Acuerdo Ministerial 115-2022 mediante el cual se apertura para el período comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre del año 2023 el contingente arancelario de importación
Resumen
Estos acuerdos ministeriales abren contingentes arancelarios (cuotas de importación) para 2023 con aranceles reducidos o del 0% en productos como alimentos para mascotas, carnes, lácteos y otros productos de países con tratados comerciales (Colombia, Panamá, República Dominicana, Canadá, Reino Unido y Unión Europea). Afecta a importadores que necesitan certificados de importación de la Secretaría de Desarrollo Económico para acceder a estos beneficios.
Articulos
Articulo 12
de las Disposiciones Generales del Presupuesto, para el presente ejercicio fiscal 2017, establecen el procedimiento para la ejecución de fondos propios, para lo cual se debe registrar en el Sistema de Administración Financiera Integrada SIAFI, tanto los ingresos como los egresos. Los informes de ejecución presupuestaria deben reflejar el origen y destino de los recursos. La Auditoría Interna de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, velará el cumplimiento de esta disposición en consonancia con lo establecido en el Artículo 119 de la Ley Orgánica del Presupuesto. En fecha 06 de octubre de 2017, fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta el Acuerdo S.D.N. No.008-2017, el cual contiene el Reglamento para la Administración de Fondos Propios de la Universidad de Defensa de Honduras vigente. Es necesario la actualización del referido instrumento reglamentario, que regula la utilización de los recursos propios de la Universidad de Defensa de Honduras. Sumario (English) Sumario ACUERDO S.D.N. N* 078-2022 del 12 de septiembre de 2022 mediante cuyo contenido SE MODIFICA POR ADICIÓN EL CONTENIDO DE LOS (Español) ARTÍCULOS 5, 6, 10, 16, 17, 19, 21, 24, 26, 28, 32 Y 34 DEL REGLAMENTO DE FONDOS PROPIOS DE LA UNIVERSIDAD DE DEFENSA DE HONDURAS VIGENTE. 3 Artículos. Pp. A1 - A5 Términos “ARTÍCULO 5.- EL ENTE AUTORIZADO PARA PROPONER LA CONCEPTUALIZACIÓN, MODIFICACIÓN O ACTUALIZACIÓN DE ESTE REGLAMENTO ES EL CONSEJO ADMINISTRATIVO EN EL ENTENDIDO QUE EL MISMO ESTÁ INTEGRADO POR: 1. VICERRECTOR ADMINISTRATIVO DE LA UDH. (PRESIDENTE) 2. DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS UDH (SECRETARIO) 3. DIRECTOR DE FINANZAS DE LA UDH 4. DIRECTOR DE LOGÍSTICA DE LA UDH 5. DIRECTOR DE TECNOLOGÍA DE LA UDH 6. JEFE DE LA UNIDAD DE CONTROL INTERNO DE LA UDH Notas PDF No. Título: Número de Documento: Clase de Documento: Publicación: Número de Edición de la Publicación: Recursos Jurídicos Relacionados: hn 1211202201 AUTORIZAR A LA GERENCIA ADMINISTRATIVA DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO, PROCEDA A TRANSFERIR COMO ASIGNACIÓN ÚNICA A LA REPRESENTACIÓN PERMANENTE DE HONDURAS ANTE LA OMC, EN GINEBRA SUIZA, LA CANTIDAD DE $ 7,703.00 (SIETE MIL SETECIENTOS TRES DOLARES), PARA EL MANTENIMIENTO DEL VEHÍCULO PROPIEDAD DE LA MISIÓN Y $147 (CIENTO CUARENTA Y SIETE DOLARES), COMO INCREMENTO DE LA RENTA A RAZÓN DE $49.00 MENSUALES A PARTIR DEL MES DE AGOSTO A OCTUBRE DEL AÑO 2022. 121-2022 GLIN ID ACUERDO Fecha de Emisión: 20 de octubre 2022 MINISTERIAL Gaceta oficial 36,075 Fecha de Publicación: 12 noviembre 2022 Mediante Oficio N* Al. 010-2022 de fecha cuatro de abril del año dos mil veintidós enviado por la Secretaría de Finanzas, esta es del criterio que la Opinión Legal N* 027-2022 de fecha 18 de marzo del 2022, emitida por la Dirección de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado ha sido redactada conforme a derecho. Mediante Comunicación Interna, SG-SDE- N* 071-2022 remitida a la Gerencia Administrativa de esta Secretaría de Estado se solicitó por escrito sustento o motivación de la reducción de Gastos de Representación en el Exterior, por la cantidad de $ 10, 000 asignados del mes de febrero del 2022 al mes de octubre del 2022, misma que fue contestada mediante Comunicación Interna GA-088- 2022, se contesta dicha solicitud tomando en consideración el congelamiento de fondos realizado por la Secretaría de Finanzas en el objeto especifico de donde se realiza el pago, las Disposiciones Generales del Presupuesto vigente prohíben asumir compromisos si no se cuenta con disponibilidad presupuestaria. Mediante Memorándum OMC 217.06.22 de fecha 21 de junio de 2022, el Abogado Dacio Castillo, representante permanente de Honduras ante la OMC, remite Carta de la Inmobiliaria “Sociéte privée de Gérance S.A.”