.\A •JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO SECRETARIO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO REINALDO ANTONIO SANCHEZ SECRETARIO DF LAPRESIDENCIA HECTOR LEONELAYALA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE fiERECHOS HUMANOS. JUSTICLA, GOBERNACIÓN Y DESCENTR.\L1ZAC1ÓN REPÚBUCA DE HONUUR.'iS - TEGUCIGALPA. M. O. C, 3 UE FEBRERO DEL 2«17 .No. 34,256 M A R Í A D O L O R E S A G Ü E R O SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS OE RELACIONES EXTERIORES YCOOPERACIÓN INTERNACIONAL. POR LEY R I C A R D O L E O N E L C A R D O N A SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL .\HNALI>OCASTnj.O SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO R O B E R T O P I N E D A SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCIXTRA Y SERVICIOS PÚBLICOS, POR LEY JULIAN P A C H E C O S E C R E T A R I O DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD DEIJA RI\AS SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SAIXTD RUTILIA t ALDERÓN SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN C A R L O S M A D E R O SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL JACOBO P \ BODDEN SECRETARIO DE EST.\DO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURAYGANADERi^ JOSÉ A N T O N I O GALDAMES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE ENERGÍA, RECURSOS NATUR.\LES, AMBIENTE Y MINAS E R E D Y S A N T L 4 G O D Í A Z Z E L . \ Y A SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA, POR LEY W I L F R E D O C E R R A T O SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS

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