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12 de junio de 2026Vigente

Reglamento — Normas Técnicas del Subsistema de Tesorería - Artículo 48: Anulaciones de Pagos

Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas

  • Publicación: 12 de junio de 2026
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas
  • Gaceta: 37,166

Articulos

Articulo 48.-

ANULACIONES DE PAGOS. El Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI) recibirá del Banco Central de Honduras (BCH) los archivos con el resultado de las transferencias bancarias y si éstas fueron confirmadas por los Bancos Pagadores, registrará como pagos confirmados; en aquellos casos que tengan la marca de error, el sistema procesará en forma automática la anulación de pago y el formulario original de gastos volverá al estado de devengado pendiente de pago. En el caso del medio de pago Oficio compra de Divisas (OCD) que son devueltos por el Banco Central de Honduras (BCH) a la Tesorería General de la República (TGR) como solicitudes no atendidas, deberán ser anulados físicamente y en el Sistema.