(SPG) en donde pone a conocimiento de esta Secretaría de Estado, que el precio del Alquiler del local de la Misión Permanente aumentará a partir del 01 de agosto del 2022, por lo que solicita al Secretario de Estado de esta Secretaría, interponga sus buenos oficios para que considere lo anterior y se realice una nueva gestión de gastos de funcionamiento ya que la actual no cumple en su Sumario (English) Sumario (Español) Términos Notas totalidad con todas las obligaciones contractuales que tiene la ese Misión Permanente. Mediante Memorándum OMC 336.10.22 de fecha 04 de octubre de 2022, el Abogado Dacio Castillo, representante permanente de Honduras ante la OMC remite cuadro actualizado detallando los pagos que adeuda la Misión entre ellos el mantenimiento de urgencia del vehículo de la misión permanente por un valor de $7,702.74 ACUERDO MINISTERIAL N* 121-2022 del 20 de octubre de 2022 cuyo contenido manda AUTORIZAR A LA GERENCIA ADMINISTRATIVA DE LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO, PROCEDA A TRANSFERIR COMO ASIGNACIÓN ÚNICA A LA REPRESENTACIÓN PERMANENTE DE HONDURAS ANTE LA OMC, EN GINEBRA SUIZA, LA CANTIDAD DE $ 7,703.00 (SIETE MIL SETECIENTOS TRES DOLARES), PARA EL MANTENIMIENTO DEL VEHÍCULO PROPIEDAD DE LA MISIÓN Y $147 (CIENTO CUARENTA Y SIETE DOLARES), COMO INCREMENTO DE LA RENTA A RAZÓN DE $49.00 MENSUALES A PARTIR DEL MES DE AGOSTO A OCTUBRE DEL AÑO 2022. 3 Artículos. Pp. 2 A -4A LOS FONDOS NECESARIOS PARA EL PAGO DE GASTOS DE REPRESENTACIÓN ANTES MENCIONADO SERÁN PAGADOS POR EL DEL PROGRAMA 12, ACTIVIDAD 04, OBJETIVO 14200, DEL PRESUPUESTO DE ESTA SECRETARÍA DE ESTADO. PDF No. Título: Número de Documento: Clase de Documento: Publicación: Número de Edición de la Publicación: Recursos Jurídicos Relacionados: hn 1211202202 MODIFICAR EL NUMERAL PRIMERO DEL ACUERDO MINISTERIAL N*? 029-2022 DE FECHA 20 DE ABRIL DE 2022, EN EL SENTIDO DE INCREMENTAR $ 49.00 A PARTIR DE NOVIEMBRE DE 2022, EN VIRTUD DEL INCREMENTO A LA RENTA DEL LOCAL DE LA MISIÓN. 122-2022 GLIN ID ACUERDO Fecha de Emisión: 20 de octubre 2022 MINISTERIAL Gaceta oficial 36,075 Fecha de Publicación: 12 noviembre 2022 Mediante Acuerdo N* 161-98 de fecha 4 de agosto de 1998 fue nombrado el Lic. DACIO R. CATILLO FLORES, en el cargo de representante permanente de Honduras, ante la Organización Mundial del Comercio (O.M.C.) con sede en Ginebra Suiza. Mediante Acuerdo N* 171-98 de fecha 19 de agosto de 1998 se acordó modificar los Acuerdos N*s 15-98 y 16-98 de fecha 7 de enero de 1998, mediante los cuales se autoriza “GASTOS DE FUNCIONAMIENTO” Y “GASTOS DE REPRESENTACION” al señor CARLOS H. MATUTE, representante permanente de Honduras ante la (OMC), con sede en Ginebra Suiza, en el sentido que, a partir del 1 de septiembre de 1998, se autorizan dichos gastos a nombre del Licenciado DACIO R. CATILLO FLORES. Mediante Acuerdo Ministerial N* 008-2018 de fecha 17 de enero del 2013 y Acuerdo Ministerial N* 007-2019 de fecha 16 de enero del 2019, SE ACUERDA: “Autorizar a la Gerencia Administrativa de esta Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, para que cancele mensualmente a partir del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año según los acuerdos en mención, en concepto de GASTOS DE FUNCIONAMIENTO. Mediante Acuerdo Ministerial N* 003-2020 de fecha 15 de enero del 2020 y Acuerdo Ministerial N” 003-2021 de fecha 5 de enero del 2021, SE ACUERDA: “Autorizar a la Gerencia Administrativa de esta Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, para que cancele mensualmente a partir del 1 de enero al 31 de cada año según acuerdos en mención, en concepto de GASTOS DE REPRESENTACIÓN EN EL EXTERIOR, al Representante de la Organización Mundial del Comercio en Ginebra, Suiza, para el funcionamiento operativo de dicha Organización. mediante Comunicación Interna, SG-SDE- No. 071-2022 remitida a la Gerencia Administrativa de esta Secretaría de Estado se solicitó por escrito sustento o motivación de la reducción de Gastos de Representación en Sumario (English) Sumario (Español) Términos Notas el Exterior, por la cantidad de $ 10, 000 asignados del mes de febrero del 2022 al mes de octubre del 2022, misma que fue contestada mediante Comunicación Interna GA-088-2022, se contesta dicha solicitud tomando en consideración el congelamiento de fondos realizado por la Secretaría de Finanzas en el objeto especifico de donde se realiza el pago, las Disposiciones Generales del Presupuesto vigente prohíben asumir compromisos si no se cuenta con disponibilidad presupuestaria. Mediante Memorándum OMC 217.06.22 de fecha 21 de junio de 2022, el Abogado Dacio Castillo, representante permanente de Honduras ante la OMC, remite Carta de la Inmobiliaria “Sociéte privée de Gérance S.A.”