Decreto Legislativo — Distribución de Bienes Incautados para Protección de la Mujer
Congreso Nacional
- Publicación: 17 de diciembre de 2021
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 35,800
Articulos
La distribución de los valores o bienes incautados que administra la Oficina Administradora de Bienes Incautados ( OABI), deben ser distribuidos de conformidad con los porcentajes establecidos por la Ley para garantizar las actividades de Prevención y Protección de la Mujer. La OABI, debe informar trimestralmente a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y al Tribunal Superior de Cuentas (TSC) y publicar en su sitio WEB sobre la distribución de los recursos incautados y las instituciones receptoras de los bienes incautados deben realizar los registros presupuestarios y contables correspondientes en el Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI), por lo que se autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) a realizar las operaciones necesarias.
Leyes relacionadas
- Decreto Legislativo — Conciliación y Arbitraje - Artículo 27 — Esta ley reorganiza la empresa eléctrica estatal (ENEE) dividiéndola en tres empresas separadas de generación, transmisión y distribución, todas bajo control del Estado. El objetivo es mejorar la eficiencia operativa, modernizar la infraestructura eléctrica y permitir que cada empresa funcione de forma independiente, mientras se protegen los activos estratégicos del país.
- Decreto Legislativo 369-2013 SANAA (Decreto 143-2010, 2014)
- Decreto Legislativo — ARTÍCULO 17 - Disposiciones Transitorias — Este artículo establece reglas temporales para la transición del sector eléctrico hondureño. Permite que los contratos antiguos de la ENEE continúen hasta vencerse, autoriza modificaciones de mutuo acuerdo, implementa gradualmente normas de calidad, permite licitaciones públicas para compra de energía, organiza el relevo de comisionados de la CREE y regulariza empresas en sistemas aislados. Estas medidas protegen la continuidad del servicio mientras se reorganiza el mercado eléctrico.
- Decreto Legislativo No. 51-2015 — Aprobación de Contrato de Suministro de Potencia y Energía Eléctrica entre ENEE e Hidroeléctrica Cuyagual, S.A. — Este decreto aprueba un contrato entre la empresa estatal ENEE y Hidroeléctrica Cuyagual para que compre energía renovable de una planta hidroeléctrica de 6.10 MW ubicada en Santa Bárbara durante 20 años. La ley busca reducir costos energéticos usando fuentes renovables en lugar de combustibles fósiles, beneficiando a consumidores y la economía nacional. (Decreto 51-2015, 2015)
- Decreto Legislativo No. 7-2015 — Aprobación del Contrato de Operación para la Generación, Transmisión y Comercialización de Energía Eléctrica - Proyecto Helios — Este decreto aprueba un contrato entre el Estado hondureño y la empresa Generación Renovable de Honduras (GENERSA) para construir y operar una planta solar de 25 megavatios en Choluteca durante 50 años. La empresa podrá vender la energía producida al sistema nacional y beneficiarse de incentivos fiscales, mientras el Estado mantiene supervisión y puede adquirir la planta al finalizar el contrato. (Decreto 7-2015, 2016)