Decreto Legislativo — Pago de sueldos del personal diplomático y consular
Congreso Nacional
- Publicación: 17 de diciembre de 2021
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 35,800
Articulos
Para el pago de los sueldos del personal diplomático, consular o que ostenten cargos de representación en el exterior, efectuadas las deducciones correspondientes, se aplicará conforme a la Ley de Servicio Diplomático y Consular. Cualquier cargo adicional que se genere por diferencial cambiario o comisiones bancarias por la transferencia deberá ser cubierto con su propio presupuesto. Los mismos no deben sumarse al salario integral del funcionario o empelado. En el caso de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional queda autorizado el sueldo del personal asignado a las Agregadurías de Defensa acreditadas en el servicio exterior a las que se le efectuarán las deducciones de ley; en cumplimiento a las leyes y reglamentos militares.