(SPG) en donde pone a conocimiento de esta Secretaría de Estado, que el precio del Alquiler del local de la Misión Permanente aumentará a partir del 01 de agosto del 2022, por lo que solicita al Secretario de Estado de esta Secretaría, interponga sus buenos oficios para que considere lo anterior y se realice una nueva gestión de gastos de funcionamiento ya que la actual no cumple en su totalidad con todas las obligaciones contractuales que tiene la ese Misión Permanente. ACUERDO MINISTERIAL N* 122-2022 del 20 de octubre del 2022 cuyo contenido manda MODIFICAR EL NUMERAL PRIMERO DEL ACUERDO MINISTERIAL N” 029-2022 DE FECHA 20 DE ABRIL DE 2022, EN EL SENTIDO DE INCREMENTAR $ 49.00 A PARTIR DE NOVIEMBRE DE 2022, EN VIRTUD DEL INCREMENTO A LA RENTA DEL LOCAL DE LA MISIÓN. 3 Artículos. Pp. A5 - 8A AUTORIZAR A LA GERENCIA ADMINISTRATIVA DE ESTA SECRETARÍA DE ESTADO, PROCEDA A PAGAR MENSUALMENTE LOS GASTOS DE REPRESENTACION EN EL EXTERIOR, AL REPRESENTANTE DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO (OMC) EN GINEBRA SUIZA, PARA EL FUNCIONAMIENTO OPERATIVO DE DICHA ORGANIZACIÓN, LA CANTIDAD DE $10,049.00 (DIEZ MIL CUARENTA Y NUEVE DOLARES), A PARTIR DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022. PDF No. Título: Número de Documento: Clase de Documento: Publicación: Número de Edición de la Publicación: Recursos Jurídicos Relacionados: hn 1511202201 CONTRATO DE PRÉSTAMO N?* 5132/BL-HO ENTRE LA REPÚBLICA DE HONDURAS Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO RENOVACIÓN DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA FRANCISCO MORAZÁN PARA FACILITAR LA INTEGRACIÓN DE ENERGÍAS RENOVABLES 122-2022 GLIN 1D DECRETO Fecha de Emisión: 27 de octubre 2022 Gaceta oficial 36,077 Fecha de Publicación: 15 noviembre 2022 Los Contratos de Préstamo N” 5132/BL-HO y No.5133/TC-HO suscritos el 13 de septiembre de 2022, entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en su condición de Prestamista y el Gobierno de la República de Honduras, en su condición de Prestatario del financiamiento, hasta por un monto de Un Millón Seiscientos Mil dólares de los Estados Unidos de América (US$.1,600,000.00) que podrá provenir de dos (2) tipos de recursos, el primero corresponde al tipo de Capital Ordinario Regular por un monto de Quinientos Sesenta Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$.560,000.00), con una amortización máxima de veinticinco (25) años, un período de gracia de cinco punto cinco (5.5) años y con una tasa de interés basada en London Interbank Offered Rate (LIBOR) más el margen aplicable para préstamos del CO (Capital Ordinario) regular del Banco, y un segundo tipo de recurso a cargo del Capital Ordinario Concesional de Un Mil Cuarenta Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$.1,040,000,000.00), que será amortizado mediante un pago único a un máximo de cuarenta (40) años y una tasa de interés del cero punto veinticinco por ciento (0.25%) anual, y del financiamiento de Dieciséis Millones Cuatrocientos Mil Dólares de los Estados Unidos de América (US$.16,400,000.00) que podrá provenir de los recursos del Clean Tecnology Fund o el Fondo Fiduciario Para Una Tecnología Limpia, con una amortización de cuarenta (40) años, período de gracia de diez punto cinco (10.5) años y una tasa de interés de cero puntos veinticinco por ciento (0.25%) anual, para un total entre los dos (2) Contratos de Préstamo de Dieciocho Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$.18,000,000.00), lo que demuestra que las condiciones de este crédito son favorables a las finanzas públicas del Estado de Honduras, dichos recursos destinados a la ejecución del Programa Sumario (English) Sumario (Español) Términos Notas “Renovación de la Central Hidroeléctrica Francisco Morazán para Facilitar la Integración de Energías Renovables”. El objetivo del Programa es mejorar y recuperar el papel de la Central Hidroeléctrica Francisco Morazán (CHFM) - El Cajón como un activo efectivo para proporcionar flexibilidad e integración de la Energía Renovable Variable (ERV) al Sistema Eléctrico de Honduras. De conformidad con el Artículo 205, atribuciones 19) y 36) de la Constitución de la República, corresponde al Congreso Nacional: Aprobar o improbar los contratos y convenios que llevan involucrados exenciones, incentivos y concesiones fiscales celebrados por el Poder Ejecutivo. DECRETO N* 122-2022 del 27 de octubre de 2022 que contiene el CONTRATO DE PRÉSTAMO N* 5132/BL-HO ENTRE LA REPÚBLICA DE HONDURAS Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO RENOVACIÓN DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA FRANCISCO MORAZÁN PARA FACILITAR LA INTEGRACIÓN DE ENERGÍAS RENOVABLES. 6 Artículos. Pp. A1 - A99 HASTA POR UN MONTO DE UN MILLÓN SEISCIENTOS MIL DÓLARES AMERICANOS (US$.1,600,000.00), RECURSOS DESTINADOS A LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA “RENOVACIÓN DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA FRANCISCO MORAZÁN PARA FACILITAR LA INTEGRACIÓN DE ENERGÍAS RENOVABLES”, PDF No. Título: Número de Documento: Clase de Documento: Publicación: Número de Edición de la Publicación: Recursos Jurídicos Relacionados: Sumario (English) Sumario (Español) hn 1611202201 SE AUTORIZA A LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE COPÁN RUINAS, DEPARTAMENTO DE COPÁN, PARA NEGOCIAR Y OBTENER RECURSOS ECONÓMICOS PROVENIENTES DE PRÉSTAMOS DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL, BAJO LAS MEJORES CONDICIONES HASTA POR UNA SUMA DE VEINTE MILLONES DE LEMPIRAS (L.20,000,000.00) PAGADEROS A DIEZ (10) AÑOS PLAZO. 