Contrato — Sección 51 - Trabajos por día
- Publicación: 13 de julio de 2026
- Categoria: Mercantil
Texto completo
51.1 Cuando corresponda, los precios para trabajos por día indicadas en la Oferta se aplicarán para pequeñas cantidades adicionales de trabajo sólo cuando el supervisor de Obras hubiera impartido instrucciones previamente y por escrito para la ejecución de trabajos adicionales que se han de pagar de esa manera.
51.2 El Contratista deberá dejar constancia en formularios aprobados por el Supervisor de Obras de todo trabajo que deba pagarse como trabajos por día. El Supervisor Obras deberá verificar y firmar todos los formularios que se llenen para este propósito.
51.3 Los pagos al Contratista por concepto de trabajos por día estarán supeditados a la presentación de los formularios.
52. Costo reparaciones