94-2022 GLIN ID DECRETO Fecha de Emisión: 30 de agosto 2022 Gaceta oficial 36,078 Fecha de Publicación: 16 noviembre 2022 La municipalidad es el órgano del gobierno local que tiene como finalidad principal la administración del municipio y existe para lograr el bienestar de sus habitantes y, que los gobiernos locales son el espacio más cercano de la participación de la población y la inmediata respuesta ante sus problemas. El impacto económico provocado por los huracanes ETA e lOTA, además, impacta en las proyecciones tributarias y expectativas de percepción de recursos de los gobiernos, a nivel central como municipal, disminuyendo la capacidad de generación de ingresos tanto a nivel nacional como local y de los cuales depende la ejecución, los presupuestos para la satisfacción de necesidades por constituir un elemento modular de los mismos. Es impostergable facilitar a la Municipalidad de Copán Ruinas, el acceso a recursos municipales que puedan ser destinados para apoyar las operaciones municipales en su funcionamiento a fin de contrarrestar los efectos de los huracanes ETA e JOTA. En la actualidad, la Municipalidad de Copán Ruinas, no cuenta en sus cuentas corrientes con fondos producto de préstamos y debido a la crisis generada por los huracanes ETA e IlOTA, es necesario hacer una inversión social temporal del destino de los fondos propios, en este momento bajos, para hacer frente a las secuelas de estos desastres. DECRETO N* 94-2022 del 30 de agosto de 2022 mediante cuyo contenido SE AUTORIZA A LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE COPÁN RUINAS, DEPARTAMENTO DE COPÁN, PARA NEGOCIAR Y OBTENER Términos Notas RECURSOS ECONÓMICOS PROVENIENTES DE PRÉSTAMOS DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL, BAJO LAS MEJORES CONDICIONES HASTA POR UNA SUMA DE VEINTE MILLONES DE LEMPIRAS (L.20,000,000.00) PAGADEROS A DIEZ (10) AÑOS PLAZO. 3 Artículos. Pp. A1-A3 LOS FONDOS OBTENIDOS DEL PRÉSTAMO DEBEN SER UTILIZADOS ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE, PARA FINANCIAR OBRAS DE LA INFRAESTRUCTURA LICITADA SEGÚN LA LEY DE CONTRATACIÓN DEL ESTADO Y SEGÚN LAS REGLAS Y LOS MONTOS ESTABLECIDOS EN EL PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE LA REPÚBLICA PARA CADA EJERCICIO FISCAL, O PROYECTOS SOCIALES AUTORIZADOS POR LA CORPORACIÓN MUNICIPAL. EN CASO DE CRISIS SANITARIAS, SOCIALES Y ECONÓMICAS GENERADAS POR PANDEMIAS O DESASTRES NATURALES, LOS FONDOS DE VEINTE MILLONES DE LEMPIRAS (L.20,000,000.00) AUTORIZADO EN EL ARTÍCULO ANTERIOR SERÁN UTILIZADOS EN LAS ÁREAS DE MITIGACIÓN DE LOS DESASTRES DE LOS HURACANES ETA E IOTA. PDF No. Título: Número de Documento: Clase de Documento: Publicación: Número de Edición de la Publicación: Recursos Jurídicos Relacionados: REFORMAR EL ARTÍCULO 75 NUMERAL 4) DE LA LEY DEL HEROICO Y BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS DE HONDURAS. 111-2022 GLIN ID DECRETO Fecha de Emisión: 13 de octubre 2022 Gaceta oficial 36,078 Fecha de Publicación: 16 noviembre 2022 El 1 de noviembre de 1955 se fundó en nuestro país, el Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos, y desde su creación ha desarrollado una abnegada función en el cumplimiento de sus responsabilidades humanitarias, siendo una Institución con autoridad en todo el territorio, de servicio comunitario y prevención de carácter público, con alto grado de profesionalismo y de seguridad para la población que de acuerdo al Plan de Nación y Visión de País, debe tener una legislación moderna, dinámica y efectiva que permita a la misma una mayor y más eficiente participación en los servicios que presta. Mediante Decreto Legislativo N” 56-2019 del 10 de Julio de 2019, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 20 de febrero de 2020, se aprobó la nueva Ley del Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos, la cual tiene como objeto regular la organización y funciones de dicha Institución, en el territorio nacional, el cual es de interés público, de servicio a la población y seguridad nacional. El Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras, es una entidad técnica, profesional y especializada, desconcentrada del Poder Ejecutivo y adscrita a la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, cuya misión es la de ejercer las funciones de Bomberos Estatales de manera exclusiva, en todo el territorio nacional y como actor participante de la seguridad pública, por lo tanto, debe contar con una legislación idónea que le permita administrar el patrimonio y ejecutar los recursos presupuestarios y materiales de la misma en el marco de su Ley y reglamentos. El Artículo 75 numeral 4) de la Ley del Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras, debe definirse taxativamente que el Banco Central de Honduras (BCH) actuará como depositario de la tasa al que hace referencia el mismo, así como que la administración y rendición de cuentas de tales recursos son competencias del Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos. Sumario (English) Sumario (Español) Términos Notas DECRETO N* 111-2022 del 13 de octubre de 2022 cuyo contenido manda REFORMAR EL ARTÍCULO 75 NUMERAL 4) DE LA LEY DEL HEROICO Y BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS DE HONDURAS. 3 Artículos. Pp. 6A - 8A “ARTÍCULO 75.- PATRIMONIO DEL HEROICO Y BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS. EL PATRIMONIO DEL HEROICO Y BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS ESTÁ FORMADO DE LA MANERA SIGUIENTE: 1) LOS BIENES MUEBLES...; 2) LAS ASIGNACIONES ANUALES...; 3) LOS INGRESOS...; 4) LOS INGRESOS QUE PERCIBA POR CONCEPTO DE LA TASA DEL CINCO POR CIENTO (5%) DE CONTRIBUCIÓN OBLIGATORIA SOBRE EL VALOR DE LAS PRIMAS NETAS COBRADAS DE SEGURO CONTRA INCENDIOS Y LÍNEAS ALIADAS (TERREMOTO, HURACANES, INUNDACIÓN, MOTÍN, HUELGAS Y ALBOROTOS POPULARES). ES DEBER DE LAS EMPRESAS ASEGURADORAS RECAUDAR ESTA TASA DE LOS ASEGURADOS, VALORES QUE DEBEN SER TRANSFERIDAS AL BANCO CENTRAL DE HONDURAS (BCH) EN LA CUENTA ESPECIAL DE LA ADMINISTRACIÓN DEL HEROICO Y BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS DE HONDURAS...” PDF No. Título: Número de Documento: Clase de Documento: Publicación: Número de Edición de la Publicación: Recursos Jurídicos Relacionados: Sumario (English) Sumario (Español) Términos hn 1611202203 SE CONCEDE PRÓRROGA HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022, BAJO LAS MISMAS CONDICIONES, DE LA AMNISTÍA TRIBUTARIA MUNICIPAL. 116-2022 GLIN ID DECRETO Fecha de Emisión: 25 de octubre 2022 Gaceta oficial 36,078 Fecha de Publicación: 16 noviembre 2022 Que la economía hondureña no solo se ha visto afectado por las desacertadas políticas monetarias de pasadas administraciones, sino también, y en gran medida por la inflación provocada por guerras y por la negativa de los Países Productores y Exportadores de Petróleo asociados en la OPEP para aumentar sus cuotas de producción de forma significativa y así bajar los precios de los carburantes, lo cual ha tenido terribles efectos en la economía familiar. Este Congreso Nacional, escuchando el clamor del Pueblo, en fecha 18 de abril y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el día 2 de mayo, todo del presente año, aprobó el Decreto Legislativo N* 29-2022 autorizando una AMNISTIA TRIBUTARIA MUNICIPAL, la cual tiene vigencia hasta el día 31 de Julio de este mismo año. Es función de esta Honorable representación del Pueblo y del Gobierno del Pueblo velar por el desarrollo sostenible, el bienestar económico, y la paz social, de conformidad con la Constitución de la República. DECRETO N” 116-2022 del 25 de octubre de 2022 mediante cuyo contenido SE CONCEDE PRÓRROGA HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022, BAJO LAS MISMAS CONDICIONES, DE LA AMNISTÍA TRIBUTARIA MUNICIPAL. 2 Artículos. Pp. A9 - 10A CONTENIDA EN EL DECRETO LEGISLATIVO N* 29-2022, APROBADO POR EL CONGRESO NACIONAL EL DÍA 18 DE ABRIL DEL 2022 Y PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL “LA GACETA” NÚMERO 35,912 DE FECHA 2 DE MAYO DEL 2022. PDF No. Título: Número de Documento: Clase de Documento: Publicación: Número de Edición de la Publicación: Recursos Jurídicos Relacionados: Sumario (English) Sumario (Español) hn 1611202204 OTORGAR RECONOCIMIENTO CONSISTENTE EN “MEDALLA DE ORO Y PERGAMINO” AL CIUDADANO VALENTÍN LÓPEZ VALENTÍN. 120-2022 GLIN ID DECRETO Fecha de Emisión: 25 de octubre 2022 Gaceta oficial 36,078 Fecha de Publicación: 16 noviembre 2022 La destrucción acelerada de los recursos naturales y la degradación del ambiente amenaza el futuro de la nación ocasionando problemas económicos y sociales que afectan la calidad de vida de la población, y que es deber del Estado propiciar un estilo de desarrollo que, a través de la utilización adecuada de los recursos naturales y del ambiente, promueve la satisfacción de las necesidades básicas de la población presente sin comprometer la posibilidad de que las generaciones futuras satisfagan sus propias necesidades, por lo que la participación comunitaria es imprescindible para logar la protección, conservación y uso racional de la riqueza natural del país y del ambiente en general. Es deber del Estado reconoce los méritos y reconocimientos por actuaciones destacadas y por sus acciones encaminadas a favorecer la preservación del medio ambiente utilizando, entre otras técnicas fertilizantes orgánicos, como práctica ambiental sustentable. El señor VALENTÍN LÓPEZ VALENTÍN, se ha destacado por su labor en la elaboración de productos fertilizantes orgánicos con la finalidad de desarrollar mejores prácticas en la agricultura y el desarrollo amigable con el medio ambiente. DECRETO N* 120-2022 del 25 de octubre de 2022 cuyo contenido manda OTORGAR RECONOCIMIENTO CONSISTENTE EN “MEDALLA DE ORO Y PERGAMINO” AL CIUDADANO VALENTÍN LÓPEZ VALENTÍN. 3 Artículos. Pp. 10A - A11 Términos Notas POR SU DESTACADA TRAYECTORIA, LABOR E INVALUABLE APORTE EN EL DESARROLLO LOCAL Y LA PRESERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE, CON LA CREACIÓN DE FERTILIZANTES ORGÁNICOS, ASÍ COMO LA ELABORACIÓN DE “MICROORGANISMOS DE MONTAÑA”, QUE CONTRIBUYE A LA FRACCIÓN ORGÁNICA DEL SUELO Y SU CRECIMIENTO, EL CUAL LIBERA DIÓXIDO DE CARBONO. PDF No. Título: Número de Documento: Clase de Documento: Publicación: Número de Edición de la Publicación: Recursos Jurídicos Relacionados: Sumario (English) Sumario (Español) Términos Notas hn 2111202201 CREAR LA COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL DEL CENSO AGROPECUARIO NACIONAL (CI-CAN). PCM-26-2022 GLIN ID DECRETO EJECUTIVO Fecha de Emisión: 15 noviembre 2022 Gaceta oficial 36,082 Fecha de Publicación: 21 noviembre 2022 La Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), es la encargada de lo concerniente a la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con la producción, conservación y comercialización de alimentos, la modernización de la agricultura y de la ganadería, la pesca, la acuicultura, la avicultura, la apicultura, la sanidad animal y vegetal; la generación y transferencia de tecnología agropecuaria, el riego y drenaje en actividades agrícolas; la distribución y venta de los insumos agrícolas que adquiera el Estado a cualquier título; las reglas a que estarán sujetos los insumos agrícolas la coordinación de las acciones relacionadas con la silvicultura, la dirección superior de los servicios de agrometeorología y la promoción de crédito agrícola; requiriendo para ello fuentes de información como el Censo Agropecuario Nacional para la toma de decisiones. DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-26-2022 del 15 de noviembre de 2022 cuyo contenido manda CREAR LA COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL DEL CENSO AGROPECUARIO NACIONAL (CI- CAN). 11 Artículos. Pp. A1 - 8A EL OBJETIVO DE CI-CAN ES LA ORGANIZACIÓN Y LEVANTAMIENTO DEL CENSO AGROPECUARIO NACIONAL, PARA LA OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN PRECISA, OPORTUNA Y ACTUALIZADA SOBRE LA ESTRUCTURA Y OTROS ELEMENTOS RELACIONADOS CON EL SECTOR AGROPECUARIO NACIONAL. PDF No. Título: Número de Documento: Clase de Documento: Publicación: Número de Edición de la Publicación: Recursos Jurídicos Relacionados: Sumario (English) hn 2111202202 ADSCRIBIR LA UNIDAD TÉCNICA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL (UTSAN) A LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (SAG). PCM-27-2022 GLIN ID DECRETO EJECUTIVO Fecha de Emisión: 18 noviembre 2022 Gaceta oficial 36,082 Fecha de Publicación: 21 noviembre 2022 La Ley General de la Administración Pública en su Artículo 14 numeral 4, establece que la presidenta de la República está facultada para emitir por Decreto en Consejo de secretarios de Estado las normas requeridas para reorganizar aquellas dependencias que la eficiencia de la Administración demande. La Ley General de la Administración Pública en su artículo 22 numeral 3), establece que es atribución del Consejo de secretarios de Estado crear, modificar, fusionar, escindir o suprimir dependencias de la Administración Pública. La Ley General de la Administración Pública en su artículo 45, establece que los órganos o entidades desconcentradas se crearán, modificarán, fusionarán o suprimirán mediante Decreto de la presidenta de la República en Consejo de secretarios de Estado y sus titulares responderán de su gestión ante la dependencia de la Administración Centralizada de la que dependan. La Unidad Técnica de Seguridad Alimentaria y Nutricional (UTSAN) mediante Decreto Ejecutivo número PCM 009- 2018 artículo 1 numeral 5), publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 23 de marzo de 2018 en su edición 34,600, la UTSAN fue adscrita a la Secretaría de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno. Mediante Decreto Ejecutivo número PCM 05-2022 de fecha 6 de abril del año 2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de esa misma fecha en su edición N* 35,892, en su artículo 21 numeral 1), fue suprimida la Secretaría de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno, por lo que resulta necesario adscribir dicha Unidad a otra Secretaría de Estado. Sumario (Español) Términos Notas DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-27-2022 del 18 de noviembre de 2022 cuyo contenido manda ADSCRIBIR LA UNIDAD TÉCNICA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL (UTSAN) A LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA (SAG). 3 Artículos. Pp. A9 - 12A QUEDAN DEROGADAS TODAS LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS DEL MISMO RANGO DEL PRESENTE DECRETO EJECUTIVO QUE RESULTEN CONTRADICTORIAS O SE OPONGAN AL MISMO. PDF No. Título: Número de Documento: Clase de Documento: Publicación: Número de Edición de la Publicación: Recursos Jurídicos Relacionados: Sumario (English) hn 2111202203 INCORPORAR EN EL CURRÍCULO NACIONAL BÁSICO LOS CONTENIDOS PROGRAMÁTICOS DE ESTUDIO ESPECÍFICO SOBRE EDUCACIÓN AMBIENTAL Y CAMBIO CLIMÁTICO. 117-2022 GLIN ID DECRETO Fecha de Emisión: 25 de octubre 2022 Gaceta oficial 36,082 Fecha de Publicación: 21 noviembre 2022 Los Objetivos de Desarrollo Sostenible del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) de la Organización de Naciones Unidas (ONU) indican en el ODS No. 15 “Vida De Ecosistemas Terrestres” que establece que “se deben tomar medidas urgentes para reducir la pérdida de hábitats naturales y biodiversidad que forman parte de nuestro patrimonio común y apoyar la seguridad alimentaria y del agua a nivel mundial, la mitigación y adaptación al cambio climático, la paz y la seguridad”. Entre las principales problemáticas ambientales de Honduras se encuentran la contaminación del aire, suelo y agua, además del mal manejo de los recursos forestales. Un estudio realizado por la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente (MIAMBIENTE) nos brinda claros ejemplos como ser la “disposición final de los residuos sólidos de tal forma que la mayor parte de las ciudades del país carecen de rellenos sanitarios”, por otra parte, el mal manejo de los recursos forestales los cuales han causado problemas como “disminución de la capacidad genética del bosque, pérdida de la capacidad hídrica, pérdida de la biodiversidad, degradación de suelos, cambios en el clima e inundaciones”, entre otras problemáticas. La educación ambiental en la educación infantil de los primeros años de formación de los niños, niñas y jóvenes es un proceso que debe durar el período de formación estudiantil por lo que es indispensable enriquecer y ampliar aún más los contenidos de estudio curricular con temas específicos relacionados a la educación ambiental y se promueva un espacio que implique la promoción y realización de actividades de aprendizaje, reforestación, reducción de contaminantes y la preservación del medio ambiente. Sumario (Español) Términos Notas DECRETO N* 117-2022 de 25 de octubre de 2022 cuyo contenido manda INCORPORAR EN EL CURRÍCULO NACIONAL BÁSICO LOS CONTENIDOS PROGRAMÁTICOS DE ESTUDIO ESPECÍFICO SOBRE EDUCACIÓN AMBIENTAL Y CAMBIO CLIMÁTICO. 4 Artículos. Pp. A 13 - 14A LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN, DEBERÁ PROCEDER A LA INCORPORACIÓN DE LOS CONTENIDOS PROGRAMÁTICOS DE EDUCACIÓN AMBIENTAL Y CAMBIO CLIMÁTICO, EN LA ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE EN LOS NIVELES DE EDUCACIÓN PRE BÁSICA, BÁSICA Y MEDIA DEL PAÍS, PDF No. Título: Número de Documento: Clase de Documento: Publicación: Número de Edición de la Publicación: Recursos Jurídicos Relacionados: SE AUTORIZA A LA EMPRESA HONDUREÑA DE TELECOMUNICACIONES (HONDUTEL) PARA QUE NEGOCIE, CONTRATE Y/O OBTENGA UNA LÍNEA DE CRÉDITO O PRÉSTAMO CON EL SISTEMA BANCARIO NACIONAL EN LAS MEJORES CONDICIONES FINANCIERAS. 121-2022 GLIN ID DECRETO Fecha de Emisión: 27 de octubre 2022 Gaceta oficial 36,082 Fecha de Publicación: 21 noviembre 2022 Dada la situación de abandono que ha sufrido la Empresa Hondureña de Telecomunicaciones (HONDUTEL) por parte del Estado de Honduras en los últimos años, uno de los más importantes objetivos de la Presidenta de la República, ciudadana Iris Xiomara Castro Sarmiento, es el de rescatar las empresas públicas a través de la toma de decisiones oportunas y las medidas de saneamiento financiero que sean necesarias. La Empresa Hondureña de Telecomunicaciones (HONDUTEL) históricamente ha sido una Empresa rentable, pero que, debido a la falta de políticas públicas congruentes con los cambios del sector, la han colocado en situación de desventaja competitiva, lo que hace necesario tomar acciones que garanticen en el corto plazo la estabilidad financiera, y a su vez crear condiciones adecuadas que le permitan a HONDUTEL competir activamente para mantenerse en el mercado, y dado que es de interés nacional satisfacer las necesidades colectivas de servicio público y garantizar la mayor eficiencia en la administración, aprovechamiento y explotación de bienes o recursos del Estado, resulta urgente tomar medidas encaminadas al fortalecimiento de las finanzas de la Empresa. Para evitar pérdidas mayores para el Estado de Honduras y crear distorsiones en el mercado de las telecomunicaciones que afecten la libre competencia, se hace urgente crear los mecanismos necesarios para lograr el rescate financiero de la Empresa Hondureña de Telecomunicaciones (HONDUTEL) acompañado de un Plan para lograr su rescate. Como una de las medidas de rescate la Empresa Hondureña de Telecomunicaciones (HONDUTEL) a corto plazo, está contemplado el Plan de Retiro Voluntario en su segunda fase, mismo que permitirá la reducción de personal garantizando los derechos laborales de los trabajadores, permitiendo que la Empresa reduzca de manera Sumario (English) Sumario (Español) Términos Notas sustancial su planilla y el pago de colaterales, generando ahorro en pro del fortalecimiento de sus finanzas. DECRETO N? 121-2022 del 27 de octubre de 2022 por cuyo contenido SE AUTORIZA A LA EMPRESA HONDUREÑA DE TELECOMUNICACIONES (HONDUTEL) PARA QUE NEGOCIE, CONTRATE Y/O OBTENGA UNA LÍNEA DE CRÉDITO O PRÉSTAMO CON EL SISTEMA BANCARIO NACIONAL EN LAS MEJORES CONDICIONES FINANCIERAS. 5 Artículos. Pp. A15 - 16A HASTA POR UN MONTO DE TRESCIENTOS MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L.300,000,000.00), RECURSOS QUE SERÁN DESTINADOS ÚNICAMENTE PARA EL PAGO DE PRESTACIONES LABORALES EN CADA UNA DE LAS FASES QUE CONTEMPLE EL PLAN DE RETIRO VOLUNTARIO, LO CUAL PERMITE DISMINUIR EL DÉFICIT DE CAJA DE HONDUTEL. PDF No. Título: Número de Documento: Clase de Documento: Publicación: Número de Edición de la Publicación: Recursos Jurídicos Relacionados: hn 1711202201 DEROGAR EN TODAS Y CADA UNA DE SUS PARTES EL ACUERDO MINISTERIAL N? 361-2022. 853-2022 GLIN ID ACUERDO Fecha de Emisión: 15 noviembre 2022 Gaceta oficial 36,079 Fecha de Publicación: 17 noviembre 2022 Mediante Acuerdo Ministerial N” 361-2022 de fecha trece (13) de mayo de dos mil veintidós (2022), publicado en el Diario Oficial La Gaceta número 35,968 de fecha seis (6) de julio de dos mil veintidós (2022), se aprobó que “a partir de la fecha se avocará a las Gobernaciones Departamentales, el conocimiento y trámite de las solicitudes de Inscripción en el Registro de Patronatos y Asociaciones Comunitarias presentadas”. Conforme dispone el artículo 62 de la Ley de Municipalidades, 1a Municipalidad respectiva velará por el adecuado funcionamiento de los patronatos u organizaciones comunitarias y por el correcto ejercicio de su democracia interna”, asimismo la inscripción, reconocimiento y registro de estas. Si bien es cierto la Ley de Patronatos y Asociaciones Comunitarias y su Reglamento dispone que las Gobernaciones Departamentales y Municipalidades, deberán conocer todos los asuntos relacionados con la inscripción de los Patronatos y Asociaciones Comunitarias, también lo es que actualmente estas instancias, han manifestado no disponer de las competencias necesarias para ello, en virtud de adolecer de infraestructura logística y recurso humano necesario para realizar dicha labor, lo que afecta directamente a los patronatos. La Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, tiene dentro de sus competencias el fomento, otorgamiento, registro, regulación y cancelación de la personalidad jurídica, de todos los entes civiles, siempre que las leyes especiales no confieran esta potestad a otros órganos del Estado. El artículo 3 de la ley de Procedimiento Administrativo, estipula que “la competencia es irrenunciable y se ejercerá por los órganos que la tengan atribuida por ley”; no obstante, el artículo 6 del mismo cuerpo legal, faculta al órgano superior para avocarse en el conocimiento de asuntos atribuidos por la Ley a la Competencia de un órgano inferior. La Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, como instancia superior de las Gobernaciones Sumario (English) Sumario (Español) Términos Notas Ernesto Gálvez Mejía Y, —— Departamentales y municipalidades, al amparo de lo dispuesto en el
Articulo 65
de la Ley de procedimiento administrativo deviene obligada en “adoptar las medidas provisionales que estime pertinentes evitando causar perjuicios irreparables a la parte interesada. ACUERDO N* 853-2022 del 15 de noviembre 2022 cuyo contenido manda DEROGAR EN TODAS Y CADA UNA DE SUS PARTES EL ACUERDO MINISTERIAL N* 361-2022. 7 Artículos. Pp. A3 - 4A ESTA SECRETARÍA DE ESTADO SE AVOCARÁ EN EL CONOCIMIENTO Y TRÁMITE DE LAS SOLICITUDES DE REGISTRO DE LOS PATRONATOS Y LAS ASOCIACIONES COMUNITARIAS, PRESENTADAS ANTE ESTA SECRETARÍA DE ESTADO, GOBERNACIONES DEPARTAMENTALES Y MUNICIPALIDADES, QUE NO HAN SIDO REGISTRADAS PORQUE, NO CUENTAN CON RECURSOS LOGÍSTICOS Y HUMANOS PARA ATENDER TAL ATRIBUCIÓN. Mes de noviembre de 2022